Diario de Sesiones 75, de fecha 10/4/2013
Punto 14

· 8L/PPL-0002 Dictamen de comisión. De la Comisión de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, sobre la proposición de Ley de Modificación del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo.

El señor vicepresidente primero (Cruz Hernández): Pasamos a continuación, señorías, al siguiente punto del orden del día, y último de este Pleno, que es el dictamen de la Comisión de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio, sobre la proposición de Ley de Modificación del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo.

Al dictamen de la comisión se han presentado algunas proposiciones, algunas enmiendas, que se mantienen para este Pleno y pasamos a ver las mismas. Artículo único, hay una enmienda del Grupo Parlamentario Popular, que ahora es a la disposición adicional primera, y una enmienda del Grupo Parlamentario Mixto (La señora Tavío Ascanio solicita el uso de la palabra).

Doña Cristina, ¿es para la defensa de la enmienda o a otros efectos?

La señora Tavío Ascanio (Desde su escaño): Para anunciarle la retirada de la enmienda en nombre del Grupo Parlamentario Popular.

Anunciarle que los grupos políticos hemos llegado a un acuerdo de consenso y, por lo tanto, las intervenciones serían menores porque estamos de acuerdo.

El señor vicepresidente primero (Cruz Hernández): Bien. Entonces entiendo que la enmienda número 1 del Grupo Parlamentario Popular está retirada.

¿La número 11 del Grupo Mixto también se retira o se defiende?

El señor Rodríguez Rodríguez (Desde su escaño): Por la misma razón, señor presidente, retiramos las dos enmiendas creo que tenemos vivas.

El señor vicepresidente primero (Cruz Hernández): La 11 y la 13.

El señor Rodríguez Rodríguez (Desde su escaño): Y suscribimos un acuerdo entre grupos que mantiene ahora algunas enmiendas in voce que discutiremos.

El señor vicepresidente primero (Cruz Hernández): Quedan retiradas las enmiendas número 11 y la número 13.

Como estamos hablando de una proposición de ley con algunos artículos y alguna disposición, pasamos, en función de esa circunstancia, a votar el artículo único. ¿Hay alguna enmienda? Vamos a ver, ¿al artículo único, hay enmiendas al artículo único?

Sí, don Ignacio González Santiago.

El señor González Santiago (Desde su escaño): Sí, señor presidente, tenemos todos los grupos consensuadas unas enmiendas, que son en su mayoría, en su totalidad, técnicas, que presentaré ahora, y entendíamos los grupos que, como estas enmiendas alteran lo que usted está sometiendo a votación, porque hay una que es que la disposición adicional primera pasa a ser el artículo 1, entendíamos que íbamos a intervenir antes de la votación, creo que sería más clarificador, repartiéndonos el tiempo, ya que estamos de acuerdo todos.

El señor vicepresidente primero (Cruz Hernández): Señor diputado, dado que es una cuestión que plantea de la que esta Mesa no tiene conocimiento hasta la fecha, lo primero que tendría que hacer es acercar a la Mesa ese texto que quieren someter a votación y la alteración correspondiente, porque, como usted verá, de todo sabemos pero adivinos hasta hoy no somos (Pausa).

Bien. Como entiendo que hay unanimidad de los grupos parlamentarios en esta materia y en este nuevo texto, que sería, digamos, que la proposición de ley queda cambiada en el día de hoy por unanimidad de la Cámara, a efectos, y antes de proceder a la votación, a efectos de fijar una posición en relación al conjunto de la ley todos los grupos parlamentarios, vamos a abrir un turno.

En primer lugar, ¿empezaremos de menor a mayor o han establecido también algún turno? Don Ignacio, usted que parece que es el proponente, pues, el Grupo Nacionalista, por tiempo de cinco minutos, si les parece bien, tiene la palabra cada grupo parlamentario.

Don Ignacio González, tiene usted la palabra.

El señor González Santiago: Muchas gracias, presidente.

El 25 de enero de 2010 presenté y se aprobó en el Pleno de Santa Cruz una moción, esa moción pedía literalmente la modificación del artículo 44.4 del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y de los Espacios Naturales de Canarias para evitar que se aplicara el régimen jurídico del fuera de ordenación a los inmuebles construidos legalmente. Eso es exactamente lo que estamos haciendo hoy aquí. Por lo tanto, para mí es un honor ser el ponente de mi grupo en este tema y poder tener así la oportunidad de terminar lo que empecé hace tres años en el Ayuntamiento de Santa Cruz.

Presenté en el Registro del Parlamento el primer borrador de esta ley el 25 de julio de 2011 y comenzó un proceso largo, difícil, porque en las cuestiones de territorio es necesario conseguir el mayor consenso para que las leyes tengan perdurabilidad en el tiempo.

Hoy, esta mañana, los grupos políticos presentes en esta Cámara, todos, conseguimos, no un consenso, sino unanimidad sobre un texto que, por lo tanto, va a tener la durabilidad, la perdurabilidad, necesaria en este tema. Unanimidad que no es corriente en esta Cámara ni en estos tiempos y que demuestra el compromiso de todos los grupos con nuestro territorio.

Felicidades a los ponentes: a Manuel Fajardo en una primera etapa, a Emilio Mayoral, por el PSOE; a Cristina Tavío, por el PP; a Román Rodríguez, por el Grupo Mixto; gracias al portavoz de mi grupo, José Miguel Barragán, por su apoyo y al grupo en su conjunto; gracias al presidente de la Comisión de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, José Miguel González, por sus aportaciones fundamentales al texto y su intervención para lograr el acuerdo; gracias al consejero de Política Territorial, Domingo Berriel, por su disposición y colaboración con este diputado; y gracias, en nombre de todos los ponentes, al letrado don Manuel Aznar por su paciencia y sus aportaciones técnicas, siempre oportunas.

El objetivo de esta ley era responder a una situación injusta que se puso de manifiesto durante la tramitación del Plan general de Santa Cruz pero que afecta a todos los municipios de Canarias; en síntesis, que se tratara igual a situaciones distintas, una legal y otra ilegal, ya que la Ley de Ordenación del Territorio extiende la figura del fuera de ordenación por igual a las viviendas construidas ilegalmente y a las construidas legalmente. El problema, de manera sencilla, devenía de la imposibilidad legal de aumentar en el nuevo plan general la edificabilidad media y la densidad global contemplada en el anterior en áreas urbanas con más de 400 habitantes y 12.000 m2 construidos por hectárea. Esta prohibición dejaba fuera de ordenación casas construidas legalmente, a las que se les aplicaba el mismo régimen jurídico que a las construidas ilegalmente.

El Real Decreto 716/2009, de 24 de abril, en su artículo 11, enumera una serie de bienes inmuebles excluidos para ser admitidos como garantía de préstamo, entre ellos los fuera de ordenación. El Real Decreto 1020/93, de 25 de julio, en su norma 14, establece coeficientes correctores al valor catastral de determinados inmuebles, el 0,80 para los fuera de ordenación, un 20% menos de su valor.

Nosotros -el Grupo Nacionalista y el Grupo Socialista-, los grupos que apoyamos al Gobierno, entendíamos que cambiar el régimen jurídico aplicable a las edificaciones que quedaban fuera de ordenación pero que fueron construidas legalmente era la vía, modificación del artículo 44.4. Los grupos de la Oposición, tanto el Partido Popular como Nueva Canarias, con diferente alcance, proponían la modificación del artículo 34.4. El consenso es que hay dos artículos en esta ley, modificamos el artículo 34.4 y nos pusimos todos de acuerdo, y el segundo artículo es el 44.4.

Creo que hoy el Parlamento ha estado a la altura de lo que se esperaba de nosotros. Hemos respondido a un problema real y concreto de los ciudadanos y ciudadanas llegando a un acuerdo unánime en un tema esencial para Canarias, su territorio. A partir de ahora los ayuntamientos podrán culminar la tramitación de sus planes generales sin perjudicar a ningún vecino que construyó su casa de acuerdo a lo previsto en el anterior plan.

¡Felicidades a todos!

El señor vicepresidente primero (Cruz Hernández): Gracias, don Ignacio.

Por el Grupo Parlamentario Mixto, don Román Rodríguez.

El señor Rodríguez Rodríguez: Señor presidente. Señorías.

Vamos a ver, esta norma que ahora se somete a votación se parece a la norma originaria propuesta por el Grupo Parlamentario Nacionalista lo que un huevo a una castaña. En nada, afortunadamente. Afortunadamente desde nuestro punto de vista.

Nosotros no compartimos desde el inicio que una propuesta normativa de este calado viniera del propio Parlamento, aunque sea reglamentario. Es la típica cuestión gubernamental, para seguir los controles y para garantizar la participación pertinente en asuntos tan delicados como los referidos al territorio.

Tampoco compartimos que se hagan leyes para cada problema. Esa forma de legislar es insegura y peligrosa. No puede uno responder frente a cada problema con una ley que se adecue a cada uno de esos problemas.

De manera que discutimos el procedimiento, discutimos el contenido y discutimos la forma. Hemos estado casi dos años, yo no sé cuántos antecedentes hay de los siguientes. Hemos tenido cinco reuniones de la ponencia donde nadie movió ficha, donde la posición originaria de la norma, los grupos que apoyan al Gobierno mantenían posiciones divergentes, el Partido Popular y desde el Grupo Mixto, nosotros manteníamos una posición. Cinco reuniones de la ponencia sin que nadie modificara nada. Fue la comisión de pleno donde se produjo el desbloqueo, con la participación destacada del consejero del ramo, el señor Berriel, y con la participación también destacada -tengo que decirlo- del presidente de la comisión, que, aunque no estaba en el ajo, las coge al vuelo y captó de lo que estábamos hablando.

De manera que, afortunadamente, esto no se parece en nada a la propuesta originaria, sino sencillamente se ha flexibilizado un criterio, no para una ciudad sino para el conjunto de las ciudades, en relación al fuera de ordenación, y es pasar de 400 a 500 habitantes, de 12.000 metros a 15.000. Y nada más, y nada más.

De manera que, afortunadamente, hemos conseguido un consenso, en este caso absoluto, sobre una norma que no debió llegar de esa manera, sobre una norma que no debe comportarse frente a cada problema, como bien dice el Consejo Consultivo en uno de los informes más contundentes que yo recuerde, más contundente quiere decir que le da más caña a la ley originaria que yo recuerde. De manera que al final yo creo que la reunión de la comisión, aunque fue difícil de entender por los presentes y logramos incluso despistar al letrado, que de esto entiende, al final logró desbloquear la situación. Y yo me alegro porque creo que la modificación puntual que hacemos no es el coladero que nosotros identificábamos con la posición originaria. Es una flexibilización de un 20% en un criterio que sigue siendo limitativo para el planeamiento municipal de todo el archipiélago y que pretendió originariamente liberalizarse. De forma que de 400 a 500 habitantes, de 12.000 metros a 15.000 metros, y eso es lo que modificamos oportunamente.

Hemos hecho un conjunto de enmiendas in voce, de mejora del texto, de reordenación técnica, casi todas a propuesta del letrado de la comisión y hoy también de esta Cámara, de manera que las hemos suscrito los cuatro grupos y podemos decir que tenemos una norma que no vulnera, como creo que lo pretendía la originaria, el interés general, que flexibiliza moderadamente y levemente los criterios de densidad y que, insisto, en nada se parece a las pretensiones originarias. Hasta tal punto es así que nosotros hemos considerado desde el principio, porque además lo consultamos con los expertos, que esto no era estrictamente necesario, puesto que los responsables de quien tenía el primer problema en la materia, que es el municipio de Santa Cruz, el concejal del ramo, el concejal de Urbanismo, nos notificó el día de la reunión de la comisión que el planeamiento -como creo honestamente yo también- tiene instrumentos para resolver los problemas del fuera de ordenación. Es cierto que ahora el conjunto de realidades que se puedan dar en esta materia tienen un criterio más flexible, insisto, de 400 a 500, de 12.000 a 15.000, pero el elemento limitativo afortunadamente se mantiene, porque es este el que preserva el interés general y digamos que además mantiene la filosofía y el contenido de las leyes reguladoras.

Por lo tanto, contentos por que todo el mundo esté contento, aunque las respuestas de esta ley no tienen nada que ver con lo pretendido inicialmente, afortunadamente.

Muchísimas gracias.

El señor vicepresidente primero (Cruz Hernández): Gracias, señor diputado.

Por el Grupo Socialista Canario, don Emilio Mayoral, desde el escaño, tiene usted la palabra.

El señor Mayoral Fernández (Desde su escaño): Gracias, señor presidente.

Yo creo que está explicado por parte del ponente y también por el portavoz que me ha precedido en el uso de la palabra. Simplemente decir que, efectivamente, al final, por ir a lo más estricto de lo que se ha producido en este cambio, es que se ha cambiado el artículo 34, apartado c), en ese incremento del 20%, que permite lo que ya permitía la ley para una serie de suelos en renovación y rehabilitación y que ahora se extiende a este caso concreto. Este caso concreto me refiero a este caso que se había planteado.

Y después la introducción de un artículo, que es el 44-bis, que permite distinguir lo que son situaciones que son sobrevenidas pero que son legales, edificaciones legales, y que se diferencian de las otras, que pueden ser ilegales, y se hace una distinción entre lo que es la consolidación, que permite realizar una serie de actuaciones en ese tipo de edificaciones, frente a las de fuera de ordenación.

Este es el resumen de lo que es la ley y que yo creo que ha dejado satisfecho al conjunto de todos los grupos de esta Cámara y yo creo que también al conjunto de los que de alguna forma estaban preocupados por esta cuestión.

Muchas gracias.

El señor vicepresidente primero (Cruz Hernández): Gracias, señor diputado.

Por el Grupo Parlamentario Popular, doña Cristina Tavío, por tiempo de cinco minutos tiene usted la palabra.

La señora Tavío Ascanio: Gracias, señor presidente.

Comparto con don Román Rodríguez, el portavoz del Grupo Mixto, que esta proposición de ley no se parece en nada, o el dictamen que hoy sometemos a la aprobación de esta Cámara, no se parece en nada a la versión original que traía el Grupo Nacionalista Canario, conjuntamente con el Partido Socialista.

Quiero también hacer míos los agradecimientos, hacer nuestros, en nombre de mi grupo, los agradecimientos que ha hecho quien ha intervenido en nombre del Grupo Nacionalista, don Ignacio González, concretamente a todos los portavoces de este Parlamento por el trabajo realizado en comisión, también al presidente de la Comisión de Medio Ambiente, igualmente al consejero de Política Territorial por su colaboración. Y no quiero dejar de felicitar también al letrado que nos ha ayudado a mejorar técnicamente la propuesta política que traíamos a esta Cámara. Y no quiero obviar, señor González, a la Plataforma en defensa del fuera de ordenación, que durante este tiempo ha tenido la paciencia de esperar, de esperar, a que en este Parlamento nos pusiéramos de acuerdo... Estaba hablando con el señor Barragán pero digo que no quiero obviar en nuestras felicitaciones, y me imagino que usted las hará también suyas, a la Plataforma de defensa del fuera de ordenación, que ha tenido la paciencia durante este tiempo, desde que se generó el conflicto, a finales del año 2009, principios del 2010, la paciencia de esperar a que realmente buscáramos la mejor solución.

Quiero decir que, en alusión al portavoz del Grupo Socialista que ha intervenido, que nuestro grupo político, en lugar de haber modificado ese artículo 44-bis o haber añadido, hubiera de alguna forma aportado técnicamente cuál es la referencia dimensional que tendríamos que utilizar, que es lo que ustedes llaman límites y que desde mi punto de vista no es un límite, porque el único límite -y es por lo que estamos modificando la ley- es el plan general vigente, no solo en Santa Cruz de Tenerife sino en cualquiera de los 88 ayuntamientos de Canarias. Pero precisamente porque este es un conflicto que lleva demasiado tiempo alarmando a demasiada gente de forma injusta e innecesaria nuestro grupo político ha preferido renunciar a esa propuesta que entendíamos que era mejor y desde luego sumarse a ese consenso que hoy presentamos aquí entre todos los grupos políticos.

Quiero, desde luego, precisamente dentro de esa propuesta que usted hacía, señor don Emilio Mayoral, hacer una reflexión, y es que a lo mejor llevamos, pues, casi cuatro años, algo más, debatiendo sobre algo ficticio, porque si nos paramos a pensar, con este conflicto que se ha generado desgraciadamente desde hace más de un año en Santa Cruz en relación a esos... bueno, pues, que el ayuntamiento se ha equivocado nada más y nada menos que en cuatro ceros en el número de vecinos de esta ciudad. Si nos paramos a pensar, y nosotros le hemos preguntado al propio ayuntamiento, que ha hecho un informe diciendo que había áreas saturadas, de qué ámbitos tenemos que detraer esos 15.000 vecinos. No nos contestan. Por lo tanto, nosotros entendemos que, bueno, que tenemos que abrir una investigación y que no es en el ámbito de esta Cámara, pero que realmente tenemos que determinar si se ha generado una alarma innecesaria porque, hombre, hay por lo menos 15.000 vecinos que desde luego no estaban fuera de ordenación porque es que ni siquiera existen.

Y ya sí digo, y concluyo, desde luego, ese es un problema que tenemos que resolver en otro ámbito y que desde luego a mí me genera un poquito de sabor agridulce el pensar que llevamos tanto tiempo intentando resolver un problema que realmente no existía.

Quiero felicitar a los grupos políticos por haber superado la traba que nos quería poner el concejal de Urbanismo del Ayuntamiento de Santa Cruz, que nos decía que este problema él lo podía resolver sin necesidad de modificar la ley, y nosotros, nuestro grupo político, lo que le plantea es, oiga... (Corte del sonido producido por el sistema automático de control del tiempo.) Señor presidente, nada más que permítame hacer las conclusiones. Digo que si se podía realmente resolver en el ámbito del planeamiento municipal, ¿por qué no lo ha hecho en dos años en los cuales él ha estado al frente del urbanismo en Santa Cruz? Pues la respuesta es que no se podía porque todos los planes generales se deben al sometimiento de la ley. Y, por lo tanto, ese es un error y es una trampa que le quería poner a este ayuntamiento, porque es el primer concejal de Urbanismo de Canarias, de España, me atrevería a decir, que lleva dos años, en lugar de intentar resolver los conflictos, generando más conflictos y paralizando la ciudad. Pero ese también es un debate de otra institución.

Mi grupo político apoya este dictamen en comisión con las enmiendas in voce que ha planteado, desde luego, porque tenemos la palabra -y me gustaría que esto constara en acta-, tenemos la palabra del consejero de Política Territorial, don Domingo Berriel, de intentar convencer al concejal de Urbanismo en Santa Cruz y a nuestro alcalde de que esta es la solución y de que lo antes posible estos vecinos... (Corte del sonido producido por el sistema automático de control del tiempo.) que sus viviendas están conforme al planeamiento y, por lo tanto, ya no están fuera de ordenación.

Seguimos pensando que nuestra solución era mejor y yo espero, señor González, señor Mayoral, señor Rodríguez, que el tiempo no me dé la razón.

Muchas gracias.

El señor vicepresidente primero (Cruz Hernández): Gracias, señora diputada.

Señorías, antes de... (El señor vicepresidente primero, Cruz Hernández, hace sonar el timbre de llamada a la votación.) (Pausa.)

Antes de proceder a la votación, dos consideraciones. Una de carácter técnico, porque el documento que nos han hecho llegar a esta Presidencia plantea una modificación a la disposición adicional tercera, que pasaría a ser la segunda, con una redacción, la siguiente redacción: "Se modifica el apartado 4 de la disposición adicional ún ica de la Ley 9/2011, de 11 de abril, sobre la declaración de interés general de la reubicación de los barrios de Ojos de Garza, La Montañeta y el Caserío de Gando, afectados por la ampliación del aeropuerto de Gran Canaria, donde llaman montaña las Tabaibas, del municipio de Telde, que queda redactado del siguiente modo: '4. El plan parcial que ordene pormenorizadamente el suelo afectado destinado a la reubicación deberá formularse en el plazo máximo de dos años desde la publicación de la Ley de Modificación del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y de Espacios Naturales de Canarias, de 10 de abril de 2013, en los términos previstos en el artículo 35.3 del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo".

Conforme al criterio que se plantea, por esta Presidencia se propone que se modifique ese texto, en tanto en cuanto establece que deberá formularse en el plazo máximo de dos años desde la publicación de la ley, de esta ley, del 10 de abril de 2013. Primero, que no sabemos si esta ley es del 10 de abril de 2013, porque saben que quien le da la fecha es la promulgación por parte del presidente del Gobierno y, segundo, que lo que técnicamente, en técnica legislativa, correspondería, sería, "deberá formularse en el plazo máximo de dos años desde la publicación de la presente ley, en los términos previstos en el artículo 35", etcétera, etcétera; y quitar eso de que la ley de modificación, el título, incluso le ponemos hasta la fecha, cuando nunca será la fecha, porque hoy estoy convencido de que no la va a promulgar el presidente del Gobierno. De acuerdo en esa disposición.

Y para que conste también y pasamos a votar... La disposición adicional primera del dictamen de la comisión pasa a ser el nuevo artículo primero, sin modificación; el artículo único pasa a ser el artículo segundo, el artículo único del dictamen de la comisión; la disposición adicional segunda del dictamen de la comisión pasa a ser la primera y la disposición adicional tercera pasa a ser la segunda, con la redacción que yo le acabo de dar, donde se quita "publicación", se sustituye prácticamente el dictamen de la comisión, y donde decía "la aprobación de la presente ley" es "la publicación de la presente ley".

Votamos, por lo tanto, esos artículos. Todos en su conjunto, entiendo que hay unanimidad, y, por lo tanto, a los efectos de que conste, comienza la votación (Pausa.)

Quedan aprobados por 36 votos a favor, ningún voto en contra y ninguna abstención.

(Rumores en la sala.)

Señorías, no hemos aprobado la ley completa y, por lo tanto, queda la disposición final única, que establece que "la presente ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma". Y a partir de ahí votamos esa disposición final única.

Quedan dos votaciones, les ruego a sus señorías que si se sientan acabamos más pronto.

Comienza la votación (Pausa).

Queda aprobada por 36 votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención.

Y ahora votamos la exposición de motivos, que tiene una nueva redacción en el último párrafo, que para que conste dice lo siguiente: "La redacción literal del citado apartado del artículo 36 del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio de Canarias parece permitir interpretar que la regulación allí contenida sea igualmente aplicable a los suelos urbanos no consolidados, pero para mayor claridad se propone modificar el artículo 34 c) del texto refundido señalado, para equiparar la regulación allí contenida con lo establecido en el artículo 36.1 a).1 del Texto Refundido de Leyes de Ordenación del Territorio, permitiendo el incremento en la edificabilidad media y de la densidad global permitida hasta 500 habitantes o 15.000 m2 de edificación residencial o de alojamiento turístico por hectárea, en los casos de suelos urbanos consolidados en los que se acometan operaciones de renovación o rehabilitación".

Este es el último párrafo, que se modifica, del dictamen que viene de la comisión como exposición de motivos. ¿Votos a favor? Comienza la votación (Pausa).

Queda aprobada por 36 votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención.

Y, por último, señorías, votamos el título de la ley. Parece que sus señorías no han votado nunca una ley, pero es así el procedimiento. Votamos a continuación el título de la ley, de Modificación del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo. Comienza la votación (Pausa).

Queda aprobado el título de la ley con 34 a favor, ninguno en contra y ninguna abstención y, por lo tanto, queda aprobada la ley.

Acabado el orden del día, y gracias a sus señorías, se levanta la sesión.

(Se levanta la sesión a las diecinueve horas y veinticinco minutos.)