Diario de Sesiones 37, de fecha 25/5/2016
Punto 9

9L/PNL-0208 PROPOSICIÓN NO DE LEY DEL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA CANARIO, SOBRE LOS DERECHOS DEL CONSUMIDOR EN EL SERVICIO DE SUMINISTRO DE GASOLINAS Y GASÓLEOS DE AUTOMOCIÓN.

La señora PRESIDENTA: Pasaríamos ahora, según lo acordado esta mañana por la Junta y con el asentimiento de toda la Cámara, a la PNL-208, la 4.6 del orden del día, del Grupo Socialista Canario, sobre los derechos del consumidor en el servicio del suministro de gasolinas y gasóleos de automoción.

Para su defensa, el señor Matos.

El señor MATOS EXPÓSITO: Señora presidenta, muchas gracias. Señorías, buenos días o casi buenas tardes.

Voy a ser muy breve. No voy a consumir mucho tiempo dado que hemos tenido en el pleno anterior una comparecencia con bastante profundidad del consejero de Industria en la que hemos tenido la posibilidad de estudiar, de escuchar, también de oír al resto de los grupos parlamentarios, en relación con la cuestión de la llegada de las denominadas gasolineras fantasma y también sobre los expedientes sancionadores que están abiertos en estos momentos a los operadores que están en estos momentos en Canarias, pues, sobre la posibilidad de haber pactado precios en estaciones de suministro en las islas, con lo que ello conlleva. Lo recordábamos en el pleno anterior, tenemos la gasolina más cara de toda la Unión Europea antes de impuestos. Tenemos un mercado cautivo, no es posible o no hay una competencia perfecta, como puede ocurrir en territorio peninsular, en el que el consumir puede moverse a efectos de buscar precios. Hay islas en las que las estaciones de servicio son contadas, en algunos casos con los dedos de la mano. Por tanto, es muy importante que el Gobierno de Canarias ejerza con garantías la competencia que tiene en relación con el control de este tipo de prácticas en su fase de instrucción y de proposición de sanción, porque, como ya sabemos, finalmente le corresponde a la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia establecer la sanción una vez instruida por el Gobierno de Canarias.

No obstante, hay que recordar que ya existe una regulación en Canarias en relación con los derechos de los consumidores en relación con el servicio de suministros de gasolinas, el Decreto 173/1994, de 29 de julio. Es un decreto bastante desconocido.

También decíamos en el pleno anterior que ponerle gasolina a nuestro vehículo es un gesto casi cotidiano. Desgraciadamente el vehículo sigue siendo el rey del transporte en Canarias. El transporte público sigue estando en, digamos, en unos niveles de uso que tienen que ser mejorados. Por tanto, el transporte privado sigue siendo el rey de la carretera en estas islas y de ahí la importancia de que los derechos como consumidores de todos sean garantizados, en algo que es tan cotidiano y que probablemente una buena parte de la economía doméstica de la familia se destine precisamente a llenar el tanque del vehículo, pues, para trabajar o para hacer la vida cotidiana de tantos y tantos miles de ciudadanos en esta tierra.

Digo que es un decreto poco conocido pero muy importante, porque regula las garantías, los derechos, que tienen los consumidores en este tipo de servicios. Por ejemplo, probablemente cuestiones desconocidas, como que tiene que haber una probeta de 10 litros a disposición del consumidor para comprobar si efectivamente el suministro está siendo correcto, están reguladas en el artículo 6 de ese decreto. En el artículo 2 se regulan unas medidas concretas de seguridad que tienen que tener las estaciones de servicio. El artículo 3 regula la necesidad de la información correcta para los consumidores, tanto de horarios...; o, por ejemplo, tendría que estar colocado un cartel que nos diga qué gasolinera más próxima está abierta en caso de que a la que hemos ido a servirnos esté cerrada. O en el artículo 2.1, donde se establecen las obligaciones de atender peticiones personales de los consumidores de suministros, siempre que sean dentro del horario de apertura de la gasolinera y cuando sean solicitudes de más de 5 litros. Están obligados a prestarnos un servicio directo.

Al final estamos, como decíamos en el pleno anterior, hablando de la manipulación de un elemento que tiene cierto grado de peligrosidad, un combustible que es inflamable. Imaginemos estaciones en las que no hay ningún tipo de personal, estos derechos no están garantizados. No solo derechos que nos pertenecen como consumidores sino además ciertas garantías de seguridad. Pensemos en personas con problemas de movilidad, personas mayores, o pensemos simplemente que se produce un problema en el momento en el que se está utilizando el servicio. No tendríamos nadie a quien acudir y probablemente el riesgo de producir situaciones de inseguridad es alto.

Por tanto, esta PNL trata de instar al Gobierno a que, como se ha hecho en otras comunidades autónomas, ante la llegada de las denominadas gasolineras fantasma -ya existen algunas, digamos, híbridas que funcionan en determinadas horas del día como gasolineras fantasma, donde no hay ningún tipo de personal, solo un dispensador automático-, pues, que estas garantías de los consumidores estén debidamente protegidas.

El Gobierno nos manifestó en el pleno anterior que ya estaba trabajando en una nueva regulación, que ya estaba, digamos, en conversaciones con el sector, no solo el de los trabajadores, también con el sector, digamos, de la patronal de los servicios, con los importadores de combustible, para tratar de aprobar una legislación que, digamos, salga con el debido consenso, que sería lo ideal. No obstante, alguien reclamó en este Parlamento, en la sesión anterior, que trajésemos una PNL. Bueno, aquí está. Coincide con lo que el Gobierno ha manifestado, que va a trabajar en la legislación y modificar esa legislación; y, por tanto, espero el voto favorable de los grupos ante esta propuesta del Grupo Socialista.

Muchas gracias.

La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Matos.

Vamos ahora con el resto de los grupos.

No hay enmiendas a esta proposición no de ley y, por tanto, para exponer la posición del grupo -empezamos de menor a mayor-, Grupo Mixto, señor Ramos Chinea.

El señor RAMOS CHINEA: Gracias, señora presidenta.

Esta proposición no de ley que se nos trae aquí hoy es producto del debate que tuvimos en el pleno pasado acerca de la conveniencia o no de las llamadas gasolineras fantasma y de los precios de los combustibles. En este debate entran a valorarse cuestiones completamente contrapuestas, como son la libertad de mercado contra la seguridad de los usuarios y los derechos de estos consumidores frente a los derechos de las empresas. Adicionalmente tenemos que incluir los precios más competitivos de estas gasolineras en contraposición a los empleos que no se crearían.

Cuando hablamos de una gasolinera no hablamos de un negocio o comercio cualquiera. Existen normativas de seguridad y normativas que salvaguardan los derechos de los consumidores y usuarios, que debemos poner por encima de las libertades de mercado y de las propias empresas. Estas garantías para el consumidor siempre han existido y todos los negocios deben cumplirlas, por mucho que en otros países las regulaciones sean más liberales. Y en el tema de una gasolinera estas medidas son más rígidas, por lo que implica la peligrosidad del manejo de combustible, y las medidas de seguridad adicionales y absolutamente necesarias. Que en otros países se consienta no significa que se deba permitir en todas partes. Debemos aspirar a tener un sistema garantista que haga que se cumpla con esta normativa y la verdad es que actualmente apenas se está cumpliendo con la proliferación de las gasolineras de autoservicio. Imagínese una gasolinera donde no solo no hay operarios en pista para llenar los depósitos, es que hablamos de estaciones de servicio donde no hay ningún empleado. Supuestamente sus precios son más competitivos, pero, tal como se exponía el otro día en el pleno, esto no es del todo cierto, no existe esa diferencia en los precios. Y cómo podemos apoyar una gasolinera que no cree empleo sino solo beneficios a las empresas. Hablamos de una automatización que no crea un futuro. Es una idea que crea paro y es una idea que la Agrupación Socialista Gomera no considera idónea para Canarias. Por eso apoyaremos esta proposición no de ley.

Muchas gracias.

La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Ramos Chinea.

Por el Grupo Nueva Canarias, señor Rodríguez.

El señor RODRÍGUEZ PÉREZ (don Pedro Manuel) (Desde su escaño): Muchas gracias, señora presidenta. Señorías.

Como ya se ha dicho, yo creo que este tema fue tratado en el anterior pleno en la comparecencia que se le pidió al consejero de Industria y en la que él mismo se comprometió y anunció que ya se estaba trabajando para la modificación del sector.

Así que, brevemente, insistir en que estamos de acuerdo con la modificación de ese decreto, sobre todo porque tenemos que salvaguardar los derechos de los consumidores y garantizar la seguridad de las estaciones de servicio. En ese sentido yo creo que todos estamos de acuerdo, sobre todo en los consumidores, pensando en personas con discapacidad, personas que llegan a una estación y no se puedan bajar de su vehículo, pues, que tengan las personas adecuadas que no solo faciliten lo que ya la ley establece, en las facilidades de sus obligaciones, sino que también se pueda dar un servicio, garantizar ese servicio.

Así que nosotros desde Nueva Canarias vamos a apoyar esta PNL.

Muchas gracias.

La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Rodríguez.

Por el Grupo Podemos, señora Arnaiz.

La señora ARNAIZ MARTÍNEZ (Desde su escaño): Sí, pues igual que el resto de los diputados, voy a ser muy breve porque esto ya se ha comentado.

Sí que quisiera hacer una aportación en el matiz, en las formas más bien, porque ya, a lo largo de hoy, y hablando otra vez de discapacidad, he podido comprobar la palabra incapacidad o minusvalía también. Entonces sí que me gustaría recordarles que hablemos de personas con discapacidad, que intentemos no utilizar esos otros términos, porque, además de que son ofensivos, tampoco son reales, no son ciertos, no son personas incapaces.

Y luego, por otro lado, nada, me sorprende que...; bueno, no me sorprende porque sabía que esta PNL ya estaba registrada, pero al que le va a sorprender es al consejero, que el otro día aseguraba y me decía que tuviera fe, que esta PNL no se iba a presentar, y se ha presentado. Entonces... Le agradecemos que lo haya hecho. Comprendemos que desconfía de nosotros y veo que también desconfía de su socio de gobierno. Y siempre le apoyaremos en eso.

Gracias.

La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señora Arnaiz.

Por el Grupo Popular, señor Aguiar.

El señor AGUIAR RODRÍGUEZ (Desde su escaño): Gracias, presidenta. Buenas tardes, señorías.

Estamos ante una iniciativa que presenta modificaciones normativas, concretamente con respecto al Decreto 173 de 1994, que regula lo que ya se ha manifestado a lo largo de la mañana. Simplemente con ver la fecha de la que data, del 94, y las nuevas circunstancias que tenemos con respecto a los surtidores de gasolina, yo creo que es conveniente que el Gobierno lo reestudie y lo adapte a la actual situación, máxime cuando estamos teniendo esta guerra entre las gasolineras tradicionales y las desasistidas. Unos enarbolando la bandera de la seguridad y de que haya personal y otros que entienden que la libre elección y el ahorro económico que pueden llevar es interesante.

Por lo tanto, entendemos que está bien que por parte del Gobierno se retome ese tema, que el decreto se adapte a las nuevas circunstancias.

Y, sin nada más, manifestar nuestro voto favorable a esta iniciativa.

La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Aguiar.

El Grupo Nacionalista, señor Cabrera.

El señor CABRERA DE LEÓN: Gracias, presidenta.

Como ya ha manifestado el resto de los portavoces o de los diputados que han intervenido, se ha hablado ya de este tema y se ha debatido en profundidad. El Decreto 173 de 1994... establece que la nueva situación en la que se encuentra el mercado obliga a la Administración a regular aquellos aspectos que afectan a los derechos de los consumidores.

La prestación del servicio de suministro de combustibles y carburantes para automoción constituye una actividad económica importante que afecta a los intereses y derechos de todos los consumidores, por lo que resulta necesario que estos dispongan de una información suficiente sobre las características del servicio que les posibilite una adecuada utilización del mismo y, en caso contrario, les permita reivindicar todos y cada uno de sus derechos.

Por nuestro grupo parlamentario se ha manifestado en la sesión anterior que, por un lado, la seguridad de las instalaciones, la perdida de personal permanente en los espacios de venta de combustible al público supone un aumento del riesgo para el consumidor. También se ha manifestado que están los derechos de los consumidores y la ausencia de personal en el abastecimiento de combustible conlleva la pérdida de derechos básicos para los consumidores de Canarias.

Patronal, sindicatos, consumidores, convergen en que las estaciones de servicio desatendidas tienen consecuencias negativas con relación al empleo y dudosa efectividad para aumentar la competencia en el mercado de carburantes.

Ya el consejero, en su intervención anterior, establecía que con el propósito de subsanar estas carencias actualmente la consejería trabaja en la modificación de este decreto, introduciendo nuevas prescripciones, con el único objeto de aclarar y mejorar el alcance de los derechos de los consumidores y usuarios en este ámbito.

Por eso desde nuestro grupo parlamentario apoyaremos esta PNL.

Muchas gracias.

La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Cabrera.

Vamos a votar la PNL en cuestión, señorías. (La Presidencia hace sonar el timbre de llamada a la votación). (Pausa).

Tomen asiento, señorías, cojan aire y vamos a votar. Comienza la votación. (Pausa).

Señorías, 50 votos emitidos: 50 síes, ningún no y ninguna abstención.

Por tanto, queda aprobada por unanimidad.

Muchas gracias, señorías.

(Aplausos).