Diario de Sesiones 13, de fecha 22/11/2007
Punto 28

'· 7L/I-0001 Interpelación del señor diputado don Santiago Pérez García, del Grupo Parlamentario Socialista Canario, sobre vigencia y aplicación de la legislación canaria de ordenación del territorio y las Directrices Generales de ordenación y del Turismo, dirigida al Gobierno.'

'El señor presidente: Pasamos entonces al último asunto del orden del día de hoy, de este Pleno, y que son las interpelaciones. Del señor diputado don Santiago Pérez García, del Grupo Parlamentario Socialista Canario, sobre vigencia y aplicación de la legislación canaria de ordenación del territorio y las Directrices Generales de Ordenación y del Turismo, dirigida al Gobierno.'

'Señor Pérez García, tiene la palabra.'

'El señor Pérez García: Muchas gracias, señor presidente.'

'¡Hay que ver, señor consejero, lo vertiginosos que son los hechos en la vida política! Cuando yo presenté esta interpelación, usted no había pasado a formar parte del escogido círculo de los apóstoles en la lucha contra el cambio climático y ahora ya sí. Entonces tengo la duda de si formularle esta interpelación o pedirle su bendición.'

'El origen de esta interpelación y el objeto de la misma los voy a exponer a continuación a sus señorías.'

'El objeto de la misma no es otro que el de intentar reforzar la autoridad social, la legitimidad de nuestro sistema legislativo de ordenación del territorio, de los recursos naturales y urbanística.'

'¿Por qué está planteada la interpelación?, ¿cuál es el origen de la misma? Pues el origen de la misma lo constituye un conjunto de acontecimientos, que yo voy brevemente a tratar de exponer, porque estos acontecimientos son los que nos han movido a presentarla. Acontecimientos que ocurrieron a fines de la legislatura pasada. Sabe el señor consejero -que lo era ya entonces- que el Grupo Socialista ha expresado varias veces a lo largo de la pasada legislatura sus reflexiones sobre la complejidad de nuestro sistema legislativo, sobre la oscuridad en que a veces se traduce esa complejidad y sobre las secuelas de inseguridad jurídica que todo ello comporta, a operadores, administraciones públicas y ciudadanos. Pero ha sido siempre, señor consejero, una crítica al sistema, una preocupación expresada por el sistema desde dentro del mismo y con la voluntad de afianzarlo, porque es un sistema legislativo que persigue una estrategia de desarrollo inspirada en el principio de la sostenibilidad. Y cuando a finales de la legislatura pasada algunos de los actores que durante la legislatura -actores institucionales- venían impugnando este sistema desde fuera, con insinuaciones, con declaraciones públicas y sobre todo con comportamientos institucionales obtuvieron premio, a nosotros nos pareció -y así lo dijimos- que se hacía un flaco favor a la consolidación de este sistema legal.'

'¿En qué consistió el premio? El premio consistió en que una corporación insular que no había cumplido una tarea esencial para el sistema legislativo de las Directrices de Ordenación, que es la aprobación de su plan territorial especial de ordenación del turismo, que no es un instrumento, señor consejero, que vaya a fijar el modelo turístico de la isla, como en alguna ocasión he leído en la prensa que ha expresado su señoría, sino adaptar el modelo de ordenación turística plasmado en los planes insulares de ordenación a los ritmos y a los límites de la ley trienal prevista en las Directrices. Corresponde a esos planes territoriales -a los que luego me referiré-, a esos planes territoriales especiales, además, fijar parámetros tan importantes para conceder las autorizaciones excepcionales a la moratoria, como la capacidad de carga de la isla. Si una corporación que deliberadamente no ha cumplido su tarea, luego obtiene premio, se está haciendo un flaco servicio a la consolidación de este sistema legal. Hechos que ocurrieron a finales de la legislatura pasada.'

'Al principio de esta se produce un pacto de gobierno entre una opción que ha declarado permanentemente estar a favor de la consolidación y del desarrollo de las Directrices, aunque luego no lo haya hecho mucho desde la acción de gobierno, que es Coalición Canaria, y un partido que las ha cuestionado desde fuera permanentemente, a pesar de haberlas votado en su día. Y suscriben un pacto de gobierno en términos muy ambiguos al respecto. Esto de "clarificar, sintetizar y armonizar", si fuera un texto y un acuerdo así de vago suscrito entre dos fuerzas políticas acordes en mantener, en perfeccionar nuestro sistema legislativo, no tendría por qué generar suspicacias, pero cuando es el fruto de un pacto entre una fuerza política que dice que sí a nuestro sistema legislativo y otra que lo cuestiona extramuros del sistema, esta ambigüedad ha generado suspicacias, ha generado preocupación.'

'Y también, señor consejero, el conjunto de declaraciones que su señoría formuló en los primeros días del otoño, que parecía -y ahora lo entiendo- que estaba en una especie de situación catártica, probablemente la que le llevó a engrosar las filas selectas de los apóstoles contra el cambio climático. Decía su señoría cosas como "la intervención del Parlamento se produce en un procedimiento que no tiene expediente administrativo y, por lo tanto, no es recurrible". Me estoy refiriendo a la intervención del Parlamento, informando favorablemente el interés general de las autorizaciones excepcionales a la moratoria turística. Porque, señor consejero, la intervención del Parlamento en esa materia, que es una intervención no legislativa, se inscribe en un procedimiento que, como todos los actos de los poderes públicos, tiene un final, una resolución, que es recurrible ante los tribunales de justicia. El principio de universalidad está constitucionalmente proclamado. No hay resquicios para las inmunidades del poder.'

'O su señoría hacía menciones a que los meros parámetros de calidad garantizarían el crecimiento muy medido, muy excepcional, de nuestra oferta turística, lo cual era apuntar directamente, con mejor o peor intención, incluso con la mejor intención, al sistema de ordenación, que es nuestro deber consolidar y perfeccionar.'

'O le he oído al señor consejero decir que ya hay calificación suficiente de suelo para usos turísticos como para que, eliminando las autorizaciones excepcionales y, por lo tanto, la moratoria, nuestra oferta turística crezca poco y crezca condicionada por estrictos parámetros de calidad. Eso, señor consejero, cuando usted lo afirmaba, lo colocaba y así lo interpretaron periodistas muy juiciosos del otro lado, del lado de los que han planteado la liberalización del sistema para que se ajuste exclusivamente a la mano invisible del mercado, que en la economía de nuestras islas ha dado lugar a algunos excesos en esta materia tan delicada: crecimiento de oferta turística, deterioro de su calidad, destrucción de recursos naturales y del territorio.'

'Después de aquellas declaraciones vienen las declaraciones del señor presidente del Gobierno recogiendo velas y pronuncia un enfático "ni un metro más de suelo para uso turístico". Pero no se trata de eso, nuestro sistema es sabio: control del crecimiento y sí metros de suelo más, excepcionalmente, y para ofertas turísticas de extraordinaria calidad, que serán autorizadas no arbitrariamente sino con arreglo a parámetros objetivos. Tarea en cuya fijación el Gobierno ha dejado pasar mucho tiempo y ha estado muy negligente.'

'Y, finalmente, la reunión de un órgano, el Foro Canario de Sostenibilidad, previsto en el artículo 142, en la directriz 142 de nuestra Ley de Directrices, que se reúne y simplemente efectúa proclamaciones ambiguas, vacías. El Gobierno no establece compromisos, algunos de los cuales, en el plano legislativo, su señoría ha adelantado hoy. Pero al mismo tiempo ese foro, que apenas se reúne, que apenas se ha reunido y que tiene entre sus tareas fundamentales la de hacer el seguimiento en la aplicación de las Directrices -directriz 142, apartado segundo-, se reúne, convoca a la prensa y emite una declaración y unas informaciones absolutamente vacías de contenido. Por eso, señor consejero, la razón de esta interpelación.'

'Y la razón de esta interpelación también está encaminada a algo a lo que su señoría hoy se ha referido en una comparecencia anterior. Nosotros, en una actitud muy modesta intelectualmente, hemos renunciado, porque además lo consideramos desaconsejable, a grandes vaivenes en nuestro sistema legislativo. Consideramos que es mejor perfeccionarlo, con lealtad al sistema, creyendo en el sistema, conociendo también sus imperfecciones. Y por eso, en la segunda parte de esta interpelación, le voy a referir al señor consejero en qué aspectos muy concretos un sistema que en general se cumple no se ha cumplido y esos incumplimientos han generado una pérdida notable de credibilidad. Me voy a referir a la elaboración y aplicación de los planes territoriales especiales de ordenación del turismo, me voy a referir, entre otras cosas, a la aplicación de las normas sobre silencio administrativo favorable para la aprobación de instrumentos de planeamiento y para la obtención de licencias o autorizaciones de edificación.'

'En la segunda intervención, señor consejero, después de escuchar la suya, le haré mención de estas finalidades de nuestra interpelación, que tienen, en sentido político legislativo, un claro carácter de propuesta y de anuncio de iniciativas por nuestra parte, si no fueran tomadas por el Gobierno.'

'Muchas gracias, señor presidente.'

'El señor presidente: Gracias, don Santiago.'

'Por parte del Gobierno, el señor Berriel Martínez.'

'El señor consejero de Medio Ambiente y Ordenación Territorial (Berriel Martínez): Señor presidente. Señorías.'

'Vaya por delante mi bendición, si eso le sirve de algo o le hace ilusión.'

'Pero me va a permitir, señoría, que lea la solicitud de esta interpelación que su señoría ha puesto. Su señoría ha dicho: ha interpuesto recurso...; ha dicho: "el Gobierno de Canarias ha interpuesto recurso de inconstitucionalidad contra la Ley básica del Suelo, en el que además de argumentar el carácter competencial se cuestiona la opción legislativa por la gestión urbanística como función pública, la prohibición de los procesos edificatorios en el suelo rústico, la evaluación y seguimiento de la sostenibilidad del desarrollo urbano, la participación ciudadana efectiva en la elaboración y ejecución del planeamiento, la reserva del suelo para la construcción de viviendas de protección pública, la participación de la Comunidad en las plusvalías generadas por la acción urbanística de los poderes públicos, la transparencia y la lucha contra la corrupción.'

'Por otro lado, en el acuerdo político que sustenta al Gobierno solo aparecen vagas referencias a simplificar o clarificar la legislación territorial y de Directrices, sin que en el discurso de investidura se haya concretado nada al respecto".'

'Y entonces interpela al Gobierno sobre la vigencia y aplicación de la legislación canaria de ordenación del territorio y las Directrices de Ordenación y del Turismo, de vital importancia para la economía y calidad de vida de los ciudadanos.'

'Señoría, esto es una cosa y lo otro me va a permitir que le diga que es un tótum revolútum, que ha tenido distintas contestaciones en este Parlamento y que evidentemente me llevaría a un análisis, efectivamente, paso a paso de todo lo nuevo, de todo lo que ex novo plantea usted aquí en relación con esta interpelación. Por eso me va a permitir que me ciña, de alguna manera, en la línea argumental, a lo que entiendo que ha querido usted decir aquí, que es desarrollar el objeto de esta interpelación.'

'Pues bien, en la interpelación se le dice al Gobierno que "sobre la vigencia y aplicación de la legislación canaria de ordenación del territorio y las Directrices de Ordenación y del Turismo, de vital importancia para la economía y la calidad de vida de los ciudadanos". Y si nos quedásemos en ese punto, la contestación es bastante sencilla, y se la digo de forma clara y alta. El Gobierno de Canarias mantiene en la actualidad la plena vigencia de la legislación canaria de ordenación del territorio y entre cuyas normas se encuentran las Directrices Generales de Ordenación y del Turismo, con las pocas precisiones que hayan podido derivarse de la Ley 8/2007, de 28 de mayo, del Suelo, y por supuesto como exige el respeto a ese marco normativo para los distintos operadores, incluida la Administración, que están obligados al cumplimiento y a su aplicación.'

'Y por si existiera alguna duda, señoría, tal como le he expuesto en mi comparecencia anterior, los únicos cambios que el Gobierno se propone introducir en nuestro ordenamiento jurídico ambiental y de ordenación territorial pretenden solo el reforzamiento de las políticas de conservación y sostenibilidad, adaptando a nuestras especificidades el marco básico estatal y europeo de la normativa ambiental y la simplificación y actualización de las normas de ordenación del territorio, modificando o sustituyendo solo, solo, aquellos preceptos que se han revelado inconvenientes para la mejor aplicación y extensión del planeamiento o que vienen produciendo perjuicios innecesarios evitables a los ciudadanos. Por tanto, ninguna duda debe sembrarse sobre la vigencia y aplicación de ese marco normativo canario, que coincido con el señor interpelante en que es de vital importancia para la economía y la calidad de vida de nuestros ciudadanos, aunque estos no sean los únicos y los exclusivos intereses que se defienden al amparo de dicha normativa.'

'Ahora bien, su señoría fundamenta su interpelación en una serie de aseveraciones que de modo alguno puede amparar ni en manifestaciones ni en acciones ni en previsiones del Gobierno y mucho menos en las razones y argumentos expuestos en esta misma tribuna, tanto por este consejero como por los portavoces de los grupos parlamentarios que sustentan al Gobierno, en relación con la decisión de interponer recurso de inconstitucionalidad contra la Ley 8/2007, de Suelo, que, según puede verificar su señoría en el acta de la sesión de este Pleno, de este Parlamento, en los días 10 y 11 de octubre, se concretan en la defensa de nuestras competencias, que entendemos -entienden los servicios jurídicos del Gobierno y en gran parte el propio Consejo Consultivo de Canarias- que la expresada ley estatal invade, y a mi juicio siguiendo una tendencia creciente y preocupante, sobre todo en los últimos tiempos, máxime cuando en el caso de nuestra Comunidad Autónoma el territorio constituye un hecho diferencial y diferenciado del resto del Estado, pese a lo cual sus aspiraciones de justo dimensionamiento de su régimen competencial se han visto frustradas, en contraposición con el otorgamiento estatutario a otros territorios peninsulares.'

'De la lectura de la fundamentación de su señoría y de su intervención también ahora se deduce que atribuye en exclusividad a la ley estatal la defensa de unos valores y unos principios de sostenibilidad, transparencia, etcétera, no compartidos por el Gobierno de Canarias, concretando tan ilusoria información en que se cuestiona la opción legislativa por la gestión urbanística como función pública, la prohibición de los procesos edificatorios en suelo rústico, la evaluación y seguimiento de la sostenibilidad del desarrollo urbano, la participación ciudadana efectiva, etcétera, etcétera.'

'Pues bien, pese a que su señoría no parece aceptar nuestra reiteración de compartir esos principios invocados por esta y por las anteriores normas estatales y por nuestra norma autonómica y de que las razones de nuestro recurso obedecen a la necesaria defensa de nuestro fuero, más que a cuestiones de tipo de contenido, lo cierto es que, como su señoría conoce, Canarias se ha dotado, efectivamente, de un marco jurídico en ordenación territorial y urbanística de primer orden, como fue la Ley 9/99, derogada por el texto refundido, y que posibilitó la promulgación de la Ley 19/2003, de Directrices Generales y Directrices del Turismo, que es un verdadero documento de desarrollo sostenible. Y como señala la directriz 1, de las de Ordenación General, las Directrices de Ordenación General tienen como fin adoptar medidas necesarias y precisas que garanticen el desarrollo sostenible y equilibrado de las diferentes islas del archipiélago. Desarrollo sostenible que, como sabe, se sostiene sobre la integración efectiva e interdependiente de las variables económicas, ambientales y sociales de cualquier política pública del gobierno del territorio. Cuestiones que, como he dicho, el Gobierno en la actualización legislativa que se propone no se plantea en absoluto cambiar. Pues bien, la acción de gobierno se enmarca dentro de ese deseado objetivo de sostenibilidad, sin que la nueva norma estatal añada nada ni mucho menos invoque en nada los principios y criterios de ordenación establecidos en nuestra legislación propia. En nada los innova.'

'Sin perjuicio de analizar con más detalle las manifestaciones que fundamenta la presente intervención, permítame indicarle que ha sido este Gobierno el que entre sus primeras medidas ha creado la Agencia Canaria de Desarrollo Sostenible y de Lucha contra el Cambio Climático, dependiendo directamente de la Presidencia del Gobierno por su objetivo coordinador, situando al frente de la misma a un profesional de reconocido prestigio y conocida trayectoria en el mundo del urbanismo y de la ordenación territorial. Resulta, por tanto, que no en los discursos sino en los actos este Gobierno demuestra su intención de avanzar en el camino del desarrollo sostenible como objetivo último de las Directrices de Ordenación.'

'Y si continúa todavía pensando en los motivos de la interpelación y entramos en los fundamentos de la misma, que supongo conecta con los concretos preceptos de la Ley 8/2007, que han sido impugnados, cabe señalar lo siguiente: no se cuestiona la opción legislativa por la gestión urbanística como función pública. En coherencia con tal declaración, el artículo 2.1 del texto refundido es claro al señalar que la actividad de ordenación de los recursos naturales, territorial y urbanística es una función pública y corresponde, en el ámbito de sus competencias, a la Comunidad Autónoma. Por su parte, el artículo 88 del mismo cuerpo legal señala que corresponde a las administraciones públicas, dentro de sus respectivos ámbitos de competencia, la dirección del planeamiento, con intervención, en los términos de este texto refundido, de la que lleven a cabo los particulares, sean o no propietarios de suelo.'

'Por tanto, señoría, es nuestra propia legislación la que declara que la actividad ordenadora es una función pública reservada a la Administración. La fundamentación del interpelante en este punto debe referirse al artículo 3, apartado 1, de la Ley 8/2006, que ha sido impugnado, no porque nos cuestionemos que se está ante el ejercicio de una función pública sino porque no se aprecia la conexión de este artículo con la garantía de las condiciones básicas a las que alude para su pretendida constitucionalidad.'

'Tampoco se cuestiona la prohibición de los procesos edificatorios en el suelo rústico. Nuestra legislación es bastante limitativa en esta cuestión; no prohíbe la totalidad de las construcciones en suelo rústico sino que las condiciona.'

'No se cuestiona la evaluación y seguimiento de la sostenibilidad del desarrollo urbano; no se cuestiona la participación ciudadana efectiva en la elaboración y ejecución del planeamiento. Solo se cuestiona que el Estado tenga competencia en materia de ordenación territorial y urbanística, por lo que los procedimientos de aprobación de los correspondientes instrumentos de planeamiento y el contenido documental de los mismos se inscribe sin dificultad en la esfera de la decisión autonómica.'

'No se cuestiona la reserva de suelo para la construcción de viviendas de protección pública, que, por cierto, nuestro ordenamiento jurídico sobrepasa con creces el del Estado. Si bien es verdad que habla nuestro ordenamiento del 25% frente al 30% del Estado, el Estado lo hace, en relación con la edificabilidad en nuestra legislación, en relación con el aprovechamiento. Y entre edificabilidad y unidades de aprovechamientos hay que interponer, como comentaba yo el otro día en esta misma tribuna, unos coeficientes de homogeneización, de tal forma que es más el 25% de aprovechamiento, en general, que el 30% de la edificabilidad. Por tanto, nada aporta. Solamente cuestionamos la capacidad del Estado para establecer esa cuantía (Se enciende la luz roja en la tribuna de oradores).'

'No se cuestiona, por último, la participación de la Comunidad en las plusvalías generadas por la acción urbanística de los poderes públicos. La participación en las plusvalías de los poderes públicos está garantizada por el artículo 47 de la Constitución y tiene su fiel reflejo en nuestro ordenamiento jurídico. Como hemos expuesto, se pretenden también extender aquí esos beneficios derivados de las plusvalías precisamente a todo el planeamiento, con la finalidad de conservación ambiental, sin detrimento de la participación de la Administración pública, y solamente, digamos, a costa de los beneficios de los promotores privados beneficiarios del planeamiento.'

'Tampoco se cuestiona, señorías...'

'El señor presidente: Señor consejero, vaya terminando.'

'El señor consejero de Medio Ambiente y Ordenación Territorial (Berriel Martínez): Termino, señor presidente.'

'Tampoco se cuestiona, señorías, la transparencia en la lucha contra la corrupción. En absoluto. Nada aporta la legislación del Estado que no tengamos ya en nuestro propio ordenamiento.'

'Muchas gracias.'

'El señor presidente: Muchísimas gracias, señor consejero.'

'Señor Pérez García, tiene la palabra.'

'El señor Pérez García: Señor consejero, tengo la impresión de que su señoría y yo estamos condenados a hacer dos discursos paralelos que nunca se encuentran.'

'Su señoría se ha quedado muy pendiente del primer párrafo de la exposición y la justificación de esta interpelación. Mire, esta interpelación se formuló en un momento en el que daba toda la impresión de que el pacto con el Partido Popular les estaba obligando a ustedes a dar marcha atrás. Este titular de este medio de comunicación tan respetado es inequívoco y está sustentado en crónicas periodísticas de profesionales muy serios y muy solventes. Y este es el clima en el que se produce esta interpelación y su señoría me contesta que está tan claro que el Gobierno de Canarias está apostando y comprometido con la consolidación y el desarrollo de las Directrices como que ha creado una agencia que va a depender de Presidencia del Gobierno. Parece que este es un argumento de autoridad, pero es un argumento muy poco consistente. Podríamos echar una ojeada a algunas prioridades presupuestarias, a la dotación de la propia agencia, etcétera, y probablemente nos llevaría a una valoración distinta.'

'Mire, el Gobierno de Canarias formuló, como han formulado muchos gobiernos autonómicos dirigidos por el Partido Popular, un recurso de inconstitucionalidad contra una ley básica que sus señorías, sus señorías pertenecientes a Coalición Canaria, votaron favorablemente y con importantes elogios en el Congreso de los Diputados. ¿Qué había pasado entre aquel momento y el momento en el que se decide interponer el recurso?: el pacto con el Partido Popular. Otro acontecimiento no se nos alcanza, no lo vislumbramos.'

'La ley estatal es una ley que hizo una apuesta clara y rotunda, invocando una serie de títulos competenciales del Estado cuya aplicación puede ser discutible, sin que la discusión tenga que convertirse en un agravio esencialista ni en un motivo de victimismo. El Estado tiene títulos competenciales sobre libertades y derechos fundamentales, como el de propiedad, como la libertad de empresa; tiene títulos competenciales en materia de ordenación de las bases de la economía, del procedimiento administrativo común, de la institución expropiatoria, etcétera.'

'Pero a mí me sorprende que sus señorías a veces hacen una defensa del fuero intransigente, convencida, pero otras veces, por meras razones de oportunidad política, se echan al monte. Ayer mismo se les ha respondido que el sistema de transporte ferroviario, como el sistema de transporte por carretera, es competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma y que si el Estado va a financiar algunas de las infraestructuras o medios de transporte, no puede hacerlo integrándolas en un programa estatal, porque sería una intromisión competencial -esa intromisión que en ocasiones a ustedes les escandaliza tanto-, sino a través, como en tantos otros temas, de convenios suscritos con la Comunidad Autónoma de Canarias. Pues o lo uno o lo otro, y esa explicación que se les ha dado ayer, respetuosa con el fuero competencial, ha sido interpretada por alguien como que los socialistas odiamos a Canarias. ¡Ahí es nada! Por lo tanto, defensa del fuero sí, y defensa del fuero ejercitándolo con solvencia, que es la mejor manera de afianzarlo, de afianzar nuestras competencias, de afianzar el reconocimiento competencial de nuestras peculiaridades.'

'Entro, señor consejero, en algunos asuntos que quería comentarle. Mire, los planes territoriales especiales de ordenación del turismo tienen una definición en la Ley de Directrices muy concluyente en el primer párrafo de la disposición adicional primera, pero en el segundo establecen que las determinaciones de los planes especiales de ordenación del turismo de cada isla pueden alterar las determinaciones de los planes insulares de ordenación, debilitando absolutamente un principio de jerarquía del planeamiento y, lo que es más importante, que los planes insulares de ordenación sean la verdadera herramienta de gobierno del territorio de cada isla. En este tema hay que entrar, sobre todo cuando la regulación de los planes territoriales especiales tiene algunas otras cláusulas que permiten utilizarlos, para alguien que no cree en el sistema, como una forma de regularizar ordenaciones, planes parciales, etcétera, que se salgan del ámbito definido por los planes insulares de ordenación. Y este es un asunto que habrá que clarificar, este es un asunto que habrá que clarificar.'

'El silencio, el silencio administrativo. Miren, hay una combinación perversa, que se está utilizando perversamente, que es la siguiente: el carácter positivo del silencio que se convierte en resolución aprobatoria de instrumentos de planeamiento, como los planes parciales o de obtención de licencias edificatorias, más las disposiciones que establecen que en la tramitación que culmina con el silencio administrativo, si no se han emitido informes preceptivos y vinculantes, la tramitación continúa, con lo cual, aunque en silencio administrativo envuelva graves infracciones legales o ruptura de disposiciones de instrumentos de ámbito superior jerárquicamente, no hay forma de constatarlo, porque quien tendría que haber informado y puesto sobre la mesa este tipo de infracciones legales no lo hace, y siempre viene el operador avezado, el más desaconsejable para un esquema de desarrollo sostenible, y se aprovecha de ello.'

'Y, finalmente, el tema de los convenios urbanísticos. Señor consejero, sería importante que un Gobierno en el que participa su partido, su formación política, que dice estar a favor de la Ley de Directrices, hiciera una aplicación seria de la disposición que está en la Ley de Ordenación del Territorio, concretamente en el artículo 236, apartado 4º, que dice que los convenios urbanísticos no pueden condicionar, bajo ninguna forma, el ejercicio de la potestad de planeamiento urbanístico por parte de las administraciones y que cualquier convenio urbanístico que contenga estas infracciones es nulo de pleno derecho. Se han producido, se siguen produciendo, hay por ahí en el aire un asunto importante que ha sido denunciado y que a mí me movió simplemente a intentar averiguar en el sistema informático de un ayuntamiento si era verdad, si era verosímil o no, y descubrí un convenio urbanístico que condiciona una determinada solución en el planeamiento en tramitación de esa ciudad, automáticamente plasmada en el planeamiento y propuesta para su aprobación provisional.'

'Defender las Directrices es ser consciente de sus limitaciones, defender nuestra legislación de ordenación del territorio, de los recursos naturales y urbanística es un compromiso con irla perfeccionando desde dentro, pero no solo en el plano legislativo, que es en el que le gusta situarse en exclusiva a este Gobierno, sino en el plano de los hechos, del cumplimiento del Derecho, porque no hay forma mejor de afianzar un sistema legislativo que cumpliéndolo.'

'Muchas gracias.'

'El señor presidente: Gracias, señoría.'

'Señor consejero, el señor Berriel Martínez.'

'El señor consejero de Medio Ambiente y Ordenación Territorial (Berriel Martínez): Señor presidente.'

'Señoría, voy a intentar contestarle ordenadamente a las cuestiones que su señoría ha formulado.'

'En primer lugar, hace usted un cierto reproche en relación con la adscripción de la Agencia de Protección del Medio Ambiente, y quiero entender a Presidencia del Gobierno. El motivo de eso, señoría, es porque se concibe precisamente la Agencia de Desarrollo Sostenible y Cambio Climático como un instrumento coordinador de todas las políticas del Gobierno para conseguir una verdadera sostenibilidad en todas las acciones que se hagan en el Gobierno. Por tanto, la sostenibilidad tiene que predicarse desde las políticas de transporte, las políticas de obras públicas, las políticas de energía, las políticas ambientales, las territoriales, etcétera. Por eso, señoría, precisamente pensando en que ese organismo, su eficacia es que sea coordinador de todas las políticas, para maximizar todas esas tendencias se ha puesto en Presidencia del Gobierno. Creo que tiene una buena ubicación y que es un acierto. Y esa, señoría, esa agencia, también es fruto del pacto de gobierno. Podría yo desglosar aquí ahora las cuestiones del pacto de gobierno, que le garantizo que son más de 30 o 40 ocasiones en las que tiene relación lo que se ha suscrito en el pacto de gobierno y lo que son las políticas de sostenibilidad que está dispuesto a llevar a cabo este Gobierno.'

'No hay ningún condicionante, por tanto, señoría, en el pacto con el Partido Popular que nos haya hecho decir una cosa y luego otra ni frenarnos. En absoluto, señoría, en absoluto. No se fíe usted ni se guíe por noticias de prensa, fíese usted más de lo que decimos aquí, que es donde nos comprometemos, en esta sede parlamentaria, y yo estoy dispuesto a aclararle aquí, todas las veces que quiera, cuáles son no solo las líneas de pensamiento sino también las acciones en las que estamos comprometidos.'

'Vamos a ver, usted, bueno, cuestiona el que pongamos un recurso de inconstitucionalidad, pese a haber votado favorablemente la ley, por cuestiones de fuero. Ya le expliqué en la ocasión anterior que, evidentemente, las cuestiones de constitucionalidad tienen que hacerse después de un examen riguroso, profundo, de los servicios jurídicos y es en ese momento en el que no se decide tampoco poner un recurso de inconstitucionalidad. En este caso se agota una vía de negociación, que está prevista en la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, que consiste en reunir la Comisión Mixta Canarias-Estado para discutir si es necesario corregir alguna cuestión que afecta a las competencias de la Comunidad Autónoma. Pues bien, ese trámite se cumplió fielmente por parte del Gobierno de Canarias, pero dos días antes o unos pocos días antes de que se cumpliera el plazo para poner el recurso de inconstitucionalidad, allá por el mes de agosto, pues, el Estado contestó que no se reunía la comisión mixta. Por tanto, nos vimos abocados, en ese momento, a formular el recurso de inconstitucionalidad. Que, por otro lado, yo creo que no debe molestar a nadie, es una cuestión, un debate jurídico, que debemos tener y que entrará en él el Tribunal Constitucional. En algunos casos, seguramente, dará la razón en un sentido y en otros, en otro. Seguramente todo lo que se ha planteado no será acogido por el Tribunal Constitucional, pero, seguramente, algo también será acogido.'

'Bien. Su señoría me habla de los planes territoriales especiales de ordenación del turismo. Pues, mire, esas dos líneas paralelas que no se encuentran nunca, a lo mejor podemos encontrarnos ahí. Es decir, en el terreno de lo concreto yo le invito a que, efectivamente, analicemos cada una de las cosas que debemos corregir del ordenamiento que tenemos hoy en día. Estoy seguro de que, bueno, esa es una cuestión, desde luego, a reflexionar y mirar si es necesario corregir de cara a la nueva formulación de esas modificaciones.'

'En cuanto al silencio administrativo, señoría, precisamente es una de las cosas que se recurren en la Ley 8/2007 como inconstitucional, porque es precisamente la Ley 8/2007 la que establece, la que viene a establecer, en el artículo 11.15, una predeterminación del sentido del silencio administrativo en el supuesto regulado en este artículo. Y precisamente el artículo 44 de la ley dice que "se entenderán definitivamente aprobados por silencio administrativo los instrumentos de ordenación urbanística cuyo procedimiento se inicie de oficio por una Administración y su aprobación definitiva competa a un órgano de otra Administración distinta". Lógicamente, esta es una cuestión que debe regular la Comunidad Autónoma. Si no nos gusta ese sentido del silencio, podemos modificarlo, pero aquí, en esta Cámara.'

'Su señoría también reprocha de alguna manera, de alguna manera, los convenios urbanísticos. Los convenios urbanísticos obedecen, pues, a las competencias y a la posibilidad que tienen las administraciones públicas de llegar a acuerdos con los particulares por el interés general. Por tanto, no son ni debemos transmitir una concepción de que un convenio urbanístico es algo per se bueno, que tiene que estar, digamos, enmarcado por lo menos en un interrogante desde el punto de vista de la seriedad. En absoluto. Los convenios urbanísticos, efectivamente, son nulos si, de acuerdo con lo que dice la ley, son nulos y, por tanto, cualquier tribunal los anulará en cualquier momento. Además son nulos de pleno derecho no solo con una eficacia del momento sino con una eficacia desde cuando se firmaron; por tanto, todo lo que se haga en base a ese convenio, pues, será anulado también. Consecuentemente, yo creo que la regulación que hace nuestro ordenamiento jurídico de los convenios urbanísticos es una regulación razonable, sensata, con independencia de que se apliquen mejor o peor en una u otra Administración.'

'En definitiva, señoría, todas estas cuestiones, yo le brindo, en fin, el que podamos, que esas líneas paralelas tengan, bueno, pues, una convergencia, sobre todo en lo que va a ser o lo que deba ser la corrección de nuestro ordenamiento jurídico para su perfeccionamiento y su actualización, que es nuestro único propósito de cambio del modelo que tenemos.'

'Muchas gracias, señoría. Gracias, señor presidente.'

'El señor presidente: Muchas gracias, señor Berriel, señor consejero.'

'Señorías, quiero agradecerles el esfuerzo que han hecho todos y todas hoy aquí para que este Pleno acabe a una hora adecuada y además también quiero agradecerles el desarrollo de la sesión, y permítanme -estamos casi aquí en familia-, permítanme decirles que cómo esto se desarrolle no solo depende de la Mesa o de la Presidencia. Hoy creo que hemos sido un ejemplo de cómo deben ser las cosas.'

'Muchísimas gracias.'

'(Aplausos.)'

'(Se levanta la sesión a las diecisiete horas y seis minutos.)'