Diario de Sesiones 131, de fecha 16/11/2010
Punto 13

'· 7L/PO/P-1374 Pregunta de la señora diputada doña María Dolores Padrón Rodríguez, del Grupo Parlamentario Socialista Canario, sobre encomienda al personal estatutario del Servicio Canario de la Salud del desempeño de funciones en centro distinto al de su nombramiento, dirigida al señor consejero de Sanidad.'

'El señor presidente: Siguiente pregunta, de la señora diputada doña María Dolores Padrón Rodríguez, del Grupo Parlamentario Socialista Canario, dirigida al señor consejero de Sanidad.'

'Señora Padrón.'

'La señora Padrón Rodríguez (Desde su escaño): Señor consejero, ¿va a mantener el Gobierno de Canarias el acuerdo de gobierno del 22 de octubre de 2010 en lo referido a que, por razones asistenciales, organizativas o funcionales, podrá encomendarse al personal estatutario del Servicio Canario de la Salud el desempeño de funciones en otro centro o unidad distinta al de su ámbito de nombramiento o la prestación de servicios conjuntos en dos o más centros, aun cuando mantenga su vinculación a uno solo de ellos?'

'El señor presidente: Gracias, señora Padrón.'

'Señor consejero de Sanidad, señor Bañolas.'

'El señor consejero de Sanidad (Bañolas Bolaños) (Desde su escaño): Señor presidente. Señoría.'

'Ante la situación de crisis económica y la necesidad de adoptar medidas de ajuste en el Presupuesto del 2011, se constituyó un grupo de trabajo presidido por el consejero de Presidencia, Justicia y Seguridad, con la finalidad de aprobar medidas extraordinarias para la reducción del gasto en la actividad administrativa y la gestión de los recursos humanos en la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, los organismos autónomos, entidades de Derecho público, sociedades mercantiles públicas dependientes, entidades públicas empresariales y fundaciones públicas, que propuso al Gobierno de Canarias una serie de medidas de reducción del gasto público. Entre dichas medidas, se encuentra una referida a la posibilidad de que, por razones asistenciales, organizativas o funcionales, pueda encomendarse al personal estatutario del Servicio Canario de la Salud el desempeño de funciones en otros centros o unidades distintas al de su ámbito de nombramiento o la prestación de servicios conjuntos en dos o más centros, aun cuando mantenga su vinculación a uno solo de ellos. En ambos casos continuarán percibiendo las retribuciones correspondientes a su puesto de trabajo, sin perjuicio de la percepción de las indemnizaciones por razón del servicio a que tengan derecho en su caso. Además dichas medidas se han incluido en el proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el 2011, dentro del texto articulado de la disposición adicional vigesimoséptima, apartado segundo, que regula la racionalización y distribución de efectivos.'

'El señor presidente: Muchas gracias, señor consejero.'

'Señora Padrón Rodríguez.'

'La señora Padrón Rodríguez (Desde su escaño): Gracias, señor consejero.'

'Mire, voy a empezar por el final. La racionalización de efectivos cuando hay, porque, cuando se ha venido diciendo, este Gobierno, del que usted forma parte ahora, y que ha apoyado Coalición Canaria toda la política sanitaria que se viene llevando, que hacen falta médicos especialistas, no sé qué se puede racionalizar más.'

'Y evidentemente aquí nadie habla de que no quieran apretarse el cinturón, pero lo que no se puede es ahorcar al personal que atiende los servicios básicos del Servicio Canario de Salud, que es lo que este Gobierno hace con ese acuerdo.'

'Y le voy a decir más. Ustedes lo que están haciendo en este acuerdo de Gobierno es extrapolar las políticas restrictivas que viene planteando el llamado hoy el albacea del Partido Popular en el Gobierno, desde que era consejero de Educación, donde se piensa que los hospitales y el Servicio Canario de Salud pueden ser tratados igual que Educación.'

'Y evidentemente esas propuestas no son debidas a la crisis. No se puede plantear, cuando no existen efectivos suficientes, según la anterior consejera de Sanidad... Aunque también es verdad que según el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura, donde se refleja este dato, decía que se reflejaba que en las islas no había especialistas suficientes, pero, sin embargo, tras la última convocatoria MIR, nuestro Gobierno autónomo solo ha contratado el 35% de los especialistas canarios. Eso por lo de "el trabajo para los nuestros". Nos lo tendrán que explicar algún día, que habiendo especialistas MIR solo se contrate un 35%, se deje fuera a los demás y tengan que prestar el servicio en la sanidad privada o, evidentemente, salir fuera de las islas.'

'Señor consejero, es un dislate que se haga rotar a los pocos efectivos médicos que hay por todas las islas o, como no sabemos cómo se va a racionalizar la medida, y tenemos el ejemplo del deterioro que ha ocasionado en educación la política que se plantea y se piensa poner en práctica en materia de sanidad, que con los pocos efectivos que hay se desvista un santo para vestir a otro, porque eso redunda en la calidad asistencial de los pacientes y evidentemente...'

'El señor presidente: Muchas gracias, señora Padrón.'

'Señor consejero de Sanidad, don Fernando Bañolas.'

'El señor consejero de Sanidad (Bañolas Bolaños) (Desde su escaño): Señoría, dentro de la política de racionalización del gasto público en la asistencia sanitaria y para poder mantener la prestación de servicios sanitarios con un menor coste, se han de desarrollar e implantar medidas que permitan obtener mayor eficacia, como la definición de un modelo de guardias aplicables en todos los centros sanitarios, en el que se pueda disponer la atribución de funciones al personal que puedan corresponder a más de un centro sanitario, como en el caso de guardias compartidas entre dos centros sanitarios, para aquellos casos en que un facultativo de un centro sanitario realiza la guardia localizada para dos hospitales de su isla, cuando por razones organizativas y asistenciales se justifique, previa información de la adopción de dichas medidas a los representantes de los trabajadores.'

'Además es necesario contemplar la posibilidad de prestación de servicios en más de un área de salud en los supuestos de hospitales de referencia, en los que sus profesionales se han de desplazar a los hospitales de islas no capitalinas que tienen adscritos, para facilitar la atención sanitaria que necesita el paciente en su área de residencia, ante el déficit de especialistas que sufren las gerencias de servicios sanitarios de áreas no capitalinas y por tratarse, como dispone el artículo 83 de la Ley 11/94, de Ordenación Sanitaria de Canarias, de un servicio de referencia para el que la Consejería de Sanidad podría determinar los servicios u hospitales que, por sus características, deban prestar asistencia sanitaria a más de un área de salud.'

'Esta medida, como las restantes, incluidas en el...'

'El señor presidente: Muchas gracias, señor consejero. Se acabó su tiempo.'