Diario de Sesiones 10, de fecha 13/10/2015
Punto 22
9L/PO/P-0145 PREGUNTA DE LA SEÑORA DIPUTADA DOÑA MARÍA CONCEPCIÓN MONZÓN NAVARRO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO PODEMOS, SOBRE LAS CONDICIONES PARA ACOGERSE AL PROGRAMA DE DESAYUNOS ESCOLARES EN LOS CENTROS DOCENTES PÚBLICOS, DIRIGIDA A LA SEÑORA CONSEJERA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES.
La señora PRESIDENTA: Continuamos. Señora Monzón Navarro, por el Grupo Parlamentario Podemos, sobre las condiciones para acogerse al Programa de desayunos escolares en los centros docentes públicos, dirigida también a la señora consejera de Educación.
La señora MONZÓN NAVARRO (Desde su escaño): Buenos días. Gracias a todos y a todas.
Señora consejera, la pregunta sería: ¿cuáles son los criterios y motivaciones que han determinado las condiciones para acogerse al Programa de desayunos escolares en los centros docentes públicos?
Gracias.
La señora PRESIDENTA: Gracias señora Monzón.
Señora consejera.
La señora CONSEJERA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (Monzón Cabrera) (Desde su escaño): Gracias, señora presidenta.
Señoría, la motivación que ha determinado las condiciones para acogerse al Programa de desayunos escolares es la de atender la situación crítica de aquellos menores que provienen de familias sin recursos suficientes como para facilitarles un mínimo de cantidad y calidad en su alimentación diaria.
El criterio seguido para establecer estas condiciones se basa en la renta de la unidad familiar, de forma que se podrá beneficiar de este programa el alumnado matriculado en el actual curso escolar en cualquier centro público de la Comunidad Autónoma de Canarias en Educación Infantil y/o Primaria, o de secundaria obligatoria, cuyos ingresos familiares no excedan de una cierta cuantía, que se ha determinado teniendo en cuenta el Iprem en combinación con el número de personas que conforman la unidad familiar y si el centro dispone o no de comedor.
Gracias.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señora consejera.
Señora Monzón.
La señora MONZÓN NAVARRO (Desde su escaño): Sí.
Señora consejera, como bien dice usted, estos criterios de baremación para acceder o no a estos servicios de desayunos escolares van a depender de varias cuestiones.
Una de ellas es que el centro escolar donde están matriculados estos alumnos disponga o no disponga de comedor, y para ello usted discrimina dentro de esos criterios y habla de que los alumnos matriculados en los centros con comedor no podrán exceder de una cuantía de 6390,13 euros anuales en 12 pagas; y, sin embargo, para los alumnos matriculados en centros sin comedor estas cifras sí discriminan en función de las unidades familiares, y además aumentan, en el caso de dos y cuatro miembros en 9585,19, y en familias de más de cuatro miembros en 12 780,26.
Nosotros no entendemos bien por qué esta discriminación, creemos que esta medida es injusta, que estos baremos no están resolviendo la situación socioeconómica de muchas familias que acceden a los centros públicos escolares, y más en aquellas situaciones de centros con muchas familias muy deprimidas, que son la población más vulnerable que tenemos en Canarias.
Desde el Grupo Parlamentario Podemos entendemos que se deben revisar estos baremos, que tienen que ser más justos, que tenemos que atender precisamente a esta población entendiendo que la educación es un pilar básico para dar la igualdad de oportunidades a todos los niños de Canarias para que puedan salir de esta situación de pobreza y tengan un futuro mejor. Por tanto, le instamos a que revise esos datos, además teniendo en cuenta que esos seis mil y pico vienen de un indicador público de renta de efectos múltiples que desde el año 2010 está congelado, mientras la renta de las familias ha ido disminuyendo cada vez más, teniendo mucha menos capacidad para poder acceder a cualquier servicio.
Por tanto, le reitero la consideración de que estos baremos sean revisados y atiendan la realidad socioeconómica que desgraciadamente tenemos en Canarias.
Muchas gracias.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señora Monzón.
Señora consejera.
La señora CONSEJERA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (Monzón Cabrera) (Desde su escaño): Gracias, señora presidenta.
Señoría, los criterios para determinar las condiciones para acogerse al Programa de desayunos escolares en los centros docentes públicos vienen recogidos, como usted sabe, en las instrucciones para el desarrollo del Programa de desayunos escolares en los centros docentes públicos de Canarias, que imparten durante el presente curso escolar 2015/2016 Educación Infantil, Primaria y Secundaria.
En su artículo segundo establece que para acogerse a la medida deberá acreditarse que los ingresos totales de la unidad familiar no superan las cantidades que usted ha dicho y que no voy a repetir. El motivo de esta diferencia, señoría, radica en el propio espíritu del Programa de desayunos escolares, que es el pilar, que es paliar la situación detectada por la consejería, en colaboración con la Dirección General de Salud Pública, por la que un alto porcentaje del alumnado perteneciente a los centros enclavados en zonas desfavorecidas social y económicamente asisten a su centro escolar sin desayunar, y, por tanto, sin el aporte nutritivo suficiente para poder realizar diariamente la labor escolar.
Una situación que es todavía muy preocupante en centros escolares que, por sus características, sus escasas dimensiones o cualquier otra causa, no tienen comedor escolar.
Para este curso no hemos revisado nada, porque revisar a veces es empeorar las cosas, con el escaso tiempo que teníamos, pero desde luego, como en cualquier otro de los programas, acogemos muy bien su aportación, y le aseguro que en este como en otros lo revisaremos con todo el cariño del mundo.
Gracias.
La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señora consejera.