Diario de Sesiones 14, de fecha 10/11/2015
Punto 32
9L/C-0214 COMPARECENCIA DEL GOBIERNO -CONSEJERA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTES-, INSTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR, SOBRE CONSECUENCIAS DE LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LOS APARTADOS A) Y C) DEL ARTÍCULO 4.2 DE LA LEY DE RENOVACIÓN Y MODERNIZACIÓN TURÍSTICA DE CANARIAS.
La señora PRESIDENTA: Y pasamos, señorías, si les parece bien, a ver la última comparecencia que tenemos en el orden del día: del Grupo Popular, a la consejera de Turismo, Cultura y Deportes, sobre consecuencia de la inconstitucionalidad de los apartados a) y c) del artículo 4.2 de la Ley de Renovación y Modernización Turística de Canarias.
Señor Jorge.
El señor JORGE BLANCO: Gracias, señora presidenta. Señorías. Señora consejera.
El pasado 8 de octubre el Tribunal Constitucional dictó sentencia sobre el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el presidente del Gobierno de la nación en relación con los apartados a) y c) del artículo 4.2 de la Ley de Renovación Turística, la Ley 2/2013. Es una sentencia, a nuestro juicio, a mi juicio, clave para determinar, señora consejera, los pasos que el Gobierno de Canarias tiene que seguir con relación a afrontar las modificaciones legales necesarias para dotar de constitucionalidad a toda la arquitectura legal que en el pasado mandato por parte de este Parlamento se generó respecto al modelo turístico, respecto a la política turística y respecto a los procesos de renovación turística en Canarias.
El Gobierno, señora consejera, no puede pasar de perfil por este tema, no puede manifestar sin un análisis muy profundo que al no estar este artículo en vigor, el que anula el Tribunal Constitucional, no deviene su aplicación en Canarias. Mire, la sentencia del Tribunal Constitucional es una bofetada en toda regla a la política turística, de desarrollo turístico, a la política legislativa turística en materia de turismo del anterior Ejecutivo y, como tal, es una enmienda a la totalidad que hay que considerar, y el Gobierno debe actuar y promover las modificaciones legales necesarias, y las reglamentarias también, para adecuar la norma a la legalidad constitucional amparada por esta sentencia del Tribunal Constitucional.
Esta comparecencia, señora consejera, tiene como objeto conocer en sede parlamentaria qué valoración hace usted como responsable del Gobierno de esta sentencia y qué medidas tiene previsto el Gobierno de Canarias hacer para dotar -insisto- de constitucionalidad toda la normativa turística en nuestro archipiélago.
Gracias.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Jorge.
Señora consejera.
La señora CONSEJERA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTES (Lorenzo Rodríguez): Señora presidenta, muchas gracias de nuevo.
Esta Consejería de Turismo, Cultura y Deportes ha establecido como prioridad la renovación y modernización turística, siempre con el respeto al entorno natural y a la sostenibilidad como elemento inseparable. Un ambicioso objetivo que se logrará a través de la simplificación de la normativa en la que ya nos hemos puesto a trabajar.
Hace tiempo que se sentaron las bases para lograr este fin, hace dos años se aprobada la Ley 2/2013, de Renovación y Modernización Turística de Canarias, esta normativa se basó en motivaciones irrenunciables como el mantenimiento y la mejora de la posición de Canarias como destino turístico de éxito y referencia internacional, dentro de un escenario de progresiva complejidad y en un entorno de creciente intensidad competitiva, es decir, cumplir con el reto de seguir creciendo pero siempre manteniendo la calidad de nuestro destino turístico.
Para mantener la afluencia de visitantes a las islas y garantizar la rentabilidad de este sector económico debemos tomar las medidas oportunas. En este sentido, la correcta estructuración de la oferta, la mejora continua del producto y el desarrollo de una adecuada estrategia de promoción exterior constituyen los principales retos a los que es necesario hacer frente para mejorar la competitividad del destino "Islas Canarias". Por otro lado, la situación actual exige que este esfuerzo de cualificación y mejora del destino sea compartido y estructurado por parte de todos los agentes, públicos y privados, por ello se hace imperativa una labor de puesta al día de un conjunto de áreas turísticas, instalaciones y servicios en situación de cierto deterioro por el transcurso del tiempo, y también por la evolución de las demandas del mercado. Esta labor se instrumenta mediante procesos de renovación que llevarán a cabo los empresarios, sin embargo, por la importancia que tiene este sector dentro de la economía canaria, esta actuación debe ser impulsada por las administraciones públicas mediante medidas de ordenación y simplificación de los procesos burocráticos, y también por la habilitación de incentivos fiscales o de derechos materializables en plazas alojativas o instalaciones complementarias que impulsen la necesaria actividad empresarial.
Las medidas de mejora de la calidad turística no se agotan en el simple proceso de renovación, que, aunque es prioritario, debe completarse con una implantación prudente de nuevas instalaciones de alojamiento o de diferentes actividades turísticas complementarias, con alto nivel de calidad, que acompañen a la oferta presente y a la resultante de los procesos de mejora y renovación de las instalaciones obsoletas, para la que se exige una mejora más modesta sobre el nivel de calidad preexistente para hacer viable la renovación.
Los principios liberalizadores que inspiraron la más reciente legislación europea, estatal y autonómica sobre la prestación de servicios, y en particular los relacionados con el sector turístico, no son un obstáculo para la modulación de estas normas, tal es el caso de Canarias que en virtud de su especial fragilidad territorial y ambiental se puede acoger a las excepciones contempladas en las propias directivas europeas en materia de ordenación territorial y de medio ambiente.
La sostenibilidad del modelo turístico canario requiere seguir manteniendo la política de contención de un crecimiento desordenado incompatible con el medio ambiente, excluyéndose por ello la clasificación de nuevos suelos con los límites establecidos en la vigente legislación. La escasez de recursos naturales, el carácter fragmentado y la escala territorial en la prestación de tales servicios tienen unos importantes sobrecostes económicos, sociales y, sobre todo, ambientales respecto a los entornos continentales. Por ello se hace necesaria una previsión anticipada de los usuarios potenciales de las actividades turísticas, previsión que como principal indicador puede utilizar el cómputo total de plazas autorizadas o en trámite de autorización para una determinada isla o dentro de ella para un determinado suelo turístico.
Lo que se pretendía con esta ley y con su posterior modificación es, siempre dentro de los suelos con derechos urbanísticos consolidados, materializar los derechos a construir plazas adicionales otorgadas como incentivos a la renovación o implantar hoteles que cumplan con los requisitos de calidad y de respeto al medio ambiente. De esta manera se fomenta la renovación de la oferta obsoleta y el aumento de la calidad hotelera, todo ello sin consumo de nuevo suelo.
La esencia de esta ley sigue intacta, pero, al igual que fue modificada el pasado mes de abril, ahora vamos a adaptarla a la sentencia dictada el pasado 8 de octubre por el Tribunal Constitucional. Vamos a revisar aquella normativa que debe mejorarse, pues defendemos que las leyes deben respetar el ordenamiento jurídico, como no podría ser de otra manera, y sobre todo porque consideramos que las leyes no se aprueban para perpetuarse en el tiempo sino para convertirse en una herramienta útil al servicio de la sociedad y en consonancia con las realidades sociales y económicas de Canarias en cada momento.
La Ley 2/2013 establece, por razones de fragilidad territorial y ecológica de las diferentes islas del archipiélago, en el marco de la sostenibilidad del modelo establecido por el planeamiento, que queda expresamente sometida a autorización previa la implantación de nueva oferta turística de alojamiento en las islas de Lanzarote, Fuerteventura, Gran Canaria y Tenerife. La Ley 9/2015 modificó los apartados a) y c) del artículo 4.2, que finalmente quedaron redactados, como todos conocemos. El apartado a) en el que los establecimientos hoteleros y también extrahoteleros cumplan con unos estándares, o sea, se les somete a que cumplan con "unos estándares de calidad edificatoria y del servicio ofrecido que garanticen el mínimo impacto medioambiental en términos de, al menos, ahorro de agua, contaminación acústica y lumínica y de gestión de residuos", entre otros requisitos que se le piden. Por su parte, el apartado c) reza así: "los establecimientos hoteleros de cinco estrellas o categorías superiores y también los extrahoteleros, en este último supuesto cuando el planeamiento territorial no los prohíba expresamente, de cinco estrellas o categoría superior". El pasado 8 de octubre el Tribunal Constitucional falló en contra de los apartados a) y c) en su redacción inicial del año 2013 por ser contrarios al orden constitucional de distribución de competencias, y, por tanto, inconstitucionales y nulos por vincular la concesión de autorización a un criterio económico y no ambiental urbanístico.
El apartado a) no nos preocupa ya que el pasado mes de abril se cambió su redacción original y en la actual se incluyen todos los establecimientos hoteleros y extrahoteleros de cualquier categoría que cumplan con unos estándares determinados, por tanto, no incurren en la citada causa de inconstitucionalidad y nulidad, ya que no diferencia entre establecimientos en función de su calificación, vinculando el otorgamiento de la autorización a criterios ambientales y urbanísticos; en cambio, el apartado c) sí vincula el otorgamiento de autorización a establecimientos hoteleros y extrahoteleros según su calificación, además de que estos no están sometidos a los requisitos previstos en el nuevo apartado a). Es decir, que se sigue vinculando el establecimiento de autorización a un criterio de carácter económico, lo que incurre de nuevo en caso de nulidad. Por lo tanto, en consecuencia, con la sentencia de este tribunal, y tal como afirma nuestro informe jurídico, vamos a modificar el artículo 4.2 y eliminar el apartado c).
Muchas gracias.
La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señora consejera.
Para fijar posición, Grupo Mixto. ¿Quién interviene? Señor Curbelo.
El señor CURBELO CURBELO: Gracias, presidenta. Señorías.
Esta mañana en la pregunta que hizo el portavoz de Nueva Canarias al señor presidente del Gobierno, este, en la misma línea que ahora expresa la señora consejera, dejó claro cuál va a ser el criterio del Gobierno respecto a la declaración de inconstitucionalidad de los dos preceptos de la ley, el apartado a) y el último inciso del aparatado c), que el Tribunal Constitucional declaró inconstitucionales.
Hasta ahí, independientemente de no entrar en aquel debate político que nos llevó mucho tiempo en Canarias: hoteles de cinco estrellas o más sí, y de menos ni apartamentos ni hoteles de calidad inferior, fue muy polémico. En fin, lo cierto es que terminó en el Constitucional, y ha dado la razón.
El presidente del Gobierno esta mañana respondió que el problema se resolverá -dijo textualmente-, con sosiego y tranquilidad en la modificación de la Ley 2/2003.
Miren, solo trasmitir una preocupación. El sector económico más potente en esta comunidad autónoma es el turismo. Si ahora estamos en el trámite correspondiente para la simplificación legislativa en el gobierno del territorio con una ley nueva, y ahora no tomamos una decisión contundente y rápida para clarificar esta realidad, pasa mucho tiempo. Tenemos que ser ágiles, porque entonces se ausentan los inversores, aburrimos a los inversores, y el turismo tiene que avanzar.
Es verdad, estimado Román, que el límite de la planta alojativa turística en las distintas modalidades lo prevén y lo contemplan los planes insulares de ordenación de los respectivos cabildos, pero no es menos cierto que hay que limitar, decía, el crecimiento, para que sea sostenible en lo ambiental y lo territorial. Que no hay contradicción de una cosa con la otra, ¿no?
Por tanto, Agrupación Socialista Gomera anima al Gobierno a que haga una tarea rápida desde el punto de vista legislativo, para que los preceptos que hoy son inconstitucionales porque hay una laguna legal de inaplicabilidad de estos preceptos, que se haga un texto rápido, que sea consecuente, que se traiga a este Parlamento y que sea aprobado para que haya garantía de lo que ha declarado inconstitucional este tribunal.
Muchas gracias.
La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Curbelo.
Por el Grupo Nueva Canarias, señor Román.
El señor RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ (Desde su escaño): Señora presidenta, señorías, buenas tardes.
Yo creo que el presidente del Gobierno esta mañana no me respondió. No sé si es que no sabe qué va a hacer, o no quiso decir lo que piensa hacer.
Tenemos un problema y es una sentencia del Constitucional que cuestiona una de las cuatro normas que sobre esta materia se desarrollaron en la pasada legislatura, en contra de nuestra opinión, lo decíamos entonces y lo reiteramos ahora. Por legislar más no se hacen las cosas mejor. Y ahí hay un varapalo.
Pero no solamente el Tribunal Constitucional suspende una ley que ya está modificada en su artículo 4.2 a) y c), sino que dice que tiene visos de inconstitucionalidad la nueva ley y el reglamento que la desarrolla.
Ya saben ustedes que nosotros somos firmes partidarios de que el crecimiento en el sector turístico, por supuesto en suelo calificado, se tiene que hacer de manera sostenible. Y solo hay un criterio para limitar el crecimiento, que es el medio ambiente, el territorio, lo mismo que sustentó las leyes de directrices, a las que el señor presidente hace ascos, y que representaron un antes y un después en el modelo de desarrollo de esta tierra.
Por cierto, no se ha perdido ni una sola sentencia, ni una sola sentencia, en relación con las reclamaciones patrimoniales sobre las limitaciones al crecimiento que propusieron las normas vinculadas a las directrices. ¡Ni una! Porque se hicieron sobre la base de limitaciones territoriales y medioambientales, y ganamos todos los pleitos en el Tribunal Supremo, todos. Todos.
De manera que nosotros lo que planteamos en esta etapa es que el Gobierno se aclare y diga cómo se va a crecer y quién puede crecer. Y para ello tiene que modificar la ley vigente, y nos tiene que decir si la discrecionalidad que ahora se reserva el Gobierno para decidir si se hacen instalaciones de menos de cinco estrellas con base a lo que el Gobierno decida en el consejo, o un reglamento que establece criterios distintos de ecoeficiencia y de edificabilidad sobre las instalaciones, que ya dijimos que eso no podía ser. No podía haber un criterio de ecoeficiencia para cuatro estrellas o menos y uno distinto para cinco estrellas o más. Eso se tiene que resolver y tiene que aclararse cuál es el modelo de desarrollo que en materia turística defiende, si es la barra libre o el control razonable del crecimiento con base a los intereses generales de Canarias. Los impactos en el territorio, en el medio ambiente y en las infraestructuras condicionan el crecimiento, y eso tiene sustento legal en el Estatuto de Autonomía, en la Constitución española y en el Tratado de la Unión. Es posible establecer límites, hay que pactarlos, y lo que no sabemos es cuál es la política del Gobierno: la política de hacer leyes a mansalva y, en vez de resolver los problemas, crear verdaderos líos. Seguimos sin saber cuál es la política del Gobierno en materia turística y en el modelo de desarrollo de esta materia.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Rodríguez.
Por el Grupo Podemos, señora Delgado.
La señora DELGADO LUZARDO: Gracias, presidenta.
Bueno, señor Román, mire, la política del Gobierno en cuanto a la contención está clara: es contención para todo el mundo, menos para los que ellos, concretamente, decidan.
A mí la maraña normativa de turismo me recuerda a la misma maraña normativa de la ordenación del territorio, y todo tiene la misma base común, y es que la protección del medio ambiente y la sostenibilidad se la tienen que saltar cada vez que quieren, y eso ha ido, como ya lo hemos dicho, acomplejando cada vez más la normativa, y, hoy por hoy, la normativa de turismo está exactamente igual que la de ordenación del territorio: imposible de entender.
Bueno, mire, yo creo que ya vamos a dejarnos de artículos y de inconstitucionalidades. Ya vale de engañar con la importancia que tienen los hoteles de cinco estrellas para Canarias. Mire, los hoteles de cinco estrellas no sirven para nadie, solo sirven para los de siempre, para los ricos. El Gobierno lo que debe hacer es cumplir con la moratoria, contener el consumo de territorio y promover el proceso de rehabilitación con criterios de sostenibilidad, ecoeficiencia y ecoinnovación. Eso es lo que están siempre diciendo, pero no es lo que hacen. ¿Las ayudas del sector público? Sí, por supuesto que sí, pero para la gente común, para mejorar las zonas urbanas turísticas y las edificaciones obsoletas. Pero no echándolos, por favor.
Debe llevar a cabo un desarrollo turístico basado en las tecnologías de la información y la comunicación, la sostenibilidad y la innovación. Tal y como dice la Estrategia de Especialización Inteligente, resulta necesario pasar de un turismo centrado en el territorio y los procesos territoriales y urbanísticos a un turismo centrado en los recursos naturales, poniéndolos previamente en valor y potenciando los beneficios que reportan para todos.
A mí me gustaría saber por qué no cumplen con la Estrategia de Especialización Inteligente, si es que la aprobó el Gobierno, la aprobó este Parlamento en 2014. ¿Por qué hacen luego una ley de turismo de 2015 que permite, a través de un artículo, volver a hacer hoteles de cinco estrellas, volver a hacer apartamentos de calidad para los que les interesan? Yo les pregunto: ¿a quién quieren beneficiar con el turismo? Volvemos a lo de siempre: ¿queremos que sean todos los canarios o que sigan siendo solo los grandes empresarios de las cadenas hoteleras?, ¿para qué quiere seguir el Gobierno promocionando hoteles de cinco estrellas?, ¿para esos que han dicho que ahora van a subir el precio del paquete turístico?, porque para eso no tienen problema para el turista, y, sin embargo, dicen que hay problemas para poner una tasa de un euro a los turistas, que la tasa sí beneficia a todos los canarios, porque es para ayudar a la sanidad, ayuda al empleo, ayuda a la construcción y a las edificaciones obsoletas. ¿Por qué se niegan a poner la tasa, y por qué, sin embargo, permiten que las cadenas hoteleras sí dominen el mercado y controlen a través de los turoperadores todo el precio de los paquetes turísticos? Miren, permitirlo es complicidad.
La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señora Delgado.
Por el Grupo Socialista, señora Cabrera.
La señora CABRERA NODA: Gracias, señora presidenta.
Señorías, buenas noches.
Con base a la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional en el Recurso de Inconstitucionalidad 1133/2014, y los fundamentos esgrimidos en la misma, el Gobierno de Canarias está poniendo en marcha todos los mecanismos necesarios que permitan conjugar los elementos de competencia autonómica en materia de urbanismo, ordenación del territorio y turismo, con la competencia estatal para determinar las bases de coordinación y planificación general de la actividad económica.
Recordemos que con carácter previo a la resolución que nos ocupa, el Parlamento de Canarias, a propuesta del Gobierno, ya aprobó la Ley 9/2015, de 27 de abril, que modificó parcialmente la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de Renovación y Modernización Turística de Canarias, entre otros, en los apartados a) y c) del artículo 4.2, afectados por esta sentencia.
Es decir, señorías, y tratando de simplificar mucho esta cuestión: el Tribunal Constitucional lo que viene a hacer es declarar inconstitucional un subapartado de la ley que ya habíamos modificado, y otro que ahora será suprimido, como ha adelantado la señora consejera. Luego, a contrario sensu, los 34 artículos y las 20 disposiciones restantes no conllevan vicios de inconstitucionalidad, y entonces cabe preguntarse: ¿por qué el Gobierno de España pidió inicialmente la paralización de toda la ley al Tribunal Constitucional? ¿En qué criterio fundamentaron una decisión que mandó durante tres meses al limbo jurídico las inversiones que en materia turística tenían previstas los operadores privados para Canarias? ¿Estaba el Gobierno de España haciendo un uso partidista de su potestad de formular este tipo de recursos?
Señorías, el ejercicio de la política, tanto en su vertiente legislativa como ejecutiva, requiere tener presente, a nuestro juicio, que no somos infalibles, nos podemos equivocar, y esta sentencia ha venido a confirmar que el anterior Parlamento se equivocó en la redacción del 1 % de una ley.
En cualquier caso, somos conscientes de que debemos ser extremadamente respetuosos con los hitos procedimentales que se han de llevar a cabo, y quedarnos con las palabras de la consejera con las que se nos notifica que el artículo 4.2 será modificado, eliminando el apartado c) del mismo, y eso es lo que nos tiene que importar.
Muchas gracias.
La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señora Cabrera.
El Grupo Nacionalista, señor De la Hoz.
El señor DE LA HOZ FERNÁNDEZ: Gracias, señora presidenta.
Señorías, intentaré resumir el histórico de esta historia.
Decreto 4/2001, se acuerda la formulación de las directrices de ordenación general y del turismo, y continuar con la redacción de la Ley 19/2003, de 14 de abril de dichas directrices. Fue la noche larga de la moratoria, ¿se acuerda, señor Román?, donde se presentaron muchos proyectos con miles de camas.
Luego llegó la Ley de Medidas Urgentes, de mayo de 2009, con los hoteles de cinco estrellas intentando modular la moratoria.
Y llegamos a la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de Renovación y Modernización Turística, con un objetivo claro, una filosofía que persigue esa renovación y modernización de los espacios obsoletos y degradados de nuestros espacios turísticos.
Y, finalmente, la Ley 9/2015, de modificación de la ley del 2013, donde se plantean los estándares de sostenibilidad, estándares de edificación, de gestión de residuos, de agua, etcétera.
Ya la consejera ha dicho que el Gobierno va a modificar el artículo 4.2 y eliminar el apartado c), entendiendo que el apartado a) en la modificación de la ley cumple con criterios ambientales y no económicos.
Ahora bien, señorías, ¿qué modelo queremos?, ¿cuál es la capacidad de carga que queremos o pretendemos planificar, y basada en qué? Crecer en número de camas, y en cuánto y cómo, señor Román, en cuánto y cómo. Pues bien, todos, la mayoría, pensamos que el marco debe ser la sostenibilidad, y la sostenibilidad no se puede medir o emplear con criterios solo de territorio, si caben o no caben más camas, si hay suelo calificado o no. Un modelo turístico sostenible debe tener muy presente la capacidad de carga de cada una de las islas, desde el punto de vista de la gestión de residuos, desde el punto de vista cultural y poblacional, desde el punto de vista de la necesidad de la demanda energética, agua y luz. ¿Saben sus señorías que la demanda de consumo de agua de un residente en Canarias es de 200 litros por día, y que la de un turista se duplica hasta 400 litros por día? ¿Y saben ustedes cuál es el modelo de desalación, verdad, basado en qué? Como diría un buen amigo, los turistas son chimeneas andantes.
En definitiva, señorías, señora consejera, hace bien usted al hablar y al poner el acento en indicadores de sostenibilidad de esas posibles futuras camas, porque es muy fácil decir que hay que ampliar las camas, pero hay que decir cuánto y cómo hacerlo.
Muchas gracias.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señor De la Hoz.
Grupo proponente, señor Jorge.
El señor JORGE BLANCO: Gracias, señora presidenta.
Señora consejera, usted no estaba en el mandato pasado en esta Cámara, pero, si se ha leído los diarios de sesiones, habrá visto que mi grupo parlamentario, el Partido Popular, se hartó en el mandato pasado de alertar al Gobierno y a los grupos que apoyaban al Gobierno de las posibles inconstitucionalidades de la norma que prohibía hacer hoteles de categoría inferior a los de cinco estrellas.
Mire, lo dijimos en la discusión propia de la Ley de Renovación Turística, en el año 2013; lo volvimos a decir cuando el Cabildo de Gran Canaria, en defensa de sus legítimos intereses, promovió una proposición de ley para permitir que en Canarias se pudieran edificar también hoteles de categoría inferior a cinco estrellas, proposición que por cierto el Gobierno o los grupos que apoyaban al Gobierno en aquel momento no tuvieron ni siquiera la deferencia de tomar en consideración; lo volvimos a decir otra vez cuando se discutió la norma que reformaba la Ley 2/2013, o sea, la Ley 9/2015, que modificaba esos dos aspectos claves de la Ley de Renovación; lo dijimos cuantas veces hubo iniciativas en este Parlamento a través de comparecencias, a través de proposiciones no de ley, de mociones, de comunicaciones del Gobierno, con relación a la evaluación de la renovación turística y de la aplicación de la Ley de renovación turística. Nos cansamos de decirlo, señora consejera, pero no nos hicieron caso, fue gracias a la presentación de este recurso de inconstitucionalidad cuando han quedado claras, meridianamente claras, las circunstancias o los hechos que ahora se prohíben.
La prohibición de construir nuevos hoteles de menos de cinco estrellas no se hacía por cuestiones medioambientales y de ocupación de suelo, señora consejera, sino por otras cuestiones de carácter económico para orientar la oferta, y, como usted sabe bien, eso está prohibido por la Unión Europea a través de la Directiva de liberalización de servicios y por la legislación del Estado de trasposición de la norma europea.
No nos hicieron caso en aquel momento, señora consejera, yo solo espero que, en la modificación que prevé, de acuerdo con la sentencia del Tribunal Constitucional, las cosas se hagan meridianamente bien, razonablemente bien, señora consejera.
La sentencia es muy clarificadora, por un lado analiza el evidente incumplimiento de la Directiva 123/2006, de la Ley 17/2009 de trasposición; y, por otro lado, a la vista de la nueva redacción de la Ley 9/2015 y después de su análisis, concluye también el Tribunal Constitucional que subsiste la controversia competencial trabada en el proceso, no subsiste en relación con la prohibición por la clasificación hotelera pero sí subsiste en relación con la utilización de requisitos económicos vinculados a la calificación del establecimiento para la concepción de la autorización dado que se sigue proporcionando un tratamiento diferenciado para aquellos hoteles que son de cinco estrellas o superior frente a aquellos hoteles que se pretenden construir con categorías inferiores. Los primeros no están sometidos a requisito alguno y los segundos tienen que soportar determinados requisitos aparte de la autorización exigida en la disposición transitoria segunda, la autorización del Gobierno a través del Consejo de Gobierno.
Por tanto, tenemos un escenario legal actualmente donde hoy se pueden construir hoteles de cinco estrellas o superior sin ningún tipo de requisitos y a los que son de categorías inferiores que caiga todo el peso de la ley sobre ellos. Hoy es más oneroso, en definitiva, construir un hotel de cuatro estrellas que un hotel de cinco estrellas. Se produce además la circunstancia, como usted sabe o podrá comprobar, de que un hotel de lujo consume mucho más suelo que un hotel que no es de lujo, un hotel de cinco estrellas consume más suelo, consume más jardines, consume más piscinas, más espacios comunes porque tienen que ser más holgados, las habitaciones tienen que ser más espaciosas; por tanto, no es una cuestión de consumo de suelo el argumento que se debe utilizar porque, en definitiva, con esa redacción, con la redacción que tenemos actualmente, con los de cinco estrellas, que no se exige ningún requisito, se está consumiendo más suelo que con los de menos de cinco estrellas.
Esta comparecencia, señora consejera, lo que pretende es marcar un antes y un después, que por fin se hagan las cosas bien.
De su intervención me quedo con lo último, lo último que dijo, porque de todo lo demás, en fin, no hay mucho más donde sacar. Dice usted que en virtud de la aplicabilidad o de la aplicación de la sentencia del Tribunal Constitucional van a eliminar el artículo 4.2 c), por tanto, entiendo que si ustedes eliminan ese artículo que se refiere exclusivamente a los hoteles de cinco estrellas, van a quedar subsumidos en el 4.2 a) y, por tanto, también a los hoteles de cinco estrellas se les va a tener que exigir esos criterios de coeficiencia y de mejoras ambientales, y el requisito además excepcional de autorización previa del Gobierno de Canarias, del Consejo de Gobierno, para poder construirse, o sea, a peor, porque a donde tiene que ir la modificación legislativa no solo es a respetar la sentencia del Tribunal Constitucional sino también a suprimir esos criterios extras que la Ley 9/2015 pretende respecto de los hoteles inferiores a cinco estrellas. Con lo sencillo que es, señora consejera, simplemente permitir la construcción de hoteles en aquel suelo que ya está clasificado como suelo urbano y turístico sin más limitaciones que las limitaciones de carácter territorial y urbanísticas que marcan los planes generales respectivos de los distintos municipios donde se pretende instalar el hotel.
¿Por qué añadirle nuevos requisitos, no le parecen a usted suficientes, señora consejera, los distintos reglamentos que están en vigor de estándares turísticos, donde se marcan hilo por pabilo los requisitos que tienen que tener, las dimensiones que tienen que tener, los espacios comunes que tienen que tener cada uno de los hoteles que se pretenden construir en Canarias? ¿No le parece a usted, señora consejera, requisito suficiente, por ejemplo, el código técnico de edificación, que es un código, desde el punto de vista de la construcción, muy oneroso y muy restrictivo para permitir hoteles con eficiencia energética, por ejemplo? ¿No le parecen a ustedes esos requisitos lo suficientemente restrictivos ya de por sí para tener encima que soportar los que promueven el turismo en Canarias nuevas exigencias?
Me gustaría, señora consejera, que me respondiera estas preguntas en una segunda intervención porque me parece que si algo sobra en la legislación turística en Canarias es, precisamente, demasiado intervencionismo por parte del Gobierno de Canarias.
Muchas gracias, señora presidenta.
La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Jorge.
Para cerrar el turno de esta comparecencia y concluir la sesión por hoy, la señora consejera.
La señora CONSEJERA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTES (Lorenzo Rodríguez): Señorías.
Tengo que recordar los objetivos que hemos trasladado, que ha traslado esta consejería en materia de turismo desde mis primeras intervenciones.
Dijimos que íbamos a racionalizar y simplificar la normativa, tratando de dotar de mayor seguridad jurídica, de no ser un obstáculo a la inversión y al crecimiento económico sostenible, que, a su vez, promueva la generación de empleo; y esta era una de las tareas en las que vamos a poner todos los recursos que sean necesarios. Un ejemplo de ello es que esta normativa, ya lo comenté, esta consejería lo ha comentado, era mejorable -la Ley de Renovación y Modernización Turística-. Lo dije en mis primeras intervenciones. Por tanto, este es un ejemplo de que se va a estudiar para mejorar la efectividad de esa ley sin perder que el principio que inspiró esa ley es el de promover el crecimiento de acuerdo a principios de conservación del medio ambiente y de preservación de nuestro frágil territorio de las islas Canarias. O sea, en primer lugar, recordar ese objetivo de racionalización y simplificación de la normativa. Recordarán que invité al diálogo, digamos, a todo el sector privado, al sector turístico, el sector privado, el sector público, diálogo entre empresarios, diálogo entre sindicatos, diálogo entre las tres administraciones, para buscar el consenso necesario para poder definir, redefinir, el pacto por el turismo, y además, en ese seno de ese diálogo, poder definir lo que será el futuro plan estratégico del turismo para Canarias. Recuerdo esa comparecencia para reiterar la necesidad de seguir trabajando en busca de ese consenso entre todas las fuerzas políticas aquí representadas, a las que invito nuevamente a hacer propuestas para redefinir ese pacto por el turismo y, como les digo, valorar qué modelo de crecimiento económico para el turismo queremos para Canarias para los próximos años.
Con respecto a la normativa, que nos trae esta comparecencia que hoy me piden, ya manifesté en mi primera intervención que, como no podía ser de otra forma, si tiene visos de inconstitucionalidad y, evidentemente, vamos a acatar lo que dice el tribunal. Y lo que nos piden ustedes, señorías, por supuesto, es agilidad. Tenemos a la consejería trabajando al máximo rendimiento en este aspecto para definir esos criterios que se han establecido en la Ley de Modernización y Renovación, que se deben cumplir para poder autorizar la construcción de nuevos hoteles, y mi compromiso es traer un borrador en el primer trimestre del 2016. Como digo, estamos poniendo todos los recursos humanos necesarios para poder ser ágiles y dar una respuesta para que no sea un freno o sea un impedimento a la inversión nueva que se pueda generar.
Por último, añadir a las últimas palabras del señor Jorge, que invita a que este Gobierno prácticamente suprima cualquier criterio que tenga relación con la finalidad de esta ley, que es la preservación del territorio, de su medio ambiente, de acuerdo a la fragilidad que convendrá conmigo tienen las islas Canarias, pues no compartimos ese criterio de solamente vincular esa nueva construcción a criterios simplemente urbanísticos. Entendemos que, en todo momento, deben existir criterios que hagan referencia a nuestro medio ambiente; por tanto, reitero mis palabras de que les invitamos al diálogo necesario, a las propuestas que todos los grupos nos puedan hacer, para buscar la fórmula de promover inversión que genere empleo, es decir, crecimiento, con sostenibilidad; invitamos al diálogo a todas las fuerzas políticas aquí representadas para buscar ese crecimiento, para promover ese crecimiento, pero siempre teniendo en cuenta que queremos un crecimiento sostenible, y, por tanto, necesitamos esos criterios que hagan referencia a la conservación de nuestro medio ambiente.
Nada más. Muchas gracias.
La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señora consejera.
Señorías, damos por finalizada la sesión de hoy. Gracias a todos y a todas por el trabajo. Mañana reanudamos a las nueve de la mañana.
Muchas gracias.
(Se suspende la sesión a las veintiuna horas).