Diario de Sesiones 25, de fecha 8/3/2016
Punto 14
9L/PO/P-0495 PREGUNTA DEL SEÑOR DIPUTADO DON LUIS ALBERTO CAMPOS JIMÉNEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO NUEVA CANARIAS (NC), SOBRE ACUERDO DE LA COMISIÓN BILATERAL DE COOPERACIÓN ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO-COMUNIDAD AUTÓNOMA EN RELACIÓN CON LA LEY DE MUNICIPIOS DE CANARIAS, DIRIGIDA AL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E IGUALDAD.
La señora PRESIDENTA: Siguiente pregunta, de Luis Alberto Campos Jiménez, del Grupo Parlamentario Nueva Canarias, sobre... -(Rumores en la sala). (Pausa). Cuando sus señorías quieran, continuamos-, del Grupo Parlamentario Nueva Canarias, sobre acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma en relación con la Ley de Municipios de Canarias, dirigida también a la consejera de Empleo.
Señora vicepresidenta.
Tiene otra más.
El señor CAMPOS JIMÉNEZ (Desde su escaño): Creo que hay un error, señora presidenta. En realidad...
La señora PRESIDENTA: Es posible. Disculpe. Yo tengo aquí "a la consejera de Empleo, vicepresidenta", ¿no?
Bien. Debe haber un error aquí. Nada, dirigida al señor consejero. Es un error que tengo aquí en los servicios, disculpe.
El señor CAMPOS JIMÉNEZ (Desde su escaño): Sí. Bien.
Puede ser porque es cierto que nosotros hemos hecho dos preguntas: una en pleno -a lo mejor se transcribió mal-, al señor consejero de Presidencia, y otra, abordando la misma cuestión, sobre cómo afectaría el acuerdo de la Comisión Bilateral, en comisión, a la consejera de Hacienda pero referida exclusivamente a las políticas sociales.
El pasado 15 de febrero se publicaba en el Boletín Oficial del Estado una resolución del 3 de febrero, pero lo más sorprendente de esta resolución es que correspondía al acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado y Canarias en relación con la Ley 7/2015, de Municipios de Canarias. Este acuerdo de la Comisión Bilateral, donde venían, digamos, a discutirse las discrepancias que había con esta ley y que se habían llevado al Tribunal Constitucional, resulta que habían quedado absolutamente saldadas el 3 de noviembre de 2015 con respecto a estas cuestiones, a estas discrepancias.
Lo que a nosotros nos parece grave primero es que no tuviéramos conocimiento, nos enteráramos a través del BOE. Fundamentalmente los municipios se han ido enterando a través del BOE, casi tres meses después de llegar a este acuerdo en el mes de noviembre.
Pero, al margen de esa cuestión, el elemento de fondo, y por lo que le preguntamos en el día de hoy, es cómo va a afectar ese acuerdo a los principios fundamentales que inspiraron la Ley de Municipios de Canarias, que no eran otros, además de algunas cuestiones de fondo, sino principalmente intentar combatir la ley de municipios castrante elaborada por el Partido Popular. Una ley que prácticamente dejó a los municipios atados de pies y manos en el desarrollo de las políticas más fundamentales y sobre todo dirigidas a quienes más cerca estaban.
Esa Ley de Municipios yo creo que venía a solventar muchas de esas cuestiones, pero lo que nosotros interpretamos, y una vez que lo hemos analizado con los servicios jurídicos y puestos en contacto con muchos de nuestros ayuntamientos, ese acuerdo nos coloca al día siguiente de la aprobación de la ley estatal. Básicamente lo que viene a decir aquí es que para todas aquellas competencias que no sean propias o delegadas o estamos, digamos, en una situación de sostenibilidad financiera o -lo más grave aún incluso- aquellas competencias que venían desarrollándose de años atrás, pues, prácticamente ya no podríamos seguir desarrollándolas. Básicamente, como le reitero, estábamos, estamos a día de hoy, es lo que nosotros interpretamos y me gustaría que nos aclarara que no, que ese no es el espíritu del acuerdo, pero los técnicos, los asesores jurídicos nos están poniendo ya numerosos problemas para seguir desarrollando muchas de las competencias, muchos de los programas, muchos de los servicios que a día de hoy estamos desempeñando los ayuntamientos para la ciudadanía.
La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Campos.
Señor consejero.
Disculpen el error de antes. Estaba cambiado.
Señor consejero.
El señor CONSEJERO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E IGUALDAD (Afonso González) (Desde su escaño): Gracias, presidenta.
Señor Campos, primero aclararlo y dejarlo muy claro en esta sede parlamentaria: por supuesto que no va a afectar nada a la prestación de los servicios que se venían desarrollando por los ayuntamientos canarios antes de la entrada en vigor de la Ley 27/2013, y le explico por qué.
Como recordará, la disposición transitoria segunda de la Ley de Municipios de Canarias, que llevaba por título "La continuidad de los servicios preexistentes", establece, entre otras cosas, que los municipios pueden continuar la prestación de los servicios vinculados a las competencias impropias que ya venían ejerciendo con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 27, algo que, como todos saben, ponía en duda dicha norma y en riesgo. La Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y Entidades Locales del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas formuló discrepancias a ese contenido, pero finalmente se llegó al acuerdo por el que pregunta hoy, cuyo efecto más importante es que el Estado renunció a impugnar esa disposición de nuestra Ley de Municipios de Canarias ante el Tribunal Constitucional, lo que asegura su plena aplicación en los términos que acabo de señalar.
Respecto a la reflexión que efectuaba, ya el Gobierno se pronunció y yo, como consejero, en sede parlamentaria, el pasado mes de febrero, aquí en una comparecencia, donde poníamos de manifiesto que la aprobación de esta ley, que pretendía adaptar en el ámbito del régimen local la normativa sobre estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, fue más reconocida y más conocida por el rechazo que supuso y su desaprobación por todos los ayuntamientos españoles, con independencia de su ubicación y color político. Hoy precisamente hemos tenido conocimiento de una primera sentencia del Tribunal Constitucional que estima parcialmente el recurso interpuesto por el Parlamento extremeño y que anula algunos artículos de esa Ley de Racionalización.
Vuelvo a reiterar aquí, desde el punto de vista político, como hice en el Parlamento el mes pasado, que por parte del Gobierno de Canarias hemos instado, y seguiremos haciendo, la derogación, por el futuro Gobierno de España, de esta Ley de Racionalización que tantos problemas ha presentado, la aplicación de la misma, en los ayuntamientos y especialmente en los municipios canarios.
Gracias.
La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor consejero.
Seguimos. La señora diputada doña Socorro Beato Castellano... (El señor Campos Jiménez solicita la palabra). ¡Ay, perdón!
Tiene quince segundos. Tiene razón, señor Campos.
El señor CAMPOS JIMÉNEZ (Desde su escaño): Sí sería importante, si eso es así, que desde la consejería se remitiera una nota explicatoria a los ayuntamientos, porque nosotros leemos aquí que en el caso de...; el cumplimiento de los requisitos se atañe al párrafo anterior y, en el párrafo anterior, vamos a estabilidad presupuestaria, que se saltaría...
La señora PRESIDENTA: Se acabó, señor Campos. Lo siento.
Señor consejero, tiene veintidós segundos, si quiere hacer uso de ellos.
El señor CONSEJERO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E IGUALDAD (Afonso González) (Desde su escaño): Muy bien. Muy rápido.
Cuando hablaba de que habían pasado más de tres meses del acuerdo, nosotros, desde el Gobierno de Canarias, hemos mantenido puntualmente informada a la Fecam, que es quien mantiene la interlocución con el Gobierno, y sabía, pues, textualmente cuál era el contenido del acuerdo que habíamos alcanzado.
No obstante, desde la Viceconsejería de Administración Pública y Transparencia ya se está trabajando en el escrito, que no sé si se habrá firmado o se firmará durante estos días, remitiendo a todos los municipios canarios el contenido expreso del mismo acuerdo...
La señora PRESIDENTA: Gracias, consejero. Finalizó su turno.