Diario de Sesiones 45, de fecha 26/6/2012
Punto 1

· 8L/IAE-0002 Informes y audiencias a emitir por el Parlamento. Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012.

El señor presidente: Y en primer lugar con el debate sobre el informe a emitir por el Parlamento de Canarias sobre el proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el 2012.

Por favor, señorías, les ruego que ocupen sus escaños.

Para la presentación del informe, tiene la palabra don José Miguel González Hernández.

Después los grupos parlamentarios, si desean fijar sus posiciones, tienen cinco minutos cada uno.

El señor González Hernández: Buenos días, señorías. Gracias, señor presidente.

Estamos interviniendo en un tema enormemente importante bajo el punto de vista de la legislación canaria. Es decir, como todos saben, la disposición adicional tercera de la Constitución, y en conexión con ella el artículo 46.3 del Estatuto, establece que la modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, solo podrá ser modificado de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional segunda de la Constitución, previo informe del Parlamento de Canarias, que para que sea favorable debe ser aprobado por las dos terceras partes de sus miembros.

Se ha recibido el escrito del Senado, una serie de modificaciones, y dice: "por si fuera conveniente o si fuera necesario informe del Parlamento". Lo primero que hacemos en nuestro informe es decir, esos son los antecedentes, decimos cuáles son las normas aplicables y decimos, obviamente, que, como consecuencia jurídica de lo anterior -del contenido literal, de los preceptos, del bloque constitucional-, con la incidencia de incluso una mayoría reforzada, una simple mayoría, resulta claramente que una modificación del REF sin informe previo favorable del canario se deriva una inconstitucionalidad de la norma jurídica, aunque tenga carácter de ley formal de las Cortes, por lo que es evidente que es absolutamente necesario que se haga este informe.

Vamos a analizar las propuestas.

En la disposición adicional septuagésima tercera se establece una nueva regulación de las subvenciones al transporte marítimo y aéreo para los residentes en las islas Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla. Y si bien en el apartado 3 de dicha disposición se dice que se estará a lo regulado en el artículo 6 de la Ley 19/94, vamos a estudiarlo en su conjunto.

En el apartado 1 y 2 de esta disposición septuagésima tercera, la primera -y esto es importante- autoriza al Gobierno a reemplazar el actual régimen de las subvenciones al transporte aéreo y marítimo para las siete islas Canarias por un sistema de compensación -que no se detalla-, creando una inseguridad jurídica sobre su regulación concreta, ya que se deslegaliza el nuevo sistema.

Es cierto que establece que la modificación se condiciona a que no puede suponer una disminución de la ayuda prestada, un deterioro de la calidad del servicio ni incremento -y esto es importante- de los créditos asignados a esta finalidad. Esta última limitación, sin embargo, al fijar los créditos a medio plazo, dado los procesos inflacionarios ordinarios de la economía, produciría -ahí están los créditos fijos y subir las tarifas como consecuencia de estos procesos- una disminución del porcentaje que reciben los canarios para garantizar su integración con el resto del continente.

El párrafo segundo del apartado 1 tiene un carácter transitorio. Dice que en tanto que no se establezca ese nuevo sistema -que no sabemos cuál es-, que se mantiene el régimen de subvención de las tarifas marítimas. Y dice claro, aunque el texto está mal redactado, porque...; habrá que intentar creer que dice que no se le aplica la subvención a la diferencia entre la tarifa que podemos llamar ordinaria de transporte y aquella que corresponda a la ocupación de una butaca especial o un camarote para una sola persona. Digo que hay que interpretarlo, porque la lectura del texto no dice eso.

Luego establece, con efectos de primero de septiembre -tampoco dice qué septiembre, suponemos que será septiembre del año 2012-, un sistema de justificación del carácter de residente en unos términos que yo me atrevo a decir que son más propios de un reglamento que de una ley. Con carácter general, dice que la justificación se hará mediante un certificado de empadronamiento en vigor. No obstante, con base a la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, y al Real Decreto 573/2006, 28 de abril, por el que se suprime -por el que se suprime- la exigencia de aportar el certificado de empadronamiento como documento probatorio de domicilio y residencia en los procedimientos públicos vinculados, la norma permite la posibilidad de acceso de los órganos gestores de las subvenciones -es decir, al ministerio- a los servicios de verificación y consulta del Ministerio de Hacienda y el de las Administraciones Públicas.

Con independencia de una redacción francamente defectuosa, parece existir una aparente contradicción entre el primer párrafo, que habla de lo del certificado de empadronamiento, y lo que dice posteriormente sobre la no exigencia de este tipo de certificado cuando tenga acceso electrónico. Da la impresión de que la enmienda introducida no estaba armonizada con el texto anterior. Ustedes recordarán lo que se comunicó en la prensa, como que al final se había aprobado un texto manteniendo exclusivamente el certificado de residencia, que luego dijo el Partido Popular que había habido un error y se corrigió y se metió esto. De manera que hay, sinceramente, un texto muy confuso. Porque parece que se propugna el sistema de la utilización de la informática, ya que permite -cuidado con la Ley de Protección de Datos- el acceso de las compañías aéreas a las condiciones del ministerio.

En resumen, el texto es confuso, el de esta disposición, y pese a las garantías introducidas puede ser perjudicial para los residentes en las islas Canarias.

En relación a este punto, nos parece -y lo incluimos en el informe- recordar lo que aquí se acordó sobre una PNL sobre acreditación de la condición de residente, que ustedes recordarán, que instaba al Gobierno de Canarias a que su vez inste al Gobierno de España a que mantenga el sistema de acreditación mediante el Documento Nacional de Identidad de la condición de residente, sin perjuicio de todos los mecanismos de control que puedan promoverse desde la Comisión Bilateral Estado-Canarias o en otros ámbitos de cooperación territorial con las comunidades y ciudades autónomas afectadas. Tengo que decir que, pese a esta PNL, no se ha reunido esa comisión bilateral, no se ha planteado este tema, y, por lo tanto, no tenemos más texto que el que se nos ha planteado ahora como un proyecto de ley. Insisto, como una ley, no como una disposición de tipo reglamentario.

Luego la disposición adicional nueva, que son bonificaciones aplicables a las prestaciones patrimoniales de carácter público en aeropuertos de las islas Canarias -lo que se suelen llamar tasas aéreas-, tiende a incentivar el uso de los aeropuertos en días valle. Dependiendo del aeropuerto, en la isla de La Palma, a lo largo de toda la semana, y en otras, en una serie de días, y ahí se les reduce el 50% de lo que paga de la prestación patrimonial por la ocupación de las pistas o por la utilización por parte de los pasajeros de las instalaciones que están no accesibles al público. Bueno, esto nos parece bien. No colma, ni mucho menos, la demanda de este Parlamento, que aquí reiteradamente ha dicho que había que suscribir mantener la exención de las tasas o la reducción de las tasas, pero al menos es un paliativo pequeño del problema planteado. Por lo tanto, en principio nos parece razonable.

La disposición final nueva modifica el artículo 50 de la ley, en la que se establece cuál es la tasa que hay que pagar para incluirse o permanecer en la zona ZEC. Realmente es un incremento, pasa de 820 a 1.225 euros, es un incremento del 12%, y parece que puede ser razonable teniendo en cuenta la evolución normal de los precios.

En consecuencia, ¿qué proponemos? Que demos un informe negativo, es decir, que no sea, el informe establecido, que dice que sea desfavorable para la disposición adicional septuagésima tercera y que sea positivo, o sea, que sea favorable para la disposición adicional nueva, la de prestaciones patrimoniales, o sea, lo de las tasas aeroportuarias, y la modificación de la disposición final para las tasas de estar incluido en la zona ZEC.

Señorías, yo creo que esto es muy importante. Es decir, piensen ustedes lo que se puede plantear, primero la confusión enorme de la norma; la congelación que plantea el establecer ...(Ininteligible.) y las dificultades que se van a plantear a los canarios, qué paso atrás significa, que hasta ahora para podernos mover bastaba con nuestro Documento Nacional de Identidad. Que se ha intentado por lo menos vía informática, pero que han mantenido el texto donde se habla del certificado de empadronamiento. Que en la época de la administración electrónica, que es una disposición general a la que se tiende en todas las administraciones y que incluso está establecida en las leyes aprobadas en el Parlamento español, se pretende volver a tener que llevar un documento en papel con la residencia.

Señorías, demos el informe desfavorable a la disposición, precisamente, septuagésima tercera y el informe favorable a las otras dos modificaciones.

El señor presidente: Sí, muchas gracias.

Hay otra propuesta de informe del Grupo Parlamentario Popular, que igualmente hay turno para su defensa.

Decirles que el informe que presentó don José Miguel González corresponde a los Grupos Nacionalista y Socialista.

Don Jorge Rodríguez tiene la palabra.

El señor Rodríguez Pérez: Señor presidente, señorías: buenos días.

Muy brevemente, porque compartimos gran parte de los argumentos que nos ha expuesto el portavoz del Grupo Nacionalista. Sin embargo, el Grupo Parlamentario Popular tiene una discrepancia en relación con una de las enmiendas incorporadas por parte del Senado a su dictamen de la Comisión de Presupuestos y Hacienda en relación con el proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Ciertamente la disposición septuagésima tercera, es verdad que, en relación a las subvenciones al transporte marítimo y aéreo para residentes en Canarias, dice autorizar al Gobierno a reemplazar el actual régimen de subvenciones por otro sistema de compensación, pero le ha faltado a usted, señoría, exponer que la misma disposición indica que dicha modificación nunca, nunca, podrá suponer una disminución de la ayuda de la que venimos disfrutando. Y también dice que reglamentariamente podrán establecerse otros medios para la acreditación de la condición de residente.

Señorías, el Grupo Parlamentario Popular estima y cree que la aportación que quiere hacer el Grupo Nacionalista -supongo que suscrita a su vez por el Grupo Socialista y por Nueva Canarias-, pretende una enmienda sobre una enmienda aprobada ya por el Senado, y esa no es la finalidad del informe que se trae a esta Cámara. La finalidad no es otra que si la enmienda incorporada por el Senado se adecua y es idónea y de conformidad con las actuales previsiones de nuestro Régimen Económico y Fiscal de Canarias, y yo creo que son plenamente de conformidad. Por tanto, la enmienda incorporada por el Senado tiene en cuenta una cuestión básica que suscribimos nosotros, como Grupo Parlamentario Popular, de manera absoluta, que es la voluntad del Ministerio de Fomento de luchar contra el fraude. Y no creo que sus señorías piensen que luchar contra el fraude no es una obligación ética y sobre todo una obligación legal de todos nosotros. Las peculiaridades del REF, señorías, son para defender los derechos de los canarios y no para que otros cometan fraude, y esa es la finalidad de la enmienda incorporada por el Senado.

Y nosotros, en cualquier caso, con el escrito que hemos presentado a la Cámara, lo que pretendemos es que se informe de forma positiva el dictamen de la Comisión de Presupuestos y Hacienda del Senado, cuyo informe recaba de este Parlamento de Canarias en relación con la idoneidad de las mismas a nuestro Régimen Económico y Fiscal de Canarias.

Señor presidente, a la vista de la discrepancia manifestada, planteamos, proponemos como grupo parlamentario que las tres enmiendas que deben ser objeto de informe por parte de esta Cámara sean votadas de manera separada.

Nada más, señor presidente. Muchas gracias, señorías.

El señor presidente: Muchas gracias, señoría. Muchas gracias, don Jorge Rodríguez.

Grupos parlamentarios, fijación de posiciones. Grupo Parlamentario Mixto.

El señor Rodríguez Rodríguez: Señor presidente, señorías: muy buenos días.

El objeto del informe hace referencia a un derecho, a un derecho, y es que nuestro Régimen Económico y Fiscal no pueda ser modificado sin informe preceptivo de este Parlamento. Pero este derecho se ha convertido de facto en papel mojado, en convidado de piedra. Siempre que ocurren estas cosas, llega el informe a última hora, deprisa y corriendo, más como un trámite que como una consideración a este Parlamento y a este pueblo. ¡No puede ser! No puede ser que un asunto con referencias constitucionales, aunque poco claras, con referencias estatutarias, aunque poco claras, se despache sistemáticamente de esta manera. De forma que yo aprovecho mi intervención para discutir la mayor: no puede ser que el Régimen Económico y Fiscal se pueda modificar de manera unilateral por las Cortes Generales de forma como estamos viviendo hoy, aunque el contenido de hoy no sea especialmente relevante, sin despreciarlo, pero no puede ser. De manera que aprovecho para cuestionar este tema. Desde luego el nuevo marco estatutario que conquiste este pueblo tiene que aclarar este tema y el informe tiene que ser vinculante, porque, si no, no sirve de nada; sirve para esto, para tener un papel más. Voy a ser duro: nos toman como el pito del sereno en el asunto de nuestras competencias y de nuestros derechos, y no me refiero a este Gobierno, me refiero a los gobiernos de España.

Dicho eso, las modificaciones que se proponen tienen su enjundia, ¿no? La primera, referida a ese elemento tan identificador y tan justo, como son las ayudas al transporte, que son modificadas, en este caso, yo creo que de forma equivocada por el Gobierno de España, de forma absolutamente equivocada en el texto originario de la ley en tramitación, de la Ley de Presupuestos en tramitación, algo mejorada con esta enmienda en el Senado, porque entonces de forma categórica sustituyeron el sistema de identificación del Documento Nacional de Identidad por el famoso certificado de residencia, para entendernos. Ahora introducen confusamente la posibilidad de que a través de mecanismos telemáticos pudiera resolverse el problema, aunque, digo, de forma confusa.

Por lo tanto, nosotros no podemos estar a favor de un asunto que creemos que hay soporte tecnológico y capacitación suficiente para resolverlo y no penalizar a los ciudadanos, ya suficientemente penalizados, en materia de transporte en esta tierra.

En cualquier caso, hay otro asunto ahí que tampoco es baladí: la posibilidad de la sustitución de las ayudas, de las subvenciones, por otros mecanismos de compensación que, sin venir a cuento, endosan en esta disposición, sin venir a cuento. A ver por qué se tiene que tocar que puede ser sustituido el actual sistema de subvenciones por otro de compensaciones, aunque ponga un conjunto de reserva. No lo entiendo, si detrás de eso no hay la intencionalidad a medio plazo de poner en cuestión este derecho consolidado, espero, de los canarios.

Con respecto a las otras dos modificaciones, hay una que reconoce tarde y poco lo que debió ser una política en este momento por parte de la Administración del Estado, que es el de las bonificaciones a las tasas aéreas, y como se trataba de salir en la foto se hace una bonificación parcial, que es positiva pero claramente insuficiente y por debajo de las necesidades del momento de la economía canaria y del sector turístico, pero que, en la medida en que es positivo, pues, yo creo que merece ser apoyado, aunque sea claramente insuficiente.

Y lo otro, sobre las tarifas de las inscripciones en la Zona Especial, pues, no me parece trascendente.

Pero acabo y reitero: lo grave de este asunto es que este Parlamento en asuntos tan de fondo, tan decisivos, tan determinantes como la modificación de nuestro Régimen Económico y Fiscal, no pinta nada. Y este es un buen ejemplo: deprisa y corriendo para cubrir el expediente, sin tener en cuenta el debate, los contenidos. Y se modificará este tema si no logramos en el marco institucional de nuestras relaciones con el resto del Estado resolver esto de forma definitiva y respetuosa, y eso significa que este Parlamento tiene que tener informes vinculantes en un asunto de esta trascendencia y de cobertura constitucional.

El señor presidente: Muchas gracias, don Román Rodríguez.

Grupo Parlamentario Socialista Canario, don Manuel Fajardo Palarea.

El señor Fajardo Palarea: Buenos días, señor presidente. Buenos días, señorías.

Tres de los grupos presentes en la Cámara hemos presentado un documento, un informe, y el Grupo Popular ha presentado de forma legítima un informe que discrepa del presentado por el Grupo Mixto, el Grupo Nacionalista Canario y el Grupo Socialista.

Ya está prácticamente todo dicho, sobre todo por el primero de los intervinientes. Yo no voy a hablar del pito del sereno ni de las prisas de las que hablaba el señor Rodríguez. Lo que sí es cierto es, con respecto a la disposición adicional septuagésima tercera, es que hemos asistido a un baile de un pasito pa'lante y dos pa'trás por parte del Partido Popular, que nos anunció en su día el certificado de residencia, que luego por mor de las presiones que ha sufrido de toda la ciudadanía canaria nos habló de otras fórmulas alternativas y al final nos ha traído, como bien ha dicho el señor González, un texto que, aparte de poder llegar a ser contradictorio, es confuso y, como bien ha dicho el señor González, puede ser perjudicial para los intereses de los residentes canarios.

Luego diré, hablaré de la coherencia y de lo que se vota en este Parlamento y que debería prevalecer sobre las indicaciones que nos puedan hacer desde Madrid.

Con respecto a la disposición adicional nueva, bonificaciones -ya se ha explicado por el señor González- aplicables a las prestaciones patrimoniales de carácter público en aeropuertos de las islas Canarias, que estamos totalmente de acuerdo con la misma. Por eso indicamos un informe positivo a esa disposición.

Dar también un informe positivo a la disposición final nueva, que modifica el artículo 50 de la Ley 19/94, de 9 de julio, porque nos parece, la actualización que se realiza en la misma, una actualización razonable, y así se explica en el informe.

Y con respecto a la coherencia, decir que en este Parlamento se discutió no hace mucho una proposición no de ley en la que todos los grupos parlamentarios expresamos...; y recuerdo la intervención del señor Ruano, que nos hizo una perspectiva histórica de la conquista, que pudimos en su día acreditar nuestra condición y, por tanto, viajar con el DNI y que la fórmula que se nos traía por parte del Partido Popular sería una vuelta, un regreso, al año 98. Bien. En esta proposición no de ley, votada por el Partido Popular, se dijo: "instar al Gobierno de Canarias a que inste a su vez al Gobierno de España a que mantenga el sistema de acreditación mediante el DNI de la condición de residente, sin perjuicio de los mecanismos de control que puedan promoverse desde la Comisión Bilateral de Cooperación Estado-Canarias o en otros ámbitos de cooperación territorial del Estado con las comunidades y ciudades autónomas afectadas".

La coherencia en política es un valor que debe ser resaltado. Si aquí votamos hace poquísimas fechas esta PNL por unanimidad, yo no entiendo por qué ahora, por mor de una enmienda del Senado, hay que plegarse a lo que nos digan desde Madrid. A los ciudadanos canarios habrá que darles explicaciones por quien tenga que dárselas. Nosotros somos coherentes y nos mantenemos en lo que aquí votamos, que sí, en lo que se votó por unanimidad.

Por tanto, el Grupo Socialista, también firmante del escrito, da un informe negativo a la disposición adicional septuagésima tercera, por coherencia y por respeto a este Parlamento.

El señor presidente: Muchas gracias, don Manuel Fajardo.

(Se reincorpora a su lugar en la Mesa el señor secretario primero, González Hernández.)

Vamos a votar el informe a emitir por el Parlamento a las enmiendas presentadas en el Senado sobre el proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2012.

Han pedido votación separada, se ha pedido, y vamos a hacerlo así. Entonces yo, que me corrijan sus señorías, la única discrepancia está en la enmienda a la disposición adicional septuagésima tercera, que es la primera votación. Hay una que propone el informe positivo y otro negativo. Yo creo que deberíamos votar siempre sobre informe positivo, siempre. Sí, y desechado, se entiende que no lo tiene favorable. No sé si me explico.

El señor Ruano León (Desde su escaño): Señor presidente, en la misma línea manifestada por el portavoz del Grupo Popular en la tribuna -creo-, es votar por separado las propuestas que hacemos como propuestas de acuerdo de este Parlamento. Están numeradas: 1, 2 y 3.

El señor presidente: Muy bien.

Se lo digo por el quórum, de 40... Por ahorrar votaciones, pero podemos votar... De acuerdo, las votamos todas.

(El señor Rodríguez Pérez solicita la palabra.)

Lo que pasa es que, insisto, en la segunda y la tercera coinciden los grupos.

Dígame, don Jorge.

El señor Rodríguez Pérez (Desde su escaño): Señor presidente, para una mayor celeridad de la votación, votamos un escrito y votamos otro, y ya está.

El señor presidente: Yo creo que vamos a votar las enmiendas. ¿Cómo votamos? Una a una. Claro, claro, bien, muy bien.

Bueno, vamos a votar... En realidad, yo insisto, solo hay que votar por separado la una de todos los grupos. Entonces vamos a votar ahora la enmienda a la disposición adicional septuagésima tercera, del Grupo Popular, que es el tema del transporte aéreo y marítimo con el Documento Nacional de Identidad. Se trata de la enmienda.

Vamos a votar la del Grupo Parlamentario Popular. Sí, sí, don José Miguel, dígame.

El señor Ruano León (Desde su escaño): Señor presidente, vamos a ver, si votamos sobre la enmienda, o sea, con la conformación formal que ha dado el Grupo Popular, induce más a error que votar sobre la propuesta que han formulado los tres grupos parlamentarios. De tal manera que el punto 1, el punto 1, que votaríamos en su caso si usted así lo decide, sería dar un informe negativo a la disposición adicional septuagésima tercera. El punto 2 y 3, como la propuesta que se realiza por los tres grupos parlamentarios es favorable, podía usted, si lo desea, acumularlos. O sea, el 2 y el 3, de tal manera que realizaríamos solo dos votaciones, si usted así lo entiende oportuno.

El señor presidente: Eso es lo que había dicho. Está claro que no me expliqué, está claro que no me expliqué.

El señor Ruano León (Desde su escaño): Lo habíamos entendido de otra manera.

El señor presidente: Sí, está claro que no me expliqué.

Pero, pero, se requiere, estas cuestiones que son delicadas de Estatuto de Autonomía, de Constitución y de derechos fundamentales... Yo entiendo que la 1 hay que votarla, de los dos, por separado. Es que tienen quórum reforzado y, al tener quórum reforzado, no se puede prejuzgar cuál de las dos puede tener los 40 votos. Hay una con un informe favorable y otra con un informe negativo. Pudiera ser que ninguna de las dos tenga los 40 votos, que es probable, pero entonces no tendría el informe favorable del Parlamento. ¿Estamos de acuerdo? Pero hay que votarlas (La señora Navarro de Paz solicita la palabra).

Sí, doña María Australia, dígame.

Alguna práctica tiene uno.

La señora Navarro de Paz (Desde su escaño): Gracias, presidente.

A efectos de hacerlo de manera más comprensible, nosotros retiramos nuestra propuesta y se vota exclusivamente la propuesta presentada por los otros grupos.

El señor presidente: Muchísimas gracias.

Era la única solución para que haya una sola votación y ahora solo habrá una sola votación, ahora sí puede haber una sola votación.

Punto número 1, se va a votar el punto número 1 del informe de los Grupos Nacionalista, Socialista y Mixto, se va a votar el punto número 1, que es sobre la septuagésima tercera. Comienza la votación (Pausa).

Presentes: 58; a favor 39, 19 en contra y ninguna abstención.

No tiene el quórum requerido de 40 (Rumores en la sala).

Yo les pido disculpas. No se había dado este caso y tendremos que repetir la votación.

Yo lo que quiero es estar seguro de que no haya malas interpretaciones en esto. Me dicen que el informe es de quórum cuando es negativo. Ahí yo me equivoqué. ¿Estamos de acuerdo los servicios jurídicos? ¿Diego? (El señor presidente consulta con los señores letrados de la Cámara.) (Pausa.)

(El señor Cabrera Pérez-Camacho solicita la palabra.)

Sí.

El señor Cabrera Pérez-Camacho (Desde su escaño): Sí, señor presidente.

Simplemente, yo es un tema que veo muy claro, porque es la redacción del Estatuto de Autonomía, que para ser favorable ha de reunir las dos terceras partes de sus miembros, para ser favorable. Es decir, para ser favorable, no hablamos de informes negativos, simplemente dice que para ser favorable habrá de reunir 40 diputados. Con lo cual está claro.

(Comentarios en la sala.)

El señor presidente: Vamos a ver, francamente no se había dado esta situación, normalmente es favorable, con lo cual... La práctica habitual, comprobado con los letrados -lo han visto los dos-, es que el informe se emite con lo que pasa aquí. Es decir, se aprueba y se especifica con los votos que obtiene, con los votos que obtiene. Con lo cual, al no haber obtenido 40 votos... ¿Es correcto? (Ante un comentario en la sala. ) No, eso lo interpreta otro, eso lo interpreta otro (Pausa).

Yo voy a hacer caso a lo que establecen los servicios jurídicos y es, se lo vuelvo a repetir, el informe la Cámara lo aprueba y, al no tener, los puntos que no tienen los dos tercios no es favorable, pero el informe se aprueba. ¿De acuerdo? (Pausa.)

(El señor secretario primero, González Hernández, ocupa de nuevo un escaño en la sala.)

Bueno, por eso le digo que eso lo interpreta otro, eso no lo interpretamos nosotros. Yo creo que está claro, está claro y es lo que habíamos dicho siempre, ¿no? Yo sí cometí un error al decir que no estaba aprobado. Sí está aprobado, lo que no tiene es los votos de quórum suficientes, pero aprobado está.

De todas maneras... (El señor González Hernández solicita intervenir.)

Sí, don José Miguel González, dígame.

El señor González Hernández (Desde su escaño): El texto hay que leerlo completo. Las modificaciones solo se pueden hacer con informe favorable y lo que dice aquí es que no tienen el informe favorable. Luego, la modificación queda rechazada por este Parlamento. La modificación, no el texto. El texto se aprobó por mayoría. Incluso si hubiéramos tenido, no hubiera llegado a dos tercios, es igual, se rechaza por el Parlamento que se modifique ese texto.

El señor presidente: Bien. No, yo creo que en la Mesa nos vamos a mantener, el criterio de la Presidencia es lo que los servicios jurídicos informan, que es correcto y que en alguna ocasión se ha aplicado en la práctica: el informe se aprueba, haciendo constar que el punto 1 no tiene el quórum requerido. Pero la expresión del Parlamento se conoce y ya cada quien interpreta tal. Con lo cual el informe se aprueba, porque tiene mayoría, si se vuelve a aprobar, porque la votación fue nula, como ustedes pueden entender, y vamos a repetirla.

Votación sobre el informe de los Grupos Nacionalista, Socialista y Mixto sobre la disposición adicional septuagésima tercera. Comienza la votación (Pausa).

(Comentarios en la sala.)

Se suspende.

Lo mismo que votamos antes. Sí, la votación fue nula, por errores -entre ellos el mío, de apreciación-, fue nula. Se repite la votación, con lo cual es absolutamente transparente y democrático, porque tienen la oportunidad de ratificarse en lo que hicieron o corregir, pero absolutamente, aquella votación no se puede dar por válida después de la discusión que ha habido.

No, se vota. El Grupo Popular retiró su propuesta -¿estamos de acuerdo?- de informe y se está votando la del otro grupo. El punto primero, se vota la del punto primero, que, bueno, ya lo vuelvo a repetir, que es dar informe negativo a la disposición septuagésima tercera. Entonces el Parlamento da informe negativo; otra cosa es que no existe el quórum de los dos tercios. Claro. No, sí hace falta votarlo, don Miguel, por favor (Ante un comentario efectuado por don Miguel Cabrera Pérez-Camacho). ¡Silencio, por favor, señorías!

(El señor presidente hace sonar el timbre de llamada a la votación.) (Pausa.)

Votación: punto primero del informe de los Grupos Nacionalista Canario, Socialista Canario y Mixto, sobre la enmienda presentada a la disposición adicional septuagésima tercera en el Senado, y proponiendo los tres grupos dar informe negativo del Parlamento de Canarias. Comienza la votación (Pausa).

Resultado de la votación: 58 presentes; 39 a favor, 19 en contra y ninguna abstención.

Queda aprobado el informe.

Ahora votamos conjuntamente el punto 2 y 3 de dicho informe, de los tres grupos parlamentarios, que es a las enmiendas presentadas a la disposición adicional nueva, sobre bonificaciones aplicables a las prestaciones patrimoniales de carácter público en los aeropuertos de Canarias, y un informe positivo también a la disposición final que modifica el artículo 50 de la Ley 19/94, del REF, y que es relativo, entiendo, a la Zona Especial Canaria. Son las dos enmiendas. Comienza la votación (Pausa).

Resultado de la votación: 58 presentes; 58 a favor, ninguno en contra y ninguna abstención.

Quedan aprobados y además con el quórum requerido.