Diario de Sesiones 158, de fecha 24/2/2015
Punto 25

8L/C-1820 COMPARECENCIA DEL GOBIERNO -VICEPRESIDENTE DEL GOBIERNO Y CONSEJERO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES Y SOSTENIBILIDAD-, INSTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO NACIONALISTA CANARIO (CC-PNC-CCN), SOBRE LOS ARTÍCULOS DE LA LEY CANARIA DE EDUCACIÓN SOBRE LOS QUE EL GOBIERNO DE ESPAÑA HA PRESENTADO OBJECIONES.

El señor VICEPRESIDENTE PRIMERO (Cruz Hernández): Habiendo acabado el orden del día en relación con las preguntas, pasamos al segundo punto del orden del día: comparecencias. Comparecencia del Gobierno, del señor vicepresidente del Gobierno y consejero de Educación, Universidades y Sostenibilidad, instada por el Grupo Nacionalista Canario, sobre los artículos de la Ley Canaria de Educación sobre los que el Gobierno de España ha presentado objeciones.

Don Nicolás, por tiempo de cinco minutos, tiene usted la palabra.

El señor GUTIÉRREZ ORAMAS: Gracias, señor presidente. Buenos días, buenos días, señor vicepresidente y consejero de Educación, Universidades y Sostenibilidad.

Señorías, el pasado 1 de septiembre de 2014 entraba en vigor la Ley Canaria de Educación no Universitaria. Les recuerdo que la misma fue debatida en pleno de este Parlamento el día 9 de julio de 2014 y publicada en el Boletín Oficial del Parlamento de Canarias de fecha 17 de julio de 2014. Comenzaba su andadura esta iniciativa al ser presentada en el Registro de Entrada de este Parlamento el viernes, día 9 de julio de 2010, y tenía su fundamento en una proposición de ley de iniciativa popular avalada por 36.070 firmas, presentadas por la comisión promotora de esta iniciativa ciudadana, y que una vez depuradas por los servicios jurídicos de esta Cámara se quedaron en 29.379, un número mucho mayor del que era necesario para la presentación de la iniciativa.

Para no cansarlos, al ser un tema ya debatido en esta Cámara, les recuerdo y pongo en valor nuevamente hoy aquí la constitución de la subcomisión creada en el seno de este Parlamento para estudiar la situación de la educación en las islas, por la cual pasaron más de cincuenta comparecientes. Sus aportaciones las aprovechamos no solo para redactar el dictamen presentado en este Parlamento sino que sirvieron de apoyo a la hora de presentar enmiendas al articulado de la nueva ley. Pero es que además contó con otras aportaciones, como fue el documento base del Consejo Escolar de Canarias para un pacto por la educación; o el informe del mismo Consejo Escolar de Canarias sobre la iniciativa de ley popular, o también las aportaciones realizadas por distintos sectores educativos, sin olvidar el apoyo prestado por tres de los grupos con representación en esta Cámara: el Grupo Mixto, el Grupo Socialista Canario y el Grupo Nacionalista.

Como vemos, señorías, una ley que contó con el respaldo de la mayoría de la comunidad educativa, asociaciones, federaciones de padres y madres, sindicatos, etcétera, etcétera.

Una ley a la que el pasado mes de octubre puso reparos el Estado, mostrando su discrepancia a distintos artículos de la misma. La prensa de los días 1 y 2 de noviembre se hacía eco de este hecho con titulares como -entre comillas- "Madrid recurre la Ley Canaria de Educación ante el Constitucional", entrecomillo, "Madrid carga contra la ley de educación" o, por último, "el Estado inicia el proceso para recurrir la ley educativa". Como muestra, creo que valen estos titulares. Pero también usted, señor vicepresidente, manifestó esos días que los argumentos apuntados por el Gobierno central contra la ley canaria eran inconsistentes y que esta actuación parecía más una estrategia de revancha contra el Ejecutivo canario por haber recurrido la Lomce, una ley hecha a espaldas de toda la sociedad. Les recuerdo que esta última ley, la Lomce, nace solo con el apoyo del Partido Popular y el rechazo generalizado de las comunidades educativas -consejos escolares, asociaciones, federaciones y confederaciones de Ampa, sindicatos de profesorado y del estudiantado- y del resto de grupos del arco parlamentario.

A mi grupo también le ha sorprendido el reparo puesto por el Gobierno español a nuestra Ley Canaria de Educación no Universitaria. Y nos sorprende porque es una ley que tiene como objetivo, como bien se había señalado en esas intervenciones públicas que había tenido usted, preservar la equidad del sistema educativo canario y que tenía como fundamento las disposiciones de otras experiencias desarrolladas en el entorno de las comunidades autónomas del Gobierno español.

Pero, señorías, es que también se han introducido acciones encaminadas a suavizar los efectos negativos de la Lomce entre nuestro alumnado, y eso parece que también es un motivo de discrepancia. Me estoy refiriendo a aquellas acciones que contempla Ley Canaria de Educación, que son unas aportaciones de esta comunidad y que, por lo tanto, lo que hacen es favorecer a nuestros estudiantes.

Por todo lo expuesto anteriormente es por lo que mi grupo le ha solicitado esta comparecencia, para que dé cuenta ante esta Cámara de los artículos de la Ley Canaria de Educación sobre los que el Estado ha presentado objeciones u observaciones.

Muchas gracias, señor presidente.

El señor VICEPRESIDENTE PRIMERO (Cruz Hernández): Gracias, señor diputado.

Por parte del Gobierno, el señor vicepresidente y consejero de Educación, don José Miguel Pérez, por tiempo de diez minutos tiene usted la palabra.

El señor VICEPRESIDENTE DEL GOBIERNO Y CONSEJERO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES Y SOSTENIBILIDAD (Pérez García): Gracias, señor presidente. Señorías.

El próximo jueves, 26 de febrero, va a celebrarse la primera reunión de la comisión que va a intentar conciliar el recurso que anuncia el Gobierno de España a la Ley Canaria de Educación con el articulado de esta Ley Canaria de Educación. Confío en que podamos ahí no solamente explicar sino convencer de las bondades que tiene este articulado y que ahora explicaré, al igual que el contenido de la discrepancia que se nos ha presentado. Efectivamente, el 28 de octubre del pasado año se nos hizo llegar al Gobierno de Canarias la notificación del secretario de Estado de Administraciones Públicas de la convocatoria de esta Comisión de Seguimiento de Disposiciones y Actos de las Comunidades Autónomas, al objeto de poner en marcha el cauce previsto en la ley del Tribunal Constitucional para tratar de buscar una solución previa al recurso de inconstitucionalidad.

Nosotros estamos convencidos como Gobierno de que este Parlamento actuó respetando escrupulosamente la normativa básica del Estado, que en ningún caso contradice la ley canaria, pero sí hay un principio que vamos a sostener, a diferencia de lo que entiende en este asunto el actual Gobierno: para nosotros la ley básica es básica, obligatoria en cuanto a su cumplimiento, pero no es necesariamente suficiente, y ahí está el núcleo medular de la discrepancia. El actual Gobierno de España sostiene que la actual norma educativa no solamente es básica y obligatoria sino que debe ser lo único suficiente. Si el resto de los gobiernos anteriores, de todo signo, en España hubiesen tenido en cuenta esa situación, nos hubiésemos encontrado con que ninguna de las leyes autonómicas en materia educativa que se han desarrollado en distintas comunidades autónomas hubiese podido ser llevada a cabo.

Por tanto, este es el fondo de lo que se está planteando en estos momentos, desde nuestro punto de vista, a la vista también del contenido de los puntos en que se manifiesta por parte del Gobierno de España la correspondiente discrepancia. Así lo vemos y lo entendemos, por ejemplo, cuando desarrollamos lo siguiente. Hablo de un punto, de un artículo, que en sus puntos 6 y 7 está cuestionado por el Gobierno de España. Voy a leer, a título de ejemplo, la redacción que da la ley canaria al desarrollo del currículum de la enseñanza infantil. Dice la ley canaria: "El Gobierno de Canarias debe determinar el currículo de la educación infantil, de forma que permita al centro educativo un amplio margen de autonomía pedagógica para posibilitar que la primera enseñanza esté de acuerdo con el proyecto educativo del centro y se adapte al entorno. El currículo debe ayudar al alumnado a desarrollar las capacidades que le permiten identificarse como personas con seguridad y bienestar emocional, vivir relaciones afectivas consigo mismo y con los otros, conocer e interpretar el entorno, desarrollar habilidades de comunicación, expresión y comprensión a través de los lenguajes, adquirir instrumentos de aprendizaje y desarrollar progresivamente la autonomía personal, y realizar, asimismo, una primera aproximación a una lengua extranjera". El siguiente punto: "El Gobierno de Canarias debe establecer las características de los centros que imparten esta etapa educativa y debe determinar los requisitos exigibles a las instalaciones de los centros...", etcétera.

¿Cuál es la objeción que se pone por parte del ministerio? La objeción por parte del ministerio es que reserva competencia a favor del Estado, reserva competencia a favor del Estado la regulación del segundo ciclo de Educación Infantil. Nadie lo cuestiona, nadie lo cuestiona, pero habrá que entender y explicar que lo que acabo de leer cuestiona esta normativa básica. No es algo que venga a cubrir la insuficiencia que en su día, lógicamente, dejó la normativa básica para que cada autonomía, cada comunidad autónoma, adaptara a su propia realidad específica, a su propio contexto, el desarrollo curricular que, insisto, recoge la normativa básica.

Podríamos comentar otros ejemplos. Un caso es el relativo a la discrepancia que se nos hace llegar acerca de las posibilidades de regular el sueldo del profesorado en Canarias. Efectivamente, hay una regulación básica que se respeta, pero todas y cada una de las comunidades autónomas, salvo Canarias, para el profesorado de la enseñanza no universitaria tienen regulados unos complementos, a modo de incentivo, que son objeto de regulación exclusiva por parte de cada comunidad autónoma. Si nosotros, precisamente, abrimos esa posibilidad desde el punto de vista normativo es para que en su día, y en su caso, si esta comunidad lo estima conveniente, pueda hacer algo similar a lo que tienen todas las comunidades autónomas, insisto, salvo Canarias. Si se nos suspendiera esta atribución, habrá que suspender la misma atribución que tienen hasta ahora todas y cada una de las comunidades autónomas. Piensen que en todas y cada una de estas comunidades autónomas existe una figura, que se denomina "sexenio", para la retribución del profesorado, y que tiene su regulación peculiar en cada una de las comunidades, con algún lío considerable que ahora, por cierto, se pondrá de manifiesto, aunque esto no es objeto de esta comparecencia.

Otro elemento de discrepancia también importante de los diecisiete puntos que hay en el articulado, y lo expongo a título de ejemplo, es el relativo a la colaboración que en los centros pueden prestar las profesoras y profesores jubilados. Bueno, hay un temor de que exista ahí una relación contractual que pueda atentar contra la legislación básica que regula la situación del personal jubilado. ¿Cómo piensan ustedes que eso va a suceder o cómo piensan ustedes que esta ley da amparo a poder vulnerar la situación actual de las prestaciones contractuales? Estamos hablando de una contraprestación voluntaria que, en cualquier caso, cualquier centro podrá utilizar de forma positiva para aquellas personas que, como, por cierto, se viene haciendo ya, deseen colaborar en distintas actividades en los centros.

En fin, estamos, por tanto, ante una serie de circunstancias, por ejemplo, en el caso de la Formación Profesional, las que tienen que ver con las exceptuaciones que se hacen a las modalidades de atención a las personas que tienen algún tipo de discapacidad o en el caso también del esfuerzo que se viene intentando hacer en Canarias, como supongo que en otras comunidades, para que las enseñanzas de formación de grado superior y las titulaciones universitarias puedan tener las equivalencias correspondientes en algún caso y estos créditos puedan ser en su momento convalidados, en la doble dirección; procedimiento que está en marcha y que siempre respetará los procedimientos que regulan las titulaciones de las carreras universitarias, como no puede ser de otra manera. (El señor presidente regresa a su lugar en la Mesa).

Por tanto, en nuestra opinión, aquí se ha puesto el acento en algo que tiene mucho que ver, seguramente, con el disgusto por que se haya aprobado, como se ha aprobado aquí, una ley autonómica, que no es la única que figura en las comunidades autónomas españolas pero que, en nuestra opinión, tiene el problema de que se hizo después de la Lomce.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, don José Miguel Pérez, señor vicepresidente del Gobierno.

Los grupos no solicitantes de la comparecencia, don Pedro Justo tiene la palabra.

El señor JUSTO BRITO (Desde su escaño): Gracias, señor presidente.

El Grupo Mixto ha apoyado desde su inicio la Ley Canaria de Educación no Universitaria. Nosotros hemos visto los artículos que están, digamos, en cuestión. Estamos hablando del 29, del 30, del 31, del 63, del 64, del 68 y de dos disposiciones adicionales. Algunos tienen que ver con la parte curricular, otros tienen que ver con, digamos, factores más vinculados a la cuestión laboral, bien porque sea de formación del profesorado o del desarrollo de la función pública, la estabilidad laboral o el sistema retributivo.

Nosotros tenemos claro que esta ley es una ley fundamental, porque es una ley que está hecha bajo unos criterios progresistas que disienten enormemente de la ley que rige a nivel del Estado, que tiene unos criterios que nosotros no compartimos.

Nosotros, obviamente, partíamos de la hipótesis -y por eso se apoyó la ley- de que la ley cumplía la legislación vigente sin ningún tipo de problemas. Si se ve que no se cumple, yo espero que en la comisión esa paritaria o bipartita que hay entre los dos gobiernos se resuelvan las discrepancias y quede el tema claro y que no se llegue a un tema de que el Gobierno central presente un recurso de inconstitucionalidad, que pararía la ley.

Nosotros, en cualquier caso, vamos a apoyar la labor del Gobierno, porque está defendiendo la ley que nosotros hemos planteado y los criterios que están detrás de esa ley. Y en ese sentido simplemente mostrarle nuestro apoyo al Gobierno en esta tarea, considerar que sería preferible que se resolviese en la comisión entre ambos gobiernos las discrepancias que haya para que no se llegue -digamos- al elemento más traumático, que sería la presentación del recurso de inconstitucionalidad. Pero, en cualquier caso, que sepa el Gobierno y el consejero que cuenta con nuestro apoyo.

Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, don Pedro Justo.

Por el Grupo Parlamentario Socialista Canario, doña Rita Gómez Castro.

La señora GÓMEZ CASTRO (Desde su escaño): Gracias, señor presidente.

En el día de hoy el Grupo Parlamentario Socialista no ve ese escenario en que el Gobierno central, pues, mande al Tribunal Constitucional y paralice la Ley Canaria de Educación. Y no lo ve porque apelamos y tenemos la esperanza de que en esa reunión que van a mantener el jueves los dos gobiernos exista la cordura, la responsabilidad y la coherencia y sobre todo que el Gobierno central esté dispuesto a escuchar las explicaciones del Gobierno autonómico, de la Consejería de Educación. ¿Por qué?, porque son realmente cuestiones que han gozado de la unanimidad política, social y sindical en esta tierra, en Canarias, haya gobernado quien haya gobernado, y son reivindicaciones que todas las fuerzas políticas que hoy estamos presentes aquí, los sindicatos y toda la comunidad educativa han reivindicado a lo largo de los años.

Por lo tanto, yo creo que lo único que está esperando el Partido Popular, el Gobierno central, es escuchar esa explicación, porque es una norma que fue aprobada en este Parlamento, con un previo consenso social, con más de treinta y cinco mil firmas, y es una norma que está ajustada a la ley, que ha puesto el hincapié, que ha puesto el punto, que ha puesto el acento en unas cuestiones. Puede ser que la Lomce no la haya pasado, pero por esa diferencia no creo que un Gobierno con responsabilidad sea capaz de paralizar una ley que nace de la sociedad canaria y que se aprobó en este Parlamento.

Yo quiero recordar los puntos precisamente que objeta, en que pone objeción el Partido Popular, porque son puntos importantes y porque son puntos que día a día, en esta sede parlamentaria, escuchamos a los representantes del Partido Popular reivindicar y que se pongan en marcha. Estamos hablando de educación infantil, estamos hablando de la estabilidad de interinos e interinas de más de 55 años, algo que precisamente se está negociando en mesa sectorial, estamos hablando de las adaptaciones curriculares para personas con discapacidad. Si asistimos a la subcomisión de estudio de la discapacidad, vemos como es una reivindicación de todos los colectivos, y estamos hablando de la negociación sobre el sistema retributivo de los docentes.

Escuchando estos puntos, que son solamente unos ejemplos de esos diecisiete puntos que objeta el PP, le queda muy difícil al Partido Popular en Canarias y le queda muy difícil sobre todo al Gobierno central buscar argumentos para echar abajo, para frenar esta ley canaria, sobre todo por las explicaciones que ha dado el consejero: se están dando en otras comunidades. Si eso lo consideran como lo consideran, previo a las objeciones que habían presentado a Canarias tendrían que estar denunciando, en el resto de las comunidades de España, lo mismo que en Canarias se plasma en la Ley Canaria de Educación.

Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, doña Rita Gómez Castro.

Por el Grupo Parlamentario Popular, doña María Isabel Oñate.

La señora OÑATE MUÑOZ (Desde su escaño): Gracias, señor presidente.

Decirles a los portavoces que me han precedido en el uso de la palabra, a don Nicolás, que el mantra este de que la Lomce ha sido aprobada por una minoría, pues, no es verdad: en el Congreso de los Diputados fue aprobada por 183 votos y la LOE por 182, aparte de todos los que pasaron por el Consejo de Estado que apoyaron esta ley. Y ya está bien de ese mantra de que estamos solos, porque no es verdad. La mayoría de la población está a favor y los estudios de la OCDE acaban de dar un espaldarazo a la Lomce, porque trata todos los problemas que tiene que erradicar España en el sistema educativo.

Decirle también a la diputada del Partido Socialista que estamos hablando de, estamos hablando de y estamos hablando de. Pues usted puede hablar de lo que le dé la gana, doña Rita, ¡de lo que le dé la gana!; ahora, una ley es algo riguroso que tiene que ser contextualizado.

Y es verdad que seguramente llegarán a un acuerdo y yo me alegraré mucho, pero es verdad que la ley canaria, como era una copia de la Lomce y no querían que se notara que era una copia de la Lomce, empezaron a retorcer las palabras y dejaron los textos de una manera tan ambigua que no se puede mantener. Y eso es lo que ha pasado con la Ley Canaria de Educación, que han copiado la Lomce en todo: en los diagnósticos precoces, en la diversidad, en que los centros tengan autonomía... ¡Lo han copiado tal cual, lo han fusilado!, pero lo han fusilado mal, porque han puesto unos textos... Mire, le voy a poner solamente un ejemplo, evaluación de diagnóstico: "El Gobierno de Canarias, teniendo en cuenta la normativa básica del Estado -porque ustedes saben muy bien cuál es la normativa-, regulará la realización de las diferentes evaluaciones de diagnóstico; en todo caso, se realizará una evaluación de diagnóstico al finalizar la etapa primaria y otra al finalizar la etapa secundaria. Los resultados de estas evaluaciones serán públicos y no podrán estar referidos a ningún centro". ¿Qué pasa?: que usted mezcla ahí lo que es competencia del Estado y no dice claramente que la evaluación final de Primaria y de Secundaria es competencia del Gobierno. En cambio, la de 3.º de Primaria, la de diagnóstico precoz, para ver cómo van, que no tiene ningún resultado en el currículum del alumno, es competencia de la Administración local. Y eso es así, pero ustedes lo ponen en una línea y a continuación dan a entender como que ustedes hacen también la evaluación final.

Por lo tanto, yo creo que lo que les va a decir el Estado es que se centren y que limiten bien, porque ustedes saben perfectamente lo que es competencia del Gobierno, y lo que hace el sistema de la Lomce, el sistema educativo, es que tiene que darse la garantía de que unos conocimientos básicos son para toda España iguales y a partir de ahí ustedes pueden, en las de libre autonomía o las específicas, complementar los temarios como a ustedes les parezca bien. Y en muchas cosas tendrán que estar de acuerdo para hacerlo conjuntamente con el Gobierno. Esto es un sistema que mejora muchísimo el sistema educativo, por mucho que ustedes se aferren. Porque no han tenido sino dos cosas durante la legislatura: el petróleo y la Lomce. Son las dos únicas cosas a las que se han agarrado, no han tenido más. Y, por lo tanto, querer quedarse en un inmovilismo cuando se demuestra que está mejorando...

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, doña Isabel Oñate.

Por el grupo solicitante de la comparecencia, don Nicolás Gutiérrez.

El señor GUTIÉRREZ ORAMAS: Gracias, señor presidente.

En primer lugar, rectificar, si es cierto que dije que el Partido Popular, que creo que no lo dije, que estaba solo. No, no están solos, están arropados por esa mayoría absoluta, que no ciudadana, porque recuerden ustedes, recuerden ustedes, recuerden ustedes las movilizaciones en la calle con motivo de la aprobación de la Lomce. Parece que la memoria cuando se quiere se recuerda y cuando no, no. Recuerden los ríos de tinta y la prensa, cómo significaba los movimientos en contra del ministro Wert y de su ministerio y de ustedes, el Partido Popular.

Pero, otra cosa, señoría: si es un copia y pega lo que hicimos los tres grupos parlamentarios aquí, en este Parlamento, ¿cómo es que ustedes le ponen reparos? (Comentarios desde los escaños). Es que tenemos que ser malos si realmente cortamos y pegamos y encima dicen ustedes que no lo aprueban, pero, bueno.

Voy a continuar con mi intervención, que es a lo que hemos venido y no a los enfrentamientos con usted, con su partido, con su ministro y con su ministerio.

Señor vicepresidente, ha señalado usted, como hemos podido tener todos, en su intervención aquellos artículos en que le pedíamos nosotros que clarificara cuáles eran los que había presentado estas objeciones. De sus palabras se desprende que los argumentos que justifican las objeciones tienen muy poca consistencia y, como se ha señalado tanto en su intervención como en la mía, parece más una decisión tomada en contra del acuerdo tomado en este Parlamento, por la sociedad y por los tres grupos, de los cuatro que tienen representación en este Parlamento, que una medida realmente contraria a lo que pueda decir o pueda significar esta ley.

He señalado en numerosas ocasiones desde esta tribuna que el problema de la educación en España es de leyes precisamente, de la gran cantidad de leyes que hemos tenido, que muchas de ellas se han puesto en marcha y no hemos tenido tiempo ni posibilidad de evaluarlas, habiendo sido derogadas antes de esa evaluación.

Desde Canarias hemos redactado y aprobado, le pese a quien le pese, una ley que, según comenté en mi primera intervención, contó con una base muy importante, social y de las comunidades educativas de esta tierra, de esta nuestra tierra. Les recuerdo también cómo nace -ya lo había hecho en mi primera intervención-: a través de una iniciativa popular con treinta y pico mil firmas y que significaba un aumento mucho mayor del que era necesario.

Carezco de datos sobre si realmente el Estado español ha puesto objeciones al resto de las leyes autonómicas, como ha ocurrido con nuestra ley. Durante estos meses, he realizado una comparativa entre los reparos propuestos por el Estado al articulado de la Lomce...; he estudiado la Lomce, he estudiado lo que yo llamo la LOE consolidada, que son aquellos artículos de la LOE que se mantienen vigentes añadiéndoles lo que cambia el articulado de la Lomce, y he estado analizando también leyes como la de Extremadura, la de Andalucía, la del País Vaco o Cataluña, y créame, sinceramente, que no he encontrado graves discrepancias que hagan necesario llevar esta ley, como parece que se amenaza, al Constitucional. Una ley con sus particularidades, sí, como no podía ser de otra forma, pero, como he señalado en la primera intervención, con el fin de proteger el fin último, proteger a nuestro alumnado de los efectos negativos que iba a tener la implantación de la Lomce en nuestra comunidad.

Podría hablarle, igual que hizo el señor consejero, de artículos concretos de esta ley que han sido puestos en entredicho por parte del Estado. En el tema de la educación infantil, cuando dice: "el Gobierno de Canarias debe determinar el currículum de la educación infantil", y sigue desarrollando una serie de acciones que nosotros habíamos puesto en esta ley. Pero es que se significa, se dice, por ejemplo, en la ley de Extremadura: "La administración educativa determinará el currículum, en el marco de la normativa básica estatal, y los centros lo concretarán en el ejercicio de autonomía pedagógica". ¿Qué gravedad existe en lo que está diciendo nuestra ley y lo que dice otra ley autonómica, como es la ley de Extremadura, como para llevarnos y amenazarnos con que nos van a llevar a los tribunales? O también que el Gobierno de Canarias establecerá las características de los centros que imparten esta etapa educativa, cuando nos referimos a educación infantil, cuando la ley de Extremadura dice: "La Junta de Extremadura definirá los contenidos educativos del primer ciclo de Educación Infantil y regulará los requisitos que deberán cumplir los centros que impartan dicho ciclo"; o sea, ¡es una diferencia enorme como para esta perfecta amenaza!

Podría seguir de verdad analizando muchos, pero me voy a centrar en dos en los que el señor consejero hizo también hincapié. Uno de ellos porque fue a propuesta de mi grupo, a través de una proposición no de ley, como es la participación del personal jubilado o prejubilado en los centros educativos y que parece ser que el Estado entiende... "Este precepto resulta controvertido por cuanto el personal jubilado ya no tiene naturaleza de funcionario y, en principio, el cobro de la pensión no es compatible en ningún caso con el ejercicio de actividades públicas retribuidas". ¡Pero, por favor!, si es que nosotros... En la proposición no de ley e incluso en nuestra ley dice que no puede llevar asignada ninguna retribución, que simplemente se trata del voluntariado, para aprovechar la gran cantidad de conocimientos que han ido acaparando estas personas a lo largo de los años.

Otro tema también, una vieja demanda de los sindicatos de esta tierra en relación con los sexenios y en relación con la necesidad de que se les reconozcan esos porcentajes en el sueldo al profesorado. Creemos que es una innovación que se pone aquí, pero creo que no contradice en ningún sentido ni la Lomce ni los presupuestos estatales. Creemos que es fundamental, por lo tanto, aclarar cómo ha sido la situación.

Decir que realmente estamos ante una ley que nosotros seguimos defendiendo, igual que señalaba el compañero del Grupo Mixto o señalaba la compañera Rita Gómez. Personas que, junto a Carmen Hernández, a la que hago un reconocimiento aquí también porque nunca nos cansaremos de que se han dado unas circunstancias para que esta ley saliese hacia adelante. Es cierto que salió casi al mismo tiempo que la ley y que, bueno, puede necesitar algún reajuste, que yo espero que en esa comisión a la que se va a asistir el próximo día 26, pues, seamos capaces de limar. Pero, señores, señorías, estar haciéndonos ver que nuestra ley, la Ley Canaria de Educación, está incumpliendo un documento estatal, como puede ser la ley de educación estatal, la Lomce, desde luego nosotros no nos lo creemos y creo que la mayoría de la ciudadanía tampoco.

Por lo tanto, creo que esta comparecencia ha servido para aclarar cuál es el motivo principal o entender cuál es el principio fundamental que rige esta denuncia que se ha hecho, por decirlo de alguna forma, entre comillas, y que no es otra que nosotros hemos conseguido una ley consensuada, hemos conseguido una ley dentro de este arco parlamentario de tres grupos, de tres importantes grupos, y que, por lo tanto, creemos que merece el esfuerzo que se vaya a hacer en esa comisión para que se pueda aclarar y nos den la razón.

Muchas gracias. Muy amables.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, don Nicolás.

El señor vicepresidente del Gobierno, don José Miguel Pérez.

El señor VICEPRESIDENTE DEL GOBIERNO Y CONSEJERO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES Y SOSTENIBILIDAD (Pérez García): Gracias, señor presidente.

Bien. Poco margen me queda para seguir sosteniendo en esta comparecencia lo que dije en la primera intervención.

Estoy convencido de que solo el prejuicio de la lectura del articulado de la ley canaria justifica la intención que ha puesto en funcionamiento el Gobierno de España de recurrir esta ley. Y digo solo el prejuicio porque, como bien se ha señalado aquí, se ha hecho notar, hay competencias autonómicas que recogemos nosotros, que están recogidas desde hace años en otras leyes, y que si fuesen inconstitucionales o ya las habrían recurrido o, por cierto, podrían haberlas recurrido antes de la nuestra, porque son anteriores a la nuestra.

En cualquier caso, el Gobierno de Canarias, como siempre, va a esta comisión de conciliación, irá con la mejor disponibilidad, en el bien entendido de que lo que haya que aclarar aclarado será.

Y cuando hablo de prejuicios, pues, antes ponía algún ejemplo. ¿Alguien puede pensar que nosotros regularemos un salario del personal docente en su estructura básica de forma diferente a lo que se hace para el conjunto de España? No, no. ¿Cuál es el problema entonces?, ¿qué miedo hay?, ¿qué recelo hay? Si este artículo sale del texto, tendrán, digo yo, que eliminarse todos los incentivos autonómicos que se están abonando en todas las comunidades autónomas al profesorado, porque, si no, ya me dirán.

En el caso, por supuesto, de lo que se ha dicho, del personal jubilado, ¿quién puede pensar que el texto canario plantea la posibilidad de remuneración, contradictoria con la situación de jubilación y con las percepciones de prestaciones de personal jubilado que se tienen? ¿No es bueno amparar en una ley algo que nos parece esencial -y lo digo por aclararlo desde aquí-, y es que la presencia en los centros de personas que no son los trabajadores directos de los mismos pueda quedar amparada para mayor garantía, en las condiciones en que se plantean en nuestra ley, en lugar de estar evitando, tener que evitar luego otro tipo de interpretaciones? Yo creo que este fue el tenor con que se planteó este artículo de manera concreta.

Y, por supuesto, en el conjunto de las cuestiones competenciales que se plantean de cara al desarrollo curricular o al desarrollo de las evaluaciones de diagnóstico que pueden hacerse en estas comunidades, en las comunidades autónomas, incluso en los desarrollos reglamentarios que es preciso hacer en algunas de las evaluaciones que la propia Lomce ha previsto y deben llevarse a cabo por parte de las comunidades autónomas, ¿cómo es posible que eso no se pueda establecer normativamente? ¿Cómo lo haríamos entonces? ¿Cómo se puede hacer entonces? La mayor seguridad, lógicamente, es darle esta forma legal.

Y, para concluir, insisto, aquí el problema de fondo está en que hay quien concibe el Gobierno de España y las leyes básicas como leyes únicas, porque no creen en el Estado de las autonomías en el fondo, porque entienden que la única regulación posible, por ejemplo, en materia educativa, es la legislación básica, no sirve la regulación autonómica. Pero eso se da de bruces con lo que han hecho todas las comunidades autónomas en España, gobernadas por un signo, gobernadas por otro signo. Ahora, que tengamos un Gobierno que plantea hoy otras cuestiones y otros retrocesos y otras recentralizaciones es otra historia. O lo que es lo mismo: allí donde no hay regulación suficiente, allí donde hay que adaptar regulación a cada comunidad autónoma, la propia legislación básica establece la facultad a las comunidades para hacerlo, y por eso esta ley se ha hecho. Se ha hecho, además, de una manera sustancialmente distinta a como se ha hecho la actual Lomce, sin acuerdo, sin consenso, sin intentar llegar a ningún mínimo acuerdo. No ya con el resto del arco parlamentario, que no lo han obtenido; el resto del arco parlamentario les recuerdo que ha tenido que firmar un documento diciendo que, en cuanto desaparezca el PP del Gobierno, cambia la norma educativa. Y espero que la que la suceda sea una norma que tenga el consenso mayoritario y, si no, que no haya cambio. Que cuente con el consenso mayoritario. Yo creo que esto va a ser así.

Y, finalmente, insisto y reitero, vamos a ir, lógicamente, a intentar convencer, pero con la absoluta firmeza de que lo que ha hecho este Parlamento es lógicamente lo mejor que tenía que haber hecho: sostener por primera vez una ley autonómica en materia educativa, sostenerla adaptada a la realidad canaria, sostenerla desde el acuerdo y el consenso de los que viene precedida.

Y, por cierto, a la afirmación de que esta ley es igual que la Lomce, ya se lo dije una vez, señora representante del Partido Popular: esto se parece como un huevo a una castaña a la Lomce, a la Lomce. Es tan verdad, tan verdad, eso, la afirmación que usted hace, como que, gracias a la Lomce, baja el abandono escolar temprano, en toda España, fíjense. La Lomce acaba de entrar en vigor este curso en 1.º, 3.º y 5.º de Primaria y en la FP básica: ¿qué tiene que ver eso con el abandono escolar temprano?, ¿wn qué redunda eso en las cifras de abandono escolar temprano? Qué falacia, para demostrar lo que es indemostrable. Es que esa ley, esa otra ley, sí que tiene fecha de caducidad.

(La señora Oñate Muñoz solicita la palabra.)

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, don José Miguel Pérez, señor vicepresidente del Gobierno.

Sí, dígame, doña Maribel. Dígame.

La señora OÑATE MUÑOZ (Desde su escaño): (Sin micrófono.)

El señor PRESIDENTE: Por haber sido contradicha tiene un minuto.

La señora OÑATE MUÑOZ (Desde su escaño): ... que se compare la ley canaria con la ley extremeña, pero no se salte la frase más importante, porque si estamos en un Parlamento no estamos en un mercado. O sea, la frase más importante, que sí tiene la ley extremeña y no tiene la ley canaria, y por lo cual es recurrido este artículo, usted se la saltó. Y no es lo mismo un texto que otro, no es igual; en la ley canaria dice que la educación infantil, el Gobierno de Canarias debe determinar el currículum de la educación infantil de forma que permita al centro educativo un amplio margen de autonomía pedagógica; y la extremeña dice: el Gobierno de Extremadura debe determinar el currículum de la educación infantil, de acuerdo con la normativa básica del Estado -coma-, que es la frase que falta en la canaria. Por eso, por eso, como no está regulado de acuerdo con la ley, es por lo que van a discutir en esa comisión y que seguramente, corrigiendo esos estilos donde no aparece el Estado, quedará perfectamente. Por lo tanto, no es una lucha contra el Gobierno canario. No es verdad. Es que la ley tiene que ser rigurosa y por eso mismo...

El señor PRESIDENTE: Señor vicepresidente, ¿desea hacer uso de la palabra?

(El señor Gutiérrez Oramas solicita la palabra.)

Don Nicolás, ah. Don Nicolás, tiene un minuto.

El señor GUTIÉRREZ ORAMAS (Desde su escaño): Gracias, señor presidente.

Mire, señora Oñate, evidentemente, no he leído todo; usted se ha centrado en un apartado concreto y que evidentemente -lo acaba de decir en voz alta mi compañera-, que cuando se inicia, se hace la exposición de motivos, se contempla y, como no puede ser de otra forma, que la normativa básica es fundamental y es el eje. Lo que no puede usted pretender es para qué o por qué el resto de las comunidades autónomas tienen todas su ley de educación y a usted le molesta que nosotros la tengamos. A usted y a su grupo les molesta que hayamos hecho una ley que ha salido con el consenso de todos.

El señor PRESIDENTE: Señorías, suspendemos la sesión hasta las cinco de la tarde. Hasta las cinco de la tarde suspendemos la sesión.

Muchas gracias. Hasta luego.

(Se suspende la sesión a las catorce horas y cincuenta y dos minutos.)

(Se reanuda la sesión a las diecisiete horas y cinco minutos.)

El señor PRESIDENTE: Señorías, muy buenas tardes. Vamos a reanudar la sesión.