Diario de Sesiones 52, de fecha 8/11/2016
Punto 20

9L/C-0754 Comparecencia del Gobierno, instada por el Grupo Parlamentario Nueva Canarias (NC), sobre el criterio del Gobierno respecto a la toma en consideración de la proposición de Ley del Cabildo Insular de Tenerife sobre Ordenación de los Barrancos de Güímar y Restauración de ese Espacio.

La señora PRESIDENTA: Reanudamos la sesión plenaria con la comparecencia 754, como informamos esta mañana, por orden de estructura, a solicitud del Grupo Parlamentario Nueva Canarias, sobre el criterio del Gobierno respecto a la toma en consideración de la PPL del Cabildo Insular de Tenerife, sobre los barrancos de Güímar.

Para la defensa de la comparecencia, ¿señor Rodríguez, Pedro? No, Rodríguez, Román.

El señor RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ: Señora presidenta, señorías, muy buenas tardes.

El objeto de esta comparecencia, por otra parte controvertida, al menos para algunos, tiene el sentido no tanto -aunque será difícil evitarlo- de hablar del asunto de fondo, y es el problema ambiental, paisajístico, ecológico generado en los barrancos de Güímar por los explotadores de esos espacios mineros, que no cumplieron con el deber de restitución, de rehabilitación, que marca la legislación estatal básica, por otra parte la que determina en gran medida los problemas que hemos vivido y las soluciones que se puedan encontrar. No se trata tanto de eso, que se puede discutir en este Parlamento con cualquier tipo de iniciativa, incluida la ley en discusión; tampoco trataríamos hoy de dar una respuesta en el ámbito institucional pertinente a ese problema, que creemos real, relevante y que hay que abordar. Hoy lo que queremos es entrar a conocer el criterio, las razones del criterio del Gobierno favorable a la tramitación de una iniciativa legislativa del Cabildo de Tenerife en relación con esta problemática y, de manera especial, de la conformidad con su tramitación, con una coletilla de que este Parlamento debe cuidar cualquier decisión, en esa norma discutida, que comprometa el erario público de nuestra comunidad.

Le tengo que decir, señora consejera, que le han endosado a usted esta responsabilidad y solidariamente, supongo, como en todos los gobiernos, le toca. Nos hubiese gustado que estuvieran hoy aquí, en nombre del Gobierno, quienes han opinado y suscrito informes en relación con la misma. Me refiero al departamento de Industria, porque minas está en ese departamento, me refiero al departamento de Hacienda y me refiero al departamento de Agricultura. Estos tres departamentos han emitido informes relativos a este proceso legislativo promovido por el Cabildo de Tenerife.

A nosotros nos parece que la ley no es el mejor instrumento para abordar la problemática, la normativa, la ley; nos parece que hay otros instrumentos para ordenar los problemas de restitución del daño causado. Pero esta es la iniciativa que conocemos y yo quería, señora consejera, en la medida de sus posibilidades, que nos explicara por qué el Gobierno de Canarias emite un criterio favorable a la tramitación y de conformidad con esta norma, a pesar de los tres informes claramente críticos con la norma. Hay un informe del departamento de Agricultura poniendo en evidencia, como no podía ser de otra manera, que esta norma, en sus términos actuales, compromete el erario público, porque va a conllevar, en caso de salir adelante, digamos, consecuencias para el patrimonio público, ya sea en la restitución del paisaje dañado, ya sea por la eliminación de los derechos mineros. Esto lo reitera también la Dirección General de Presupuestos, eso sí, cree que faltan los informes de Política Territorial y de minas cuantificando el daño. Y de manera categórica el departamento de Economía e Industria tiene un informe demoledor, ¿no? En sus conclusiones de manera absoluta dice que esta norma es manifiestamente inconstitucional, que actúa sobre títulos competenciales de la Administración del Estado y que ni siquiera este Parlamento tiene ninguna capacidad para revertir la naturaleza del suelo, para extinguir derechos mineros y menos para eliminar el suelo calificado como de actividad minera. Ese mismo informe del departamento, suscrito por el señor Ortega, plantea de manera categórica que los contenidos del proyecto de ley tendrían consecuencias en el erario público en virtud de que una parte de los costes de la restitución ambiental recaerían sobre la Administración autonómica si aprobara una ley; y dice de forma categórica que además habría que indemnizar la extinción de los derechos mineros, de los que actualmente los explotan, y eso es una evidencia jurídica, y también de los dueños de los suelos mineros que, sin explotación, tienen derecho a entre el 10 % y el 30 % del valor que puede tener el subsuelo.

Mi pregunta es cómo es posible que, con todos estos informes, el Gobierno diga que sí a la tramitación y endose a este Parlamento la responsabilidad de evitar el daño en el erario público.

Luego me extenderé en otros contenidos que ponen en evidencia lo que yo creo que es una actuación poco responsable del Gobierno de Canarias.

La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Rodríguez.

Turno ahora para el Gobierno. Señora consejera de Política Territorial.

La señora CONSEJERA DE POLÍTICA TERRITORIAL, SOSTENIBILIDAD Y SEGURIDAD (Barreto Hernández): Señora presidenta. Señorías.

Bueno, no cabe duda de que estamos ante un tema que es complejo. Voy a intentar ser lo más clara y didáctica posible, haciendo una cronología, así como explicando los informes para, en una segunda parte de la intervención, ahondar más en algunos aspectos.

El 15 de septiembre de 2015, como saben ustedes, señorías, el Parlamento de Canarias admite a trámite la proposición de Ley del Cabildo Insular de Tenerife sobre ordenación de los barrancos de Güímar, así como restauración del espacio, y la califica como PPLC-1. Acuerda, asimismo, dar traslado de la misma, conforme a los trámites oportunos, al Gobierno para su parecer. Un mes después, el 15 de octubre de 2015 el Gobierno de Canarias manifiesta, primero, su criterio favorable a la toma en consideración de la proposición, así como su conformidad con la tramitación de la proposición de ley, pero con una serie de condicionantes. Primer condicionante, el Gobierno de Canarias, teniendo en cuenta que del texto de la proposición de ley no hay elementos suficientes para evaluar y concretar una cifra de impacto presupuestario global, puesto que la materialización de algunos de los propósitos normativos que establece la propia PPL... Se podrían derivar, por un lado, la declaración de interés autonómico de la restauración; por otro, la prohibición de las extracciones mineras en el ámbito espacial delimitado en el texto; y, en tercer lugar, la colaboración en el plan de restauración, así como la extinción de todos los títulos mineros, que podrían acarrear impactos presupuestarios. Por eso, en este caso, si se encomendara todo ello a la Administración autonómica, además de objetivos específicos dentro del plan de restauración medioambiental y paisajística, se produjera un pronunciamiento judicial a favor de los titulares de los títulos mineros declarados a extinguir, es por lo que hace la reserva en cuanto a que el texto no es lo suficientemente claro al respecto.

Como segundo condicionante para dar el visto bueno a que se tramite, el Gobierno de Canarias, dejando claro que está de acuerdo, y además considera obligatorio y necesario que se produzca una mejora ambiental y territorial en la zona, también deja claro que considera preocupante la falta de informes jurídicos sobre la existencia de derechos subjetivos cuya lesión pudiera dar lugar a posibles reclamaciones de responsabilidad patrimonial por actos legislativos y, en su caso, las valoraciones económicas que procedieran. Esa falta de estudio económico sobre el plan de restauración conlleva una indeterminación que debería ser abordada y solventada en el informe económico-financiero o ficha económica de la proposición de ley, que, por otro lado, es obligatoria de acuerdo con la legislación de economía sostenible, así como el resto de normas que regulan la materia presupuestaria.

En tercer lugar, tercera condición que pone el Gobierno, es necesario tener en cuenta que la caducidad improcedente de un derecho minero puede suponer el inicio de un procedimiento de reclamación patrimonial por parte del afectado o afectados si los hubiera y establecer la extinción sin indemnización del derecho minero existente haría que la comunidad autónoma incurriera en responsabilidad patrimonial por cuantías elevadas. En todos los casos la caducidad de las autorizaciones lo es sin perjuicio de la obligación de restauración, como bien deja claro el real decreto del 2009, que regula la protección y rehabilitación de los espacios afectados por actividades mineras. Y a eso hay que considerar las dificultades que implicaría el relleno de los huecos mineros.

Concluye el Gobierno diciendo que considera que la finalidad perseguida por la proposición de ley quizás pueda alcanzarse también por otros medios.

Ello se hace en base a unos informes jurídicos, uno de la Dirección General de Planificación y Patrimonio, emitido el 9 de octubre de 2015, en el que se concluye que la proposición de ley en sí misma no implica un aumento de los créditos de los presupuestos de la comunidad autónoma. Otra cosa es que de los parámetros normativos que establezca la propia proposición de ley que salga de este Parlamento se deriven aumentos o... responsabilidad patrimonial para la propia comunidad autónoma. Además de que hace una advertencia de la necesidad de cumplir con la legislación en materia de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad, así como con los límites impuestos por los escenarios presupuestarios plurianuales.

En cuanto a la Dirección General de Agricultura, viene a ratificar el 15 de octubre del año pasado un informe que emite para la proposición de ley que ya se presenta en la legislatura pasada, en los mismos términos, planteando que no considera que la reclasificación en suelos rústicos de protección ambiental sea la más adecuada, sí en protección agraria, y, asimismo, haciendo alusión a que no puede determinar las cuantías en materia de reclamación económica.

La Dirección General de Industria y Energía ratifica también un informe de la legislatura pasada de la proposición de ley anterior y plantea que la valoración del impacto económico a consecuencia del plan de restauración medioambiental y paisajística requiere de una peritación y estudio pormenorizado y exhaustivo de la restauración que se pretenda realizar. La toma en consideración y admisión a trámite de esa proposición permitiría redactar ese plan de restauración, incluyendo ese estudio, cumpliendo con la obligación impuesta a todas las administraciones, y hace alusión en este nuevo informe a la sentencia dictada en el procedimiento 24, la Sentencia 24/2016, de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, que falla a efectos, en este caso a los efectos de restauración que deberían realizarse a través del plan de restauración oportuno.

Llegados aquí, el Parlamento de Canarias solicita nuevos informes al Cabildo Insular de Tenerife para completar, especialmente en el sentido de las repercusiones económicas. El Cabildo Insular de Tenerife, a través de las áreas del Servicio Técnico de Política Territorial y del Servicio Jurídico de Política Territorial, emite sendos informes en los que...; parten reconociendo que se limitan a valorar el cálculo, que el informe se limita a valorar el cálculo del restablecimiento, tanto del relleno de las canteras como de la red de los cauces. Y para ello utiliza dos hipótesis, que a lo largo del distinto informe hacen valoraciones, haciendo una estimación de los posibles costes del plan de restauración solo y exclusivamente, y añade que la financiación de los mismos podría llevarse a cabo bien con cargo a los condenados y responsables subsidiarios en ejecución de sentencias, las que ya se han dictado como futuras, o bien a través de un plan de restauración mediante la adopción de medidas de ordenación y la inclusión de actividades económicas compatibles con los objetivos de la propuesta legislativa, con la finalidad de generar recursos económicos suficientes para subsanar los gastos necesarios. A eso hay que añadir que en el ámbito de los barrancos de Güímar confluyen distintas competencias de distintas administraciones: el ayuntamiento, el cabildo, la comunidad autónoma, también el Parlamento de Canarias y el Estado. Y hace hincapié el cabildo en que especialmente el Parlamento de Canarias, ya que a lo largo de distintos años ha manifestado sucesivos pronunciamientos mediante proposiciones no de ley en los que ha querido fijar criterios para ordenar el conflicto de intereses existente y clarificar el papel de cada una de las administraciones. Así lo hizo cuando impuso al cabildo incluir el ámbito de los barrancos de Güímar entre los ámbitos extractivos del Plan Insular de Ordenación en el año 2002, y dijo el modo, en cumplimiento de un mandato de analogía, de análoga naturaleza, ya que mandata al Gobierno de Canarias tramitar y aprobar un plan territorial especial del área de los barrancos de Güímar en el año 2003.

Por tanto, podemos concluir que la proposición de ley del Cabildo de Tenerife lo que busca como objetivo principal es suprimir las extracciones y recuperar las condiciones ambientales de ese espacio. No permitiría mantener, de manera compatible, tanto poner en marcha el plan de restauración como mantener la posibilidad de quienes allí tienen o pudieran tener derechos a la extracción de manera paralela. ¿Y de qué manera lo plantea? Se puede plantear, como desgrana el propio cabildo en su informe, planteando la restauración ambiental sin prohibición del uso minero o planteándola con prohibición del uso minero, que, como decíamos, es la opción que plantea la PPL y solo permitirá la extracción para llevar a cabo la propia restauración a través del plan de restauración.

Llegados aquí, cabría decir que, en ese caso, tal y como plantea la PPL, había que acogerse a lo que dispone el artículo 122 de la Ley de Minas. Ley de Minas que, por otra parte, es del año 1973 y que, aunque ha sido desarrollada por distintos reales decretos, en algunos casos adolece de actualización. Establece que los instrumentos de ordenación que regulen este tipo de situación, y en el caso de los planes de restauración, requerirán tener claro cómo se motiva la prohibición de aquellas actividades mineras, que los instrumentos de ordenación no podrán establecer prohibiciones de carácter genérico y cuantificar las indemnizaciones. Bueno. A lo largo del informe que acompaña a la proposición de ley para clarificación en el Parlamento dejan clara la motivación, dejan claro en ese caso que no se trata de una prohibición genérica de la zona, que en Tenerife se podrá seguir extrayendo solo que no en ese ámbito concreto, y lo que no queda claro a lo largo de la proposición es el tema de las indemnizaciones.

Por otra parte, en el caso del Gobierno de Canarias, hoy es imposible hacer una cuantificación por varias razones. Primero, porque no sabemos cuál es el plan de restauración que se va a plantear, ni siquiera se ha abordado cómo va a ser ni cómo se van a plantear las soluciones para hacer una restauración en la zona. Por lo tanto, cuantificar el plan es complicado, aparte de que, independientemente de que haya hipótesis de cómo pueda solucionarse. Y, en cualquier caso, no es el Gobierno de Canarias, sin saber cuáles son o cuál es la extensión de la proposición de ley que emane de este Parlamento, si finalmente emana de este Parlamento, tampoco se podrán cuantificar cuáles son los derechos patrimoniales que se les recojan o se les puedan reconocer a los extractores, si es que quedan algunos con títulos habilitantes en vigor. Es un análisis que tendrá que realizase de manera individualizada de cada uno de ellos, independientemente de que, acompañado a eso, habrá que estar a lo que puedan determinar los distintos pronunciamientos judiciales, que ya hay uno, que podremos abordar posteriormente, o los futuros que pudiera haber al respecto.

Muchas gracias.

La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, consejera.

Turno ahora del Grupo Mixto, señor Ramos Chinea.

El señor RAMOS CHINEA: Gracias, señora presidenta. Buenas tardes, señorías.

La verdad, señora consejera, debatimos sobre un tema que no ha tenido ninguna solución práctica desde hace ya muchísimos años a pesar de todas las actuaciones que se han intentado por parte de las administraciones locales y de las empresas afectadas. Si Canarias contara con una ordenación de la actividad minera adecuada, como sí tienen otras comunidades autónomas, y la Consejería de Industria ejerciera activamente sus funciones, si hubiera una regulación legal específica, no tendríamos que esperar año tras año a que se deteriore no solo el entorno ambiental de estos barrancos sino las relaciones entre los actores implicados. Cruzarnos de brazos y no hacer nada no es una solución para las empresas ni para los intereses mineros ni para el municipio de Güímar ni para el Cabildo de Tenerife, y por supuesto tampoco para la conservación de nuestro medio ambiente.

Y, descartadas otras soluciones, como las de los planeamientos insulares y municipales, por ser estos instrumentos jerárquicamente inferiores a las leyes estatales, solo queda la vía legislativa. Y por eso debemos responder con responsabilidad a la proposición de ley que emana desde el Cabildo Insular de Tenerife y no postergarla otra legislatura. Recordemos que fue aprobada por unanimidad de todos los grupos que componen la corporación insular, porque se ve como la única solución de consenso que hay para desbloquear la situación de parálisis. Sin ley no habrá respuesta para nadie.

Y, sinceramente, desde nuestro grupo parlamentario pensamos que el debate que tenemos en este momento podríamos haberlo sustentado en el de toma en consideración de la proposición de ley que impulsa el Cabildo Insular de Tenerife para la ordenación de los barrancos de Güímar y la restauración de este espacio. Pero agradecemos la oportunidad que nos brinda el Grupo Nueva Canarias de debatir sobre este pronunciamiento del Consejo de Gobierno y sobre los informes técnicos que se han presentado junto con esta proposición de ley.

En primer lugar, debemos tener en cuenta que ninguno de los informes, ni siquiera los del cabildo, definen el coste estimado de restauración del medio, esconden nada de la problemática ni de las posibles consecuencias presupuestarias para la comunidad autónoma. Aun así, el Gobierno ha resuelto favorablemente que se siga adelante con la tramitación, porque no hay consecuencias directas en los presupuestos actuales, y esto es absolutamente cierto. Otra cosa muy distinta es que ante un conflicto con varios intereses y derechos legítimos, en donde concurre la Administración pública, haya que indemnizar si se vulnera un derecho subjetivo, es algo de lo más corriente en la actividad pública, y usted sabe que en este caso habrá que hacerlo al menos a quienes tienen las licencias en orden. Lo que no podemos hacer nosotros es decidir, por opciones políticas, quién debe pagar; si toca hacerlo, se hará. Es una obligación para la Administración...

La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Ramos Chinea. Se acabó su tiempo.

Grupo Podemos, señora Monzón.

(Rumores en la sala).

Señorías, silencio, por favor, que está el diputado, la diputada interviniendo y hay un runrún de fondo permanente.

Gracias.

Señora Monzón.

La señora MONZÓN NAVARRO: Sobre este tema en concreto, queríamos decir que esta ley emana del Cabildo Insular de Tenerife -y no debemos olvidarlo- por una demanda de los propios vecinos y vecinas de Güímar, que llevan luchando años y años por estas extracciones ilegales en estos barrancos, que están ocasionando unos daños que... bueno, veremos lo que dicen los técnicos en este plan de rehabilitación, pero que realmente es bastante dificultoso a la hora de que se puedan rehabilitar.

Esta ley además tiene, ya se ha comentado aquí, esos informes de estos departamentos dentro del Gobierno de Canarias, que hablan de, por un lado, que el uso de este instrumento como ley es excesivo y que la competencia insular del asunto y la recategorización del suelo que se propone es incongruente, según estos informes. Los suelos de protección ambiental vienen regulados por el Real Decreto 1/2000, y señala que los terrenos deben presentar valores culturales o naturales precisados de protección, algo que con las canteras, según este informe, no ocurre. La extinción de los títulos, además, supondría reclamaciones económicas elevadísimas al Gobierno de Canarias. Y también dicen estos informes que podría caber inconstitucionalidad, pues el Tribunal Constitucional ya ha declarado que la limitación de la actividad extractiva por normas autonómicas contradice la Constitución al violar una ley estatal básica, que es la Ley de Minas. Ya ha comentado usted las responsabilidades patrimoniales en que se podrían incurrir.

Y después la parte técnica, sobre el relleno de los barrancos, la parte económica, de cuál sería el coste, que también ha comentado ya la señora consejera; coste que podría ser lo inviable a medio plazo y que podría ser el rellenar estos huecos que han permanecido.

Aparte de esto, hay que unir que en enero del 2016 se emite una sentencia judicial condenando a algunos de los empresarios -Plasencia, Pedro Sicilia y José Enrique Morales- a pagar la rehabilitación de las parcelas en un plazo de dos años, condenados por un delito contra el medio ambiente por extraer arena ilegal durante diecisiete años. Las extracciones que realizaron sin licencia municipal, verdad que con dejación de muchas administraciones sobre el control durante años... Se ha denunciado esta irregularidad, esta ilegalidad y no se ha hecho nada al respecto para frenar esas ilegalidades. Y, aparte de causar esos daños ambientales irreparables, también ha afectado a las características hidráulicas del barranco, poniendo en riesgo además la estabilidad del terreno y todas las infraestructuras que rodean.

La Audiencia Provincial, en septiembre, solicita al Parlamento la información sobre el trámite y lo que nos preocupa, además, es que este informe abra una puerta para la posibilidad de que la ejecución de la condena pueda verse afectada y al final no paguen los que tienen que pagar.

Esta ley, que ya se presentó además también por parte del cabildo en la legislatura pasada, quedó bloqueada por el Parlamento. No sabemos en qué la situación ha cambiado.

La restauración de esta degradación tienen que pagarla los responsables. Lo que opinamos es que además, antes de admitirla a trámite, deben realizarse todos los análisis: sobre las repercusiones de esta ley, sobre su adecuación constitucional y sobre las repercusiones económicas que van a sufrir los canarios. Debemos buscar soluciones que sean realistas y que no ocasionen más perjuicios de los que ya ha ocasionado la extracción ilegal en Güímar a todos y a todas los canarios.

Muchas gracias.

La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señora Monzón.

Turno ahora del Grupo Popular, señora Tavío.

La señora TAVÍO ASCANIO: La ley del cabildo para ordenar y restaurar los barrancos ni ordena ni restaura y solo pretende frenar el desarrollo de Güímar. Ya adelanto: los populares de Canarias no respaldaremos en su momento la toma en consideración. Ya desde el 18 de febrero, a través de una moción en el Cabildo de Tenerife, venimos solicitando su retirada.

Esta proposición de ley ni restaura ni ordena, porque pretende desclasificar por ley casi cuatro millones de metros cuadrados. Sí, lo que hoy es suelo rústico de protección minera, que permitiría uso agrícola y ganadero, el Cabildo de Tenerife pretende directamente darle categoría de suelo con protección ambiental. Eso sí, permítanme las carcajadas, pues en un asunto tan serio no identifican los elementos que hacen de ese suelo merecedor de ese reconocimiento, protección ambiental, y a un suelo degradado, antropizado, a unos hoyos descomunales.

Lo que solicita el Ayuntamiento de Güímar es precisamente una modificación de la ordenación urbanística y territorial en el ámbito de los barrancos que permita usos y no que los extinga, como pretende nuestro cabildo.

Digo más: el 15 de octubre de 2015, en la sesión del Gobierno -muy desafortunada, por cierto, que debería darles vergüenza a los dos grupos que apoyan al Gobierno-, aprueban algo de este calado sin los informes pertinentes.

Sí compartimos, por supuesto, la suspensión de la actividad extractiva en el municipio de Güímar. Excusa, por cierto, inexistente e innecesaria, ya que a día de hoy el Real Decreto 975 establece unos requisitos que ninguna de las extracciones cumple, además que incumplen la Ley 3/1998 y la 4/2009. Hay una condena de los derechos mineros. La única que no se ha enterado es usted, señora consejera. Digámoslo en términos sanitarios, que le gustan al señor Rodríguez: nos están vacunando de una enfermedad que no existe.

Ahora hablemos de la restauración. Hay que rellenar nada más y nada menos que 23 000 000 de m3 para rellenar los hoyos de más de sesenta metros de profundidad. Solo buscarles un uso a aquellos hoyos permitirá su restauración. Señorías, coincidirán conmigo en que estos terrenos nunca podrán volver a su estado original. Tendríamos que vaciar el Teide para rellenar esos huecos. Pero tiene más sentido hablar de recuperación y hay muchos casos en distintas comunidades autónomas que nos pueden servir de ejemplo.

Señorías, esta y todas nuestras islas tienen un problema de áridos y de canteras clandestinas. No nos engañemos por más tiempo. ¿Dónde está la Dirección General de Minas del Gobierno de Canarias?, ¿qué ha hecho durante estos años? ¿Vamos a tener que esperar a una ley de cada cabildo?

Señorías -termino en nombre de mi grupo-, solo una ordenación del territorio que ni expropie ni desclasifique ni restrinja derechos evitará las indemnizaciones; solo buscarle un uso a aquellos hoyos permitirá su...

La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señora Tavío. Se acabó el tiempo.

Grupo Socialista, señor Gómez.

El señor GÓMEZ HERNÁNDEZ (don Héctor): Gracias, presidenta. Señorías, señora consejera.

Vamos a emplear un tono sosegado, tranquilo, moderado.

Podemos definir la realidad de los barrancos de Güímar, que data desde 1960-70, estas décadas, como un fracaso colectivo de la gestión pública. Yo creo que a nadie se le escapa esta realidad. Es una realidad, yo creo que no cabe la menor duda de esta situación.

Una extracción en los barrancos de Güímar que pivota sobre la Ley de Minas. Precisamente es el Partido Socialista, en la legislatura pasada, quien inicia los expedientes para caducar las autorizaciones en los barrancos de Güímar. Daba bien los datos, facilitaba bien los datos la portavoz del Partido Popular: 23 000 000, 23 000 000 de metros cúbicos a cubrir. Hombre, no pretende el Partido Socialista vaciar el Teide, ni mucho menos, señora Tavío, entre otras cosas porque estos 23 000 000 de metros cúbicos son inviables, material y económicamente, es decir, esto no tiene encaje.

Pero también hay que recordar y destacar dos aspectos. Hay un plan territorial especial que está ahora mismo sin efecto y un plan territorial de protección en vía muerta, de ámbito insular. Esta realidad obliga a que el Cabildo de Tenerife invita o en este caso el Cabildo de Tenerife inicia esta iniciativa, esta proposición, que tiene dos objetivos: por un lado, prohibir y, por otro lado, restaurar. La posición del Partido Socialista, desde luego, en esta Cámara...; no tiene ningún problema el Partido Socialista ni vergüenza debemos sentir porque aún no ha entrado, no hemos entrado en debates en ese punto, en esa proposición de ley, porque no la hemos debatido en esta Cámara. Cuando llegue, ya fijaremos la posición que toque en el momento adecuado.

Ahora bien, es cierto que hay informes que condicionan, y muy mucho. Tenemos un informe de Agricultura, que considera una ley como excesiva porque invade precisamente lo que es competencia de planeamiento. También recoge ese informe y propone que sea a través de la modificación del Plan Insular de Ordenación del Territorio y/o el plan territorial parcial para ordenar las canteras.

Y, por otro lado, en fin, ya lo ha comentado también la señora Tavío, lo que propone esta ley es recategorizar el suelo rústico de protección minera a suelo rústico de protección ambiental. Algo que no casa con uno de los objetivos, que es la restauración ambiental y el uso agrario.

Y, por último, hay que destacar algo que señaló la consejera: la peligrosidad ante la caducidad improcedente y el posible inicio de procedimientos de reclamación patrimonial, y eso, desde el punto de vista del Gobierno, debe ser un aspecto a tener muy en cuenta, y desde luego desde los grupos que sustentan al Gobierno, a efectos de apoyar o no esta iniciativa...

La señora PRESIDENTA: Señor Gómez.

Por el Grupo Nacionalista, señor Ruano.

El señor RUANO LEÓN: Gracias, señora presidenta. Señorías, buenas tardes.

Como decía el portavoz socialista, no estamos en el debate de toma en consideración de la proposición de ley.

En nuestro caso resulta complicado explicar en tres minutos la posición en torno a una situación de degradación del medio natural que se ha producido y se produce en los barrancos de Güímar, en torno a un daño ambiental sustancial producido en los barrancos de Güímar, e incluso a posibles peligros derivados de la expectación por avenidas que puedan producirse en esa zona. Por tanto, hay que partir de que el propósito de la proposición de ley -valga la redundancia- es un buen propósito: la garantía ambiental de aquel espacio degradado, la restauración del espacio degradado y, en definitiva, el que finalmente no vuelvan a producirse extracciones mineras en ese ámbito.

Cuando me preguntaron por este asunto, en primer lugar dije lo siguiente: si hay una sentencia condenatoria, y la hay, la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife tiene que ordenar la ejecución y los condenados pagar los costes del plan de restauración, en primer lugar, de la redacción del plan de restauración y, consecuentemente, de la ejecución posterior del plan de restauración; en segundo lugar, hay que valor, cuando se tome en consideración, si la ley es imprescindible para el propósito que fija, si es necesario hacerlo mediante ley, si, en definitiva, impedir que vuelva a haber usos mineros requiere que sea por ley específica como se produzca la clasificación de suelo rústico de protección ambiental; y, en tercer lugar, hay que decir que, en todo caso, con independencia de que se tomara o no se tomara en consideración, nunca debería aprobarse si pueden derivarse costes para el erario público. Y esto requiere valorar, como ya se ha comentado por alguno de los intervinientes, cuál puede ser el alcance de las licencias, si las hay, en vigor por parte de quienes han extraído hasta el momento, porque lo que hay que decir es que hay varias sentencias de 2007 que anulan, en la Sala de lo Contencioso, que anulan las licencias en vigor. Parece ser que puede haber algún caso singular en donde esto no sea así y habría que garantizar, en todo caso, el erario público.

Lo que nos negamos a aceptar es que la defensa de un ámbito geográfico de la isla de Tenerife se califique, como algunos han hecho en algún medio concreto, de ley Plasencia, porque no es verdad, porque los condenados tienen que pagar por lo que hicieron y restaurar el daño producido.

Con independencia de eso, especialmente a don Román Rodríguez, cuando llegue el debate de la toma en consideración y valoraremos primero si se incluye en función de que se produzca la ejecución de la sentencia por la Audiencia.

Muchas gracias.

La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Ruano.

Grupo proponente, señor Rodríguez, diez minutos.

El señor RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ: Señora presidenta, señorías.

Señora consejera, yo le agradezco... (Rumores en la sala).

La señora PRESIDENTA: Disculpe, señor Rodríguez, disculpe.

Señorías, silencio, por favor.

El señor RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ: ...yo le agradezco que nos lea los informes, pero yo tuve la precaución de leerlos antes de pedir esta comparecencia.

Yo no he querido, y tengo opinión, entrar al fondo de la cuestión, pero aprovecho porque todo el mundo se ha referido a ello de manera bastante inevitable. A nosotros nos parece que el rango normativo para resolver la ordenación no debe ser una ley sino un plan, y lo digo porque esa es la teoría del propio Gobierno. Recuerdo en esta misma legislatura una proposición de ley que defendí yo en nombre del pleno de La Laguna donde el Gobierno informó negativamente la tramitación de aquella iniciativa porque justamente consideraba impropio de una norma legal resolver un problema de planeamiento. En cualquier caso, ni nos parece la ley el mecanismo, en todo caso sería un plan, derivado del plan insular.

Y nos sorprende además la autoría, ¿no? Yo siempre voy a buscar, digo, "bueno, ¿quién pensó esto?"; y hemos encontrado que el redactor del proyecto de ley es el mismo que el de la ley del suelo, ¿no? Pero hemos encontrado dos contradicciones así de grandes, ¿no? La primera, que la ley del suelo, por ejemplo -mañana lo recordaremos-, dice que no se puede legislar a golpe de problemas, que no se pueden hacer leyes para dar respuesta a problemas concretos. Pues esta es una ley que trata de dar respuesta a problemas concretos y su autor intelectual es el mismo redactor que el de la ley del suelo. Y dice la ley del suelo también que la mayoría de edad de los ámbitos locales, debemos trasladar todas las competencias, y, sin embargo, en esta ley y en sus argumentarios jurídicos dice que justamente aquí concurren asuntos locales, insulares y canarios y por eso hay que elevar el problema al ámbito del archipiélago. Digamos que me quedo con el solomillo y reparto el hueso. Es realmente sorprendente que un mismo gobierno o un mismo partido sea capaz de utilizar los argumentos en función exactamente de los intereses políticos o personales.

Pero yo no he querido entrar en si la ley debe ser, si la ley es el instrumento, ni siquiera he cuestionado, porque creo que tenemos un problema colectivo. Cuando hay un problema que afecta al medio ambiente afecta a los ciudadanos que viven en la zona, a los que viven en la isla y a los que viven en el archipiélago. Por eso nosotros cuestionamos la ley del suelo, que mañana comentaremos, entre otras cuestiones por esta razón.

Pero yo a lo que voy es a lo siguiente: al margen de la intencionalidad, al margen de la autoría intelectual, al margen del intento de endosar las responsabilidades que son de una institución insular al Gobierno de todos los canarios, yo lo que no entiendo -y quiero que me lo expliquen, y esta es la razón de la comparecencia- es cómo el Gobierno de Canarias, con un informe contundente del departamento de Industria y Economía, que firma el consejero del ramo, don Pedro Ortega, al que seguramente le hubiera tocado esto, y dice de forma categórica que la ley es manifiestamente inconstitucional, que no hay títulos competenciales en nuestro Estatuto de Autonomía para clasificar o desclasificar el suelo de protección minera y llevarlo al de protección ambiental; que dice de forma categórica que si aprobáramos esta norma, además de que es inconstitucional, tendría consecuencias evidentes sobre las arcas públicas. Y lo tendría porque además tenemos ahora un peritaje que dice que solo la rehabilitación paisajística costará, mínimo, 360 millones de euros.

Yo estoy de acuerdo con el señor Ruano, y esta es una de las claves para que esta ley esté sirviendo para proteger a algunos indirectamente, en que quien se ha hecho multimillonario tiene que pagar hasta el último euro de la restitución del daño causado. Sin duda ninguna, la ley es categórica, la jurisprudencia es categórica. Pero fíjese usted que hay algunos abogados defensores de los penados que han logrado colocar en la Fiscalía y en la Audiencia la tesis de que la aplicación, la ejecución, de la pena está condicionada a una supuesta ley que va a aprobar el Parlamento de Canarias. Han logrado enredar a la Administración de Justicia... Porque yo estoy con usted, hay que ejecutar la sentencia ya, tienen que pagarlo ellos, tienen que hacer el plan ellos, los que se hicieron multimillonarios. Este no es un problema de todos, lo es en la medida en que somos solidarios con los problemas que tiene la sociedad canaria allá donde se encuentren. Este problema lo tiene que resolver quien se hizo multimillonario a costa del medio ambiente.

Pero lo que no entiendo, no puedo entender, es que con el informe de Industria, con el informe de Presupuesto, que dice que, tal como está la norma, hasta que se apliquen sus contenidos no tiene impacto en el presupuesto, pero mete una coletilla, dice: hay que evaluar lo que significa la rehabilitación y cuánto de ello asumiría la comunidad autónoma si este Parlamento lo aprueba. Lo dicen. Y además ahora tenemos un peritaje, que no teníamos hace unos meses, que dice el Cabildo de Tenerife, proponente de la idea, que costará, mínimo, 360 millones de euros -¡360 millones de euros!-. Pero añade, ya no este informe sino otro del cabildo, hecho por el autor intelectual... el redactor de la ley del suelo -el autor intelectual es otro, mañana lo pondremos en evidencia-, el informe jurídico del cabildo sostiene que no solamente, si tomáramos la decisión en este Parlamento de suspender los derechos mineros, tendríamos que indemnizar por daño patrimonial, en virtud de la ley que aquí se aprobara, sino sobre el resto del suelo minero; es decir, cuando usted tiene un suelo urbano y se lo cambian de clasificación, aunque no haya hecho el edificio tiene derechos. Aquí no solamente habría que indemnizar a los que tienen el título habilitante de explotar la mina sino a los dueños del suelo, que son 4 millones de metros cuadrados. Estos, según la jurisprudencia, tienen derecho a reclamar entre el 10 y el 30 % de la potencialidad de lo que está en el subsuelo.

Estamos hablando de un tema multimillonario, de cientos y cientos de millones, y yo lo que no entiendo es cómo un Gobierno que dispone de medios, más que el Parlamento, le endosa este asunto al Parlamento de Canarias. Porque es que se ha dicho públicamente por miembros del Gobierno, cuando el Gobierno tiene estos informes, cuando tiene estos datos, cuando tiene esta evidencia, que en todo caso esto no dañará al patrimonio público si en el Parlamento somos muy competentes y evitamos el daño. Pero, bueno, ¿y el papel del Gobierno?

Yo, sinceramente, creo que la decisión del Gobierno o no tenían toda la información, que yo no lo sé, supongo yo, en mi época lo hacíamos, tomábamos decisiones de esta envergadura con la información disponible, yo no sé si se han tomado decisiones sin toda la información disponible, pero con la información disponible no debió darse la conformidad por el impacto en el gasto público, en la estabilidad presupuestaria y financiera. Aquí este Gobierno ha presumido más que ninguno en el Estado español del cumplimiento de la regla de estabilidad. Pues esta norma, de aprobarse en los términos propuestos, con los títulos y con los compromisos que genera, va a generar un problema de estabilidad presupuestaria extraordinario, como nunca en la historia de Canarias. ¿Por qué en estas circunstancias, con esta claridad, con estos informes, el Gobierno no pone problemas a la tramitación y nos endosa al Parlamento lo que es una responsabilidad de ellos?

Por esta razón el que les habla pidió esta comparecencia y solicitó a la Mesa dos cosas, en un escrito que, si no lo tienen, está en la página del Parlamento. Le solicitamos dos cosas. Parece razonable, porque tienen más medios que el Parlamento, reevaluar el impacto legal de esta norma, porque yo creo que es manifiestamente inconstitucional. No tenemos competencias para cambiar la naturaleza de este suelo, ¡no tenemos competencias! No hay que ser un genio en Derecho, yo no lo soy, evidentemente, pero están los informes del propio cabildo, están los informes del propio Gobierno. Por lo tanto, no parece razonable que nos endosen a nosotros este tema y le hemos pedido a la Mesa del Parlamento que solicite informes jurídicos complementarios. La Mesa nos ha dicho que no, que eso lo hará el Consejo Consultivo si en algún momento se toma en consideración la ley. Pero pudiera haber otras fórmulas para actuar sobre el problema. Lo entendemos.

Pero hemos pedido una segunda cosa, y es que el Gobierno evalúe lo que dice aquí que está pendiente de evaluar. ¿Quién lo va a evaluar? ¿Qué capacidad tiene esta Cámara para saber el impacto indemnizatorio que tiene, digamos, extinguir los títulos mineros de los actuales titulares? No tenemos ninguna capacidad, y no tenemos ninguna capacidad para evaluar las indemnizaciones que corresponderían a los dueños del suelo, aunque no estén en explotación, que tienen también con la jurisprudencia derechos indemnizatorios entre el 10 y el 30 % del valor. Y eso nos lo ha aceptado la Mesa, cosa que agradezco. De manera que hemos devuelto el problema a quien, en principio, no parece estar dispuesto a asumir sus responsabilidades: al Gobierno de Canarias. Y ya veremos, cuando corresponda en esa formulación de ley o en otras formulaciones de trabajo parlamentario, cómo puede contribuir el conjunto de la ciudadanía a resolver un problema...

La señora PRESIDENTA: Señor Rodríguez, un minuto más.

El señor RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ: ...que crearon cuatro.

Pero hoy yo lo que tenía interés en poner en evidencia... Lamento que esto le haya tocado a la consejera de Política Territorial, porque es que aquí había un titular de Agricultura que suscribió un informe crítico de decir no a la tramitación, el departamento de Hacienda también tiene un informe crítico de decir no a la tramitación por el impacto en el gasto público y un informe hipercrítico, absolutamente negativo, del departamento de Industria, y a pesar de eso dicen que sí. Yo lamento que le haya tocado esto a la señora consejera, insisto en ello, porque sé que no estaba en las decisiones que comprometen en estos momentos al Gobierno.

Lo que digo es, no es de recibo que esta comunidad autónoma asuma, este Parlamento, asuma una responsabilidad que no le corresponde y, si la tomamos, la tenemos que tomar con todos los elementos de juicio. De ahí la necesidad de esta comparecencia y de ahí la solicitud que hemos hecho a la Mesa de complementar la información, para que el día que aquí se discuta tomemos las decisiones sabiendo sus consecuencias.

Muchas gracias.

La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Rodríguez.

Señora consejera.

La señora CONSEJERA DE POLÍTICA TERRITORIAL, SOSTENIBILIDAD Y SEGURIDAD (Barreto Hernández): Señora presidenta.

Vamos a intentar... se fue el señor Rodríguez, pero, bueno, intentaré... Ah, está por ahí. A ver si me escucha. Vamos a intentar ser, voy a intentar ser lo más clara y precisa y centrar la cuestión.

El Gobierno de Canarias, sin lugar a dudas, va a apoyar cualquier restauración que se plantee dentro de los cauces que se tiene que plantear -en este caso se ha planteado aquí una proposición de ley- para una zona que está degradada y que además el Cabildo Insular de Tenerife, el Ayuntamiento de Güímar en su momento -ahora parece que no- y colectivos de vecinos consideran que aquella zona hay que restaurar. ¿Cómo hacerlo? Pues no depende de este Gobierno. Hoy estamos hablando en una comparecencia en la que se debate una proposición de ley que es del cabildo y que plantea una forma de hacer las cosas. Eso es un principio fundamental.

Segundo. Hay una sentencia que condena a una serie de extractores a una cuantía económica para asumir los gastos de la restauración, que tenían que haber hecho, y, dos, a hacer un plan de restauración. Eso nada tiene que ver con esta proposición de ley, porque, si nos vamos a la Ley de Minas, el derecho, cuando a un ciudadano le otorgan un derecho a extraer conlleva obligatoriamente la obligación de hacer, y la obligación de hacer es la obligación de restaurar permanentemente. Y además controlar que la restauración se va produciendo. Por lo tanto, independientemente de que haya una proposición de ley que quiera sacar adelante un plan de restauración, que habrá que ver cómo, la obligación que tienen los extractores, y en este caso los condenados, es pagar la parte que les corresponde y a lo que se les ha condenado.

Pero es más, no hay que buscar en ningún juzgado, en ningún tribunal, que hay una condena. Cualquier extractor que tenga derecho a extraer está obligado a pagar, y de eso hay que partir, y además hay que distinguirlo y dejarlo claro, y eso lo establece la Ley de Minas. Incluso aquellos que se extralimiten de su extracción están obligados a pagar.

Ahora bien, la proposición de ley lo que plantea, sin entrar... Sí hay que entrar en el fondo. Yo creo que al final no hablar del fondo de, por ejemplo, las leyes nos hace filosofar y divagar sobre cosas que no son contenidos reales de las leyes. Vamos a entrar sobre esta proposición de ley. La proposición de ley lo que plantea es una forma de cómo abordar la situación. Para el Cabildo de Tenerife -y hago una interpretación literal del texto-, para el Cabildo de Tenerife la forma es prohibir las extracciones y regenerar la zona. ¿Cómo se regenera la zona?: el Gobierno de Canarias no lo sabe y, por tanto, no lo puede cuantificar. Es más, se pudiera aprobar la proposición de ley y establecer para más adelante -lo dice así el informe del cabildo- el plan de restauración. Por lo tanto, es imposible cuantificarlo hoy.

Usted habla, señor Rodríguez, de una cifra, una cifra que el propio informe que usted se habrá leído establece, en dos hipótesis: en un informe basado en una petición que hace el Ayuntamiento de Güímar a un ingeniero y en un informe que hace el Consejo Insular de Aguas, pero en ningún caso cuantifican el plan de restauración real que se vaya a abordar en el lugar. Por lo tanto, no se puede cuantificar.

En cuanto a los derechos patrimoniales, tampoco el Gobierno los puede cuantificar hoy, porque habrá que saber en qué sentido se aprueba la proposición de ley: si al final va a permitir o no que se extraiga, si al final va a prohibir que se extraiga. En cualquier caso, corresponderá en este caso al departamento oportuno para cuantificar la responsabilidad patrimonial.

Yo creo que no se pueden confundir las dos cosas. Una cosa es la sentencia o sentencias que pudieran recaer y que obligan a algo que ya la Ley de Minas obliga, y es a reparar y restaurar la zona de la que se ha extraído, y cosa distinta es que aquí lo que se esté planteando, y lo que quiere el Cabildo de Tenerife, es que el plan de restauración y la proposición prohíban la extracción salvo para aquellos casos puntuales en los que se permita para trabajar en el propio plan de restauración, es decir, para la propia restauración de la zona.

Y ese es el debate y ahora tocará a este Parlamento decidir si toma en consideración, si admite a trámite -en consideración ya han tomado-, si admite a trámite y cómo lo va a aprobar o no. En cualquier caso, vuelvo a repetir, desde el punto de vista ambiental, habrá que tomar alguna decisión al respecto porque o compaginamos las dos cosas o al final hacemos un plan de restauración tal y como han planteado. Que, entre otras cosas, tanto los propios técnicos del Cabildo de Tenerife como los técnicos de la consejería, en alguna reunión que han tenido con ellos, consideran que la restauración de la zona no puede ser solo de una parte de la misma sino que tiene que ser una restauración integral.

Muchas gracias.

La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señora consejera.

Señorías, hemos concluido esta comparecencia.