Modificación del reglamento regulador del registro de la secretaría general del parlamento

Modificación del reglamento regulador del registro de la secretaría general del parlamento

El Secretario General somete a la Mesa la necesidad de agilizar la inserción en la red de todos los escritos o comunicaciones que se reciban en el Parlamento a través del Registro General de la Cámara, para lo que propone la conveniencia de modificar el Reglamento Regulador de dicho Registro al objeto de adelantar en media hora el horario ordinario del cierre del mismo, facilitando de esa forma que, dentro de la jornada de trabajo del correspondiente día, puedan realizarse las operaciones de asiento y demás, complementarias derivadas del volumen de documentación presentada. La Mesa, tras deliberar sobre el tema, acuerda:

1.- Aprobar la modificación del Reglamento regulador del Registro de la Secretaría General del Parlamento, aprobado por Acuerdo de Mesa, de fecha 24 de junio de 1997 (BOPC, número 117, de 30 de junio de 1997), quedando redactado el artículo 4.1 de la siguiente forma:

Artículo 4.1. El Registro del Parlamento de Canarias, así como el registro auxiliar, estarán abiertos de lunes a viernes, de 8:30 horas hasta las 14:00 horas. Durante los meses de julio, agosto y septiembre, el horario del registro será desde las 8:30 horas hasta las 13:30 horas.

En circunstancias excepcionales, en que el cierre del Parlamento sea anterior a las 14:00 horas, el horario del registro será hasta la hora fijada para la salida.

2.- La entrada en vigor del presente acuerdo será al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Parlamento. De este acuerdo se dará traslado al Gobierno y a los Grupos Parlamentarios. Asimismo, se publicará en el Boletín Oficial del Parlamento.

En la sede del Parlamento, a 10 de enero de 2006.-
LA SECRETARIA PRIMERA, Belén Allende Riera.
VºBº EL PRESIDENTE, Gabriel Mato Adrover.