Diario de Sesiones 82, de fecha 11/6/2013
Punto 10

· 8L/PO/P-0986 Pregunta del señor diputado don Jorge Alberto Rodríguez Pérez, del Grupo Parlamentario Popular, sobre modificaciones en la sistemática de gestión del IGIC, dirigida al señor consejero de Economía, Hacienda y Seguridad.

El señor vicepresidente primero (Cruz Hernández): Por lo tanto, pasamos a la siguiente pregunta: del señor diputado don Jorge Alberto Rodríguez Pérez, del Grupo Parlamentario Popular, sobre modificaciones en la sistemática de gestión del IGIC, dirigida al señor consejero de Economía, Hacienda y Seguridad del Gobierno de Canarias.

Para la formulación de la pregunta, por parte del señor diputado, tiene usted la palabra.

El señor Rodríguez Pérez (Desde su escaño): Señor presidente.

Señor consejero, ¿tiene previsto el Gobierno de Canarias, en coherencia con el actual proyecto y futura ley de apoyo a los emprendedores, llevar a cabo, promover, elevar, las modificaciones precisas en la sistemática de gestión del IGIC para que autónomos, profesionales y pymes no ingresen el IGIC hasta haber cobrado realmente las facturas?

El señor vicepresidente primero (Cruz Hernández): Gracias, señor diputado.

Por parte del Gobierno, señor consejero de Economía y Hacienda, don Javier González Ortiz, tiene usted la palabra.

El señor consejero de Economía, Hacienda y Seguridad (González Ortiz) (Desde su escaño): Gracias, presidente.

Señor diputado, hace usted referencia a un proyecto y futura ley del que difícilmente podemos pronunciarnos sobre el mismo dado que poco se conoce, aunque, eso sí, esperemos que no se cumplan los vaticinios del Consejo Económico y Social, que ha manifestado que no le auguraba unas perspectivas a este proyecto de ley. El Consejo Económico y Social ha adelantado que el texto al que usted hace referencia es un texto confuso, incoherente y solo contiene enunciados programáticos, y sobre todo -no se olvide- que da la espalda a las comunidades autónomas que tienen competencias en la misma, para empezar a reflexionar sobre las actuaciones del Estado. Por tanto, mal camino le auguramos al conjunto de esta ley si se confirma que una vez más el Estado no cuenta con las comunidades autónomas para una ley de tanta importancia como esta.

Pero, como hacía usted referencia al impuesto, la única referencia, digo, conocida al mismo, es que se va a implantar un régimen especial en el IVA, de carácter voluntario, que permitirá evitar su ingreso a empresas que facturen menos de 2 millones de euros hasta que se cobre la factura. Aun estando, por tanto, dispuestos a aplicar incluso el mismo criterio en Canarias con el IGIC, no podemos aplicar, avanzar en el proceso de las modificaciones necesarias en los sistemas de gestión hasta que el Estado no ponga sobre la mesa el proyecto de ley y clarifiquemos las circunstancias.

El señor vicepresidente primero (Cruz Hernández): Gracias, señor consejero.

Señor diputado, don Jorge Rodríguez.

El señor Rodríguez Pérez (Desde su escaño): Señor consejero, mire, diga usted lo que diga, en las próximas semanas verá la luz el nuevo régimen especial del IVA, que permitirá a los autónomos y pymes, como bien sabe, con un volumen, como usted ha dicho, inferior a los 2 millones de euros, ingresar el IVA repercutido en sus facturas hasta el momento en que este sea efectivamente abonado por el cliente.

La medida, bien lo sabe, es consecuencia de una histórica reivindicación por parte de los autónomos, por parte de las pymes, profesionales, fundamentada en la financiación que para el Estado supone el recibir el pago de cuotas del IVA o del IGIC, en el caso de Canarias, antes de que le sean abonadas por sus clientes. Un hecho, señor consejero, que perjudica gravemente la tesorería de las empresas y autónomos al verse obligados a tributar, a anticipar, el pago del tributo, y que todavía resulta aún más controvertido cuando quien demora el abono de la factura es la propia Administración.

La dramática situación por la que atraviesan las pymes, los autónomos y los profesionales se exacerba con la obligación de pagar inmediatamente a la Administración Tributaria el IGIC, en el caso de Canarias, repercutido a sus clientes en el momento de facturar y no en el momento en que se cobra dicha factura.

Y dicha diferencia no es una obviedad, señor consejero, puesto que al establecerse el cobro de la factura a tres o a seis meses la empresa está financiando la morosidad del cliente y está adelantando los impuestos que debería pagar el cliente a la Administración. Por tanto, se encarga de financiar al cliente y a la Administración.

Le brindo, señor consejero, nuevamente una nueva oportunidad: diga usted hoy aquí a los profesionales, a los autónomos y a las pequeñas y medianas empresas que, en coherencia con lo que haga el Gobierno de la nación en la sistemática del IVA, el Gobierno de Canarias va a modificar la gestión del IGIC para que puedan abonar las facturas en el momento en que realmente las cobren.

Gracias.

El señor vicepresidente primero (Cruz Hernández): Gracias, señor diputado.

Por parte del Gobierno, señor consejero, tiene usted la palabra.

El señor consejero de Economía, Hacienda y Seguridad (González Ortiz) (Desde su escaño): Gracias, señor presidente.

Señor diputado, no hoy aquí, lo hemos dicho con anterioridad, que desde el momento en que el Gobierno central modificase y clarificase esta circunstancia, por supuesto que el Gobierno de Canarias lo haría en igual forma en la gestión del IGIC. No es la primera vez que se dice.

Pero, mire, señor diputado, le invito a reflexionar y que traslade también a hacer determinadas reflexiones, como, por ejemplo, ¿por qué no se han tenido en cuenta en esta modificación los efectos importantes que va a tener sobre las finanzas públicas?, ¿por qué no se han tenido en cuenta ni se han planteado siquiera los efectos importantes que va a tener esta modificación sobre las finanzas públicas de cabildos y ayuntamientos?, ¿por qué no se han tenido en cuenta en esta modificación los efectos importantes que va a tener sobre la tesorería de las administraciones públicas y sobre el cumplimiento del objetivo del déficit de las administraciones públicas para el año 2014? Ni siquiera se lo habían planteado, señor Rodríguez. Lamentablemente el Estado no se lo había planteado.

Pero, mire, lo más triste es que, teniendo en cuenta esa circunstancia, los efectos que puede tener sobre la tesorería, podría convertirse en un efecto perverso también en cuanto al retraso del pago a las administraciones, cuando además, incomprensiblemente, y tal como le acabo de decir, el Estado dificulta que, en este caso la comunidad autónoma, pueda financiarse la totalidad del endeudamiento autorizado a unos precios mucho más razonables.

El señor vicepresidente primero (Cruz Hernández): Gracias, señor consejero.