Diario de Sesiones 164, de fecha 26/3/2015
Punto 2
8L/PPL-0020 INFORME DE PONENCIA. DE LA PONENCIA DESIGNADA PARA LA PROPOSICIÓN DE LEY DE LOS MUNICIPIOS DE CANARIAS.
El señor PRESIDENTE: Siguiente asunto: informes de ponencia. Informe de la ponencia designada para la proposición de Ley de los Municipios de Canarias.
Como se mantienen enmiendas, en primer lugar, intervienen los grupos enmendantes y por el orden de las enmiendas. Grupo Parlamentario Popular, saben que es un solo turno, para defensa de las enmiendas y posicionamiento del grupo parlamentario.
El señor MORENO BRAVO: Muchas gracias, señor presidente. Señorías.
Hemos de reconocer que en esta iniciativa legislativa el Grupo Parlamentario Popular fue crítico desde el principio, desde su inicio. Considerábamos que la forma de dar curso a la misma cercenaba a la Cámara, a este Parlamento, un conjunto de informes, incluido el del Consejo Consultivo de Canarias, que ofrecieran una mejor comprensión, un mejor alcance y una reforma trascendental de la Administración de Canarias, pues está abordando ni más ni menos que la modificación del régimen de los municipios canarios. Entendíamos que la reforma no solo debía dar satisfacción a los alcaldes y concejales sino que era preciso dar satisfacción a los ciudadanos, al servicio de los cuales están todos y cada uno de los alcaldes y concejales de nuestros municipios. La reforma se debía plantear no solo en clave de política local sino en clave ciudadana, en interés ciudadano. Pero, pese a todo, considerábamos que debía continuarse la tramitación del procedimiento legislativo y así, en el debate de toma en consideración de la proposición de ley, se votó favorablemente, si bien se anunciaba que esta reforma estaría sometida o iría acompañada de nuestras enmiendas; y a la vez informábamos que esta reforma debería haber sido acompañada, sin duda alguna, de una reforma financiera que garantizase la prestación de los servicios públicos, tanto en términos de universalidad como en términos de calidad.
De otro lado, partiendo de estas premisas que he apuntado, he de decir que parte de razón tenía en sus críticas el portavoz del Grupo Nacionalista Canario, don José Miguel Barragán, cuando apelaba a la doctrina del Tribunal Constitucional sobre la lex repetita en el informe de ponencia. Ahora bien, no debe dejarse pasar la ocasión para poner de manifiesto que la redacción inicial de nuestras enmiendas intentaba concretar, de una manera clara, de una forma concreta y de una forma precisa, nuestra conexión, sin ambages, con la legislación básica de régimen local y, en concreto, con la reciente Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, aprobada por las Cortes Generales. Señorías, me estoy refiriendo, como bien saben ustedes, a la Ley 27/2013. Con dichas enmiendas, se intentaba cumplir con una función: recalcar -vuelvo a reiterar- la posición de nuestro grupo parlamentario respecto a la legislación básica en materia de régimen local, con el fin de evidenciar que el Partido Popular defiende una Administración eficaz en la que primen los principios de austeridad, sostenibilidad financiera y estabilidad presupuestaria, debiendo cercenarse y acabar con aquellos supuestos de ejecución simultánea de servicios públicos entre administraciones públicas, entre diversas administraciones públicas, con el fin de defender nuestro principal leitmotiv: una administración, una competencia.
Ahora bien, el trámite al que estamos sometidos en esta presente proposición de ley, en este proyecto de proposición de ley, el procedimiento abreviado, y ante la ausencia de un anterior, de un anterior dictamen de la comisión correspondiente, es la razón por la que en la sesión donde se debatió el informe de ponencia pusimos de manifiesto que efectuaríamos una nueva redacción y un conjunto de enmiendas, concretamente las números 34, 35, 37, 40, 41, 69, de las que habíamos ofrecido inicialmente, con el fin de conseguir como enmienda transaccional, posteriormente, la admisión y aprobación. Así, in voce, como transaccional proponemos la siguiente modificación de estas enmiendas que he enumerado.
Primero, la 37, me voy a referir a ella, que, si bien en un principio se concretaba en el artículo 11, hoy pasa al artículo 5.1, donde se incluyen los principios de la atribución de competencias. Y así, tras la enumeración de los principios del artículo a través de las letras a), b) y d), se deberá incluir un párrafo del siguiente tenor: "Asimismo, la atribución de competencias que hagan estas leyes se realizará conforme a los principios de descentralización, ausencia de duplicidad administrativa y eficiencia, acompañándose las memorias e informes exigidos en la legislación básica de régimen local".
La enmienda 34, referida al artículo 10.2, incluía dos nuevos párrafos del siguiente tenor: "La delegación se ajustará a la legislación básica del régimen local, persiguiéndose la mejora de los servicios públicos, además de una eficiente gestión pública tendente a la eliminación de duplicidades administrativas. La delegación respetará los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera y no podrá tener una duración inferior a la prevista en la legislación básica".
A continuación, la enmienda 35, para añadir en el número 3 del precepto lo que a continuación se menciona -el artículo es el 10.3-: "con respeto a los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, descartándose que un servicio público pueda ser ofrecido simultáneamente por varias administraciones".
La enmienda 40, para añadir al final, esta referida a la enmienda creada al artículo 13.1, para añadir al final, en los supuestos o fusión, el siguiente término o el siguiente texto: "El nuevo municipio resultante de la fusión no podrá segregarse hasta transcurrido los plazos previstos en la legislación básica de régimen local".
La enmienda 41, con respecto al artículo 13.2, para incluir al final del precepto: "de modo que los municipios resultantes ofrezcan la misma calidad a los servicios prestados hasta el momento".
A continuación, la enmienda 58, en la que se debatió o tenía relación tanto la enmienda del Grupo Parlamentario Popular con la enmienda número 23 de los Grupos Nacionalista Canario y Socialista Canario, donde se intentaba ofrecer una mayor claridad a las enmiendas que habíamos efectuado ambos grupos y que venían referidas al régimen de los recursos potestativos de reposición en los casos de actos y acuerdos dictados por los órganos de gobierno municipal en el ejercicio de las competencias delegadas. En este caso se incluye una nueva letra d), dentro del apartado A) del párrafo 1, que diría: "d) Contra los actos y acuerdos de los órganos de gobierno municipal en el ejercicio de competencias delegadas ante el órgano delegante". En este caso, entendíamos que el texto pasaba a respetar, de forma más correcta, la normativa de la legislación básica en estos supuestos de actos y acuerdos dictados por los órganos de gobierno municipal en el ejercicio de las competencias delegadas y que se entienden dictados por el órgano delegante conforme al artículo 13.4 de la Ley del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y que agotan la vía administrativa conforme al artículo, el precepto 109 c), sin perjuicio de que, conforme al artículo 52.1 de la Ley Reguladora de Bases del Régimen Local se interponga el correspondiente recurso potestativo de reposición, en su caso. Además, este artículo 123 pasaba o pasa a presentar una nueva redacción en el apartado 2, que dice "Asimismo, serán recurribles los actos dictados por concejales de área en el ejercicio de competencias en régimen de desconcentración por el reglamento orgánico municipal, ante el alcalde. Dichos se recursos se ajustarán al régimen del de alzada en la legislación básica".
Terminamos con una última enmienda con nuestra nueva posición respecto a la nueva redacción que debíamos dar de las enmiendas que nos habíamos comprometido en el informe de ponencia, con el fin de que sean admitidas como transaccionales y posteriormente votadas y apoyadas en el texto, que es la enmienda número 69, y viene referida a una nueva disposición final tercera, que dice así: "Tercera. Autorización para lograr un texto refundido. Se autoriza al Gobierno de Canarias para elaborar, en el plazo de seis meses, a partir de la entrada en vigor de la reforma legislativa sobre el régimen económico-financiero de las competencias de los municipios a que se refiere la disposición final anterior, un texto refundido en el que se integren, debidamente regularizados, aclarados y armonizados, los preceptos de la presente ley y las disposiciones sobre el régimen económico-financiero de las competencias de los municipios". Con esta enmienda entendíamos desde nuestro grupo parlamentario qué es lo que tal vez se debería haber hecho desde el inicio, el haber vinculado la reforma del régimen administrativo de los municipios de Canarias con la reforma del régimen económico-financiero de las competencias de los municipios de Canarias.
Consideramos con esta nueva disposición final, la número tres, que se evite, cara al futuro, reformas de administración municipal sin el desarrollo previo de los recursos destinados a la administración de los municipios.
Esta es, por tanto, nuestra posición e interesamos a los demás grupos parlamentarios su apoyo para que sean tramitados como transaccionales y a cambio retiramos las restantes del texto. Y después, evidentemente, solicitamos el apoyo para que la ley definitivamente quede enriquecida.
De este modo -y voy terminando ya- se cumplen varios de los objetivos básicos que se había marcado el Partido Popular con relación a esta reforma de los municipios de Canarias. Por un lado, clarificar las competencias municipales, pues nos impregnamos, consideramos que nos impregnamos de la Ley 27/2013. Evitamos de este modo duplicidades con las competencias de nuestras administraciones y ahondamos en el principio que ya recalqué al comenzar esta exposición: una administración, una competencia; y se salpica toda la regulación de la Administración local de los principios de eficiencia, estabilidad y sostenibilidad financiera, con un control riguroso en sus aspectos financieros y presupuestarios.
Quiero terminar, finalmente, agradeciendo la labor prestada por el letrado don Manuel Aznar en la tramitación de esta ley e, igualmente, a todos los ponentes que han intervenido en esta proposición de ley, en esta y en la que posteriormente se debatirá respecto de los cabildos insulares, y por supuesto también al consejero de Presidencia, el señor Hernández Spínola.
Nada más y muchas gracias.
El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, don Emilio Moreno. Muchísimas gracias.
Siguiente grupo que tiene enmiendas, Grupo Socialista Canario. ¿Por el Grupo Parlamentario Socialista Canario? Hay una aquí, ¿eh? Todas. ¿Tú? ¿Tú, todas? Muy bien. Interviene después. Como quieran.
(La señora Padrón Rodríguez solicita intervenir.)
Sí, sí. Dígame, doña Dolores Padrón. Dígame.
La señora PADRÓN RODRÍGUEZ (Desde su escaño): ¿Supongo que estamos en el trámite de enmiendas y posteriormente podré tener una intervención o tengo que compartir el tiempo con el compañero de Coalición Canaria?
El señor PRESIDENTE: No, no. Aquí cada grupo que ha enmendado tiene quince minutos y después quince de fijación de posiciones, usted puede elegir...
La señora PADRÓN RODRÍGUEZ (Desde su escaño): Entonces va a ser el compañero de Coalición quien plantee...
El señor PRESIDENTE: Muy bien.
La señora PADRÓN RODRÍGUEZ (Desde su escaño): ... el tema de las enmiendas, y, posteriormente, fijaré posición.
Muchas gracias, señor presidente.
El señor PRESIDENTE: ¿Están de acuerdo los dos? Si están de acuerdo los dos grupos, perfecto.
Muy bien.
Pues para la defensa de las enmiendas del Grupo Nacionalista y el Grupo Socialista, que las hará conjuntamente don José Miguel Barragán, portavoz del Grupo Nacionalista Canario.
El señor BARRAGÁN CABRERA: Bien. Gracias, señor presidente. Señorías.
Empezamos con la comunicación del Gobierno, que después se ha convertido en una proposición de ley de los grupos que apoyan al Gobierno, digo, empezamos con cierta controversia sobre el futuro de esta ley. Decíamos que lo más importante, quizás el bagaje más importante que traía esta ley cuando el Gobierno nos presenta su comunicación era el amplio consenso con la federación de municipios de Canarias, con la Fecam, y que para nosotros eso era un valor importante en un tema tan controvertido como es articular, a nivel de la Comunidad Autónoma de Canarias, una legislación que les permita, en este caso a estas instituciones, gobernar sus instituciones, sin perjuicio de la parte que les corresponde como corporaciones locales.
Pero yo planteaba también en este sentido otro elemento importante. Había una discusión sobre los temas de financiación, esto también tuvo controversia entre las diferentes posiciones de los grupos, y nosotros planteábamos que, efectivamente, habrá que tratar este tema y estoy convencido también de que conseguiremos los consensos adecuados, a través del Fondo de Financiación Municipal o a través de un procedimiento cuando se hagan las transferencias o las delegaciones de materias -estoy hablando ya también de cabildos y ayuntamientos-. (El señor presidente abandona su lugar en la Mesa y ocupa la Presidencia el señor vicepresidente primero, Cruz Hernández). Nosotros mantenemos en este caso, creo recordar, una enmienda, la número 13, al artículo 27.4 a), donde también el Consejo Consultivo ha planteado alguna observación. Nos referimos, precisamente, a todos los elementos relacionados con los concejales no adscritos. La redacción venía con acuerdo de la Fecam y era una redacción donde... "solo podrán participar con plenitud de derechos en una sola de las comisiones informativas municipales, conforme al procedimiento que estableciera el reglamento orgánico". Había dudas sobre si esto podía ser constitucional o no, si podíamos tener algún problema en esta materia, y hemos pactado. También había controversia sobre cuál debería ser el mecanismo para articularlo. Nosotros habíamos hecho esa enmienda introduciendo el elemento de "conforme al procedimiento que estableciera el reglamento orgánico", de la corporación. Y en las discusiones con el Partido Popular, buscando siempre que el principio de proporcionalidad quedara constatado en la enmienda, creo que podría quedar como decíamos nosotros en la enmienda número 13, don Emilio, si no entramos en más discusión, y sería entonces la enmienda número 13 la que nosotros propondríamos y aceptaríamos, y zanjaríamos también esta cuestión y daríamos garantías constitucionales de que la ley no fuera recurrida en este aspecto.
Fuera de esto, las enmiendas que ha propuesto don Emilio, las transaccionales, con la posibilidad de retirada, debo reconocer que todos los ponentes hemos intentado, junto con los miembros del Gobierno, hemos intentando buscar una solución, de tal forma que estas leyes fueran aprobadas por unanimidad. Se han hecho concesiones por todas las partes para conseguir los acuerdos oportunos. Y, lo que es muy importante, ninguna de las enmiendas vulnera el espíritu del acuerdo con la Fecam, y esto, insisto, también es muy importante resaltarlo. Hemos tenido todos los portavoces y el Gobierno un cuidado exquisito en que se siga manteniendo el espíritu del acuerdo que mantuvo el Gobierno con la Fecam.
Por lo tanto, en todas las enmiendas que ha planteado el señor Moreno nosotros estamos completamente de acuerdo en las transaccionales planteadas, porque llegamos a este pleno, afortunadamente, con todos estos temas discutidos.
Creo que es un buen día para este Parlamento. No sé si habrán tenido ustedes la percepción de que este pleno de final de legislatura es el pleno donde más cosas se han aprobado por una inmensa mayoría de los grupos parlamentarios, y, bueno, aunque sea al final, nos estamos encontrando en muchas cuestiones, pero esta y la de cabildos me parecen fundamentales. Creo que es un buen día para este Parlamento, pero fundamentalmente un buen día para los municipios canarios. Y recuerdo una frase que dije en la comunicación: no estamos legislando para los ayuntamientos, estamos legislando con los ayuntamientos de Canarias.
Nada más y muchas gracias.
El señor VICEPRESIDENTE PRIMERO (Cruz Hernández): Gracias, señor diputado.
Para fijar posición en relación con la ley, por parte del Grupo Parlamentario Mixto, don Román Rodríguez, por tiempo de quince minutos, tiene usted la palabra.
El señor RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ: Señor presidente, señorías: muy buenos días de nuevo.
Nosotros fuimos críticos con el procedimiento seguido para traer esta norma aquí y por el tiempo en el que se presentó. El procedimiento, porque nos pareció en su momento que debió ser una iniciativa gubernamental, directa, de proyecto de ley, y no la de comunicación y el tiempo, porque llegaba ciertamente tarde, dada la complejidad del asunto. Cierto es que la justificación del retraso podía entenderse en virtud de la necesidad de adaptar la legislación canaria en materia de municipios a una ley no muy apreciada, al menos por nosotros, la 27/2013, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local. Una ley estatal, de orden básico, que creemos que ha restado autonomía a los ayuntamientos y creemos, además, que ha hecho un flaco favor a los servicios que los ayuntamientos prestan a los ciudadanos. Ley discutida, discutible y pendiente, si no estoy mal informado, de consideración por el Tribunal Constitucional. De manera que, aunque reclamábamos que debió venir por proyecto de ley y debió venir antes, reconocíamos el hecho indiscutible de que la ley estatal condicionaba cualquier normativa territorial.
Por tanto, en su momento valoramos, votamos a favor de su toma en consideración por estas cuestiones y por otro dato que se ha reiterado aquí hoy, que yo también insistiré en él, y es que venía precedida de un proceso negociador con la organización de los municipios canarios, donde yo creo que todas las fuerzas políticas aquí presentes, a su vez, tenemos una presencia, una representación en ese orden. Digamos que esta doble consideración de que venía precedida por un amplio nivel de consenso con la Fecam y condicionada temporalmente por la ley básica estatal nos hizo apoyar su toma en consideración.
Nosotros hemos discutido esto en el ámbito de nuestra organización y hay un alto nivel de coincidencia de los que trabajan en el ámbito municipal. Nosotros saben ustedes que somos un partido fundamentalmente municipalista. Damos una gran importancia a este primer nivel de la Administración. Creemos que aquí es donde se responde a muchísimas de las necesidades de la ciudadanía y además estamos convencidos de que el ámbito municipal debe seguir siendo clave en la estructura de los poderes públicos, y ahí debe darse respuesta a la mayoría de las necesidades básicas de los vecinos, de los ciudadanos. Y, por lo tanto, apreciamos todas las administraciones públicas, porque cada una tiene una función, pero de manera especial el papel de los municipios, porque contribuyen de forma decisiva al bienestar, yo diría que también a la democracia, en definitiva, al progreso. Razones, por tanto, que nos llevaron a apoyar de forma clara la toma en consideración y creemos que el final de este proceso...
Además hay que decir otra cosa: que yo soy, ya saben, muy crítico con el Gobierno, a pesar de que mantengo buenas relaciones con sus miembros, pero hay que decir que este departamento, el departamento de Presidencia, en las iniciativas legislativas que ha promovido ante este Parlamento, no solamente ha insistido en el consenso sino que ha buscado el consenso. Ha habido una absoluta disposición del jefe del departamento y de todo el departamento, siempre facilitando la búsqueda del encuentro y del acuerdo, cosa que es de agradecer, y además tiene una consecuencia muy importante, y es que facilita el consenso. Cuando hay oportunidad de diálogo, hay oportunidad de discutir, cuando se es flexible, pues, las posibilidades del encuentro aumentan de cuando uno dice "esto lo digo yo" y ordeno y mando. Y he de reconocer que este es un departamento que en leyes importantes -la de transparencia lo ha sido, pero lo es la de ayuntamientos y lo es la de cabildos- ha tenido mucho que ver también el talante, la disposición del departamento en su conjunto, siempre facilitando el acuerdo.
Dicho eso, creemos que el texto final es un texto que, a pesar del hachazo, a pesar del retroceso, a pesar de las limitaciones en la autonomía municipal y sus condicionantes que la ley básica de racionalización y sostenibilidad ha impuesto a las corporaciones locales españolas, aquí se hace un intento por mejorar uno de los principios que inspiran este ámbito institucional, que es su autonomía. Se hace un esfuerzo por mejorar la autonomía municipal, insisto, claramente quebrada por la ley básica, que ha hecho un flaco favor a este primer nivel de las administraciones públicas, por otra parte, el más cercano, el más capaz de resolver los problemas y también diría el más cumplidor en esto de la racionalización del gasto público, porque, aun disponiendo del 12-13% de la estructura de gasto público, aporta muy poco al déficit y además ahora incluso hay superávit en el conjunto de los municipios españoles. De manera que esta ha sido una de las estructuras de la Administración pública peor tratada por la Administración General del Estado y la mejor muestra es la Ley 27/2013, de Racionalización y Sostenibilidad, que claramente trunca, limita las capacidades competenciales y la autonomía municipal.
Yo creo que esta ley intenta mejorar la autonomía en el marco de las posibilidades, mejora la organización y el funcionamiento; en definitiva, creo que trata de recuperar el papel de los ayuntamientos en el marco competencial, que es... (ininteligible) por parte de este Parlamento.
Cierto es, y no es un asunto de este departamento sino del conjunto del Gobierno, que hemos asistido en esta legislatura, en otras normas sectoriales, a elementos de carácter intervencionista sobre los ayuntamientos. Me refiero a la materia de política territorial y turismo, hay algunos antecedentes de que digamos que el Gobierno con una mano proclama la autonomía municipal y hace leyes como esta y con otra, con las leyes sectoriales, se mete en los asuntos locales, en los asuntos de competencia municipal en leyes sectoriales. Bueno, pero estaríamos hablando de harina de otro costal, aunque relacionada.
Creo que la ley también hace un esfuerzo para uno de los problemas que generó la ley estatal. La ley estatal estableció limitaciones claras en relación con los temas competenciales, sobre todo en las denominadas competencias no propias ni delegadas sino el resto, las impropias, y se trataba de dar una cobertura legal para posibilitar la continuidad de los servicios de los municipios en estos ámbitos cuando se dan las condiciones, digamos, presupuestarias o financieras pertinentes. La ley, insisto, un poco tarde, pero también resuelve este asunto, que era de todos los pendientes el más urgente, sin ninguna duda: dar cobertura legal a que los ayuntamientos puedan seguir prestando determinados servicios que no son propios de los ayuntamientos, que tampoco son delegados, sino que serían de otras administraciones.
Ayuda a clarificar las competencias, a evitar duplicidades; mejora, por tanto, la autonomía local y no impide la participación de los ayuntamientos en las políticas sectoriales de los cabildos y del Gobierno de Canarias.
Y un elemento también cualitativo y que creo que es una oportunidad para eso que siempre llamamos, de mejorar la democracia, que es el protagonismo de los ciudadanos en la vida municipal. Se hace un esfuerzo para buscar mecanismos y cauces de participación de la ciudadanía en la toma de decisiones, incluidas en una de las proclamas históricas del municipalismo más evolucionado del planeta, que son los llamados presupuestos participativos, donde hay experiencias en otras latitudes del planeta muy interesantes de implicación de la ciudadanía también en el diseño de las políticas presupuestarias, que al final son las políticas determinantes.
Se hace un notable esfuerzo y una oportunidad para la incorporación de las nuevas tecnologías como mecanismo también de control, de participación y de accesibilidad de los ciudadanos a los servicios municipales y también se establecen los criterios que la Ley de Transparencia impone al conjunto de las administraciones y que será una oportunidad también para mejorar el control ciudadano sobre lo que nuestros ayuntamientos desarrollan.
Resuelve, yo creo que de manera satisfactoria aunque seguramente no final, una histórica reivindicación, que es la gestión descentralizada de la isla de La Graciosa, que está sustentada en un movimiento ciudadano yo diría que muy apreciado y que por fin consiguen una cobertura legal que les dé posibilidades para tener esa autonomía mínima, que creo que está perfectamente justificada por el hecho insular, además de porque esa comunidad local tiene identidad propia.
Finalmente, creo que el trabajo realizado por el departamento del Gobierno, por los grupos parlamentarios, por la Federación Canaria de Municipios hace merecedor del consenso que hoy vamos a alcanzar aquí, apoyando, aprobando esta norma, que contribuirá a mejorar nuestros ayuntamientos, ese primer nivel de la Administración. Cierto es que quedan asuntos pendientes, los temas de financiación siguen estando, sobrevolando sobre las estructuras administrativas. Hemos dicho en muchas ocasiones que hay que tener estructuras competenciales claras, reglas seguras, pero necesitamos recursos financieros estables y suficientes para que cada administración desempeñe sus funciones y es una de las claves pendientes: cómo resolvemos el problema de financiación de las instituciones del Gobierno de Canarias, cómo resolvemos el problema definitivo de financiación de los cabildos insulares y también de los municipios. Y todo está vinculado, todo está relacionado, avanzamos en la estructura, en el ordenamiento competencial, en las funciones, en definitiva, en la organización, pero sigue pendiente una definición más precisa, con más futuro, más segura, en materia financiera de todo el entramado institucional de la comunidad canaria.
Por tanto, expresamos aquí, en nombre del Partido de Independientes de Lanzarote y de Nueva Canarias, nuestro apoyo a la iniciativa, la felicitación a la Fecam por el trabajo realizado, al departamento por el trabajo realizado y por la voluntad expresa de búsqueda del consenso, a la ponencia y, en definitiva, al conjunto de la Cámara, porque creo que la ley va a contribuir, si no a revolucionar los ayuntamientos, a consolidar ese primer nivel de la Administración canaria.
Y acabo con un chascarrillo: de toda la legislación de esta última semana me parece que la que era ineludible era esta; el resto, siendo importante, creo que era prescindible y aplazable.
Muchísimas gracias.
El señor VICEPRESIDENTE PRIMERO (Cruz Hernández): Gracias, señor diputado.
Por parte del Grupo Socialista Canario, para fijar posición. Doña Dolores Padrón, por tiempo de quince minutos tiene usted la palabra.
¿Grupo Socialista?
La señora PADRÓN RODRÍGUEZ: Buenos días otra vez.
Bien. Yo creo que me voy a repetir algo con el debate de la comunicación, porque aquí hay que valorar muchas cosas y ya decía que, después de treinta y un años de la constitución del Parlamento, que este tenga una norma que regule el régimen de sus municipios. Y ya extiendo: y no solo el de municipios sino el de sus cabildos. Por lo tanto, esto es un hecho histórico que debemos ponerlo en valor. Y, además, que el hito este, el hito histórico al que llegamos hoy, hay que ponerlo y que fijarlo el pasado 31 de julio, cuando la Consejería de Presidencia llegó al consenso con la Federación Canaria de Municipios para dar luz al texto que pondrá a los ochenta y ocho ayuntamientos canarios en la cima competencial respecto al resto de las corporaciones municipales de España.
Yo, además, quiero decir que la iniciativa que hoy estamos viendo trae causa del Acuerdo de gobernabilidad por la dinamización económica, el empleo y la cohesión social de Canarias, suscrito por Coalición Canaria y el Partido Socialista Canario, en el que se fija, en su acuerdo programático, la aprobación de una ley de administraciones públicas canarias que defina, con criterios de racionalidad y eficacia, el marco competencial de cada una de las administraciones locales canarias, evitando, en particular, lo que queríamos evitar, la duplicidad de competencias. Y yo creo que en este marco se fraguó la iniciativa legislativa que hoy aprobamos en este pleno, la ley de municipios canaria.
Valoramos, además, muy positivamente el proceso de elaboración de la misma, señor consejero, buscando siempre el consenso y con la participación activa de los destinatarios de la norma: los municipios canarios. Por ello, desde mediados del año 2013, se traslada a la Fecam el ofrecimiento a participar desde el inicio en la redacción del primer borrador, en el entendido de que solo desde el consenso se posibilita el éxito de una reforma administrativa de este calibre. Si queremos reformar los niveles de la Administración canaria, es evidente que no se podía hacer de una forma unilateral y se ha conseguido con el consenso de los implicados y ya, por último, de todo el Parlamento. Por lo tanto, también valoro que los grupos parlamentarios tuviéramos acceso a dicho borrador desde marzo del 2014. Esto es importante para poder trabajarlo y para poder tener una base de consenso. Y teniendo en cuenta que el proceso de elaboración de esta iniciativa estuvo marcado de forma decisiva por la tramitación de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, motivando su demora y en gran medida su contenido. Es evidente que no podíamos empezar a trabajar en la ley de municipios sin que fuera aprobada la ley estatal, la ley básica.
Con esta iniciativa se pretende mejorar, y muchísimo, porque todos sabemos los déficits que tiene la iniciativa estatal, sobre todo porque entiende desde un principio centralizador la organización de todo el sistema administrativo y nosotros entendemos, desde un principio de descentralización, de participación y cercanía, pues, la estructuración de todo el sistema administrativo canario. Por lo tanto, necesitamos, y teniendo esta ley como referente, mejorar la situación del sector público municipal canario en el orden competencial, organizativo, de funcionamiento público municipal canario, de régimen jurídico, y al mismo tiempo establecer los instrumentos necesarios para fortalecer la autonomía local, condicionada en gran medida por la ley estatal de racionalización y sostenibilidad local.
La regulación, además, la que hoy aprobamos, comienza proclamando la autonomía municipal. Eso es muy importante, el respeto en esta ley a la autonomía municipal en sus distintas manifestaciones. Y regulando las materias de competencia municipal, estableciendo, en primer lugar, los principios a los que se sujeta su atribución, incidiendo especialmente en aquellos que completan ya los establecidos por la ley básica. A partir de estos principios, la ley reconoce un elenco de materias en las que se ha detectado la presencia de un interés preponderantemente municipal, porque afectan al círculo de intereses específicamente local, de orden vecinal, cubriendo y solventando los vacíos que en esta materia, que son muchos, figuran en la ley básica estatal.
Se ha configurado un conjunto normativo armónico con el ordenamiento básico que, sin reproducirlo, lo completan aquellos aspectos que se considera que precisan de una mayor regulación en lo que atañe a organización, funcionamiento, régimen jurídico de los municipios y demás entidades que integran el sector público municipal de Canarias.
La ley persigue una mayor presencia en los asuntos del sector público municipal de Canarias. Para ello dedica un título -para mí esto es fundamental, una avanzadilla y ya le digo que muchas leyes copiarán de esta ley y beberán de sus fuentes-, un título a la participación ciudadana y a la transparencia. En el primer caso, se desarrollan los órganos de participación y los instrumentos para hacerla efectiva; y, en el segundo, tras establecer el derecho de acceso a los ciudadanos a la información pública, se hace una remisión a la legislación canaria en materia de transparencia para la determinación de los sistemas que han de ser objeto de publicidad administrativa. En definitiva, que cruza la ley de municipios con dos principios que hemos defendido desde el pacto de gobierno y, desde luego, desde la Consejería de Presidencia desde el primer momento. Queremos regular el sistema pero no como siempre, no siguiendo la dinámica del siglo XX. Queremos regular el sistema desde la transparencia y desde la participación ciudadana, y ese es un pilar fundamental que se refleja en esta ley y que desde luego creo que somos la avanzadilla para otras leyes de otras comunidades autónomas.
Alabamos que esta iniciativa opte por clarificar el sistema competencial de la administración pública municipal en relación con la autonómica y con la insular. Hablamos de duplicidades, por lo tanto, clarifica el sistema competencial. Impulsa la descentralización competencial. ¿Para qué?, para acercar la prestación de los servicios públicos, evitando también las duplicidades funcionales entre ayuntamientos, cabildos y la Administración de la comunidad autónoma.
Moderniza y simplifica el funcionamiento de los municipios y demás agentes municipales, adaptando la Administración a las nuevas tecnologías -ya lo han dicho otros intervinientes-, y además incorpora la transparencia.
Pero hay otra cuestión que yo quiero destacar, y que el Consejo Consultivo además dijo que teníamos que plantear, que era eso de los presupuestos participativos. Pues, claro, como estamos avanzando tanto, quizás algunos tienen que tener la explicación de las cuestiones que se plantean en la ley.
Y desde luego sí hay una cuestión novedosa, que incide ya no solo en la financiación municipal, de la que podemos hablar posteriormente, sino que incide en que los dineros que llegan a la financiación municipal también sean controlados y también sean priorizados por los ciudadanos de ese municipio. Desde luego esta sí que es una avanzadilla. Para eso tiene que haber un presupuesto transparente, que esté incluido en las redes, porque hemos modernizado, y a las que tengan acceso los ciudadanos y a las que tengan acceso las juntas de vecinos y las juntas de distrito, que las hay en las grandes ciudades, y las juntas de vecinos, y que puedan influir en el reparto de los fondos de los ayuntamientos y en las prioridades que los ciudadanos puedan ver para su municipio. Y así la participación será real, no será cada cuatro años. Una ley municipal que refresca, que abre puertas y ventanas en lo fundamental, que es también en el reparto de los fondos económicos. Este es un paso valiente, señor consejero, este es un paso valiente de su consejería y que, desde luego, muchas otras leyes deberían reflejar. (Se reincorpora a su lugar en la Mesa el señor presidente).
Señor consejero, esta ley además, y en sintonía con lo pronunciado en el debate de la nacionalidad, como decía, gobierna con los ciudadanos, en esta etapa de gobernanza real. Hay que estar cerca de los problemas y de las soluciones y la ciudadanía necesita percibir que se cuenta realmente con ella. Por eso le ponía en valor la cuestión de los presupuestos participativos, porque abre un camino que realmente va a dar confianza a la ciudadanía.
También hablamos, o se resuelve, entre comillas, porque sí que hay una cuestión que usted deja clara, que hablamos de financiación, fundamental para el sostenimiento de los ayuntamientos, estabilidad presupuestaria y suficiencia financiera. Esos términos los encontramos en toda la ley. Pero los ayuntamientos han hecho los deberes, basta ya de demonizar a los ayuntamientos con este tema. Los ayuntamientos en esta crisis han dedicado un 12% del gasto total del Estado a la prestación de los servicios públicos, aquellos que la ley básica quiere quitar, quiere quitar. Han llevado a cabo un esfuerzo enorme para cumplir con los principios de exigencia de estabilidad presupuestaria y suficiencia financiera en un marco muy complicado de crisis. Han ajustado sus presupuestos y han cumplido como nadie el objetivo de estabilidad, pero manteniendo los servicios. No obstante, tal y como señaló el señor consejero de Presidencia el día en que debatimos la comunicación del Gobierno, no podemos abordar la revisión del sistema de financiación local sin revisar el sistema de financiación autonómica. Es evidente, se ha retrasado un año; por lo tanto, en esta ley, si se hubiera revisado, como prometieron, el sistema de financiación, aquí habría ya un compromiso cerrado, pero es una irresponsabilidad plantear el tema de la financiación sin haber negociado y sin haber abordado la financiación autonómica.
Señor consejero, grupos que avalan esta ley, que somos todos, estos acuerdos, yo creo que los acuerdos han permitido el acuerdo, y el acuerdo con la Fecam también con el reparto y la dotación del Fondo de Financiación Municipal, que se consiguió después de una larga lucha, pero en el contexto de crisis el Gobierno lo ha mantenido, y ha mantenido el Fondo de Financiación Municipal. Y esto ha permitido que muchos servicios que antes se prestaban mediante convenio...; lo recuerdo perfectamente: mire, servicios como el de drogodependencias, que funcionaban como convenios, tenían que abrirse y cerrarse dependiendo de si llegaba una subvención u otra, servicios de atención a menores tenían que abrirse y cerrarse. Pues que este Gobierno haya mantenido la dotación del fondo ha permitido que esos servicios, o los de víctimas contra la violencia de género, se hayan estabilizado y no hayan tenido que cerrar.
Señor consejero -concluyo-, valoramos positivamente la iniciativa legislativa presentada, la labor de consenso desarrollada con los municipios canarios a través de la Fecam. Esperamos, además, que se complete esta labor con el apoyo unánime de esta Cámara. Pero a mí es que me gustó mucho la comparecencia que usted tuvo en la Comisión General de las Comunidades Autónomas, en el Senado, donde dijo que en Canarias el régimen y los criterios de atribución de competencias a los cabildos insulares y a los municipios se establecerán por la legislación territorial correspondiente. Hoy estamos empezando a hacer esa realidad, esa disposición, dando un paso más en el conjunto normativo que articula un ordenamiento fiel a la realidad y particularidad de Canarias.
Con esta ley nuestro Parlamento dota a los municipios de una buena herramienta para garantizar la prestación de unos servicios públicos de calidad y abandera la proximidad y la cercanía a los servicios públicos de la ciudadanía y además demuestra su sensibilidad y preocupación por lo local, por lo cercano, por lo real.
Muchísimas gracias.
El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, doña María Dolores Padrón.
(El señor presidente hace sonar el timbre de llamada a la votación. Pausa.)
Vayan ocupando sus escaños, señorías.
Yo les agradezco a los señores portavoces que estén atentos a lo que voy a decir, por si tenemos errores en la apreciación. Voy a hacer un repaso de la votación. A los portavoces que han intervenido en el debate.
El Grupo Parlamentario Popular mantiene vivas la 34, 35, 37, 40, 41, 58 y 69; el resto las retira. Correcto.
Los Grupos Socialista y Nacionalista Canario solo tienen la 13. Puesto que la 23 es igual que la 58 del Grupo Parlamentario Popular. Entonces, si se vota en un sitio, pues, ya no. Entonces se votaría solo esa, de aprobarse, porque se votan primero las del Grupo Parlamentario Popular.
Y nada más. Solo que hay unas correcciones técnicas al artículo 39.2 i) y 55.1, que ya el señor letrado, pues, habrá tomado nota.
(El señor Barragán Cabrera solicita el uso de la palabra.)
Sí, sí, sí, claro.
El señor BARRAGÁN CABRERA (Desde su escaño): Entiendo que, cuando dice las enmiendas que mantiene vivas el Partido Popular, es con las redacciones que ya hemos transado en el debate, que las tiene usted ahí. Eso es lo que hemos pactado entre todos los grupos, no votar las enmiendas originales del Partido Popular.
El señor PRESIDENTE: Muy bien, muy bien aclarado, efectivamente. Es pertinente la apreciación porque yo no lo había precisado. Sí, se mantienen esas enmiendas transadas.
Bien. Los servicios de la Cámara tienen las correcciones técnicas al artículo 39 y 55.
Entonces, en primer lugar, yo creo que por asentimiento las correcciones técnicas las deberíamos dar por asumidas. Perfecto. Por asentimiento, las correcciones técnicas al artículo 39.2 i) y 55.
Entonces vamos a votar las enmiendas, en primer lugar, en bloque, del Grupo Parlamentario Popular, transadas, las que han sido transadas, 34, 35, 37, 40, 41, 58 y 69. Comienza la votación. (Pausa.)
Resultado: 47 presentes; 47 a favor, ninguno en contra y ninguna abstención. Aprobadas por unanimidad.
Enmienda número 13, de los Grupos Nacionalista y Socialista Canario. Comienza la votación. (Pausa.)
46 presentes; 46 a favor, ninguno en contra y ninguna abstención.
Queda aprobada por unanimidad.
Y entonces ahora, señorías, vamos a votar todo el texto: disposiciones adicionales, finales, entrada en vigor, después la exposición de motivos, el título de la ley y todo el texto con las enmiendas incorporadas. Comienza la votación. (Pausa.)
Resultado: 46 presentes; 46 a favor, ninguno en contra y ninguna abstención.
Queda aprobada la proposición de Ley de los Municipios de Canarias.
(Aplausos.)
(El señor vicepresidente primero, Cruz Hernández, ocupa un escaño en la sala.)