Diario de Sesiones 130, de fecha 18/6/2014
Punto 5

8L/PL-0020 DEBATE EN LECTURA ÚNICA. PROYECTO DE LEY POR LA QUE SE MODIFICA LA REGULACIÓN DEL ARBITRIO SOBRE IMPORTACIONES Y ENTREGAS DE MERCANCÍAS EN LAS ISLAS CANARIAS.

El señor PRESIDENTE: Pasamos ahora al punto siguiente, que es el debate en lectura única, es decir, la totalidad del texto y las enmiendas unificadas del proyecto de Ley por que se modifica la regulación del arbitrio sobre las importaciones y entregas de mercancías en las islas Canarias.

Para la presentación del proyecto de ley tiene la palabra el señor consejero de Economía, Hacienda y Seguridad, don Javier González Ortiz.

Miren, si no les importa, ¿podríamos hablar un momentito los portavoces para regular los tiempos?

(Los señores portavoces y el representante del Gobierno atienden el requerimiento de la Presidencia. Pausa.)

Disculpen, señorías, simplemente era para fijar el orden de las intervenciones. Va intervenir el Gobierno presentando el proyecto de ley, y habrá un turno unificado de fijación de posiciones y defensa de enmiendas por cada grupo, de menor a mayor.

Entonces, por lo tanto el Gobierno, el señor consejero de Economía, Hacienda y Seguridad, don Javier González Ortiz, tiene la palabra para presentar el proyecto de ley.

El señor CONSEJERO DE ECONOMÍA, HACIENDA Y SEGURIDAD (González Ortiz): Gracias, presidente. Señorías, buenos días a todos y a todas.

Este proyecto de ley de reforma del AIEM que hoy debatimos responde a una necesidad que sigue en vigor en Canarias: continuar con la protección de nuestra producción local.

Como elemento esencial del Régimen Económico y Fiscal, este gravamen permite compensar parcialmente las desventajas derivadas de nuestra condición ultraperiférica. La lejanía y la fragmentación del mercado son dos condicionantes que nos generan costes más elevados, distorsionando con ello nuestra actividad y limitando nuestra capacidad productiva. Por tanto, de la continuidad del AIEM depende que los productos de nuestro sector primario y de nuestra industria no se sitúen en mayor desventaja de lo que ya están frente a los procedentes del continente.

Esta protección es el objeto central del AIEM, una protección que responde no solo al empeño del Gobierno de Canarias sino que aglutina el acuerdo de los grupos de esta Cámara y el apoyo de las instancias comunitarias. En este sentido, este Parlamento aprobó por unanimidad, en febrero de 2012, una comunicación del Gobierno sobre los objetivos de Canarias en la Unión Europea para el periodo 2014-2020, en la que se recogía la necesidad de mantener y renovar este impuesto. Desde entonces y hasta llegar a este proyecto de ley hemos realizado un largo y complejo recorrido. La primera fase se inició con un amplio proceso de consulta, en el que se trabajó estrechamente con diferentes asociaciones empresariales y agentes afectados con el fin de aunar sus peticiones. De esta consulta resultó un listado de productos en el que se introdujeron aquellas adaptaciones y modificaciones que se consideraron necesarias después de la experiencia adquirida en estos diez años de aplicación del gravamen.

Unas modificaciones que se pueden resumir en los siguientes aspectos: se suprimen los productos gravados para los que ya no existe un volumen significativo de producción local que proteger; se incorporan otros nuevos que han alcanzado una producción local significativa o que tienen sólidas expectativas de hacerlo y, en consonancia, sus empresas productoras requieren del apoyo de este modelo para consolidarse y desarrollarse. Y, por último, además de adaptar el listado a la nomenclatura arancelaria actual, se fijan los tipos impositivos diferenciales adecuados para que el arbitrio sea efectivo teniendo en cuenta las necesidades de nuestra producción local.

Derivado de todo este proceso, se llevó una propuesta en la que se incluyen 19 productos, todos ellos con un diferencial del 5 %, se excluyen 31 y un total de 11 registran incremento, frente a un pequeño número que disminuye el diferencial.

Además se incorpora una nueva categoría del 10 %, con lo que los tipos diferenciales quedan fijados en el 5 %, 10 %, 15 % y 25 %. Este último, y como hasta ahora, aplicándose exclusivamente al tabaco, aunque, eso sí, con un aumento del tipo específico de los actuales 6 euros por 1.000 cigarrillos a los 18 euros también por 1.000 cigarrillos.

En una segunda fase, el Gobierno de Canarias trasladó el documento al Gobierno central, con el fin de formular la petición ante Bruselas, donde se inició un largo procedimiento, al requerir -les recuerdo, señorías-, una doble autorización. Por una parte, se precisa una decisión del Consejo de Ministros comunitario, previo dictamen del Parlamento europeo, y, por otro, debe obtenerse la autorización de la Comisión Europea al considerarse una ayuda de Estado. El primer requisito ya está superado desde el pasado jueves 12 de junio, fecha en la que sin oposición alguna el Consejo aprobó la reforma del AIEM. Un acuerdo que se tomó a propuesta de la Comisión, de la que aún queda pendiente, en su fase final de autorización, la ayuda de Estado que comporta la fijación del AIEM.

Durante todo este proceso hemos desarrollado un intenso trabajo con sus representantes. Como saben, la Unión Europea prohíbe genéricamente los tributos internos discriminatorios, aunque también prevé que este tipo de ayudas puedan ser compatibles cuando se destinen a favorecer el desarrollo económico de las regiones ultraperiféricas. Para lograrlo, el Gobierno de Canarias ha tenido que documentar y justificar de forma pormenorizada y minuciosa todo el expediente, con el fin de conseguir finalmente el aval de los órganos comunitarios.

El resultado ha sido que la aprobación del Consejo de Ministros europeo responda a la práctica totalidad de las peticiones realizadas por las islas, lo que demuestra el rigor del trabajo realizado en coordinación con los sectores y con el Gobierno de España, y, por tanto, el respaldo expreso a un impuesto que, no nos olvidemos, señorías, necesitamos para nuestro desarrollo económico.

Finalmente, el expediente ha obtenido la conformidad, sin haber suscitado oposición por parte del resto de los estados miembro, poniendo, por tanto, de manifiesto el consenso existente de considerar al AIEM un impuesto justificado e imprescindible para el sostenimiento de nuestra producción local.

Un nuevo AIEM que en su globalidad contiene más partidas arancelarias, pero menos volumen de productos gravados, aplicándose al 70 % de ellos el mínimo tipo del 5 %. Evidencia, por tanto, que contradice algunas versiones que afirman que el próximo AIEM solo responde a un afán recaudatorio del Gobierno de Canarias. Nada más lejos de la realidad. Además de reducirse el número de productos gravados, esto, señorías, les recuerdo que representa menos del 10 % del valor total de las importaciones en Canarias.

En contraposición, el tributo similar aplicado a las regiones ultraperiféricas francesas, que entre todas cuentan con una población inferior a la de Canarias, representa unos ingresos de en torno a 1.000 millones de euros, esto es, diez veces casi superior a la recaudación del AIEM, y representa en torno al 70 % del presupuesto de las mismas.

Y no olvidemos que este arbitrio, con una recaudación prevista en torno a los 120 millones de euros anuales, forma parte del bloque de financiación canario. Por tanto, más de la mitad de esta recaudación se destina a financiar los servicios prestados por cabildos y ayuntamientos, representando finalmente unos ingresos inferiores al 1 % del total del presupuesto de la comunidad autónoma.

Además de no responder a un afán recaudatorio, el AIEM tampoco es un impuesto al consumo. Su finalidad, y lo reitero, es proteger nuestra producción local, para que pueda mejorar sus condiciones frente a las que se producen en el continente. Mercancías importadas que, pese al gasto del transporte para llegar al mercado canario, se elaboran con una estructura de costes mucho más ventajosa, con la que no pueden competir los productos canarios. Un mejor y más barato acceso a las materias primas; una mayor capacidad de producción y almacenaje, y la posibilidad de aplicar otras economías de escala son algunas de sus ventajas frente a los procesos productivos que, por imperativos de la geografía, se desarrollan en las islas.

Por tanto, y dado que el AIEM no es un impuesto al consumo, no tiene por qué afectar necesariamente al precio final de los productos gravados. Durante los años de aplicación del AIEM, no se ha podido acreditar que este tributo afecte a los precios de forma significativa, y mucho menos a los que componen la cesta básica de la compra, artículos que -algunos de ellos- reciben ayudas a través del REA mediante subvenciones a su llegada al archipiélago, en forma de ayudas o subvenciones o en exención de derechos de aduana.

Por el contrario, de no existir el AIEM, nuestras empresas perderían competitividad, se destruiría parte del actual tejido productivo y aumentaría nuestra dependencia del exterior; y, siendo importantes todos estos aspectos, aún lo son más las consecuencias sobre el empleo, dado el mayor número de puestos de trabajo que generan las actividades propias frente a las importadoras, y que en el caso de las industrias suponen, además, mejores salarios.

Un aspecto, el del empleo, que le da el máximo sentido al Aiem y que para el próximo periodo de aplicación hemos adaptado a las nuevas realidades. Es el caso, por ejemplo, de la expansión que están tomando hoy en día productos como puede ser el pan congelado importado, y la consiguiente decisión de gravarlo; un producto que daña gravemente a un gran número de pequeños negocios repartidos por todas las islas, como son, por ejemplo, las panaderías, generadoras de empleo y, en muchos casos, único sustento de unidades familiares completas; o el caso de productos como el vino, al que por primera vez se grava con un tipo del 5 %, ante la necesidad de proteger la creciente producción canaria, que multiplica su incidencia no solo en el ámbito agrícola, sino en el industrial, el comercial y el paisajístico. Efecto multiplicador que adquiere un gran número de productos protegidos, capaces de generar y de incentivar actividades colaterales como, por ejemplo, el vidrio, al generar asimismo no solo industria, sino permitir que se puedan llevar a cabo procesos de reciclaje.

En resumen, señorías, la totalidad de los productos gravados por el AIEM tiene como única guía la protección de nuestro tejido productivo, para alcanzar así un mayor grado de diversificación y poder aumentar el peso del resto de sectores de nuestra actual estructura económica.

Este Gobierno entiende que los discursos hay que sostenerlos con los hechos, y si estamos de acuerdo en que hay que diversificar, aumentar la participación de otros sectores y disminuir la dependencia del exterior, tendremos también que actuar en consecuencia. Y la consecuencia es este proyecto de ley. Además, cuenta con el aval y el apoyo de los organismos europeos, que, exceptuando los principios comunitarios, autorizan un nuevo AIEM como elemento esencial para nuestro desarrollo económico.

Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor consejero, don Javier González Ortiz.

Entonces comenzamos con los turnos de los grupos parlamentarios, Grupo Parlamentario Mixto, don Román Rodríguez, y les recuerdo, señorías, que los grupos que tienen enmiendas deben defender las enmiendas y fijar la posición al mismo tiempo.

El señor RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ: Señor presidente, señorías.

Un saludo también a la representación de Asinca que hoy nos acompaña en este pleno.

Yo creo que este es un buen ejemplo para poner en valor lo que representa nuestro acervo fiscal, nuestra historia en esta materia. En ocasiones, tenemos dificultades para expresar con sentido práctico qué es eso del Régimen Económico y Fiscal. Bueno, pues este es un aspecto concreto de la historia fiscal, de los derechos fiscales de nuestra comunidad, y tiene su origen en los arbitrios insulares, concretamente en la llamada tarifa especial, que se transformó en el APIC durante una serie de años y lo hereda el AIEM desde hace una década.

Por tanto, es importante que sus señorías y quien nos pueda ver y escuchar sepan que estamos hablando de nuestra historia fiscal, de nuestros derechos fiscales, y que tienen un sentido aplastante, porque pretenden reconocer, aunque solo sea en parte, las dificultades objetivas que tiene este territorio para producir y competir, porque estamos lejos, porque somos muchas islas, porque el tamaño de nuestros mercados es el que es, porque las materias primas son las que son, y, por lo tanto, la historia hizo que la metrópolis reconociera este hecho, y ha hecho posible también que la Unión Europea entienda estas ayudas de Estado, porque es una ayuda de Estado, en definitiva.

Por tanto, hoy aquí venimos a modificar un elemento histórico para adaptarlo a los nuevos tiempos, a las circunstancias, para tratar de proteger nuestra estructura industrial, pero también nuestra producción ganadera y agrícola, porque los productos que se someten al AIEM son productos no solo de producción industrial sino también de producción ganadera y agrícola.

Nosotros no tenemos ninguna duda del acierto, de la oportunidad y de la historia de lo que el AIEM, el APIC o la tarifa especial representan y, en definitiva, los arbitrios insulares, que tienen un sentido aplastante. En todo caso, hoy lo que hacemos es, en relación al listado de productos y a los tipos, pues, modificarlos en función del proceso negociador que el Gobierno ha tenido con los distintos sectores, y hay que decir que en la información de la que nosotros disponemos, que es la que le hemos pedido al Gobierno en alguna comparecencia en comisión, en lo que conocemos del expediente y de los sectores afectados, hay un alto nivel de consenso con los destinatarios de este instrumento, en definitiva, de protección de la producción propia. Y nos alegramos de manera especial no solo por el sector industrial, por lo que representa en el empleo y en la calidad del mismo y en la diversificación, sino también por el sector primario, que es un sector especialmente delicado y que necesita apoyos en todos los órdenes, y me parece positivo que la carne del país, las papas o la cebolla, o el ajo ahora, tengan en estos momentos un nivel de protección, porque nos parece que está destinado a proteger las cosas nuestras.

Por lo tanto, ninguna duda sobre la importancia, sobre la relevancia, sobre el objeto, sobre el papel. En todo caso, habría que decir que este aspecto de nuestro sistema fiscal está razonablemente salvado hasta el año 2020, y son otros aspectos de nuestro Régimen Económico y Fiscal los que están en crisis, los que están escasamente respetados, léanse aspectos económicos del Régimen Económico y Fiscal absolutamente vitales como las ayudas al transporte, hoy disminuidas a la mínima expresión, y que están poniendo en crisis total a determinados sectores productores en Canarias, y aprovecho para hablar porque toca del caso del tomate, que es quien sufre esa discriminación, ese incumplimiento.

Por ello, desde Nueva Canarias, desde el Grupo Mixto, no tenemos duda de la necesidad de este instrumento, y confiamos en que el listado y los tipos están chequeados y analizados y medidos con relación a las circunstancias del momento de la economía, y estamos convencidos de que el objeto que persigue, que no es recaudatorio, no debe ser recaudatorio, no creo que naciera ni se mantenga por esta razón, el objeto está en proteger la industria, en proteger la ganadería, en proteger la agricultura.

Hay que decir que en este mismo marco hay más figuras fiscales que tienen un sentido aplastante, nosotros tenemos una imposición indirecta sensiblemente menor, que también recogió una parte de los arbitrios, como era la tarifa general y el arbitrio de lujo, que conformaron una imposición indirecta, un IGIC con tipos sensiblemente más bajos que en la Península por razones elementales, o que en el continente.

Por lo tanto, señorías, ninguna duda en este tema. Apoyamos esta norma, que podemos decidir en este Parlamento, por este conjunto de razones, con pocos elementos a añadir.

Hemos detectado, aunque también lo ha hecho el Gobierno, sobre los productores de huevos una deficiencia en el listado original, y es que se establecía un 5 % a la importación de los estuches de plástico para la comercialización de huevos, que, por otra parte, se han impuesto en las grandes superficies, y que tenían una imposición del 5 %. Eso se lo preguntamos al Gobierno en el pasado pleno, que aceptó el tema, y hay una doble enmienda, con idéntico contenido, del Grupo Nacionalista y del Grupo Mixto, que tienen el sentido de mejorar el nivel de protección a este sector productor, el de huevos, que alcanzó hasta el 90 % del autoconsumo, y que ha perdido peso por las normas comunitarias en relación a la calidad de vida de los animales, pero también por los intereses de determinados sectores importadores que imponen sus criterios, y creo que la eliminación de este 5 % que estaba en el listado está recogida en nuestra enmienda, pero insisto: coincide con una que ha hecho también Coalición Canaria, y, por lo tanto, entendemos que va a ser apoyada porque tiene este contenido, recoger del sector afectado este asunto, que, si no tiene una importancia económica para el conjunto, para ese sector tiene su peso específico, porque un 5 % es un 5 % en todas las magnitudes y también en esta.

Por lo tanto, señor presidente, señorías, señor consejero, de forma clara nuestro apoyo a este proyecto de ley, al listado, a la negociación que se ha tenido, y esperemos que este derecho histórico en relación con nuestro sistema fiscal esté acompañado de la consolidación del resto de los derechos que en materia fiscal hemos consolidado los canarios, y de manera muy especial en relación con el tema económico, que es donde se está fallando de forma estrepitosa y haciendo un daño irreparable a la sociedad local.

Por tanto, hoy damos un pasito en la línea de la consolidación de eso tan poco comprendido que es el Régimen Económico y Fiscal, pero que tiene concreciones como esta, con estas medidas se contribuye a proteger el sector industrial, se contribuye a proteger el empleo que se genera, la calidad del mismo, y, además, se hace de forma aquilatada porque hay otros instrumentos para que esto no repercuta de forma negativa en la cesta de la compra, sino que mantenga el tejido productivo, que es elemento esencial para la calidad de vida.

Por lo tanto, nuestro apoyo claro e inequívoco, y esperemos que acepten esa enmienda, que creemos que no va a tener dificultades, porque es coincidente con otras.

Muchísimas gracias.

El señor PRESIDENTE: Muchísimas gracias, don Román Rodríguez.

Por el Grupo Parlamentario Socialista Canario, don Emilio Mayoral tiene la palabra.

El señor MAYORAL FERNÁNDEZ: Gracias, señor presidente. Señorías, buenos días a todos.

La estructura económica y la diversificación de la economía canaria todos sabemos que con respecto a la española y con respecto a la media europea tiene notables diferencias. Nuestro sector industrial y nuestro sector agrícola, en proporción a su participación en el PIB regional, si los comparamos con España, con la Unión Europea, observamos que están muy por debajo de esa media, en la mitad aproximadamente, por lo tanto, existen razones importantes para que, de alguna u otra manera, intentemos obtener y tener un sector agrícola y un sector industrial que pueda incrementarse y lograr una mayor participación en la producción del producto interior bruto de nuestra comunidad. Las razones por las cuales esto sucede a nadie se le esconden, estamos en un territorio fragmentado, en un territorio aislado y en un territorio lejano y, por lo tanto, el encarecimiento de la importación de las materias primas, la propia producción y el mercado fragmentado y escaso que tenemos en Canarias hacen que nuestra producción local en muchos casos no pueda competir con otros productos que se importan en nuestra región.

El hecho de que existan estas circunstancias hace que tengamos ese régimen económico y fiscal y que, además, tengamos una protección como región ultraperiférica por parte de la Unión Europea. Esta fórmula dentro del REF, una de las fórmulas de esta protección de nuestra singularidad y nuestra especificidad, es, precisamente, el AIEM y, por lo tanto, es una forma de intentar proteger nuestra producción local frente a competidores y frente a la importación de productos que no hagan competencia.

Algunos plantean que este sistema lo que pretende por parte del Gobierno es incrementar una recaudación y una obtención de nuevos fondos, bueno, es verdad que el sistema que se establece es un sistema impositivo, por lo tanto, al ser un sistema impositivo al mismo tiempo se produce una recaudación; pero el objetivo ni es ni debe ser ese. El objetivo debe ser precisamente intentar que por medio de este mecanismo, podría haber otros, de reducción o restricción de cuotas, etcétera, que en tiempos pasados se utilizaba, intentar que al menos se proteja la producción local y que en aquellos artículos donde se pueda producir esa competitividad estén gravados para de esta manera intentar que nuestros productos alcancen un desarrollo y un incremento; y, además, intentar que el sector industrial, en la participación del producto interior bruto en nuestra comunidad, al menos, se acerque o se incremente, o estreche, en relación con esas diferencias que tiene respecto a otros países europeos y respecto a la media nacional.

Creemos que hay gente... Sabemos que en estas negociaciones que el Gobierno de Canarias ha tenido con el sector industrial principalmente, pero también con la otra rama que son también profesionales de importación de mercancías, existen tensiones como siempre han existido, pero, en cualquier caso, como digo, el objetivo final y el objetivo que aquí se ha perseguido es el de intentar ser muy cuidadoso a la hora de elegir qué productos son aquellos en los cuales nosotros tenemos la necesidad de proteger por la importancia que tiene para la economía canaria y para la diversificación de nuestra economía frente a otros y, por eso, han entrado productos y han salido productos, como no puede ser de otra manera.

La reforma de esta ley ha gozado de un consenso importante en esta Cámara y yo creo que ha gozado también de un importante consenso en el conjunto de la sociedad canaria. Tenemos y diseñamos hasta el 2020 todo un camino que yo creo, y espero, y deseo, que sirva para incrementar nuestra participación y desarrollar estos sectores, tanto el agrícola, como antes se ha citado que también interviene en estas operaciones, como el propio sector industrial y que, de alguna manera, esa diversificación de la cual siempre hablamos se haga una realidad.

Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, don Emilio Mayoral.

Grupo Nacionalista Canario, don José Miguel González Hernández.

El señor GONZÁLEZ HERNÁNDEZ: Gracias, señor presidente. Buenos días, señores diputados.

Yo no voy hacer una entrada detallada de la ley puesto que ha sido muy bien expuesta por el señor consejero, pero yo voy a hablar un poco de la historia, quizá porque cuando uno tiene una edad mira hacia atrás, y decir que parece que a veces las cosas surgen en un momento, pero esto tiene un germen histórico. Es decir, como ustedes saben, antes de los 70 cada cabildo cobraba unas determinadas entradas a las mercancías, una especie de arbitrio, y cuando se decidió en la ley del setenta y tantos el nuevo REF, se crearon dos instituciones que eran la JIAI y la JEIC, que era la junta de todos los cabildos, y se estableció un arbitrio a la entrada y un arbitrio de lujo y, por lo tanto, esa era la manera cómo funcionaba la imposición indirecta canaria, y coexistía con el tráfico de empresas. Entonces, en el año 89 se vio que el Protocolo II había permitido sobrevivir parte a Canarias pero que creaba dificultades, por ejemplo, la desaparición casi del sector pesquero, dificultades en el sector agrario, y entonces este Parlamento, en diciembre del 89, decidió que había que negociar e intentar mejorar la integración en Europa. Y cuando fuimos a negociar con Europa primero nos dijeron que si íbamos en serio, cosa interesante de oír porque aquí se hablaba mucho, había muchas discusiones, pero decía: "bueno, pero, ¿ustedes realmente vienen aquí a hablar con nosotros de una integración, sí o no?, decíamos: "sí", pero, claro, nosotros lo que no podemos es entrar aquí en condiciones como cualquiera, tenemos que mantener nuestro acervo histórico, "¿y cómo lo vamos hacer?", ¿y cuáles son las dificultades más importantes?" Bueno, en los arbitrios, aunque estaban también en Francia los outremer de los países, otra dificultad era esa imposición indirecta tan complicada, porque no solamente eran los arbitrios, se daba el impuesto de tráfico de empresas que era un impuesto que podía encubrir una subvención a las exportaciones, cosa que estaba prohibida por la Unión Europea, y entonces Europa dice: hombre, vamos a ver, ustedes tienen que reformarme la imposición indirecta de manera que no se produzcan esas ayudas prohibidas por el Tratado de la Unión, que es ayudar a las exportaciones complicándonos con el tema. Y por eso fue por lo que se inició la reforma del 89 y por eso surgió prácticamente el sistema tributario que tenemos ahora, es decir, se creó el impuesto general indirecto canario que asumía toda esa serie de competencias indirectas, o sea, metía el ITE, metía el arbitrio de entrada, metía el arbitrio de lujo, y, obviamente, tenía que estudiarse, a la vez, a quién iban los anteriores impuestos, y fue cuando se decidió crear el IGIC y que participaran en el IGIC todas las administraciones, parte para el Estado por el ITE al que renunciaba, parte para los cabildos y corporaciones locales por la parte que les correspondía de los arbitrios, y, obviamente, también la parte que le correspondía a la comunidad autónoma en el otro impuesto.

Entonces se creó, pero, claro, seguía subsistiendo un problema serio. No era solo un problema tributario. La entrada de bienes intermedios en Canarias, que venían libres de imposición, hombre, se consiguió la exención de los aranceles comunitarios, y de los productos de bienes intermedios para la incorporación a la industria también se consiguió la exención, y también había que buscar alguna manera de sustituir el efecto compensatorio, que no recaudatorio, de los arbitrios; y es cuando surgió el APIM que luego se transformó en el AIEM y que tenemos hoy.

Por lo tanto, el AIEM no es ni más ni menos que un instrumento que, junto con el resto de la normativa, pretende mantener actualizado, como no podía ser menos, lo que era la tradición histórica impositiva de Canarias. Por lo tanto cuando se oyen voces discutiéndolo, incluso poniendo en duda la legitimidad, hombre, conviene mirar la historia porque es que esto no es nada nuevo, lo que es nuevo es el procedimiento y el método y los detalles, pero los fundamentos teleológicos de por qué se hace esto son los mismos. Las empresas de aquí no tienen economías de escala, tienen unos mercados reducidos, no pueden hacer competencias libres a otras empresas que, simplemente colgando los costes normales y asumiendo los costes fijos sobre la producción, tiene este mercado canario como a su disposición a precios por debajo de lo que sería razonable. Por lo tanto, la protección que se hace a la industria, y ahora también a la producción agraria, es claramente una ayuda para compensar las dificultades y las diferencias que tenemos. Por lo tanto, eso, bajo el punto de vista histórico, creo que justifica de sobra este tema.

Pero luego vamos al punto de vista jurídico. Bueno, el punto de vista jurídico está claro, es decir, tenemos el 299, tenemos el trescientos y pico ahora, que dice que eso se puede hacer como región ultraperiférica, que no es ni más ni menos de la forma que a lo largo de la negociación se fue llevando para defender aquello que se había hecho en la creación de Canarias. Para irle dando forma, conforme a la normativa comunitaria, se ha ido modificando el procedimiento para buscar la base jurídica que permita permanecer en el mismo esquema que se había instaurado, cambiando nombres y cambiando detalles, pero en el fondo es lo mismo, es un intentar poner al día lo que es una situación singular de una comunidad que está fuera, lejos del centro, que tiene un mercado corto, que está aislado o que está fragmentado, y que necesita ayudas para las empresas, para que subsistan, porque una competencia libre y feroz produciría, eso sí, hay quien dice precios inferiores, precios inferiores pero que nadie podría pagar porque todos los puestos de trabajo iban a desaparecer, cosa que sería interesante que algunos tuvieran en cuenta cuando hacen críticas de este tipo.

Ahora, volviendo al tema de las enmiendas, y paso a la segunda parte, las enmiendas son puramente técnicas.

La primera, que ni si quiera está, es que si ustedes leen en la exposición de motivos de la ley en un motivo determinado se dice "en este sentido...", y queda ahí una decisión, queda en blanco porque todavía no se ha tomado, y entonces hay que rellenar eso sustituyendo el acuerdo, al que ha hecho alusión el consejero, del Consejo de Ministros de Medio Ambiente celebrado en Luxemburgo el 12 de junio del 2004, que es donde se da la viabilidad legal a este tema.

Luego las otras enmiendas son puramente técnicas, es decir, cuando se analiza la titularidad de este tema lo primero que se ha advertido es que si ustedes miran la partida que se refiera al mosto de uva, que dice "vino de uvas frescas, incluso encabezado mosto de uva excepto el de las partidas..." pone dos ceros, todas las partidas son de cuatro puntos, entonces alguien al escribir puso 09, es 2009, es pura y exclusivamente poner las cosas correctamente.

Y luego en el otro lado, cuando se pusieron en contacto los empresarios con el Gobierno y con nosotros, yo creo que con todos los grupos se vio que había un par de cosas que realmente no tenían justificación. Hay un tipo de tubos que concretamente son unos tubos de plástico que se utilizan para las construcciones, que no se fabrican en Canarias y que es absurdo cargar a la actividad con algo que no se fabrica y que ni es previsible que se fabrique a corto plazo. Por ello, lo que se dice es que "Los demás tubos flexibles para una presión inferior a 27,6 Mpa, sin reforzar ni combinar..., solamente gravados los tubos de polímeros de etileno de diámetro inferior o igual a 300 milímetros y tubos de policloruro de vinilo...", o sea, aquí se puso "cloruro", hubo un error, era "policloruro de vinilo de pared compacta de diámetro inferior a 63 milímetros, -y aquí viene la excepción- excepto los tubos de polímeros de etileno reticulados y los destinados a agricultura con gotero insertado", porque eso no se fabrica y es absurdo cargárselo.

Y luego, por otro lado, también cuando..."los accesorios que tienen que ver con ese tipo de construcción, que solo se ven desgravados los accesorios de polímero de cloruro de vinilo de evacuación...", vuelve a ser "policloruro de vinilo".

Estas son las enmiendas. Por lo tanto, son enmiendas puramente técnicas, una es completar un párrafo que está en blanco, pues no tiene sentido que salga una ley sin decir por cuál, es la base fundamental, que es el acuerdo del Consejo de Ministros del 12 junio y las otras son correcciones materiales a errores que, además, corrigen en algunos casos, algo que sería inadecuado, porque todos estamos de acuerdo que aquí lo que hay que intentar proteger es lo que aquí se produce o lo que se va a producir a corto plazo, lo que es posible producir. Pero lo que es absurdo porque, pese a lo que dicen algunos, este tributo no es un tributo de recaudación... La recaudación de los arbitrios ya viene a través del IGIC, este es un tributo complementario, efectivamente, el 58 % va a las corporaciones locales, pero no se pretende con esto recaudar, lo que se pretende es proteger a la producción industrial y ahora a la producción agraria y ganadera.

Yo creo que es tan claro que supongo que todas sus señorías estarán de acuerdo en que hay votar las enmiendas que son puramente técnicas, no tiene ninguna transcendencia sino poner los textos cómo deben ser. Y, por otro lado, creo que todos estaremos de acuerdo en que necesitamos la protección y en que, además, tenemos aquí -ustedes lo tienen en el expediente- los considerandos y las manifestaciones que se hicieron en la propuesta que se dio al Parlamento, que le dio el informe favorable para el acuerdo del Consejo de Ministros, y ahora esperaremos a la Comisión. Por lo tanto, espero que todos voten a favor de este proyecto de ley.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, don José Miguel González Hernández.

Por el Grupo Parlamentario Popular, don Jorge Rodríguez.

El señor RODRÍGUEZ PÉREZ: Señor presidente. Buenos días.

Señorías, lo primero que de forma inmediata debo resaltar es la sensibilidad que el Gobierno de la nación ha tenido con Canarias llevando a cabo un asentimiento casi pleno con el Gobierno de Canarias en esta materia.

No voy a hablar de los antecedentes históricos de la figura, porque ya se ha hecho, y, además, creo que todos estamos absolutamente de acuerdo, pero sí resaltar que la autorización que allá por el año 2002 se hizo por parte del Consejo sobre esta figura impositiva, de este gravamen, se fundamentó en la necesidad de establecer medidas específicas a favor de la industria local, ya se ha dicho, para compensar las desventajas derivadas de la condición ultraperiférica de Canarias. Y la base jurídica de esta medida excepcional se sustentó, como ustedes saben, en los artículos 349 y 107 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

La finalidad última, ya se ha dicho, y lo repetiré, es la tan necesaria promoción del desarrollo regional y la diversificación de la estructura económica canaria, posibilitando de esta manera que las empresas establecidas en un área calificada como región ultraperiférica suplan sus desventajas.

Durante estos años de vigencia el AIEM ha sido objeto de evaluación y seguimiento por las instituciones comunitarias, tal como le exigía el artículo 2 de la decisión del Consejo. ¿Para qué? Pues lógicamente con el fin de valorar una posible adaptación del mismo, pero también, no podemos obviarlo, ha constituido un fuerte elemento de controversia, un fuerte elemento de discrepancia, entre dos sectores empresariales canarios bien encontrados: por un lado, los industriales canarios y, por otro, los importadores, y también entre las pequeñas y medianas empresas e importadores y el Gobierno de Canarias.

Las medidas selectivas, que se han dicho ya, solo están dirigidas a los productos más sensibles, y se limitan a lo necesario para alcanzar los objetivos fijados: compensación, por las desventajas que padece Canarias; lejanía, reducidas dimensiones y fragmentación del mercado. La reducción o supresión de la protección otorgada reduciría drásticamente la rentabilidad de fabricar en Canarias productos industriales. En algunos casos, podría, incluso, provocar, hay que decirlo, el cese de algunas producciones locales.

Pero, señorías, quiero insistir y ponerle voz también a un sector empresarial importante de Canarias, no podemos obviar las opiniones discrepantes que se pronuncian por parte de esos sectores de la importación, que también hay que tenerlas en cuenta.

El AIEM es claramente una ayuda al funcionamiento de las empresas establecidas en Canarias, en el sentido de las directrices de ayuda regional de la Comisión Europea para el periodo 2014-2020. Lo digo de nuevo: es una ayuda de finalidad regional. Se supone, por consiguiente, que dicha ayuda al funcionamiento, la exención de pagar al AIEM de la producción canaria, se otorga para compensar costes adicionales, aparte de los del transporte que tienen que soportar las empresas canarias respecto de las establecidas en el resto del territorio nacional.

Pero recordemos algo importante: según las directrices europeas dicha ayuda debería contribuir a un objetivo claro de interés común, resolver una eficiencia clara del mercado canario relacionado con la equidad, ser idónea en el sentido de que otros instrumentos más claros no permiten alcanzar ese objetivo, incentivar un cambio en el comportamiento de la empresa, ser limitada en el tiempo, evitar el falseamiento de la competencia e impactar en el comercio entre los estados miembro, y, por último, ser transparente en cuanto a los operadores beneficiados y afectados por la ayuda.

Pues bien, seguro que todos llegaríamos a la conclusión de que de los siete criterios señalados no se ha cumplido ninguno de ellos. La exención final del AIEM debería tener -lo hemos dicho aquí-, debería tener un incentivo, un elemento o un efecto incentivador, que en los años que lleva aplicándose, a juicio de los importadores, no se ha producido. Existe otra ayuda al funcionamiento, financiada por la Unión Europea, que es el REA, que sí que tiene un efecto claramente incentivador, contrastado y demostrado. Estimamos que, por consiguiente, la ayuda del AIEM debería ser proporcional a los problemas que pretende resolver, y debería estar también claramente relacionada con la serie de sobrecostes que no sean de transporte, porque van por otro lado, que sufren las empresas canarias en comparación con otras empresas del mismo sector en el resto del territorio nacional. A juicio de muchas pequeñas y medianas empresas, de importadores, se produce, y esto es lo que tiene que estudiar el Gobierno, un falseamiento de los mercados, de los productos seleccionados por una actuación administrativa que solo busca recaudar fondos para la Hacienda canaria en perjuicio de los consumidores canarios. Denuncian -siempre estoy diciendo que le estoy poniendo voz a ese sector empresarial-, denuncian que se trata de un mecanismo que premia a los productores establecidos en Canarias con independencia de que sean más o menos eficientes y de que mejoren o no su competitividad en el mercado canario, y, además, se impide la entrada de nuevas empresas en el mercado canario, porque tienen que hacer frente a un coste fiscal relevante si quieren introducir sus productos en Canarias.

Yo les recuerdo que la industria y la agricultura canarias ya cuentan con importantes ayudas, muy relevantes, entre otras -recordemos-: el REA, con más de 70 millones cada año; el Poseican agrícola, con más de 100 millones de euros al año; las ayudas al transporte entre islas de productos industriales; el REF, que les permite a la industria y a la agricultura una reducción del 50 % del impuesto de sociedades.

Lo importante, señor consejero, es que hasta la fecha no se ha conocido una evaluación seria y objetiva de este instrumento, ni el nombre de sus beneficiarios, ni el de sus perjudicados o pagadores. En 2017, dentro de tres años, la Comisión Europea sí evaluará ese impacto, y propondrá lo que considere. Es la primera vez, que yo recuerde, que solo habrán de pasar tres años desde que se toma una medida de este tipo hasta que se evalúa, lo que demuestra que la Comisión Europea está, en fin, desconfiada. Y yo creo que se trata de una medida repetitiva que hay que intentar, en fin, mirar también de cara al futuro.

El Grupo Parlamentario Popular, sin perjuicio de dejar ya claramente aquí posicionado con su voto estimativo, afirmativo y el aplauso al proyecto de ley, sí que desearía, señor consejero, siendo constructivos, que el Gobierno de Canarias elabore un estudio y análisis no solo de las posibilidades de aumentar el peso del sector industrial en Canarias, sino también del impacto que esto va a suponer sobre la cesta de la compra y sobre los consumidores finales.

Señorías, termino ya recordando, en todo caso, lo que dice nuestro Estatuto de Autonomía: "El archipiélago goza de un régimen económico especial [...] basado en la libertad comercial de importación y de exportación, no aplicación de monopolios y en franquicias aduaneras y fiscales sobre el consumo"; y las franquicias son la exención que se concede por no pagar derechos por las mercancías.

Termino. Dijimos que la industria ya disfruta de ayudas específicas que van directamente al transporte y a la producción, y no ocurre lo mismo con la importación. Claro que hay que proteger a la industria canaria, y lo aplaudimos, pero protección, sobreprotección no.

Señor presidente, damos nuestro consentimiento y estimación a las enmiendas presentadas, como no puede ser de otra manera, y también diremos que sí al proyecto de ley.

Nada más.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, don Jorge Rodríguez.

(El señor presidente hace sonar el timbre de llamada a la votación. Pausa.)

(Se reincorpora a su lugar en la Mesa el señor secretario primero, González Hernández.)

Vamos a proceder a la votación del proyecto de Ley por la que se modifica la regulación del arbitrio sobre importaciones y entregas de mercancías en las islas Canarias.

Entonces, señorías, en primer lugar hay que votar las enmiendas. ¿Se votan todas conjuntamente, de acuerdo con los portavoces? (Asentimiento.) Perfecto.

Pues, en primer lugar, vamos a votar las enmiendas, que son tres: dos de los grupos Nacionalista Canario y Socialista Canario, que son la 1 y la 2, y la número 3, que es del Grupo Parlamentario Mixto.

(El señor secretario primero, González Hernández, solicita intervenir.)

Señor secretario.

El señor SECRETARIO PRIMERO (González Hernández): Algunas de ellas están corregidas técnicamente, y, además, hay una enmienda, como ya decía, en la parte introductoria, donde se señala que el Consejo de Ministros de la Unión Europea, de Luxemburgo, de 12 de junio de 2014, que es una enmienda hecha in voce que se tienen que añadir para cerrar...

El señor PRESIDENTE: Efectivamente, había unas correcciones técnicas, digamos, que estaban todas de acuerdo, según me confirman (Asentimiento).

Pero, de todas maneras, hay que votar el bloque de enmiendas, incluidas estas que podríamos llamar in voce, que, en realidad, son correcciones técnicas.

Comienza la votación de las enmiendas (Pausa).

Resultado: 51 presentes, 51 a favor, ninguno en contra ni ninguna abstención.

Las enmiendas quedan aprobadas por unanimidad, y por lo tanto se incorporan al texto final, que vamos a votar ahora, el texto, la exposición de motivos y el título de la ley, todo conjuntamente.

Comienza la votación (Pausa).

Resultado: 51 presentes, 51 a favor, ninguno en contra, ninguna abstención.

Queda aprobada por unanimidad.

Muy buenas tardes, señorías, se levanta la sesión.

(Se levanta la sesión a las trece horas y diez minutos.)