Diario de Sesiones 24, de fecha 15/2/2012
Punto 5

· 8L/I-0006 Interpelación del Grupo Parlamentario Popular, sobre impacto de la nueva Ley sobre la interrupción voluntaria del embarazo, dirigida a la señora consejera de Sanidad.

El señor presidente: Interpelaciones. Grupo Parlamentario Popular, sobre el impacto de la nueva Ley sobre la interrupción voluntaria del embarazo, dirigida a la señora consejera de Sanidad.

Doña Mercedes Roldós Caballero tiene la palabra.

Adelante.

La señora Roldós Caballero: Muchas gracias, señor presidente. Muy buenos días, señoras y señores diputados.

Señora consejera, mi grupo parlamentario le interpela sobre el impacto, tanto organizativo como económico, que ha supuesto para la Comunidad Autónoma de Canarias la entrada en vigor de la nueva ley del aborto.

Señorías, como consecuencia de la entrada en vigor el pasado 5 de julio de 2010 de la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo, Canarias ha necesitado adoptar medidas de índole organizativa, docente, asistencial y en materia de sistemas de información y de protección de datos que no estaban presupuestadas. Los reales decretos de desarrollo de esta ley orgánica, el 825/2010, de 25 de junio, por el que se desarrolla parcialmente esta ley, y el 831/2010, también de 25 de junio, de garantía de la calidad asistencial de la interrupción voluntaria del embarazo, han tenido y tienen un impacto económico y además invaden competencias de autoorganización de las comunidades autónomas, en este caso de la Comunidad Autónoma de Canarias, en cuanto a la creación de órganos colegiados y de la atribución a los servicios públicos de salud de funciones o de competencias de carácter social, sin que se haya aportado la correspondiente memoria económica ni la financiación de ese gasto.

Señoras y señores diputados, esta mañana se hablaba aquí de la necesaria lealtad institucional y de defender el ámbito competencial de Canarias y que no se siga practicando el "yo invito y tú pagas" al que nos han tenido acostumbrados en materia sanitaria los gobiernos socialistas durante siete años (Abandona su lugar en la Mesa el señor presidente. Ocupa la Presidencia el señor vicepresidente segundo, Fernández González). Y me refiero, señorías, a que esta ley, la Ley Orgánica 2/2010, es una ley, un proyecto de ley, que aprueba el Ministerio de Igualdad y no el Ministerio de Sanidad. Una ley sin consenso ni en el plano social ni en el plano político, ni siquiera era un compromiso electoral de los socialistas. No había una demanda social que lo justificara y además, palabras textuales del propio informe del Consejo de Estado, dice que implica el concepto de salud sexual y reproductiva con el aborto, a pesar de estar en planos totalmente distintos. Y dice el Consejo de Estado que lo que el Gobierno socialista quiso hacer era adornar la intención final de modificar la legislación sobre el aborto hablando de salud sexual y reproductiva, abandonando la jurisprudencia del Tribunal Constitucional en cuanto a la protección jurídica del nasciturus o concebido y no nacido y teniendo que soportar que la entonces ministra de Igualdad dijera que el nasciturus no era un ser humano.

Pero, señorías, el tema que nos ocupa y por el que interpelamos a la consejera de Sanidad del Gobierno de Canarias es sobre el impacto organizativo y económico que la aprobación de esa ley y sus decretos de desarrollo ha tenido sobre la Comunidad Autónoma de Canarias y nuestras cuentas públicas. Porque, señorías, tendrán que saber que el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud no pudo ni conocer ni opinar ni debatir ni proponer, como establece el artículo 71 de la Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud; que además esa ley conlleva una grave inseguridad jurídica para los profesionales sanitarios, para los médicos; y que además se saltó el procedimiento para aprobar una nueva prestación sanitaria, con una flagrante y clara vulneración del principio de lealtad institucional.

Señora consejera, la interpelamos para que nos aporte los datos, que ya conocemos porque los publicó el Ministerio de Sanidad el 13 de junio de 2011, publicó los datos referentes a cuál ha sido el número, las características, etcétera, de interrupciones voluntarias del embarazo desde julio del 2010, que se aprueba y entra en vigor la norma, hasta diciembre del 2010, pero estamos en 2012 y usted, señora consejera, tiene que tener los datos, porque están informatizados, de cuál ha sido el coste económico para nuestra comunidad autónoma de tener que hacer esos abortos, en más del 95% en las entidades privadas, concertadas y acreditadas con el sistema público de Canarias. A esto seguro que el Partido Socialista no le llama privatización de la sanidad, a esto seguro que no. Más del 96% se han realizado en centros privados acreditados, pagados por el Servicio Canario de la Salud, pagados por el Servicio Canario de la Salud, sin que haya una financiación específica, como establece la Ley de Cohesión, para la entrada en vigor de una nueva prestación sanitaria.

Y, por lo tanto, señora consejera, queremos que usted nos dé toda esa información que le requerimos desde nuestro grupo parlamentario.

Muchas gracias.

El señor vicepresidente segundo (Fernández González): Gracias, señora diputada.

Tiene la palabra la señora consejera.

La señora consejera de Sanidad (Mendoza Betancor): Gracias, señor presidente. Señores diputados.

Todos ustedes recordarán que las interrupciones voluntarias del embarazo en España quedaron despenalizadas a través de la Ley Orgánica 9/1985 y en tres supuestos concretos: evitar grave peligro para la vida o la salud física o psíquica de la embarazada, si el embarazo es consecuencia de un hecho constitutivo de un delito de violación previamente denunciado y presunción de graves taras físicas o psíquicas en el feto.

Desde el 5 de julio de 2010 las interrupciones voluntarias del embarazo están reguladas a través de la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo. Esta ley orgánica amplía, con los requisitos establecidos en cada caso, a los siguientes los supuestos de interrupción del embarazo: interrupción del embarazo, a petición de la mujer, dentro de las primeras 14 semanas de gestación -artículo 14 de la ley-; interrupción del embarazo por alguna de las cuatro siguientes causas médicas, recogidas en el artículo 15, y que corresponden a grave riesgo para la vida o la salud de la embarazada, riesgo de graves anomalías para el feto, detección de anomalías fetales incompatibles con la vida, detección en el feto de una enfermedad extremadamente grave e incurable en el momento del diagnóstico.

El seguimiento y evaluación de las interrupciones voluntarias del embarazo que tiene lugar en nuestro país se lleva a cabo por el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad a través de un sistema de vigilancia epidemiológica que recibe información de todo el Estado. Con carácter anual, una vez que los datos recogidos son contrastados, tabulados y analizados, el ministerio elabora una publicación anual con las estadísticas correspondientes referidas al conjunto del Estado y facilita a las autoridades sanitarias de cada comunidad autónoma información sobre las interrupciones voluntarias del embarazo de mujeres residentes en su comunidad que han abortado fuera de la misma.

Es preciso tener en cuenta que los datos disponibles hacen referencia al periodo comprendido entre el 5 de julio de 2010 -fecha de entrada en vigor de la instrucción del director del Servicio Canario de la Salud, por delegación de la consejera de Sanidad en aquel momento, relativa a la implantación de la prestación de la interrupción voluntaria del embarazo en el Servicio Canario de Salud, en los supuestos establecidos en la Ley Orgánica 2/2010, de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo- y el 31 de diciembre de 2010. Periodo 5 de julio de 2010 hasta el 31 de diciembre de 2010, no estando disponibles los correspondientes al año 2011 debido a la implantación por parte del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad de una nueva aplicación informática para el registro de las interrupciones voluntarias del embarazo y de un nuevo boletín de notificación de interrupciones de embarazo, lo que ha retrasado considerablemente el registro de los datos y, por tanto, el tener acceso a los mismos.

En este contexto, entre el 5 de julio de 2010 y el 31 de diciembre del mismo año se llevaron a cabo 2.511 interrupciones voluntarias del embarazo, a petición de la mujer, dentro de las primeras 14 semanas de gestación. Supuesto contemplado, como ya dije, en el artículo 14 de la citada ley.

Por tanto, en lo que se refiere al impacto económico de la nueva ley, podríamos referirnos al coste de facturación al Servicio Canario de la Salud por interrupciones voluntarias del embarazo derivadas de ese artículo y concertado desde el día 5 de julio de 2010 al día 31 de diciembre de 2010, y que supuso una cantidad de 591.798,59 euros. A la que habría que añadir el coste de desplazamiento de estas mujeres desde las áreas de salud de Lanzarote, Fuerteventura, La Palma, La Gomera y El Hierro para la realización de procedimientos en los centros concertados de Tenerife y Gran Canaria.

Por otro lado, si comparamos el número total de las interrupciones voluntarias de embarazo realizadas en Canarias en el primer semestre con las realizadas en el segundo del mismo año, por cualquiera de las causas contempladas en la ley vigente en cada uno de los dos periodos, se observa un incremento de un 22%. Es decir, en el periodo de vigencia de la Ley 9/1985, y si tomamos como referencia el primer semestre del año 2010, el número de interrupciones voluntarias del embarazo fue de 2.226, con un coste económico para el Gobierno de Canarias en aquel momento de cero euros. Por el contrario, en los seis meses siguientes del 2010, entrada ya la ley en vigor y puesto en marcha, pues, todo lo necesario para su desarrollo, y con el cambio legislativo, el número de interrupciones fue de 2.710. Se incrementó un 21,74%, más que en los seis primeros meses del mismo año, con el coste ya referido.

Muchas gracias.

El señor vicepresidente segundo (Fernández González): Gracias, señora consejera.

Por el grupo proponente. Un tiempo máximo de cinco minutos.

La señora Roldós Caballero: Muchas gracias, señor presidente.

Señora consejera, como ya nos tiene usted acostumbrados, no contesta acerca de lo que se le interpela, de lo que se le demanda, de lo que se le pregunta.

Mire, desde luego conocimiento acerca de la Ley del Aborto del 85, de la ley recientemente entrada en vigor en el 2010, la Ley 2/2010, pues, la tenemos y de cómo son los sistemas de notificación, porque, entre otras cosas, señora consejera, no nos ha aportado usted nada nuevo de lo publicado en la página web del ministerio a la que le hacía alusión, porque, claro, el problema es que usted se trae escrito lo que se trae escrito y no atiende a lo que se le pregunta por parte de los diputados, y entonces nos encontramos con que usted no contesta a lo que le he pedido. Pero, mire, es que el título de la interpelación lo dice bien claro: "impacto organizativo y económico".

Y claro que sé que los datos que publicó el Gobierno socialista el 13 de diciembre de 2011 son los relativos al segundo semestre del 2010, que fue después de la entrada en vigor, pero le digo más, señora consejera, usted tiene que tener los datos, su consejería, de todo el año 2011, porque ya han pasado dos meses desde que finalizó el 2011, usted tiene que tener los datos de cuánto se ha gastado cada área de salud en pagarles a las clínicas privadas donde se hacen los abortos; usted tiene que tener los datos del gasto de desplazamiento de la paciente y de su acompañante y de las dietas, los gastos de los billetes de avión. Todo eso lo tiene usted que tener. Tiene usted que tener cuántos abortos se han realizado, en la pública y en la privada. Usted tiene que tener todos esos datos, de cuántas semanas... Por lo tanto, la verdad es que a mí me parece un fraude a este Parlamento que usted venga aquí a no contestar a nada, a que aquella información que le estamos solicitando usted la niegue de manera sistemática.

Pero, señoría, yo le vuelvo a preguntar, señora consejera, acerca del impacto económico y organizativo, porque creo que es importante -y estábamos hablando esta mañana de esa necesaria lealtad institucional-, que no puede ser que un Gobierno apruebe por la puerta de atrás una nueva prestación vulnerando la Ley de Calidad y Cohesión, que establece en su artículo 10 que toda nueva prestación, tiene un sistema para hacerse efectiva esa prestación a través de la Cartera de Servicios, y que además establece la norma que tiene que ser mediante la aprobación de un real decreto, previo informe del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, donde están representadas todas las comunidades autónomas. Pero es más, es que el propio Consejo de Estado, en el informe de ese proyecto de ley, le dice claramente al Ministerio de Igualdad que no ha hecho la memoria económica y el impacto económico que va a suponer la entrada en vigor de esa ley para las finanzas públicas de las comunidades autónomas. Y la verdad es que no entendemos cómo se pudo llevar a cabo esa vulneración de lo establecido en la norma con respecto a las comunidades autónomas y la repercusión económica sobre los sistemas de salud, que ya bastante dañados están en cuanto a la infrafinanciación, que creo que todos coincidimos en la necesidad de que la Cartera de Servicios esté adecuadamente financiada.

Creo que este tipo de actuaciones son las que ponen en grave riesgo la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud. Y, señorías, creo que es importante que pongamos aquí de relieve que ese principio de lealtad institucional fue vulnerado por los gobiernos socialistas, que ese impacto económico y esa invasión de competencias de autoorganización, en el caso de la Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de Interrupción Voluntaria del Embarazo, ha sido flagrante con Canarias.

Pero, mire, quisiera, ya que usted no nos contesta y, por lo tanto, no podemos ni conocer ni debatir ni proponer, sí que quisiera hacer un breve análisis acerca de lo que ha supuesto la implantación, la entrada en vigor de esa nueva ley en el periodo que conocemos, que es el del 2010, porque del 2011 usted nos niega la información.

Canarias incrementa en 461 abortos más con respecto al año anterior, muy por encima de la media de lo que incrementó el resto de comunidades autónomas, y eso nos lleva a una preocupación desde el punto de vista sanitario, porque los datos revelan que el 38,5% de esas canarias que abortaron, que fueron 5.003...

El señor vicepresidente segundo (Fernández González): Sí, señora diputada, tiene un minuto para concluir.

La señora Roldós Caballero: Gracias, señor presidente.

Nos lleva a la conclusión de que, si el 38,5% de las mujeres canarias ya habían tenido abortos previos, se llega a pensar en el aborto como un método anticonceptivo, cosa que, desde el punto de vista sanitario, para las mujeres es muy lesivo. Y eso a pesar de la liberalización de la dispensación de la píldora del día después, que nos habían asegurado los socialistas que con eso se iban a acabar los abortos.

Creo que eso tiene una grave repercusión sobre la salud sexual y reproductiva de las mujeres, y ahí está la cantidad de síndromes postabortos que tienen las mujeres. Entre ellas, más de 5.000 canarias cada año.

Señorías, la tasa de aborto se ha duplicado en los diez últimos años y uno de cada cinco embarazos en Canarias termina en aborto.

Simplemente terminar, señor presidente, y apelando a su magnanimidad, diciendo que el Partido Popular sí lleva en su programa...

El señor vicepresidente segundo (Fernández González): Concluyó su tiempo.

La señora Roldós Caballero: ...(Sin micrófono.)

El señor vicepresidente segundo (Fernández González): Ha concluido su tiempo, señora diputada.

Gracias.

Señora consejera. Cinco minutos, señora consejera.

La señora consejera de Sanidad (Mendoza Betancor): Gracias, señor presidente.

Bien. Bueno, voy coleccionando más adjetivos y ahora además otra serie de figuras. En cualquier momento, y aunque no me guste el gesto, pero evidentemente claro que me leo el texto de la interpelación y aquí no pone qué fecha ni qué periodo ha pedido usted, señoría.

Le he contestado a la interpelación y evidentemente me sorprende la respuesta, ya que las medidas las tomó, se tomaron estando usted en la consejería, año 2010, la publicación de la Ley 2/2010. Y es que además, en un anuncio que se hace el día 2 de julio del mismo año, hay un anuncio de la instrucción del Servicio Canario de la Salud, por la que pone en marcha precisamente toda esa serie de protocolos y medidas por las que usted pregunta y que conoce perfectamente. Se pusieron en marcha los protocolos, comité de ética, consentimiento informado, las personas que tenían que informar, los facultativos... Es decir, ¿quiere que le informe de lo que usted hizo? No entiendo... si la sede parlamentaria me lo pide, me lo vuelven a preguntar, por favor, porque si eso es lo que necesitan, yo repetiré lo que usted en su momento dejó hecho, recogido y además que está en el BOC. No hay ningún problema.

En resumen, y además voy a dedicar bastante poco tiempo a esto, porque además es el menos que tengo. La importancia de este tema reside en que las mujeres deben tener un acceso a un tratamiento seguro para su salud y tal como marca la ley. Previamente, previo, tienen que tener una información exhaustiva de qué tipo de intervención van a recibir, voluntaria u obligada por el tema que tengan, por el problema de salud que les ocupe, y evidentemente correcta, y del tipo de procedimiento quirúrgico al que se van a someter, de plena voluntad. Y la responsabilidad de la Consejería de Sanidad es la de dar respuesta adecuada a la ley vigente actualmente, siguiendo la ley y los decretos, como usted bien refería, los reales decretos 825 y 831, que además van especificando más de lo mismo. Y en este sentido, y como usted conoce bien porque lo puso en marcha, todas las medidas, se respeta completamente la Ley de Cohesión Sanitaria, pero es que además hasta podríamos hacer historia, porque la defensa de la mujer en este sentido se hace desde la época de 1979 en las Naciones Unidas.

Pero no voy a aburrirlos con este tema y además no voy a consumir el tiempo, que estarán todos muy agotados y con temas mucho más relevantes. Y, de verdad, solicito que si en algún momento lo que quieren es conocer exactamente y de forma exhaustiva todos los pasos que se siguen para que una mujer que llega solicitando, por el motivo que sea recogido por la ley, la suspensión del embarazo, yo lo presentaré, no hay ningún problema, pero evidentemente fue todo lo que se realizó durante el año 2010 y que se sigue llevando a cabo hasta la actualidad. Existen los comités y siguen funcionando de forma correcta. Y los datos económicos son los facilitados y en el estado en que están.

Muchas gracias.

El señor vicepresidente segundo (Fernández González): Gracias, señora consejera.