Diario de Sesiones 121, de fecha 13/7/2010
Punto 1

'· 7L/IAE-0011 Informes y audiencias a emitir por el Parlamento. Real Decreto-Ley de órganos de gobierno y otros aspectos del régimen jurídico de las cajas de ahorros.'

'El señor presidente: Se ha convocado este Pleno extra­ordinario, en base a lo establecido en el artículo 46.3 del Estatuto de Autonomía y el artículo 190 del Reglamento de esta Cámara, para tratar el informe a emitir por este Parlamento con respecto al Real Decreto-Ley de órganos de gobierno y otros aspectos del régimen jurídico de las cajas de ahorro, que ha sido remitido por el Gobierno del Estado para su tramitación.'

'Tal como habíamos tratado en la Junta de Porta­voces... Bueno, en primer lugar decirles que hay una propuesta de informe unánime de los tres grupos parlamen­tarios, pero en la Junta de Portavoces se ha acordado la fijación de posiciones de los grupos respecto a este asunto y el Gobierno, en la Junta de Portavoces, había anunciado su intervención.'

'Así que el señor vicepresidente del Gobierno tiene la palabra.'

'El señor vicepresidente del Gobierno y consejero de Economía y Hacienda (Soria López): Muy buenos días, señor presidente, señorías.'

'En nombre del Gobierno de Canarias, queremos expresar la opinión en el día de hoy en relación a los aspectos fiscales del Real Decreto-Ley que modifica las leyes sobre órganos de gobierno y otros aspectos jurídicos de las cajas de ahorro en España. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional tercera de la Constitución española y del artículo 46.3 del Estatuto de Autonomía de Canarias, en base a los cuales el Parlamento de Canarias debe informar sobre las modificaciones legales que afecten a los contenidos del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.'

'Pues bien, como es sabido, el Consejo de Ministros, el pasado día 9 de julio, aprobó el Real Decreto-Ley que reforma las cajas de ahorro. Con varios objetivos fundamentales: sobre todo, en primer lugar, mejorar el gobierno corporativo de estas entidades y, en segundo lugar, mejorar la calidad de los recursos propios de las mismas. Para ello se produce la modificación de dos leyes importantes del año 1985 que regulan el funcionamiento de las cajas de ahorro en España. La primera ley es la Ley de los Coeficientes de Inversión, Recursos Propios y las Obligaciones de los Intermediarios Financieros y otra ley del año 85, que es la de los órganos rectores de las cajas. Los objetivos de este real decreto son aumentar la capitalización de las cajas y, en segundo lugar, proceder a una mayor profesionalización en cuanto a la gestión de los órganos de las mismas.'

'El citado real decreto, en su artículo 7, establece los aspectos fiscales y tiene efectos, por tanto, sobre el Régimen Económico y Fiscal de Canarias, lo cual hace necesario que esta Cámara emita informe sobre el mismo. Adelanto ya que la opinión del Gobierno de Canarias es favorable a los cambios que se introducen en el citado real decreto. ¿Por qué? Por distintas razones, pero sobre todo porque este real decreto viene a clari­ficar el régimen aplicable a los sistemas integrados de protección, a los conocidos como SIP, al dotarles del mismo régimen jurídico de neutralidad fiscal que a los procesos de reestructuración empresarial, tanto en lo que respecta a inversión directa como en lo que respecta a inversión indirecta. Se trata de minimizar el impacto fiscal de los sistemas integrados de protección, o sea, que el proceso de integración de cajas, imprescindible en el contexto económico actual, no se vea frenado por el coste fiscal derivado de la integración.'

'¿Qué novedades fiscales se introducen en el real decreto en relación a los sistemas integrados de protección? En primer lugar, respecto al impuesto de sociedades se establece que el régimen fiscal aplicable en la Ley del Impuesto sobre Sociedades a las fusiones, escisiones y aportaciones de activos se aplique también a las operaciones de constitución y ampliación de SIP y en todas aquellas operaciones de reestructuración de entidades de crédito donde intervenga el Fondo de Regulación y Ordenación Bancaria -el FROB-. Por tanto, en primer lugar, no se integrarán en la base imponible del impuesto sobre sociedades las rentas generadas como consecuencia de esos sistemas inte­grados de protección y, en segundo lugar, se abre en relación al impuesto sobre sociedades la posibilidad de aplicar el régimen de consolidación fiscal previsto en la propia Ley del Impuesto sobre Sociedades, en el caso de ejercicio indirecto de la actividad financiera de las cajas mediante la aportación de todo su negocio financiero a alguna entidad financiera.'

'En relación al impuesto sobre trasmisiones patrimo­niales y actos jurídicos documentados. Se pueden acoger, de acuerdo a este real decreto, a las exenciones de los citados tributos, en primer lugar, todo tipo de operaciones societarias, sea mediante constitución de nuevas sociedades sea mediante aumento de capital o sea mediante aportaciones, siempre que estén incluidas dentro de los acuerdos SIP.'

'En segundo lugar, también se pueden beneficiar de estas exenciones todas las operaciones que se realicen de acuerdo al proceso de reestructuración que consagra el Fondo de Regulación y Ordenación Bancaria.'

'Tercero, también son susceptibles de ser aplicadas estas exenciones en todos los acuerdos contrac­tuales entre las entidades incluidas en un SIP, cuyo objetivo, de estos acuerdos, esté en relación a la solvencia, a la liquidez y a la puesta en común de los resultados; y también estarán exentos todos los documentos en los que se formalicen tales acuerdos.'

'En relación al impuesto sobre el valor añadido, se posibilita por parte de este real decreto que los empresarios y los profesionales que se integren en un sistema integral de protección puedan acogerse al régimen especial del llamado grupo de entidades, incluido dentro de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido. De acuerdo con este régimen, la base imponible de las entregas de bienes y prestaciones de servicios entre las entidades de un mismo grupo que apliquen este régimen especial estará constituida por el coste de los bienes y servicios utilizados en la realización de tales prestaciones y por los que se haya aportado o satisfecho, efectivamente, el IVA o la carga impositiva implícita.'

'¿Qué incidencia tiene todo ello en el Régimen Económico y Fiscal de Canarias? En relación al impuesto sobre Sociedades y en lo que toca al impuesto de Transmisiones patrimoniales y actos jurídicos docu­men­tales, son aspectos cuya competencia normativa está exclusivamente en el Estado y, por tanto, el Gobierno de Canarias da su total conformidad a las mismas.'

'En relación a las modificaciones de la Ley del IVA, teniendo en cuenta que la Ley 20 del año 91, de Modificación de los Aspectos Fiscales del REF, regula también ese régimen especial mencionado anteriormente, el real decreto-ley incluye en el propio artículo 7 del mismo un apartado específico sobre el IGIC, para posibilitar que las entidades de crédito que pertenezcan a un SIP puedan acogerse a este régimen especial del grupo de entidades. Será la entidad dominante la que determine con carácter vinculante las políticas y estrategias del negocio, dentro de ese grupo de entidades, así como las medidas de control interno y de gestión de riesgos del sistema integrado de protección. Serán entidades dependientes el resto de las entidades y las sociedades en las que estas o la dominante tengan una participación en su capital del 50% o superior.'

'Finalmente, será condición necesaria para que las entidades SIP, tanto dominantes como las depen­dientes, se acojan al régimen especial que se encuen­tren domiciliadas en Canarias, a los efectos de la aplicación del Impuesto General Indirecto Canario.'

'En definitiva, el Gobierno muestra la opinión favorable al contenido de este real decreto y, por tanto, también al informe que, en su caso, este Parlamento debe emitir sobre los aspectos fiscales de las leyes y órganos rectores y régimen jurídico de las cajas de ahorro.'

'Finalmente, una serie de consideraciones adicio­nales al citado real decreto-ley. Es verdad que la crisis financiera ha hecho, señorías, inexcusable el proceso de consolidación bancaria que este real decreto aborda y que de manera tan insistente el Gobierno de Canarias viene reclamando aquí, en esta Cámara, desde el año 2008, pero no sería exacto fundamentar la necesidad de la reforma de las cajas con carácter exclusivo en la inestabilidad financiera. De hecho, la necesidad de reestructuración o redimensionamiento del sistema bancario en España, sobre todo en lo que toca a las cajas de ahorro, tiene tras de sí, como tantas veces hemos dicho en esta Cámara, tanto factores del sector en su conjunto como elementos singulares de las entidades financieras individualmente consideradas.'

'Respecto al sector en su conjunto, el abultado tamaño del mismo, fruto de la etapa de crecimiento económico intenso en España, se transformó en un exceso de capacidad instalada una vez que las nuevas condiciones de la demanda exigieron, tal como ahora mismo estamos observando, un ajuste del negocio.'

'En cuanto a las entidades financieras individual­mente consideradas, el entorno económico ha venido complicando a muchas en su actividad con una clara presión en su cuenta de resultados, en función de conside­raciones distintas. En primer lugar, de su aumento de morosidad; segundo lugar, de una mayor dureza en la financiación de los mercados mayoristas; en tercer lugar, de una mayor percepción del riesgo-país en los mercados internacionales; y también, en cuarto lugar, debido a la obligatoriedad en cuanto al ajuste de su volumen de negocio.'

'Por todo ello, el Gobierno de Canarias comparte los objetivos de la reforma de la Ley de Cajas.'

'En conclusión, los órganos de gobierno, a partir de esta ley, no van a responder ante ninguna admi­nistración, mucho menos ante ningún partido político. Las cajas no pueden ser, a partir de esta reforma, herramientas al servicio del poder político ni al servicio de los gestores de estas cajas.'

'En tercer lugar, a partir de esta reforma, ya no será posible, por tanto, que el poder omnímodo de un gestor de una caja pueda inducir a operaciones financieras fraudulentas que burlen el control de los órganos de gobierno, porque serán estos órganos de gobierno, a partir de la entrada en vigor de esta ley, los que velen para una recta administración de los recursos de los impositores y además, también, la administración de las cuotas participativas del capital social. Cuotas participativas que otorgan, a partir de esta ley, derechos políticos en el consejo de administración de las cajas.'

'Se disminuye además, a partir de la reforma de la Ley de Cajas, se disminuye del 50% al 40% la parti­cipación de las administraciones públicas en los órganos de gobierno de las cajas y además se suprime la presencia de las comunidades autónomas en los órganos de gobierno, salvo representantes de cualificación financiera acreditada y elegidos, en todo caso, por los presidentes autonómicos.'

'Finalmente, se establece en esta ley, en este real decreto que reforma la Ley de Cajas, se establece la incom­patibilidad de ...(Ininteligible.) electos y altos cargos para pertenecer a los órganos de gobierno de las cajas.'

'En resumen -y ahora termino-, más transparencia en la gestión, menos interferencia política en las cajas, más profesionalización de su gestión y más derechos políticos de las cuotas participadas.'

'En cuanto al argumento de si llega tarde o no llega tarde esta reforma, hay que decir que en efecto llega tarde. Es la opinión de la mayor parte de los analistas y expertos que opinan sobre la cuestión. Desde hace dos años, como decía al principio, el Gobierno de Canarias viene reclamando la necesidad de una reforma de la Ley de Cajas. Es verdad, como señala la mayor parte de los análisis, que de haberse hecho a tiempo hoy no tendríamos las restricciones de crédito que padecen personas, familias y empresas. Muchas pequeñas y medianas empresas muy proba­blemente no habrían cerrado o hecho ajustes en sus plantillas si la reforma hubiese llegado antes. En todo caso, el Gobierno de Canarias celebra que el Gobierno de la Nación haya procedido con esta iniciativa a la reforma tan esperada de la Ley de Cajas de Ahorro. No importa tanto en este caso que la reforma sea más fruto de las circunstancias que de las convicciones. Lo importante hoy es que por fin hay un nuevo marco jurídico para las cajas y que los aspectos fiscales de ese nuevo marco reciban el informe favorable de este Parlamento de Canarias.'

'Esa es, señorías, la opinión del Gobierno de Canarias.'

'Muchas gracias.'

'El señor presidente: Muchas gracias, señor vicepresidente, señor Soria.'

'Ahora, como habíamos dicho que hay una propuesta de informe conjunta de los Grupos Parlamen­tarios Socialista Canario, Coalición Canaria y Popular, procede una fijación de posiciones de los grupos.'

'Por el Grupo Parlamentario Popular, el señor Cabrera Pérez-Camacho tiene la palabra.'

'El señor Cabrera Pérez-Camacho: Señor presidente. Señorías'

'Hoy no hemos venido aquí para hablar acerca del fraude fiscal, que yo siempre he condenado de forma expresa y rotunda; tampoco hemos venido para hablar de la osadía de aquellas personas que se atreven a decir que yo digo lo que nunca he dicho. No, hoy estamos aquí para otra cosa. Estamos aquí, si me permiten el lenguaje figurado, para aceptar una convocatoria que nos hace la garantía institucional de la disposición adicional tercera de la Constitución en su vertiente del artículo 46.3 del Estatuto de Autonomía de Canarias. ¿Por qué? Porque estamos obligados a informar acerca de cualquier modificación que afecte a nuestro Régimen Económico y Fiscal.'

'Y realmente pocas explicaciones añadidas caben después de la extensa y magnífica explicación que ha hecho el consejero de Economía y Hacienda, pero sí quiero fijar la posición de mi grupo parlamentario y decir cuál es la opinión del mismo. Y la opinión concuerda perfectamente con lo que ha expresado el señor vicepre­sidente del Gobierno y entendemos que el informe que tenemos que emitir en cuanto al real decreto-ley que se somete a nuestra consideración tiene que ser, obviamente, favorable, por diversas consideraciones.'

'En primer lugar, porque ocurre que la única modi­ficación que introduce a través de su artículo 7 en la Ley de 7 de junio, la Ley 20/91, de Modificación de los Aspectos Fiscales del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, es positiva y expansiva, en cuanto que extiende los beneficios del régimen especial de los grupos a todos aquellos profesionales y empresarios que integren un sistema institucional de protección, es decir, un SIP, y se les conceden tales beneficios que son muy cuantiosos, pero sin los requisitos -como ha dicho el vicepresidente- que le impone el artículo, el vigente artículo 58-quáter de la Ley 20/19991. Y eso es de agradecer.'

'También porque ocurre que persigue el loable propósito de conseguir la neutralidad fiscal -también como ha explicado el vicepresidente- en todas aquellas operaciones derivadas de los actuales procesos de reestruc­turación, lo cual estaría bueno que no se preten­diera. ¿Por qué? Porque, si no, las cargas tributa­rias serían tan impresionantes que ningún grupo estaría dispuesto a asumirlas y mucho menos en materia de las ganancias patrimoniales que se podrían derivar de las operaciones de unión de activos.'

'Y ya, para acabar, decir que también nos parece perfectamente loable el último de los propósitos: la profesionalización completa y despolitización de las cajas de ahorro.'

'Por todos estos motivos, nuestro grupo va a apoyar, con su voto unánime, el informe favorable al real decreto-ley que se somete a nuestra consideración.'

'Nada más, señor presidente.'

'El señor presidente: Muchísimas gracias, señor Cabrera Pérez-Camacho.'

'Por el Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, señor González Hernández.'

'El señor González Hernández: Gracias, señor presidente. Buenos días a todos.'

'Participo en nombre de mi grupo para fijar la posi­ción respecto al informe que hemos hecho, de acuerdo con el 46.3 del Estatuto de Autonomía, sobre el real decreto-ley al que se ha referido el señor vicepresi­dente del Gobierno. Todos sabemos que este es un informe que tiene que hacer el Parlamento y que exige un quórum especial para que se considere favorable.'

'Yo creo que en principio todos sabemos la necesidad que tenía el sistema financiero español de reorganizar las cajas. Un 50%, casi, de los pasivos está en las cajas. Y ha habido un proceso relativamente confuso pero que ha permitido reducir a 18 entidades de casi 45 que existían, pero qué duda cabe que era necesario establecer, pues, unas normas que clarificaran exactamente cuáles son las posiciones que se van a adoptar, ya sea los sistemas institucionales de protección como también el hecho de la posibilidad de que las cajas, se establezcan unas entidades finan­cieras a las que les pasen toda, la totalidad de las actividades económicas y que se constituyan en fundaciones. Todo esto exige un proceso complicado, pero creo que todos estamos de acuerdo en que era necesario modificar la estructura de las cajas, por la importancia con el sistema financiero. Eso sí, plantea un problema, que esperemos que en Canarias se pueda resolver, de la necesaria reducción, cuando acuden a los fondos del Estado, de reducir el número de entidades y de personal. Esperemos que el tema del personal se trate con el cariño suficiente para que no se produzcan traumas a gente que ha demostrado su experiencia y su trabajo, pero que por un proceso de consolidación necesariamente va a pasar a ser retirada o jubilada anticipadamente.'

'Ya los que me han precedido en el uso de la palabra han aclarado cuál es el contenido del informe. Fundamentalmente es una serie de normas, a las que no me voy a referir porque sería reiterar lo que ha dicho el señor vicepresidente del Gobierno, que lo que pretenden es neutralizar, bajo el punto de vista fiscal, una serie de actividades cruzadas, que significan la asunción de capitales, la concentración, ciertas escisiones, ciertas fusiones, de tal manera que no sean sometidas, sean perjudicadas en la aplicación del impuesto de sociedades ni tampoco en la de actos jurídicos documentados, tanto en la posición de la... bueno, las dos actividades que incluye el tributo. Por lo tanto, sobre ese lado nada que decir.'

'Y respecto al tema de la incidencia sobre el REF, como ha dicho el portavoz del Partido Popular, se trata pura y exclusivamente de extender una normativa que era para las asociaciones, que está claro que en este caso, pues, no era exactamente lo que está previsto en la norma, pero tienen, por analogía, pues, prácticamente es lo mismo.'

'Por lo tanto, nuestra posición tiene que ser favorable. Insisto en que este es el sentido que se ha elaborado por los tres grupos. Claramente se han expuesto cuáles son los contenidos fundamentales, que insisto en que no voy a reiterar, y, por lo tanto, lo que yo solicito de todos es el apoyo a esta norma, que yo creo que va en el buen camino, en el buen camino de sanear el sistema financiero español, porque es uno de los problemas más serios que tiene en este momento este país. Sin duda el tener entidades financieras fuertes, sólidas, que estén respaldadas por capital importante... Sabemos que, además, la Basilea III les va a exigir todavía más recursos y es probable que haya que proseguir en ese proceso de concentración, porque las necesidades que van a demandar para poder establecer, moverse en el mundo financiero, son cada vez mayores y además razonables, porque precisamente uno, el problema quizás más fundamental que tiene la crisis económica es la falta de confianza en las entidades financieras y la solidez de estas organizaciones para atender a los clientes y, en cierta manera, poder pasar de un proceso casi de autodefensa, que están sometidas ahora, a un proceso de préstamo y mover el crédito hacia tanto las empresas como a los particulares, porque precisamente todos sabemos que en estos momentos lo que hay es una restricción muy fuerte de crédito que impide que incluso el capital circulante llegue a las sociedades, con lo cual dificulta su actividad o que incluso bloquee o por lo menos reduzca importantemente el consumo, que, como todos sabemos, es la sangre que riega todo el sistema económico.'

'Por lo tanto, señorías, en nombre de mi grupo, manifiesto mi conformidad sobre este decreto-ley y, por lo tanto, así concluimos en el informe, que demos el informe favorable a este real decreto-ley.'

'Muchas gracias.'

'El señor presidente: Muchas gracias, señor González Hernández.'

'Por último, por el Grupo Parlamentario Socialista Canario, el señor Trujillo Oramas.'

'El señor Trujillo Oramas: Señor presidente, señorías: buenos días.'

'No voy a entrar yo a relatar el contenido del informe que hemos elaborado ni siquiera tampoco las modificaciones pormenorizadamente, porque mis antecesores lo han hecho, y creo que lo han hecho además magníficamente.'

'Como también se ha dicho que el informe es por unanimidad, pues, es obvio decir que el voto del Grupo Socialista va a ser favorable. Pero sí les quiero hacer un par de consideraciones a tenor de este real decreto-ley, que creo que tiene una importancia extraordinaria.'

'Probablemente la primera pregunta -lo digo porque me la hacían algunos diputados fuera antes- sería por qué se hace esta reforma. Bueno, pues, esta reforma se hace porque yo creo que a día de hoy todo el mundo coincide en que en el origen de la crisis que estamos viviendo, buena parte de ella está sustentada en problemas del sistema financiero a nivel internacional y, por lo tanto, también el sistema financiero español, el cual, sin duda, ha aguantado con solidez los embates de esta crisis pero mostrando claramente una serie de debilidades y carencias, sobre todo en las cajas de ahorro. Y si en el origen de la crisis están estos problemas, pues, no cabe la menor duda de que también hay un consenso de que la salida de la misma pasa, entre otras cosas -lo decía el señor González claramente y yo creo que está en la reflexión de todos-, también por mejorar la situación del sistema financiero.'

'Como también se ha relatado, hemos estado asis­tiendo en los últimos tiempos a todo un proceso de reestruc­turación de las cajas de ahorro, a través, pues, de integraciones, fusiones, etcétera, etcétera. Tras este proceso, cumple y es oportuno que se haga esta reforma legal. Luego me referiré un momento a esa reflexión que ha hecho el vicepresidente y consejero de Hacienda, que es un debate yo creo que inútil y estéril, de si llega tarde o no llega tarde. Lo que está clarísimo es que es necesaria y es evidente que además es oportuna.'

'Tiene además otro elemento, dentro de esa oportu­nidad, que creo que tenemos que poner todos en valor, y es que este real decreto llega con una base de consenso muy importante. Muy importante con el principal grupo en la Oposición de las Cortes, con el Partido Popular; muy importante con aquellos gobiernos autonómicos, que, a su vez, que gobernados por estas fuerzas políticas han estado siendo consultados, y también con el propio sector financiero al que se pretende reestructurar, es decir, las cajas de ahorro, la CECA.'

'Y hay que decir otra cuestión, que también mostraban algunas de sus señorías preocupación: "bueno, ¿y qué pasa, qué va a pasar, hacia dónde se va?". Hay un elemento clave que debemos dejar claro en esta discusión: el real decreto-ley va a preservar la función social de las cajas y va a garantizar lo que eran los fines fundacionales de las mismas. Y eso es muy importante decirlo. Y eso no quita ni es incompatible con los dos objetivos que tiene el real decreto-ley, tal y como se han estado explicando aquí. Uno, mejorar su capitalización, elemento absolutamente necesario, y, dos, proceder a una reestructuración de sus órganos de gobierno en línea de mejorar la cualificación de las personas que van a estar en los mismos. Por ese motivo, pues, a partir de ahora, cuando entre en vigor la reforma, podrá haber hasta un 50% de cuotas parti­ci­pativas, es decir, capital privado, en las cajas de ahorro. Viene a ser una equivalencia de lo que son las acciones en las sociedades anónimas, por decirlo de una manera simple y sencilla y que nos entendamos. Y en la mejora de los órganos de gobierno podemos poner algunos ejemplos, algunos han sido dichos. A partir de la reforma -y hay un periodo transitorio para proceder a ello de tres años- no va a haber cargos políticos electos en sus órganos de gobierno; se van a restringir además los cargos relacionados con la administración ejecutiva; se van a introducir mejoras de gobierno corporativo, como la propia obligatoriedad de emitir un informe anual de gobierno corporativo por las propias cajas; y se van a exigir además una serie -lo comentaba el vicepresidente- de requisitos de cualificación profe­sional y experiencia en el mundo financiero para poder participar en esos órganos de gobierno.'

'Además el hecho de que los sistemas institucio­nales de protección vayan a tener una naturaleza jurídica, que fue una de las discusiones que tuvimos cuando hablábamos de las dos integraciones de nuestras cajas, eso del SIP, que es como van a funcionar, van a tener una naturaleza jurídica de sociedad anónima, van a mejorar claramente su acceso a los mercados, a la hora de proceder a la capitalización de las instituciones.'

'Van a poder, además -son dos cosas que no se han comentado, pero que lo sepan-, las cajas actuar indirec­tamente a través de un banco y van a poder ceder todo su patrimonio ligado a la actividad financiera a una actividad bancaria, preservando el resto de la actividad o bien como caja o bien como fundación. Eso, digamos, son los elementos sustanciales de este asunto.'

'Para terminar, una pequeña reflexión con relación al comentario ese que se hacía -que creo yo que es un tanto vacuo desde el punto de vista del esfuerzo y del trabajo que hay que hacer- de llega tarde, no llega tarde... Qué mes nos preocupa a nosotros. Nosotros pensamos que no. Evidentemente, como todo, si se hubiese hecho antes, es mejor, pero esto de "llega tarde", ¿qué significa?, ¿que van a ser insolubles los problemas, que no vamos a ser capaces de conseguir los objetivos? Yo creo que no. Pero lo que sí nos preocupa es una cuestión -y se lo digo directamente al vicepresidente del Gobierno de Canarias y consejero de Economía y Hacienda-: los que hemos llegado tarde no; los que hasta ahora no hemos llegado nunca es nuestra Comunidad Autónoma en la adaptación de la Ley de Cajas del año 90 a la ley financiera actualmente en vigor. En la legislatura pasada fuimos capaces de modificar todas las leyes autonómicas económico-financieras y quedó pendiente -eso sí, lo hicimos cuando se rompió el Gobierno, les recuerdo, simplemente como recordatorio-, y quedó pendiente la de Cajas. Ahora hay una disposición adicional segunda que establece seis meses para adaptar a este real decreto-ley, a este real decreto-ley, nuestra Ley de Cajas autonómica. Yo lo que espero es que no vaya a ocurrir lo que ha venido ocurriendo hasta ahora, que es que ha sido incapaz el Gobierno de Canarias -en este caso usted lleva tres años- de adaptar la ley autonómica a la ley básica estatal.'

'Por último, les quiero señalar una cosa, y es un compromiso claro del Grupo Parlamentario Socialista, el grupo mayoritario de esta Cámara: en esa trasposición, adaptación de nuestra ley autonómica a este real decreto-ley, que todos hemos considerado necesario, oportuno, positivo, van a contar con el trabajo serio y riguroso y el apoyo para conseguir la unanimidad necesaria del Grupo Parlamentario Socialista Canario.'

'Gracias.'

'El señor presidente: Muchas gracias, señor Trujillo Oramas.'

'Señorías, vamos a proceder a la votación. Bien, señorías, vamos a votar el informe de los Grupos Parla­men­tarios Socialista Canario, Coalición Canaria y Popular, sobre el Real Decreto-Ley de los órganos de gobierno y otros aspectos del régimen jurídico de las cajas de ahorro. Informe establecido en base al artículo 46.3 del Estatuto de Autonomía y el 190 del Reglamento de la Cámara.'

'Explicarles, señorías, que es una votación muy especial en cuanto al quórum, porque se requieren los dos tercios de los miembros de la Cámara, no de los presentes, de los miembros de la Cámara. Por lo tanto, se necesita un mínimo de 40 votos favorables.'

'Vamos a votar, señorías. ¿Votos a favor de dicho informe? Comienza la votación (Pausa).'

'Resultado de la votación: 46 votos a favor, ninguno en contra, ninguna abstención.'

'Por lo tanto, queda aprobado el informe de acuerdo con el Estatuto de Autonomía y el Reglamento de la Cámara, cuyo traslado se dará a las Cortes Generales.'

'Muchas gracias. Muy buenos días.'

'¡Feliz verano, señorías!'

'(Se levanta la sesión a las once horas y cincuenta minutos.)'