Diario de Sesiones 144, de fecha 11/11/2014
Punto 19

8L/PO/P-1654 PREGUNTA DEL SEÑOR DIPUTADO DON VÍCTOR TOMÁS CHINEA MENDOZA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO NACIONALISTA CANARIO (CC-PNC-CCN), SOBRE DOCUMENTACIÓN CLÍNICA FUERA DE LAS INSTALACIONES DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE GRAN CANARIA DOCTOR NEGRÍN, DIRIGIDA A LA SEÑORA CONSEJERA DE SANIDAD.

El señor PRESIDENTE: Siguiente pregunta: del señor diputado don Víctor Chinea Mendoza, del Grupo Parlamentario Nacionalista Canario, dirigida a la señora consejera de Sanidad.

Don Víctor.

El señor CHINEA MENDOZA (Desde su escaño): Gracias, señor presidente. Buenos días, señora consejera.

La historia clínica se origina como el primer episodio de enfermedad o control de la salud en el que se atiende al paciente, ya sea en el hospital o en el centro de salud. Además constituye un registro completo de la asistencia prestada al paciente durante su enfermedad.

Señora consejera, el pasado 30 de octubre fueron encontrados por un vecino en el interior de un contenedor de basura en Las Palmas de Gran Canaria seis archivadores que contenían unos trescientos expedientes de pacientes con diferentes tipos de información clínica. Esta documentación que es confidencial pertenecía al Servicio de Cardiología del Doctor Negrín y la misma solo puede ser consultada por el personal sanitario debidamente acreditado dentro del centro hospitalario.

Aunque la legislación de la historia clínica en España hasta el año 1998 podía haberse calificado como escasa, fue a partir del año 2002 cuando queda perfectamente regulada, incluyendo la Ley General de Sanidad, el Real Decreto sobre ordenación de prestaciones sanitarias en el Sistema Nacional de Salud, vigente hasta el 2006, la Ley 15/99, de Protección de Datos de Carácter Personal, y sobre todo por la Ley 41/2002, reguladora de la autonomía del paciente y de los derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínicas.

Por todos es conocida la gran importancia y sensibilidad que tiene para la salud de los ciudadanos y hechos como estos pueden crear una mala imagen de nuestro sistema, así como la indignación de los pacientes, junto a la alarma social que ha habido en los medios durante unos días, toda vez que se pensó que había sido un expurgo de expedientes clínicos realizados por los sistemas normalizados del centro. Sin embargo, su departamento tuvo una rápida actuación iniciando una investigación interna y con la denuncia ante la policía por parte de la Dirección Gerencia del Doctor Negrín, así como las averiguaciones posteriores, en las que se dice que una doctora del centro se había llevado copia de ellos a su casa, parece que se ha tranquilizado un poco a la ciudadanía. Recordar que en ese periodo la consejería la dirigía el Partido Popular y al frente de ella estaba la señora Mercedes Roldós.

Señora consejera, aunque sabemos que se tomaron algunas medidas, quizás las oportunas, hay que llegar al final y depurar las responsabilidades que correspondan, sean del tipo que sean, si las hubiera, para demostrar al Grupo Popular y a todos los que cuestionan este hecho de manera maliciosa que su consejería con celeridad, y más aún en este tema... Pero también es importante seguir exigiendo el cumplimiento de la legislación de la historia clínica en los hospitales y centros de salud de Canarias, de una manera estricta, para que casos como este, que -también hay que decirlo- se trata de un hecho aislado, no vuelva a producirse en ninguno de los centros adscritos al Servicio Canario de la Salud.

Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, don Víctor.

Doña Brígida Mendoza, señora consejera de Sanidad.

La señora CONSEJERA DE SANIDAD (Mendoza Betancor) (Desde su escaño): Gracias, señor presidente. Señor diputado.

El mismo día en que se tuvo conocimiento de los hechos la Gerencia del Hospital Universitario de Gran Canaria Doctor Negrín inició las investigaciones internas correspondientes y presentó una denuncia en la comisaría de policía. Tras iniciar las investigaciones, un facultativo, que ya no trabajaba en el hospital desde enero del año 2010, asumió la responsabilidad de lo sucedido y manifestó que eran copias de parte de los historiales clínicos de pacientes que habían sido atendidos en el Servicio de Cardiología. Estos hechos sucedieron en el periodo comprendido entre el año 2006 y 2009 y tenía la documentación guardada en su domicilio particular.

El hospital tiene establecida una normativa de uso y custodia de la historia clínica que es de conocimiento de todo el personal que tiene participación en el manejo de dicha documentación. Igualmente, tiene establecido un protocolo de acceso a toda la información clínica en soporte digital a través de claves personales de acceso, quedando en todo momento registrado quién, cuándo y a qué información se accede. Asimismo, dispone de un comité ético y de investigación clínica que valora y visa todos los proyectos de ensayos y estudios clínicos que se quieran realizar, y se hace especial vigilancia en que se cumpla la normativa legal, tanto estatal como autonómica, sobre la confidencialidad de los pacientes.

Si algún profesional sanitario hace un uso indebido de la información y atenta contra la confidencialidad de algún paciente, es su responsabilidad y estará sujeto a las medidas disciplinarias y legales que correspondan.

Lo sucedido constituye un hecho excepcional y aislado que, como ya ha quedado acreditado, derivó de una conducta personal por parte de alguien que desde hace más de cuatro años no está vinculado al Servicio Canario de la Salud.

Gracias.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora consejera de Sanidad, doña Brígida Mendoza.