Diario de Sesiones 41, de fecha 30/6/2016
Punto 2

9L/C-0571 COMPARECENCIA DEL GOBIERNO -CONSEJERA DE HACIENDA-, INSTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO NUEVA CANARIAS (NC), SOBRE INDEMNIZACIONES RECLAMADAS POR PROPIETARIOS DE SUELO TURÍSTICO.

La señora PRESIDENTA: Y vamos a la comparecencia... -señor Rodríguez, atención, por favor-, ya que vamos a empezar, vamos a la comparecencia -señor Campos-, a la comparecencia a la consejera de Hacienda, instada por el Grupo Nacionalista Canario, sobre demandas judiciales en relación con la aplicación del artículo 17 de la Ley de Medidas del 2009, y la vamos a hacer acumulada con la también instada por el Grupo Nueva Canarias, sobre indemnizaciones reclamadas por los propietarios de suelo turístico.

Vamos con los grupos proponentes, cinco minutos cada uno, y después ya seguimos. Gracias.

Señor Ruano, en nombre del Grupo Nacionalista.

El señor RUANO LEÓN: Señora presidenta, señorías, buenos días. Señora consejera de Hacienda.

El motivo de la solicitud de comparecencia por parte de nuestro grupo estaba desde luego más dirigido a la consejera de Política Territorial y por acuerdo en la Junta de Portavoces, en concurrencia con una iniciativa que planteaba el Grupo Nueva Canarias, decidimos proceder a su tratamiento en este pleno y a la acumulación de ambas iniciativas, que son, si no idénticas, desde luego muy semejantes.

La cuestión de fondo, señorías, es la siguiente. En todo el proceso que podemos conocer de forma genérica como la moratoria, desde principios de los años 2000, concretamente en las leyes de 2001 y 2003, se empezaron a producir, tras la ejecución de aquellas leyes, diferentes sentencias de instancia en el Tribunal Superior de Justicia de Canarias contrarias a los intereses de la comunidad autónoma, con reconocimiento de enormes cuantías indemnizatorias por responsabilidad patrimonial, al impedir que estos titulares promotores pudieran ejercer su derecho a la edificación, puesto que la moratoria lo que establecía precisamente es un lapso de tiempo que impedía que ejecutaran sus títulos respecto de este asunto.

Estas sentencias de instancia, en su totalidad, fueron casadas por el Tribunal Supremo en el año 2010 y, por tanto, en aquel momento el reconocimiento que se había hecho de los derechos a los titulares promotores quedó anulado por parte de la decisión del Tribunal Supremo y, consecuentemente, no hubo que afrontar indemnización alguna.

Pero en medio del proceso, con la preocupación de las grandes indemnizaciones que se podían producir, y que producirían un enorme daño al patrimonio de la comunidad autónoma, al erario público, se produce la aprobación de la Ley 6/2009, que en el artículo 17 -la Ley de Medidas urgentes en materia de ordenación territorial-, que en el artículo 17 prevé un procedimiento para que aquellos titulares de derechos que quisieran ejercer su derecho, derechos de promoción a la edificación, quisieran ejercerlos, se procedía a un procedimiento. Procedimiento que a su vez era ajeno al procedimiento que ya introduce la Ley del 2009 de vincular la moratoria a cuestiones cualitativas y no cuantitativas, es decir, ya introduce, en la Ley del 2009, por vez primera la idea de que se podían hacer hoteles de cinco estrellas de gran lujo sin límite cuantitativo. Para los que no ejercieran esa opción, la previsión del artículo 17 era triple, con tres apartados, uno de los cuales era, el que puede ocasionar mayores problemas era el relativo a que en el plazo de seis meses el titular de derechos de edificación podía optar por su reclasificación a rústico de protección territorial mediante modificación puntual del instrumento de planeamiento general promovida por la consejería competente en materia de ordenación del territorio, reconociéndosele la correspondiente indemnización por los derechos edificatorios que ostentara. Se señalaba a su vez que ese suelo no podría ser reclasificado nuevamente como urbano durante un plazo de cinco años. A su vez el Gobierno podría optar por la expropiación forzosa del suelo o por la enajenación a terceros.

En fin, una regulación que quedó derogada por la Ley de Renovación y Modernización Turística en el 2013, pero que no impidió que, con motivo de la misma, se produjeran determinadas reclamaciones, promotores que querían acogerse a la misma. Entendió la Consejería de Política Territorial que el silencio respecto de aquellas solicitudes era negativo y finalmente el Tribunal Superior de Justicia entendía que era positivo y, por lo tanto, tenían el derecho al procedimiento, lo que no significaba o significa que tengan el derecho a la indemnización, sino al procedimiento. Por tanto, ha habido un reconocimiento respecto de esto.

Recientemente se ha producido, durante muchísimos días, en medios de comunicación social, prensa escrita fundamentalmente, noticias acerca de supuestas indemnizaciones millonarias para estos promotores en relación con el ejercicio de aquel derecho de la Ley del 2009. Y en relación con este asunto planteamos la comparecencia, señora consejera: ¿en qué medida en este momento se va a encontrar una solución a esa situación?, ¿cuál es realmente la situación y cuáles son los derechos económicos de la comunidad autónoma afectados por esa sentencia?

Muchas gracias.

La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Ruano.

Señor Rodríguez, por el Grupo Nueva Canarias.

El señor RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ: Señora presidenta. Señorías, muy buenos días. Señora consejera.

Los antecedentes razonablemente los conocemos y algunos hemos sido protagonistas durante una parte del tiempo y otros durante todo el tiempo. Dicho esto, la razón por la que nosotros promovemos esta comparecencia está condicionada por la preocupación que nos genera, en noviembre, una sentencia del Tribunal Supremo. Razón por la que el que les habla en nombre de su grupo hizo comparecer al señor presidente del Gobierno para preguntarle qué valoración hacía de la sentencia del Supremo, que reconocía o condenaba o decía a la comunidad autónoma que tenía que dar el derecho de trámite a un conjunto de empresas que se habían acogido al artículo 17.1 de la ley. Entonces el presidente, coincidíamos en que la sentencia no daba derechos a indemnizaciones sino sencillamente a que se reiniciaran los expedientes. El asunto es que pasaron seis meses y nada más se supo, ¿no?, hasta que se reabre otra vez el debate en la prensa, yo creo que vinculado a la siguiente situación -igual me equivoco-, y es que el anterior presidente del Gobierno se le ocurrió suscribir un manifiesto contra la llamada ley del suelo y se reabrió el debate. Al menos esa es, temporalmente tengo yo ahí una relación en los periódicos. Rivero firma el asunto de la ley del suelo y aparecen las sentencias que pueden condenar a la comunidad autónoma a 1000 millones de indemnización e incluso dice la señora consejera, en una de sus declaraciones haciendo de portavoz del Gobierno, que si esto se diera comprometería, como no puede ser de otra manera, la estabilidad del presupuesto y comprometería el futuro de los servicios públicos.

Entonces, sin perjuicio de que luego haré algunas referencias a los antecedentes y a lo que yo creo que fueron decisiones políticas yo creo que cargadas de buena voluntad... Ojo, yo no creo que a los legisladores del año 2009, que sustentaron esa ley, que fueron el Partido Popular y Coalición Canaria, los animara crearle un problema a esta comunidad autónoma. Todo lo contrario, creo que lo que pretendieron con el artículo 17 era intentar poner un cortafuego a un potencial problema. Entonces nosotros -no estábamos en este Parlamento, no porque no tuviéramos votos sino porque la ley electoral nos lo impidió- dijimos que no nos gustaba nada el artículo 17, que nos parecía que tenía muchos riesgos y que había alternativas jurídicas a aquello, y esto nos inquietó. Luego nos inquietó muchísimo más que no solamente se legisló de esa manera, con la voluntad de resolver problemas aunque creo que luego los crearon, sino que luego nos enteramos con la sentencia del Supremo de que el Gobierno no había tramitado los expedientes que en derecho les correspondían a los solicitantes. Das una oportunidad en la ley de regular una situación, te lo solicitan y dicen las sentencias que el Gobierno no respondió y que consideró silencio negativo esa no respuesta. El Tribunal Supremo dice justo lo contrario.

A lo que voy es, se reabre el debate, creo yo, en virtud de esta circunstancia política de que el anterior presidente suscribe un manifiesto contra la ley del suelo -que, por cierto, yo también he suscrito-, y se reabre el tema. Mi preocupación es qué ha hecho el Gobierno en relación con esa sentencia. Porque recuerdo -y el señor Ruano que es protagonista en este asunto-, en la Ley de Presupuestos...; bueno, yo ofrecí el apoyo de Nueva Canarias al Gobierno para cualquier mecanismo que en el ámbito del legislativo pudiera facilitar la protección de los intereses generales, del erario público. Se lo ofrecí al presidente el pasado mes de diciembre en la pregunta que le hacía en el pleno. El asunto es, el Gobierno intentó, a través de una enmienda in voce en la Ley de Presupuestos, una articulación jurídica que luego fue retirada porque no era el procedimiento el de la Ley de Presupuestos, y tampoco parecía que la redacción aquella, que yo nunca entendí, resolviera o arrojara luz al problema en cuestión.

Lo que pregunto es, ¿esto de los 1000 millones y el susto que usted tiene es porque tiene datos, tiene información, que hoy nos tiene que dar aquí o respondía solo a la reacción de que el señor Rivero firmó el manifiesto? Lo que queremos saber hoy es qué ha hecho el Gobierno después de la sentencia del Supremo donde le dice al Gobierno que estas empresas tienen derecho a que se tramiten sus expedientes. Y, según leo en los medios, cierto es que no lo tenemos documentado, el Gobierno parece ser que no ha actuado porque las empresas están yendo ahora al Tribunal Superior de Justicia para exigir la ejecución del recurso de casación. Esto es lo que queremos saber, señora consejera.

La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Rodríguez.

Señora consejera.

Es conjunta, sabe que tiene doce minutos, consejera.

La señora CONSEJERA DE HACIENDA (Dávila Mamely): Gracias, señora presidenta. Señorías. Señoras y señores diputados.

Casi desde la constitución de esta Comunidad Autónoma de Canarias una gran parte del esfuerzo legislativo y planificador ha ido encaminado a la ordenación y protección del medio ambiente. Las diferentes normativas, con mayor o menor fortuna, como veremos ahora, han querido contribuir a la ordenación y protección del territorio y del paisaje de las islas.

Hoy comparezco para dar respuesta a los diputados José Miguel Ruano y Román Rodríguez en relación con las indemnizaciones exigidas por los propietarios y promotores que se sienten perjudicados por las leyes de ordenación formuladas en los últimos años.

En el año 2003, como ha dicho el señor Rodríguez, se aprueban las Directrices de Ordenación General y las Directrices de Ordenación del Turismo de Canarias, que establecieron la necesidad de limitar el crecimiento a la vez que se hacía hincapié en la mejora de la calidad de la oferta alojativa. Ya en esas normas de hace trece años se resaltó la importancia de rehabilitar las áreas turísticas degradas y renovar los establecimientos, adaptando sus estándares a las exigencias de los usuarios de las infraestructuras turísticas. La finalidad última era preservar el territorio y respetar la capacidad de carga de las islas, poniendo freno a la calificación de suelo para el uso turístico.

La suspensión de las autorizaciones turísticas previas supuso que las parcelas incorporadas a los suelos turísticos y urbanizados se vieran paralizadas, lo que dio lugar a reclamaciones, como ya ha dicho el señor Ruano, por responsabilidad patrimonial. Las reclamaciones concluyeron en sentencias condenatorias en una primera instancia para la Administración, sentencias que fueron recurridas y ganadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en el Tribunal Supremo en el año 2010.

Lamentablemente, hasta ese momento el proceso de renovación de la planta alojativa, que debía ser el eje fundamental para aumentar la calidad de la oferta turística, no tuvo el impulso necesario y no se alcanzaron los objetivos marcados. Ese fue el motivo por el que se optó por la nueva oferta de calidad, se hiciera gracias a la renovación, a la rehabilitación y a la sustitución de las camas existentes, siempre mediante la acción concertada entre el sector privado y la Administración. Por eso hubo que definir un marco cuantitativo y cualitativo de la carga turística en Canarias. Así nace la Ley 6/2009, de 6 de mayo, de Medidas urgentes en materia de ordenación del territorio para la dinamización sectorial y la ordenación del turismo.

La aplicación del artículo 17 de esa ley fue la que provocó reclamaciones de varios titulares de suelo urbano de uso turístico y de suelos urbanizables sectorizados y ordenados con destino total o parcialmente turístico, que no habían quedado descalificados por la norma del año 2003 y sobre los que existían ya algunos proyectos.

Y sucedió lo siguiente. En ese artículo se contemplaba un plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la ley para que esos propietarios solicitaran una indemnización a cambio de recalificar el suelo a rústico de protección territorial durante cinco años, sin posibilidad de descalificarlo antes de ese tiempo. Transcurrieron los plazos sin que quienes tenían la responsabilidad en aquel momento de decidir sobre el asunto dieran respuesta a los reclamantes. Un silencio que la Administración entendió negativo y que provocó que los titulares de los suelos optaran por la reclamación en la vía administrativa. Todos los expedientes, salvo un supuesto en que el promotor desistió continuar, concluyeron siendo inadmitidos o desestimadas sus peticiones, porque no constaba el cumplimiento del artículo 17.1. Desestimaciones que produjeron que los interesados interpusieran recursos contencioso-administrativos que terminaron, excepto en cuatro casos, en sentencias en el Tribunal Superior de Justicia, ratificadas luego por el Tribunal Supremo.

Hay un matiz muy importante en esas sentencias, un matiz muy importante, y es que no indican expresamente que los demandantes tengan derecho a recibir compensaciones millonarias de las que se estaba hablando en los medios de comunicación. A lo que ordena el Tribunal Supremo es a la tramitación de los expedientes, que fueron objeto de silencio administrativo. Por tanto, y en ejecución de esas sentencias, el Gobierno de Canarias, este Gobierno, tiene que iniciar de oficio la descalificación de los suelos y, solo si procediera, compensar a los promotores de los proyectos. Repito: las sentencias no determinan ningún tipo de indemnización; únicamente reconocen el derecho a la tramitación de ese procedimiento para recalificar el suelo, tal y como se indicaba en el artículo 17.1.

Ahora el Gobierno tiene que iniciar de oficio la descalificación de los suelos. Una vez que finalice esa tramitación, ya se analizará caso por caso si correspondiera alguna indemnización.

Algunas de las informaciones publicadas en los medios de comunicación en las últimas semanas aseguran que el Gobierno adeuda a esos promotores 1000 millones de euros. Tengo que aclarar: el Gobierno de Canarias no adeuda absolutamente nada. Insisto: el Gobierno de Canarias lo que tiene que hacer es iniciar de oficio la tramitación que en su momento no se dio.

Respecto a los expedientes, se trata de 54 expedientes administrativos incoados tras la entrada en vigor del artículo 17.1. Han llegado al punto en el que nos encontramos ahora un total de 37 expedientes, sobre los que el Gobierno de Canarias tiene que reiniciar el procedimiento. Ya les adelanto que este Gobierno, el Gobierno de Canarias, este Gobierno, va a discutir hasta el último céntimo en defensa del interés público, en todos y cada uno de los expedientes. Vamos a vigilar, en el caso hipotético de que finalmente haya indemnizaciones, que las cuantías sean las que correspondan por justicia. Pero, insisto, este Gobierno, el Gobierno de Canarias, va a discutir y va a defender el interés público general por encima de cualquier otra cuestión, para que no haya un lastre en la defensa no solamente del interés público sino también del impacto que pudiera tener, ocasionar sobre los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Pero insisto en que la sentencia condenatoria, la sentencia que da la razón a los promotores, no les da el derecho a esa indemnización, únicamente a que el Gobierno inicie los trámites de los expedientes.

Muchísimas gracias.

La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, consejera.

La intervención de los grupos. Ahora, por parte del Grupo Mixto, señor Ramos Chinea, por tiempo de cuatro minutos.

El señor RAMOS CHINEA: Gracias, señora presidenta. Buenos días, señorías. Buenos días, señora consejera.

Por un lado la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha rechazado los recursos de casación interpuestos por el Gobierno de Canarias contra las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que dan la razón a varias empresas afectadas por la segunda moratoria turística, valoradas en 1000 millones de euros. Nos deja más tranquilos, pues, que usted nos ha comunicado que realmente no se adeuda nada.

Las empresas se acogieron al artículo 17.1 de la Ley de Medidas Urgentes, del 2009, que preveía solicitar una indemnización a cambio de reclasificar suelo turístico a rústico de protección territorial durante cinco años. Este artículo fue derogado por la Ley de Renovación y Modernización turística, del 2013, pero ya las empresas se habían acogido a este precepto, tal y como ya conocemos. Si bien es cierto que en el fallo de las sentencias nada se dice al respecto sobre la cuantía de las indemnizaciones sino que condenan al Gobierno de Canarias a iniciar y resolver los procedimientos de reclasificación del suelo y de fijación de la indemnización, tal y como se refleja en la ley. En definitiva, lo que vienen a decir las resoluciones es que se reconoce el derecho a la tramitación de los planes parciales a esos promotores y que se resuelva, si procede, la indemnización. Situación que se produjo por silencio administrativo del Ejecutivo regional.

Por otro lado, hay que reconsiderar que todas esas empresas afectadas no han podido ejecutar sus proyectos en Fuerteventura, Gran Canaria, Lanzarote y Tenerife, con el perjuicio que ello les acarrea. De ahí que Agrupación Socialista Gomera considere que sea necesario el desbloqueo de esta situación. En este sentido sería conveniente que se cree una mesa de diálogo entre el Gobierno de Canarias y los afectados para intentar solventar esta situación.

En Canarias tenemos una auténtica maraña normativa en relación con la actividad turística. Las nuevas leyes complementan a las anteriores sin derogarlas: Ley 7/1995, Ley 19/2003 -la primera moratoria-, Ley 6/2009 -segunda moratoria- y la Ley 2/2013 -tercera moratoria-, así como todos los decretos que las complementan, que vienen a ser más de diecisiete textos legislativos. A ello hay que sumar otra ley más, la Ley 14/2014, de Armonización y simplificación en materia de ordenación del territorio. Es decir, en vez de fusionar leyes existentes se crean nuevas leyes que, a priori, simplificarían el complejo contenido de las actuales. La realidad no es otra que un complejo número de normas que crean confusión.

Una cosa que nos deja clara esta situación es que la extensa y diversificada normativa del vigente modelo de ordenación del territorio no hace sino crear ambigüedad, lo que no crea seguridad a los inversores. Es una obviedad, si más cabe, que el Gobierno de Canarias debe refundir toda la compleja materia turística en un único texto, cuya futura ley del suelo parece que abrirá la luz a esta odisea normativa.

Desde la Agrupación Socialista Gomera tenemos presente una premisa: hay que tener en cuenta los diferentes niveles de desarrollo o las diferentes estructuras alojativas o modelos turísticos de cada isla y que esta apreciación sea incluida en futuras normativas. Esto para nosotros consideramos que es muy importante, ya que todas las islas no son iguales, tienen, pues, sus diferencias geográficas, también de situaciones...; o sea, son muy diferentes y entonces debe existir una normativa que sea conveniente a cada uno de estos territorios. No podemos equiparar una isla como La Gomera, con poco más de 20 000 habitantes, o La Palma o El Hierro, con una isla capitalina. No podemos intentar homogeneizar los intereses turísticos de las islas en igualdad de condiciones, porque la competencia de ordenación turística se mantenga a nivel autonómico...

La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Ramos Chinea.

Continuamos. Por el Grupo Podemos, señor Márquez Fandiño.

El señor MÁRQUEZ FANDIÑO (Desde su escaño): Gracias, presidenta.

Miren, esto si se materializa estamos hablando de un palo durísimo para el erario público. Hablamos de varios cientos de millones de euros, pueden llegar incluso a los 1000 millones, ¿verdad?

Una Ley, la 6/2009, de 6 de mayo, de Medidas urgentes en materia de ordenación territorial para la dinamización sectorial y la ordenación del turismo, aprobada sin consenso por Coalición Canaria y por el Partido Popular, rompiendo la tradición de aprobar las leyes que afectan al territorio, al medio ambiente, al turismo, con el máximo nivel de consenso; una ley, claramente liberalizadora, que rompe con el sistema canario de planeamiento jerárquico y especializado, por el que todo acto de transformación del territorio o de uso del suelo debía estar legitimado por la correspondiente figura de planeamiento.

Desde diferentes colectivos por entonces se consideró reprobable la continua modificación y enmienda de textos legales con un corto recorrido por parte del Gobierno de Canarias y que en materia urbanística y de ordenación territorial alcanza cotas inverosímiles, generando una extrema inseguridad administrativa y, en definitiva, haciendo cada vez más incomprensible el marco jurídico aplicable, generando una maraña imposible, una maraña creada y fomentada y desarrollada por Coalición Canaria. De hecho, las pocas bondades que tiene el actual proyecto de ley del suelo es simplificar esta maraña que ustedes han creado.

Una norma que diferentes colegios profesionales calificaron con escaso rigor como norma legal, en cuanto cuenta con numerosas imprecisiones a la hora de citar términos propios del planeamiento, introduciendo un sinfín de conceptos jurídicos indeterminados o nuevos, y que el polémico informe, que supuso la destitución de su máximo responsable, hablamos de la Agencia Canaria de Desarrollo Sostenible y Cambio Climático, dependiente del Ejecutivo regional, venía a destacar el importante desajuste entre los objetivos de la ley y las medidas contenidas en la norma, pero ustedes se lo cargaron. Un texto que, según este informe, suponía una oposición a los objetivos de la ordenación territorial y del desarrollo sostenible.

En un contexto de crisis económica, el Gobierno de Canarias aprovechó la coyuntura y tomó la decisión de legislar y movilizar el factor tierra, permitiendo de manera expansionista y utilitarista la transformación del suelo que queda, y que además era el más barato, el rústico, consumiendo territorio, intensifica la degradación del paisaje y, lo más importante, compromete aún más la calidad y cantidad de la producción agrícola y ganadera regional.

En definitiva, una forma de actuar del Gobierno de Canarias que podría suponer la mayor merma de los servicios públicos canarios, en tanto en cuanto los resarcimientos pueden suponer hasta una sexta parte de los presupuestos de nuestra comunidad autónoma. Una mala gestión, aun restituyéndose los derechos urbanísticos, en la que el Gobierno de Canarias no ha asumido responsabilidades. Porque el partido que gobernaba cuando hizo esta maraña administrativa y cuando causó estos daños a nuestro erario público, que pueden materializarse, era el mismo partido que usted, señora Dávila, Coalición Canaria.

Muchas gracias.

La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Márquez Fandiño.

Continuamos. Grupo Popular, señor Jorge.

El señor JORGE BLANCO (Desde su escaño): Gracias, señora presidenta.

Decía el señor Rodríguez que el artículo 17 de la Ley de Medidas Urgentes es un artículo cargado de buenas intenciones. Yo añadiría más: y de buenas razones también, señor Rodríguez, que significa ni más ni menos que indemnizar a aquellas personas a las que, teniendo derechos edificatorios consolidados, se les impedía realizarlos y, por tanto, en fin, parece lógico, en un régimen como el nuestro, que si se les impide algo, teniendo los derechos obtenidos, se les indemnice por lo que no pueden hacer. Miren, expropiar, expropiar sin derecho a indemnización es propio de otros regímenes antidemocráticos en los que, gracias a Dios, no nos encontramos. Otra cosa es que se haya hecho mal el expediente, otra cosa es que cuando se solicita por parte de los promotores la aplicación del artículo, bueno, pues, el Gobierno dé la callada por respuesta, con ese silencio negativo, que el Tribunal Supremo ha dicho que efectivamente no era negativo sino positivo.

Hemos traído muchas iniciativas, señora Dávila, al respecto en este tema. Le he hecho una pregunta a la consejera de Política Territorial, cada vez que ha venido una sentencia se ha pedido la comparecencia del Gobierno, y pensaba, francamente, que, a solicitud de su propio grupo, del Grupo de Coalición Canaria, y también, es verdad, de Nueva Canarias, solicitud de comparecencia del Gobierno, pues, esperaba que nos venía usted a ofrecer alguna respuesta mucho más meridiana, mucho más clara, frente a este enorme problema que nos puede venir encima, pero la verdad es que no he oído de sus palabras ninguna solución o por lo menos ningún atisbo de solución a este respecto.

Decía usted muy rotunda hoy: "no se debe nada". Es verdad, hoy no se debe nada; mañana a lo mejor sí, señora consejera, mañana a lo mejor sí, porque estos expedientes tendrán que iniciarse y terminarse, y cuando se terminen, pues, francamente, a lo mejor habrá que pagar, y mucho, y eso sí que es un problema para las arcas públicas de la comunidad autónoma.

En definitiva, señora consejera, me gustaría que en su segunda intervención fuera algo más clara. ¿Ha hecho usted algo?, ¿el Gobierno ha hecho algo con los promotores turísticos afectados por estas sentencias del Tribunal Supremo para intentar paliar las consecuencias futuras que podrían tener estas sentencias favorables a ellos? Me gustaría que usted lo aclarara y que nos dijera qué camino va a seguir el Gobierno de Canarias. Y no son buenas intenciones, simplemente hechos. Me gustaría conocer qué hechos ha realizado el Gobierno de Canarias para solventar este enorme problema.

Muchas gracias.

La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Jorge.

Por el Grupo Socialista, señora Alemán.

La señora ALEMÁN OJEDA (Desde su escaño): Muchas gracias, presidenta.

Entre todos los titulares que optaron en su día por reclamar administrativamente ninguno cumplía con los requisitos del artículo 17 de la 6/2009 y fueron inadmitidos o desestimados. Contra estas resoluciones, se interpusieron recursos contencioso-administrativos y menos en cuatro supuestos tanto el TSJ como el Tribunal Supremo entendieron que se había producido un silencio estimativo por el transcurso del plazo de tres meses previsto en la 30/92.

Como ya dijo la consejera, este silencio no significa el derecho a la indemnización, este silencio lo único que significa es el derecho al procedimiento. Solo reconocen el derecho a tramitar un procedimiento, en el que se podrían en su caso compensar por no poder ejecutar proyectos urbanísticos. Por lo tanto, solo se reconoce eso, el derecho al trámite. Es evidente que cada caso es diferente pero sí tienen un punto en común, y es que son los mismos argumentos los que finalmente no reconocen derecho indemnizatorio alguno.

Efectivamente, habrá que definir si los derechos urbanísticos de los solicitantes ya son consolidados. Una vez conformado este extremo, se deberá evaluar esa posible indemnización, que sería acerca del perjuicio causado por la demora de cinco años y si existía realmente la posibilidad de haber materializado esos aprovechamientos en esos suelos. Estos son datos fácilmente constatables, porque con documentos se puede confirmar la intención de realizar o no acciones en esos suelos en cuestión.

La indemnización entiendo que no puede contener el aprovechamiento urbanístico del suelo, porque, a mi entender, es un derecho que siguen ostentando esos titulares.

Tengo la garantía de que el Gobierno de Canarias va a pelear por defender el interés público, que si finalmente los tribunales dictan que procede la indemnización, que esta sea la que va a corresponder por justicia y que no se sobrevalore ese perjuicio a los interesados. Y tengo la garantía porque además sé que el Gobierno ha ganado, ha peleado tres recursos de casación que el Tribunal Supremo desestimó por instar la aplicación del artículo 17 de forma extemporánea.

Y también me gustaría saber si el Gobierno puede cuantificar las reclamaciones aunque sea, porque estoy oyendo cantidades de 1000 millones de euros y creo que dista un poco de la realidad.

Gracias.

La señora PRESIDENTA: Gracias, señora Alemán.

Grupo proponente, Grupo Nacionalista, señor Ruano, por once minutos.

El señor RUANO LEÓN: Gracias, presidenta.

Señorías, creo que las intervenciones de los diferentes grupos, en su justa medida, todas ellas aportan algo al debate y sería bueno que del debate estuviéramos en disposición, finalmente, de hacer una reflexión sobre lo que en el marco inmediato, el inmediato futuro, podamos o debamos hacer para garantizar los intereses públicos, que es lo importante.

Me gustaría, antes de casi empezar, hacer una referencia a la intervención del señor Márquez, del Grupo Podemos, en relación con el juicio que hace sobre la ley. Creo que es un juicio equivocado, porque, mire, la voluntad desde el principio, de principios de los años 2000, era justamente paralizar el nivel de crecimiento tan acelerado que llevábamos precisamente por el daño ambiental que se estaba produciendo; es decir, cuando se hace la moratoria en el 2001-2003, lo que se reconoce es que efectivamente estábamos creciendo, pero creciendo tan aceleradamente que los costes ambientales eran inasumibles. Y, por tanto, se plantea que quien tiene un derecho de edificación, y no hay capacidad económica para expropiar ese derecho, lo que hacía la legislación es establecer una moratoria al derecho de edificación. Lo que vienen a condenar los tribunales, en definitiva, más o menos, es que la moratoria lo que significa es un efecto suspensivo y no puede tener un efecto expropiatorio.

En el 2009 lo que se hace es, ante las sentencias de instancia, que estaban reconociendo determinados derechos de indemnización, lo que se hace es precisamente buscar una vía que evite...; establece una nueva moratoria, esta vez de cinco años, y mientras tanto dice: "usted durante cinco años ese suelo lo va a tener clasificado como rústico de protección territorial y por ese tiempo le vamos a indemnizar". ¡Por ese tiempo! También cabe la posibilidad de expropiar el suelo, como dice el propio artículo 17 en el apartado 1, pero la previsión es la indemnización por el tiempo en el cual queda suspendido el derecho, suponiendo que, como apuntaba alguno de los intervinientes, tanto don Miguel Jorge como la portavoz del Grupo Socialista, tuvieran los derechos de edificación consolidados. Que esta cuestión hay que verificarla de forma previa, porque, igual que en el reconocimiento que el Tribunal Superior de Justicia hacía respecto a la moratoria de los años 2001 y 2003, decía que tenían derechos consolidados, y lo que vino a decir el Supremo es que los derechos no estaban consolidados. Lo mismo, cuando se analice caso a caso, de los 37 casos que señalaba la consejera de Hacienda, habrá que verificar quién tiene los derechos consolidados y quién no los tiene, y en función del efecto suspensivo que se le haya ejercido sobre el derecho de edificación, entonces indemnizar o no. Por tanto, señor Márquez, respecto de eso, la ley es protectora, no es precisamente una ley liberalizadora. ¡No lo es! Es decir, usted, en críticas genéricas a Coalición Canaria, que son legítimas, podrá decir lo que quiera, pero nosotros hemos hecho cosas que a veces con el tiempo corriges, y si corriges para bien, bien hecho está. En este caso, ¿cómo afrontamos la situación actualmente para que lo que decía la consejera se produzca de verdad? Un poco en el requerimiento que hacía el portavoz popular, dice, "bueno, de momento -decía- no se debe nada, pero mañana a lo mejor se debe". Bien. Entonces ahí estamos, ¿no?

En general, todas las sentencias del Supremo, que son muchas, lo que hacen es que no entran, no entran en la valoración del silencio, porque consideran que el recurso de casación no es sobre norma estatal y, por tanto, no admiten el recurso como tal, pero sí que hacen una serie de reflexiones de contenido, su jurisprudencia, que es muy interesante. Y vengo a leer lo siguiente: "Como hemos venido argumentando, la sentencia recurrida no reconoce derecho indemnizatorio alguno, sino que, a partir de lo que considera estimación presunta de la opción ejercitada por la recurrente, procede a configurar una especie de derecho al trámite, condenando a la Administración a iniciar y resolver los procedimientos de reclasificación del suelo y de fijación de la indemnización. Consecuentemente, la sentencia no prejuzga sobre el derecho a la obtención y el alcance de la indemnización, sino que se limita a condenar a la Administración a iniciar y resolver el procedimiento donde su fijación deberá llevarse a cabo, momento en el que podrá discutirse acerca de los derechos urbanísticos de los que es titular el recurrente y su oportuna valoración". O sea, habrá que verificar si estaban o no consolidados los derechos de edificación y, consecuentemente, en función de ello, ver cuál es el alcance de la indemnización suspensiva, porque no parece que en este momento la comunidad vaya a ir a una expropiación final del suelo o del derecho sino a cuánto cuesta la hipotética suspensión producida.

Y habría que ver, y habría que ver, y en eso parcialmente comparto la intervención de don Román Rodríguez, si conviene, desde el punto de vista de la garantía de los derechos de la Administración, de los derechos de Canarias, establecer algún procedimiento que favorezca lo que apuntaba el portavoz del Grupo Mixto respecto de la negociación. Es decir, ante aquellos que tienen reconocido por sentencia esa situación, ¿cabe que establezcamos alguna vía legal que fortalezca la posición negociadora de la Administración? Creo que este es un asunto que merece una respuesta, creo que tendríamos que valorarlo, creo que tenemos ya incluso alguna oportunidad con alguna ley territorial que tenemos en trámite en este Parlamento. Y, por tanto, es un asunto que merecería que prestáramos la atención suficiente para fortalecer la posición negociadora, sin que eso mengue el derecho que la sentencia ha reconocido, la que ha reconocido, no más allá del reconocimiento que las sentencias puedan haber producido.

Quiero decir, sobre la propia ley del 2009, que la propia ley inicia también -para insistir en que no es una ley liberalizadora-, que inicia también un proceso de legalización de las explotaciones ganaderas. Que después corregimos en 2014, mejoramos en 2014, con una modificación de aquella ley, y que aún sigue siendo posiblemente insuficiente, y la ley del suelo, el proyecto de ley del suelo, acomete ya casi de forma definitiva, con el propósito de que, cumpliendo unos determinados estándares o garantías de naturaleza sanitaria básicamente, pues, las explotaciones ganaderas puedan ser finalmente legalizadas.

Por tanto, inscribamos esto realmente en un proceso donde las sesenta personas que tenemos la capacidad de representar aquí al pueblo canario nos pongamos de acuerdo en la defensa del interés público frente a los legítimos intereses privados, pero intereses privados al fin y al cabo. Y, por tanto, ese es el marco en el cual estoy convencido de que sería posible que pudiéramos valorar la posibilidad de fortalecer la posición de negociación con alguna normativa. Bien es cierto que en aquel intento que se hacía a través del texto de la Ley de Presupuestos, que finalmente no calificó la mesa de la comisión, también había dudas razonables, en el texto en sí mismo, alambicado. Y precisamente, y en eso coincido con muchos de los portavoces que intervinieron, el texto del artículo 17 es un texto alambicado, es un texto complicado, complicado de entender para cualquier jurista. Imaginen al final lo complicado que es. Porque la propia sentencia del Tribunal Superior de Justicia y después del Tribunal Supremo hace una interpretación, es decir, al final para poderlo aplicar hace una interpretación de aquel texto, y no parece lógico que eso sea un modo de hacer la normativa, porque al final lo que produce es un oscurantismo que produce a su vez o promociona la posibilidad de que algunos grupos, con legítimos derechos privados, pero al fin y al cabo privados, puedan oponerse al interés público. Y el interés público, en el marco de la decisión del 2001, del 2003, del 2009, era establecer una suspensión a un crecimiento desmedido puesto que los costes ambientales eran inasumibles. Estamos ahora en otro momento. Ahora hay un proyecto de ley del suelo con un propósito claro de simplificación normativa y tendremos que tomar decisiones legislativas también sobre la ordenación turística desde el punto de vista legislativo; es decir, cómo afrontar la aplicación de la sentencia del Constitucional respecto de la ley del 2013, cómo afrontar el crecimiento desde el punto de vista de los títulos vigentes. Muchos de esos títulos, estoy convencido de que por lo menos, de estos 37 casos que señalaba la consejera, a lo mejor alguno de esos pueden ser ejercidos. A lo mejor aquellos que estén realmente en un suelo urbano consolidado será mucho más fácil producir el ejercicio por parte del titular que establecer un sistema de calificación como rústico de protección territorial, porque desde el punto de vista práctico no tiene alcance posible, al final, hacerlo en medio de un proceso urbano totalmente consolidado. Pero habrá otros en los cuales, con seguridad, el proceso pueda ser visto, evaluado, computado y, en su caso, valorada la indemnización, si procede. Y, en cualquier caso, creo que en todos los supuestos requeriríamos que hiciéramos un ejercicio para hacer posible que, como apunta la consejera, no haya derechos indemnizatorios, pero, como apuntaba, complementando la intervención del portavoz del Grupo Popular, no haya derechos indemnizatorios ni ahora ni nunca.

Muchas gracias.

La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Ruano.

Por parte del Grupo Nueva Canarias, señor Rodríguez, por tiempo de once minutos.

El señor RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ: Señora presidenta, señorías.

Sobre el asunto en cuestión, no me ha dejado claro la señora consejera qué ha hecho el Gobierno desde la sentencia del Tribunal Supremo, que dice lo que dice. Y vuelvo a recordar que fue el que les habla quien trajo a esta Cámara el pasado año, en una pregunta al presidente, la preocupación de lo que la sentencia del Supremo dice, y que el señor presidente coincidió conmigo en que efectivamente no garantizaba, no condenaba indemnizaciones, sino obligaba al Gobierno a tramitar los expedientes. Y yo he deducido de la intervención de la señora consejera que eso no se ha empezado a hacer, y han pasado siete meses. Bueno, pues, dígame: ¿de los 45 expedientes o 44 expedientes cuántos están revisados y cómo vamos en este asunto? ¡Es que el tiempo aquí sí que importa! Porque el Supremo, en ese recurso en casación, dice lo que dice y da un tiempo al Gobierno para actuar.

Porque yo, que defiendo el interés público de manera inequívoca y que tengo claro para qué estamos aquí, reconozco, respeto y considero los derechos particulares y el ejercicio de los mismos en el Estado en el que nos encontramos. Y, claro, el artículo 17 decía lo que decía, abría las posibilidades que abría. A quien se acogió a él no se le respondió. Fueron a los tribunales, les dieron la razón de manera parcial, en el Tribunal Superior de Justicia y en el Tribunal Supremo, y la otra parte, que es el Gobierno, tiene que responder, no indemnizando pero sí volviendo a tramitar los expedientes. Sobre esto la información que le escuché es confusa. Aclárenos qué ha hecho el Gobierno en estos siete meses en relación con la obligación que tiene del derecho a trámite de las empresas que se acogieron al artículo 17. Esto es importante que lo sepamos.

Segunda cuestión, nosotros entonces y ahora volvemos a decir con claridad que Nueva Canarias, su grupo parlamentario, nuestra fuerza política, está dispuesta a cooperar con el Gobierno para establecer los mecanismos -en este caso legales- en defensa del interés general, del interés público, sin renunciar, porque son compatibles y habrá tiempo para discutirlo, a un modelo de desarrollo sostenible y planificado. Esa incompatibilidad la hacen los de la derecha; nosotros, no. Cabe, en la Constitución española, con la Directiva Bolkestein en la mano y con la legislación canaria, poner límites al crecimiento. Yo no tengo ninguna duda, eso sí, no por razones de mercado, por razones de capacidad de carga, por razones territoriales, por razones ambientales. Lo dijimos entonces y lo hicimos, y lo hemos dicho luego y ustedes no lo han hecho.

Salvado este argumentario, que me parece elemental, nosotros volvemos a poner a disposición nuestros cinco escaños para, con quien quiera, buscar los mecanismos legales.

Me sorprende que el Gobierno intentara una regulación legal en la Ley de Presupuestos. Cierto es que no fue calificada y cierto es que yo no la entendí, que tampoco es un asunto necesario, ¿no?, pero era difícil de entender lo que se pretendía.

Se está tramitando un anteproyecto de ley, que el presidente dijo que ese era el vehículo jurídico adecuado, en relación con el tema del suelo, y no hay nada; al menos no hemos encontrado nada en relación con este tema.

Y tampoco hay nada en relación con este tema en otro anteproyecto de ley, que no sé dónde está, que es el de la aplicación de la sentencia. ¿Se acuerdan?, que yo he dado aquí la tabarra unas cuantas veces. No sé dónde se perdió, porque yo no sé nada del anteproyecto de ley que, antes que el anteproyecto de ley del suelo, aprobó el Gobierno para aplicar la sentencia del Tribunal Constitucional en relación con el artículo 4.2 de la Ley de Medidas... Medidas no, a la Ley de Armonización turística.

Entonces, planteamiento, ¿hay algún camino jurídico para reforzar el interés público en esta materia? Si lo hay, han tenido tiempo, siete meses en un asunto de estas características es tiempo suficiente, y no sabemos nada. Cuando sale el debate de nuevo, a principios de junio, los que hemos seguido y hemos leído los párrafos, los párrafos que leía el señor Ruano, que son precisos y claros en la sentencia del Supremo, sabiendo eso, te alarmas cuando salen los miembros del Gobierno acusando al Gobierno anterior, de su mismo color, de indemnizaciones millonarias y de fracaso de no sé qué modelo, ¿no? Entonces yo pensé que había pasado algo nuevo, que había algún varapalo jurídico contra el erario público, y resultó que no, que era un rifirrafe entre miembros de un mismo partido ajustando cuentas no sé por qué, ni me interesa, pero a mí me generó alarma ver en los medios de comunicación a responsables de este Gobierno hablando de 1000 millones de indemnización y culpando al Gobierno anterior de ese tema. Está en los titulares, los tengo ahí.

Y por eso pedí la comparecencia, porque yo entendí que el Gobierno había iniciado los trámites de los expedientes que ordenaba el Tribunal Supremo y que no encontró ninguna cobertura jurídica, ninguna norma de rango legal, para proteger el tema, porque lo ofrecimos, se retiró aquella propuesta de la Ley de Presupuestos, no se ha propuesto nada en la ley en tramitación del suelo y tampoco se propuso nada en la alejada, desconocida y secreta ley, en tramitación también, de aplicación de la sentencia del Constitucional. Supongo que el Gobierno habrá concluido, señor Ruano, que no hay necesidad o no hay posibilidad de dar cobertura legal, porque siete meses después yo creo que tocaba tener una opinión sobre esto.

Dicho eso, me voy al fondo de la cuestión. Aquí, este Parlamento, en su momento, después de una profunda reflexión, de un gran pacto, de tres años de debate, de consenso absoluto, decidió una articulación de nuestro modelo de desarrollo. Primero suspendimos el planeamiento, en el año 2001, y luego hicimos las leyes de directrices. Y aprobamos aquí lo que entendíamos que debía ser un modelo sostenible, de interés general, basado en el futuro y no en la coyuntura, que fueron las leyes de directrices. Las leyes de directrices decían muchas cosas, yo creo que casi todas vigentes, ¿no? Estaría dispuesto a discutir casi todo, seguro que hay cosas que actualizar y cosas que incorporar. Decían que, en relación con la moratoria, a los tres años había que revisarla, y los gobiernos posteriores no lo hicieron. ¡Eran ustedes!, ya no estábamos nosotros. Es que a los tres años había que revisar la moratoria, y es que no lo hicieron, y estaban ustedes también en ese Gobierno. La ley de moratoria decía, de abril del 2003, que concretamente la suspensión, ¿eh?, de los derechos edificatorios en determinadas circunstancias y el 1 % de camas instaladas era por tres años, ¡por tres!, y que las directrices se evaluaban a los cinco años, las directrices. Ni se evaluó la moratoria a los tres años, y no se hizo nada, ¿eh?, ni se evaluaron las directrices a los cinco, y ahora las derogan en el borrador o en el proyecto de ley del suelo. Las derogan, dejan 13 directrices, que son las filosóficas, la poesía, como las hemos dado en llamar. De manera que esa es nuestra historia.

En el año 2009, yo creo que con el criterio que apuntaba el señor Ruano de tratar de ver que lo que estaba en el Supremo no se complicara, intentaron buscar una salida, a la que nosotros nos opusimos. No estábamos en el Parlamento pero el que les habla, y su partido, nunca se desconectó de la política canaria, incluso cuando no estuvo en él. Y visitamos al señor Berriel don Fermín Delgado y yo, que anda por ahí y que me acompaña en las últimas décadas en las aventuras políticas, y fuimos a visitar al señor Berriel para que nos explicara el artículo 17, porque nosotros no lo entendíamos, como no lo han entendido los tribunales y tampoco el señor Ruano, por lo que puedo deducir. Yo creo que fue una norma confusa, compleja y que ha generado problemas, pero yo sé que no se hizo para dañar el interés general, se hizo para intentar buscar soluciones. Lo que ya no comprendo es que luego los derechos, o las expectativas de derecho que generaba ese artículo, no fueran atendidos por el gobierno de turno. Si yo tengo un suelo que reúne todos los requisitos, porque si no los reúne no tengo derecho, y solicito que se reclasifique el suelo rústico de protección territorial durante cinco años, tenía derecho a hacerlo porque la ley lo estableció. Es verdad que habrá gente que lo habrá solicitado que no tenga ese derecho, por supuesto. Nosotros desclasificamos en aquellas leyes cientos de miles de camas, las de Veneguera eran 27 000 y están desclasificadas. Lo hicimos aquí, en el Parlamento, juntos.

O sea, el planteamiento es, no creo razonable lo que el Gobierno hizo, el Gobierno, el Parlamento, una ley confusa, del PP y de Coalición Canaria, que nosotros no compartíamos y lo dijimos públicamente -aquí no lo pudimos decir porque no estábamos-, pero que sabemos que no se hizo para dañar a esta tierra sino para intentar buscar soluciones. Lo que no entendemos es que no se haya gestionado de forma debida después. Seguían ustedes en el Gobierno, cuando el Gobierno no respondía a los expedientes, estaban ustedes sentados en el Consejo de Gobierno con mando en plaza. Y lo que menos entiendo es que de noviembre hasta ahora, después de la sentencia del Supremo, después de lo que dijo el presidente, he entendido -ahora lo va a decir de forma más clara seguramente- que no se ha hecho la tarea de revisar esos 45 casos, ver cuáles de ellos reúnen los requisitos. A los que no los reúnen se les dice que no los reúnen y punto y a los que los reúnen, pues, hay que continuar con el expediente porque esos derechos hay que respetarlos. Y no son los famosos conceptos estos del lucro cesante y del daño emergente. La jurisprudencia lo que ha puesto en evidencia es que no te pagan el lucro cesante. No dice eso la jurisprudencia en esta materia. En todo caso, si tú has perdido, has invertido, pues, te indemnizarán por ese periodo de tiempo de una forma moderada. En ningún caso, 1000 millones. Con los 1000 millones, como bien decía en un periódico, en medio de esta polémica, el anterior consejero, se podía aspirar a la expropiación completa, completa, que sería otra opción que establece también la ley.

Por lo tanto, yo lo que le pediría a la señora consejera es que nos dijera qué se ha hecho y que seamos responsables y conscientes de lo que ha pasado y de la corresponsabilidad en la materia; y que las polémicas internas y partidistas no alarmen a la ciudadanía porque creo que... Hasta yo pensé que había...

La señora PRESIDENTA: Se acabó el tiempo. Un minuto, termine ya, venga, que ya va el tiempo.

El señor RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ: (Sin micrófono) ...presidenta maravillosa.

La señora PRESIDENTA: Encima no me lo ponga más... que entonces me comen.

El señor RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ: Señora presidenta, muchas gracias.

En definitiva, y por concluir de manera en positivo, seguimos tendiendo la mano a los grupos del Gobierno para buscar mecanismos, si los hubiera, de cobertura legal a la protección de los intereses generales.

Segunda cuestión, exigimos al Gobierno que aplique las sentencias. Los particulares tienen derechos y, por lo tanto, ese derecho a trámite hay que gestionarlo, y quiero saber en qué términos está esa gestión, porque han pasado siete meses.

Y, tercero, el modelo de desarrollo no está condicionado por estas cosas, depende de las decisiones políticas que se tomen y de las leyes que se hagan.

También dijeron, con la boca llena, con cientos, si no miles, de titulares, que las leyes de directrices iban a suponer miles de millones y no hay ni una sola sentencia condenatoria, ni un solo euro, porque las cosas se hicieron bien, las hicimos bien.

La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Rodríguez.

Señorías, continuamos. Consejera, para cerrar esta comparecencia, por tiempo de doce minutos.

(Rumores en la sala).

Ruego silencio, señorías. Señor Rodríguez, si es tan amable, para escuchar a la consejera, señor Rodríguez.

Un momento, señora consejera. Señor Rodríguez, para escuchar a la consejera.

La señora CONSEJERA DE HACIENDA (Dávila Mamely): Gracias, señora presidenta. Señorías.

Empiezo por el final. Señor Rodríguez, efectivamente, las hicimos bien, las hicimos bien, Coalición Canaria, porque usted ya se había ido. Usted ya se había ido, había abandonado el barco político, había abandonado el proyecto político que lo hizo presidente. Es verdad, lo hicimos bien, durante muchos años nuestro partido estuvo defendiendo en los tribunales que no recayeran sentencias condenatorias derivadas de la moratoria que usted puso en marcha en el año 2003. Una moratoria que, efectivamente, tenía todas las buenas intenciones del mundo. Usted no, Coalición Canaria, cuando usted estaba en un proyecto político, el de Coalición Canaria. No en otro, en el de Coalición Canaria.

Yo, si me lo permiten, creo que... (risas de la oradora) contestarles a todos. Al señor Chinea. Efectivamente, se necesita un modelo turístico adecuado a las realidades de cada una de las islas y que el proyecto de ley que se traiga a este Parlamento va a intentar adecuarse a dar respuesta a las realidades singulares de cada una de las islas, de los desarrollos y sobre todo de la protección -como no ha sido nunca nuestra voluntad, algo al contrario-, de la protección del territorio y del paisaje. Porque hay una cuestión que es muy importante. Mire, señor Márquez, aquí no sé si estamos para dar lecciones, porque, mire, es Coalición Canaria quien ha conseguido que haya una protección del territorio muy importante en Canarias. Más del 54 % del territorio canario está protegido. Y no ha sido Podemos, ustedes acaban de llegar, para lo bueno y para lo malo, para lo bueno y para lo malo. Pueden dar lecciones de otra índole, de otra naturaleza, de cómo nacer, crecer y morir en la playa, perdiendo 63 000 votos solo en Canarias en apenas cuatro meses.

Sobre el 3 % del territorio, sobre el 3 % del territorio, del suelo de Canarias, se genera el 32 % de nuestro Producto Interior Bruto, el 36 % de nuestro empleo. Y derivado de las decisiones que se adoptan en el año 2003, cuando don Román Rodríguez era presidente del Gobierno gracias a Coalición Canaria, que lo hizo presidente del Gobierno, se adopta una decisión bien intencionada, y esa decisión fue, en un momento en el que esta tierra no podía asumir esos crecimientos derivados de la construcción y de una burbuja turística inmobiliaria muy importante, sacar varios documentos que fueron muy importantes -y le recuerdo que era vicepresidente del Gobierno don Adán Martín-. En un documento, un libro verde, donde se basaron las directrices de ordenación. Pero, mire, señor Rodríguez, cuando usted abandona Coalición Canaria este Gobierno, el de Coalición Canaria, ha estado casi diez años luchando... sí, casi diez años luchando para que finalmente todos esos recursos que podrían haber llegado a indemnizaciones y condenas, pues, se trabajara bien y no llegaran a esa situación.

Pero estamos en una situación completamente distinta, estamos en una situación en la que me interpela a mí, consejera de Hacienda, no a la consejera del ramo, a la consejera de Política Territorial, sobre en qué situación estamos. Vamos a ver, aún no han terminado de llegar todas las sentencias. Lo que sí se ha hecho y se ha firmado y se ha remitido a los juzgados es que este Gobierno va a cumplir con el inicio de las sentencias, es decir, con las sentencias, iniciando su tramitación. Corresponde el análisis de todos los expedientes para, solo entonces, iniciar esa tramitación para dar respuesta a la sentencia, que, bueno, que hace que efectivamente no corresponden indemnizaciones sino que, como he dicho en mi primera intervención, el Gobierno de Canarias va a pelear por la defensa del interés público y, por lo tanto, va a tramitar todos estos expedientes.

Pero una cosa está clara, y es que la situación creada con estas sentencias viene a dar razón, viene a dar la razón al actual Gobierno de Canarias, como ya dijo el señor Ramos Chinea, sobre los riesgos que se derivan de una maraña normativa que en la actualidad tenemos en materia de ordenación del territorio. Y me alegro de que el señor Márquez comience ya a felicitar la ley del suelo y lo que espero es que durante su tramitación le encuentre otras bondades, ya encuentra algunas, bondades como la simplificación, la claridad, para que no haya esa inseguridad jurídica. Por lo tanto, esta inseguridad jurídica paraliza inversiones que son viables, perjudica a pequeños emprendedores, conlleva, como estamos viendo, riesgos millonarios para el erario de la comunidad autónoma.

El sistema de planeamiento actual ha provocado que 35 municipios canarios no hayan iniciado ni siquiera la adaptación a la ley del territorio del año 2000, que 26 ayuntamientos lleven dieciséis años intentando aprobar un nuevo planeamiento, que de los 26 planes aprobados 7 han sido suspendidos o anulados por los tribunales. A eso hay que sumar, a la actual maraña normativa, que paraliza iniciativas viables en suelo ya calificado, que no suponen consumo de territorio y que podrían suponer casi 2 puntos de crecimiento de nuestro Producto Interior Bruto y, por lo tanto, generación de empleo, que es lo que queremos para esta tierra.

Señorías, los argumentos creo que son muy concluyentes y que nos tienen que hacer reflexionar a la hora de abordar la próxima ley del suelo que va a entrar en este Parlamento. Creo que es voluntad de todos los grupos políticos, y yo creo que ha quedado de manifiesto en esta comparecencia -a la que agradezco al señor Rodríguez y al señor Ruano-, que lo que queremos todos es ponernos de acuerdo en que tengamos seguridad jurídica, un sistema de planeamiento que funcione, que haga posible las inversiones, sin un mayor consumo de territorio, y todo ello son los objetivos de la ley del suelo. Una normativa que se parece mucho a las que se están aprobando por otras comunidades autónomas.

Y, por último, señor Rodríguez, las voces que critican el anteproyecto de ley del suelo deberían reflexionar sobre su defensa implícita de un modelo que ha llevado al modelo que estamos viendo ahora, en la actualidad, y a los graves riesgos patrimoniales, que, como he dicho, defendimos en su momento, derivado de la moratoria del 2003, y que vamos a seguir defendiendo ahora, y que este Gobierno tiene un compromiso para que no haya ningún tipo de indemnización y que, por lo tanto, todas las garantías para que no afecte al erario público. Algunas de esas voces, algunas de esas voces, son incluso responsables, algunas más que otras, de la situación actual. En mi opinión, en opinión de este Gobierno, las personas que ahora claman contra la actual ley del suelo son responsables de decisiones, probablemente no mal intencionadas, pero sí fallidas, pero sí fallidas, y deberían hacer más autocrítica de cómo han dejado las cosas en vez de criticar tanto al Gobierno.

Muchísimas gracias.

La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, consejera.

Damos por concluida esta comparecencia conjunta.