Diario de Sesiones 100, de fecha 26/11/2013
Punto 16
'· 8L/PO/P-1062 Pregunta de la señora diputada doña Claudina Morales Rodríguez, del Grupo Parlamentario Nacionalista Canario (CC-PNC-CCN), sobre la sentencia del TSJC que anula parcialmente las normas de conservación del Monumento Natural de Montaña Tindaya, dirigida al señor consejero de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial.'
'El señor presidente: Siguiente pregunta.'
'De la señora diputada doña Claudina Morales Rodríguez, del Grupo Nacionalista Canario, dirigida al señor consejero de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial.'
'Doña Claudina.'
'La señora Morales Rodríguez (Desde su escaño): Buenos días a todos y a todas. Gracias, presidente.'
'Señor consejero, el 2 de septiembre de este mismo año el Tribunal Superior de Justicia de Canarias dicta sentencia y estima parcialmente un recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias que aprueba definitivamente las normas de conservación del Monumento Natural Montaña de Tindaya.'
'Señor consejero, el proyecto de Chillida en la montaña de Tindaya ha pasado por innumerables vicisitudes, algunas de ellas aún por resolver, y que sería muy extenso relatar en esta pregunta. Pero, más allá, de todo lo que ha rodeado al proyecto de Tindaya, desde la isla de Fuerteventura defendemos este proyecto, lo defendemos porque entendemos que es bueno para Fuerteventura, porque este proyecto va a aportar a la isla valor añadido a los ya existentes, porque permitirá dar a conocer a Fuerteventura y a Canarias a nivel internacional por una obra única en el mundo de un arquitecto de la talla de Chillida.'
'Este es un proyecto que cuenta con el apoyo de todas las fuerzas políticas de la isla y también con el apoyo de la mayoría de la sociedad de Fuerteventura. Los majoreros, señor consejero, no somos responsables de la historia que viene arrastrando el proyecto, y lo que estamos esperando es que se den los pasos necesarios que garanticen que el proyecto se lleve a cabo, cuanto antes, mejor.'
'Pero, señor consejero, hay quienes aprovechan cualquier contratiempo para utilizar políticamente un proyecto que debe ser bandera de todos. Por ello, señor consejero, le hago la siguiente pregunta: ¿en qué consiste la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias? Otra pregunta sería: ¿en qué afecta -tendente a lo mismo- en qué afecta la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias al desarrollo del proyecto monumental de Tindaya? Y si lo que la sentencia dice se puede subsanar para esta anulación parcial que hace, para continuar con el proyecto del monumento de Tindaya.'
'Muchas gracias, señor consejero.'
'El señor presidente: Muchísimas gracias, doña Claudina.'
'Señor consejero de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial, don Domingo Berriel.'
'El señor consejero de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial (Berriel Martínez) (Desde su escaño): Gracias, señor presidente.'
'Señorías, buenas tardes ya. Como tuve ocasión de informar en la pasada Comisión de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en este Parlamento, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias de 2 de septiembre de 2013 estimó solo parcialmente el recurso que se interpuso contra la aprobación de las normas de conservación del Monumento Natural de Tindaya.'
'Digo que no anula en su totalidad dichas normas de conservación, ni mucho menos el proyecto ideado por don Eduardo Chillida. Tan solo anula unas determinaciones relativas a la categorización del suelo rústico de protección cultural, y lo hace entendiendo que en la Ley de Patrimonio Histórico español y en la ley canaria también de patrimonio histórico se impone que los yacimientos arqueológicos más importantes de Canarias se declaren bienes de interés cultural, para al mismo tiempo expresar, ya ex lege, que están declarados por imperativo de la ley como bien de interés cultural y con la categoría de zona arqueológica todos los sitios y lugares, cuevas, abrigos, soportes, que conlleven manifestaciones rupestres, los cuales deberán delimitarse con arreglo a lo dispuesto en el artículo 26 de la propia ley.'
'Pues bien, el tribunal ha entendido que, no estando delimitada el área de protección por parte del Cabildo Insular de Fuerteventura, no debió de establecerse la categorización de ese suelo en ese ámbito. Por tanto, el Cabildo Insular de Fuerteventura, en cumplimiento de la sentencia, ha procedido a llevar a cabo la expresada delimitación, con resolución de 4 de octubre de 2013, y, tan pronto como esté concluida y que sea remitida al Gobierno y aprobada esa nueva delimitación, estaremos en condición de nuevamente volver a aprobar esa categoría de suelo rústico de protección cultural, modificándola o ratificando la que existe ahora, en función de lo que resulte de esa delimitación que, como digo, está en un proceso ya muy avanzado. Y esa es la única trascendencia que tiene esta sentencia.'
'Muchas gracias, señorías.'
'El señor presidente: Muchas gracias, señor consejero.'
'¿Doña Claudina, desea intervenir?'
'(La señora Morales Rodríguez indica que no interviene.)'
'Muchas gracias.'