Diario de Sesiones 60, de fecha 4/12/2012
Punto 16

· 8L/PO/P-0679 Pregunta del señor diputado don Emilio Moreno Bravo, del Grupo Parlamentario Popular, sobre servicios mínimos en el transporte terrestre en la jornada de paro del 14 de noviembre de 2012, dirigida a la señora consejera de Empleo, Industria y Comercio.

El señor presidente: Siguiente pregunta: del señor diputado don Emilio Moreno Bravo, del Grupo Parlamentario Popular, dirigida a la señora consejera de Empleo, Industria y Comercio.

Don Emilio.

El señor Moreno Bravo (Desde su escaño): Muchas gracias, señor presidente. Señorías. Señora consejera.

¿Por qué la Consejería de Empleo dictó servicios mínimos del 0% en el servicio de transportes terrestres de la Comunidad Autónoma de Canarias durante 18 de las 24 horas de la jornada de paro celebrada el 14 de noviembre de 2012?

Gracias.

El señor presidente: Muchas gracias, don Emilio Moreno.

Señora consejera, doña Margarita Ramos.

La señora consejera de Empleo, Industria y Comercio (Ramos Quintana) (Desde su escaño): Muchas gracias, señor presidente.

Señoría, como usted perfectamente sabe, el derecho de huelga es un derecho de máxima protección constitucional. De entre los derechos reconocidos en la Sección 1ª del Capítulo segundo del Título Primero de la Constitución, los que gozan de máximo nivel de protección constitucional, se encuentra el derecho de huelga. Junto con él, otros bienes constitucionalmente protegidos. Y para esos otros bienes constitucionalmente protegidos de menor entidad, los servicios mínimos esenciales. Los que fijamos fueron resultado del consenso con los agentes económicos y sociales. Escuchamos a ambos y en el adecuado equilibrio que hay que tener entre un derecho fundamental y otros bienes constitucionales legítimos hemos dado prevalencia -cómo no- al derecho de huelga.

El señor presidente: Muchas gracias, señora consejera, doña Margarita Ramos.

El señor Moreno Bravo (Desde su escaño): Muchas gracias, señor presidente. Señorías.

Señora consejera, en la jornada de huelga del 14 de noviembre pasado decenas de miles de ciudadanos canarios se quedaron literalmente tirados, sin opción alguna de desplazarse en guagua, gracias a los servicios mínimos dictados por su departamento. Ninguna guagua circuló en ninguna de las siete islas desde las nueve de la mañana hasta las seis de la tarde; ninguna circuló tampoco desde las nueve de la noche hasta el fin del día; como ninguna circuló desde el comienzo del día hasta las seis de la mañana. Es decir, 18 de las 24 horas del día de la jornada de huelga no circuló una sola guagua en toda la comunidad autónoma. ¿Por qué? Se lo diré yo: porque la Consejería de Empleo dictó servicios mínimos del 0% en transporte terrestre durante 18 de las 24 horas. Lo que nunca, señorías, había ocurrido en fechas recientes. Por ejemplo, en la huelga general que se convocó, en septiembre del 2010, contra el Gobierno socialista de Zapatero la Consejería canaria de Empleo, en manos de Coalición Canaria, dictó unos servicios mínimos de transporte terrestre del 40%. Sin ir tan lejos, en la primera huelga general de esta legislatura la consejería presidida por usted dictó unos servicios mínimos del 20% en horas punta -de seis a nueve de la mañana y de dieciocho a veintiuna horas- y del 20% en el resto de la jornada. Sin embargo, en esta última convocatoria de paro, el 14 de noviembre, su departamento mantuvo, eso sí, el 25% para las horas punta, pero redujo los servicios mínimos - nunca mejor dicho- a la mínima expresión, es decir, al 0% en las restantes horas. ¿Le parece a usted responsable dictar esos servicios mínimos del 0%? ¿No debería usted y su departamento haber velado por garantizar un mínimo en los servicios públicos esenciales como es el transporte o usted está de acuerdo con haber dejado sin guaguas a todas las islas durante 18 horas de las 24 horas del día de la huelga?

En definitiva, ¿son ustedes los que defienden el interés general? Parece que no. Parece que su único interés era impedir que se garantizasen los servicios esenciales de la comunidad, como reza el artículo 28 de la Constitución, impidiendo además el derecho...

El señor presidente: Muchas gracias don Emilio.

La señora consejera de Empleo, Industria y Comercio, doña Margarita Ramos.

La señora consejera de Empleo, Industria y Comercio (Ramos Quintana) (Desde su escaño): Muchas gracias, señor presidente.

Señoría, me pregunta usted si considero responsable haber fijado ese nivel de servicios mínimos. Claro que sí, desde la responsabilidad. No me cite usted, por favor, señoría, la orden del consejero con respecto a la huelga de 2010 porque fue anulada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias por lesiva del contenido esencial del derecho de huelga.

Por consiguiente, habiendo escuchado a las partes, con intereses legítimos confrontados, decidimos mantener servicios mínimos, porque se trataba del transporte, declarado servicio esencial para la comunidad.

Y el servicio mínimo se estableció en un 25% en hora punta por la mañana; 25% en hora punta de la tarde. ¿Por qué se suprimió durante el resto de horas de la convocatoria del 14-N? Porque hemos dado prevalencia al ejercicio del derecho de huelga, al éxito de la convocatoria de un derecho fundamental, frente a la posibilidad de que los ciudadanos utilizaran el transporte regular. Había otras alternativas de transporte privado y de taxi. Y ha obviado usted que elevamos el porcentaje del 20 al 30% en el transporte discrecional a lo largo de todo el día.

Por consiguiente, una decisión equilibrada y responsable. Huimos de esos porcentajes del 30 y 40% para evitar que se judicialice la orden de determinación de servicios mínimos y perjudique a los trabajadores, que son los auténticos titulares del derecho de huelga.

El señor presidente: Muchas gracias, señora consejera de Empleo, Industria y Comercio, doña Margarita Ramos.