Vicepresidentes de la Mesa del Parlamento


Miembros de la Cámara elegidos por el Pleno por mayoría simple conforme al artículo 35 del Reglamento para formar parte de la Mesa de la Cámara junto con el presidente y los dos secretarios. Los dos vicepresidentes, por su orden, sustituyen al presidente en caso de vacante, ausencia o imposibilidad temporal de ejercicio de sus funciones (artículo 30 RPC).