Diario de Sesiones 26, de fecha 9/3/2016
Punto 12
9L/PNL-0141 PROPOSICIÓN NO DE LEY DE LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS NACIONALISTA CANARIO (CC-PNC), SOCIALISTA CANARIO, POPULAR, PODEMOS, NUEVA CANARIAS (NC) Y MIXTO, SOBRE SANIDAD MORTUORIA.
La señora PRESIDENTA: Señorías, segunda proposición no de ley en la tarde de hoy, solicitada... esto fue una iniciativa de todos los grupos, pero quien la ha presentado ha sido el Grupo Nacionalista, creo, ¿no?, es sobre sanidad mortuoria.
Para su defensa, tiene la palabra la señora Luis.
Señorías, como es una iniciativa conjunta, interviene por tiempo de cinco minutos y tres los demás. ¿Les parece? De acuerdo. Venga. Cinco, tres.
La señora LUIS DOMÍNGUEZ: (Sin micrófono).
La señora PRESIDENTA: No se ha notado. Vamos, señoría.
La señora LUIS DOMÍNGUEZ: Rápido, rápido.
Gracias, señora presidenta.
Voy superrápido.
Señorías, esta es una proposición no de ley que se tramita a petición de la Federación Canaria de Municipios, que hemos presentado de forma conjunta todos los grupos con representación en esta Cámara porque así lo solicitaba la propia federación, y que tiene su origen en el Decreto 132/2014, de sanidad mortuoria, que aprobó el Gobierno de Canarias y que entró en vigor en enero del año pasado, y que vino a imponer a los municipios canarios, independientemente de su tamaño, nuevas normas relativas a la estructura constructiva de tanatorios, cementerios y velatorios, así como otras relativas al traslado, inhumación, exhumación y conservación de cadáveres, lo que supone para los ayuntamientos canarios la obligación de realizar importantes y costosas inversiones, y todo ello en un plazo muy limitado, seis meses. Plazo, por otro lado, que ya ha vencido y de ahí la preocupación de la Fecam y del conjunto de alcaldes y de alcaldesas canarios. Primero, por los posibles efectos sancionadores que pudieran derivarse de la aplicación del mismo, pero sobre todo porque son conscientes de las importantes dificultades que tienen para ejecutar estas inversiones a corto plazo.
Teniendo en cuenta, por un lado, la situación económica en la que estamos inmersos, la pérdida de recursos en general, las normas estatales que condicionan el funcionamiento de todas las administraciones pero de forma muy especial de las corporaciones locales -déficit cero, regla de gasto, decreto de proveedores, restricciones en el ámbito competencial...-, en fin, un conjunto importante de normativa que limita enormemente a los ayuntamientos a la hora de acometer inversiones y de incrementar el gasto en general, y que incluso, que incluso, les dificulta en muchas ocasiones el mantenimiento de sus servicios básicos y esenciales.
Por otro lado, la situación tan difícil por la que atraviesa una parte importante de las familias canarias -lo hemos debatido aquí en diversas ocasiones- obliga a estas instituciones a orientar sus prioridades al atendimiento de todas estas necesidades. No podemos olvidar, señorías, que los ayuntamientos son la puerta de entrada a los servicios sociales, lo hemos dicho aquí en otras ocasiones, por tanto, la puerta de entrada de todos estos problemas, y que los ayuntamientos han tenido y siguen teniendo que hacer, muchas veces -permítanme la expresión-, de tripas corazón para atender a todas estas personas. Que no son simples cifras, que tienen rostro, que tienen nombre y apellidos y que hay que atender, haya o no haya recursos.
Por tanto, son muchas las dificultades que tienen nuestros ayuntamientos para hacer frente de forma inmediata a toda esta inversión que conlleva la aplicación de esta normativa, que es necesaria, que los ayuntamientos consideran que efectivamente hay que garantizar su aplicación, pero que necesitan de más tiempo para poder llevarla a cabo. Hay que tener en cuenta que son, como hemos dicho, inversiones muy costosas, de bastante envergadura y que además lleva un tiempo ejecutarlas. No se pueden ejecutar de un día para otro.
En definitiva, lo que se propone, señorías, es instar al Gobierno de Canarias para que, primero, realice las gestiones necesarias para paralizar este decreto, el Decreto 132/2014, de sanidad mortuoria, en lo relativo a los posibles efectos sancionadores, incluyendo los que pudieran haberse iniciado, si es que se ha iniciado alguno; y, segundo, como han hecho otras comunidades autónomas, que han establecido un plazo bastante mayor, bastante superior, pues, establecer un nuevo periodo de adaptación al mismo, de dos años y medio, que es lo que nos han pedido los ayuntamientos, con el objetivo de conceder un tiempo prudencial a nuestros ayuntamientos para garantizar la aplicación efectiva de este decreto de sanidad mortuoria.
Señorías, como ya he comentado, esta es una propuesta conjunta de todos los grupos de la Cámara y, por tanto, entiendo que todos y todas estamos de acuerdo con la misma, lo que sin duda supondrá una magnífica noticia para los ayuntamientos canarios, que podrán planificar y ejecutar todas estas inversiones en un plazo más coherente y, lo más importante, sin tener que detraer recursos prioritarios de los servicios básicos, destinados, orientados al atendimiento de las personas, que es en estos momentos, desde nuestro punto de vista, lo más importante.
Muchas gracias.
La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señora Luis.
En nombre del Grupo Mixto, la señora Mendoza.
La señora MENDOZA RODRÍGUEZ (Desde su escaño): Gracias, presidenta.
Porque pensamos sobre los ayuntamientos todas y cada una de las palabras que usted les ha dedicado esta tarde, Agrupación Socialista Gomera apoya esta proposición no de ley, porque supone respaldar y ofrecer a los ayuntamientos de nuestras islas.
Tengan en cuenta, señorías, que este decreto de normas de sanidad mortuoria se aprobó el 29 de diciembre de 2014 y se publicó el 8 de enero de 2015, cuando ya se habían cerrado y aprobado casi todos los presupuestos de las corporaciones locales. Se estableció un periodo de adaptación a las nuevas normas de solo seis meses, a todas luces insuficiente, pero no se consignó ninguna partida presupuestaria al efecto, ni siquiera en el Fondo de Financiación Municipal, ni tampoco se hicieron estudios previos del coste que supondría para las arcas municipales de los 88 municipios de nuestro archipiélago.
Estamos, por tanto, ante un auténtico problema de matemática presupuestaria, especialmente si tenemos en cuenta las dificultades económicas que soporta el país y que la regla de financiación municipal impide cualquier margen de maniobra.
Si se han leído el decreto, señorías, verán que el conjunto de medidas propuesto es bastante ambicioso. Se regulan desde las dimensiones de los nichos hasta los últimos detalles de equipamientos de cementerios y tanatorios. Es escasa, por tanto, la posibilidad de maniobra de los ayuntamientos, sometidos además a una regulación bastante estricta ya que el incumplimiento lleva aparejada una importante sanción administrativa. Señorías, las sanciones sanitarias van desde 3000 euros, para aquellos que consideren leves, hasta 600 000 euros para los incumplimientos muy graves. Es posible incluso que se supere esta cifra en determinados casos concretos, y es que incumplir con la policía sanitaria mortuoria implica siempre o una sanción grave o muy grave.
Este asunto es tan importante que en el pasado debate de los presupuestos nuestro grupo parlamentario ya presentó una enmienda para la ampliación del cementerio del municipio de Agulo, un municipio con apenas 1000 habitantes y que no podría afrontar los gastos sin una ayuda institucional. Estamos hablando de un municipio donde el presupuesto es algo más de un millón y medio de euros.
Y ahora que estamos debatiendo esta proposición no de ley me permito recordarles que el plazo que se tenía para evitar sanciones fue superado en julio del 2015 y en consecuencia deben paralizarse los posibles efectos sancionadores.
Es de justicia para con nuestros ayuntamientos lo que pedimos, lo que pedimos, y nos sumamos al periodo de transición de dos años y medio. Entiendo que en este tiempo se podrá estudiar no solo los costes y las necesidades de adaptación, sino también cómo consignar las ayudas necesarias para los municipios pequeños, pues es muy probable que muchos de ellos no puedan cumplir con estas normas.
Impliquémonos con los ayuntamientos, no los carguemos con más deberes y obligaciones cuando sabemos de antemano que si no cumplen no es porque no quieran. Seamos ante todo razonables con lo que se exige.
Muchas gracias.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señora Mendoza.
Por el Grupo Nueva Canarias, señor Rodríguez.
El señor RODRÍGUEZ PÉREZ (Pedro Manuel): Gracias, presidenta.
La señora Luis yo creo que... -señorías, buenas tardes-, la señora Luis, antigua compañera de viaje, ¿no?, en la responsabilidad de alcaldesa ella y yo de alcalde también, pues, nos encontramos, efectivamente, al igual que los 86 restantes alcaldes y alcaldesas de esta comunidad autónoma, nos encontramos con esta norma, en la que desde luego, pues, manifestábamos -y así lo hicimos a través de nuestra Federación Canaria de Municipios-, ante el propio consejero de Sanidad, nuestra preocupación y dificultad, que tienen los ayuntamientos canarios, que teníamos, para adecuar principalmente los establecimientos funerarios, pero también los mortuorios, de titularidad municipal a los nuevos requisitos que exige ese decreto que ya nombraba la señora Luis, el 132/2014, de 29 de diciembre, de sanidad mortuoria. Digo yo que si no hubiera sido más fácil que el Gobierno, cuando aprobó este decreto, hubiera hablado con los ayuntamientos antes de haberlo aprobado. Pero me alegro de que al final, pues, bueno, hay una situación, hay un problema, en el que desde luego Nueva Canarias -nuestro grupo parlamentario- está de acuerdo. Por eso también vamos a apoyar esta PNL.
Pero quiero decirles, señorías, que a partir de la publicación ayer de la sentencia del Tribunal Constitucional, donde se estima parcialmente el recurso de la Asamblea de Extremadura contra la Ley de Racionalización y Sostenibilidad de las Administraciones Locales, y en la que también se declara la nulidad de algunos preceptos de la Ley de Bases de Régimen Local, entre ellos, como saben ya, en cuanto a las competencias de servicios sociales y sanidad, porque lo que realmente viene a decir el Tribunal Constitucional es que las comunidades autónomas que tengan reconocidas competencias exclusivas por el Estatuto de Autonomía pueden atribuir como si fueran propias competencias a los municipios, sin que interfiera en ese sentido el Estado, ¿no? A nuestro grupo la verdad es que nos surgen dudas en cuanto a cuál es la situación de las competencias atribuidas por la comunidad autónoma como propias a los municipios, como pasa en este decreto, qué efecto va a producir en los recursos de inconstitucionalidad planteados por la propia comunidad autónoma canaria y sobre todo quién pagará la financiación de lo atribuido cuando las competencias son compartidas, si estos medios materiales los tienen que aportar solo las corporaciones locales sin el auxilio del Gobierno; quiénes van a poner ante esta nueva situación, en definitiva, los medios y recursos para desempeñar las nuevas funciones asignadas.
Esperemos que haya algún convenio de colaboración con dotación financiera con los municipios.
Muchas gracias.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Rodríguez.
Por el Grupo Podemos, señor Márquez.
El señor MÁRQUEZ FANDIÑO (Desde su escaño): Sí.
Es una propuesta que consideramos oportuna, positiva y necesaria, y evidentemente la vamos a apoyar. Y por sanidad en este caso parlamentaria me voy a ahorrar el discurso.
Muchas gracias.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Márquez.
Por el Grupo Popular, señora Hernández.
La señora HERNÁNDEZ LABRADOR (Desde su escaño): Muchas gracias, presidenta.
Yo en el mismo ánimo que mi compañero de Podemos. Creo que quien ha tenido que debatir esta moción han sido los 88 alcaldes -esta PNL, perdón-, los 88 alcaldes en la Fecam, que ha sido una propuesta de ellos. Por tanto, nosotros poco que añadir: nos sumamos a los dos acuerdos y nada más.
Muchas gracias.
La señora PRESIDENTA: Gracias.
Grupo Socialista, el señor Hernández.
El señor HERNÁNDEZ GUILLÉN (Desde su escaño): Buenas tardes, señorías. Presidenta.
De forma rápida.
Es verdad, si alguien leyera el decreto, pues, de 29 de diciembre, entendería por qué estamos aquí hoy intentando minimizar los efectos de su aplicación en el ámbito municipal, en el ámbito local. Partimos de la idea de que el decreto, con un criterio muy atinado, sin duda, pretendía poner al día toda la normativa que se trasponía de normas superiores, como era el caso de la normativa europea y a la vez también traspuesta a la normativa estatal.
Para quienes hemos leído el decreto entenderemos que se establece con criterios de rigor y solo incorpora propuestas de mejora en materia de sanidad mortuoria, pero, todo sea dicho de paso, con una imposibilidad de poder materializarlo en tiempo y forma. Seis meses fue el tiempo concedido por el Gobierno de Canarias para la adaptación, a todas luces insuficiente, a los ayuntamientos canarios, para proceder a realizar unas inversiones costosas y donde la capacidad económico-financiera no permite, o no permitía o no permite aún, disponer de los fondos suficientes.
Por tanto, atendiendo a esta reivindicación de propuesta de paralización, el Grupo Parlamentario Socialista se suma a dejar sin efecto el decreto y fijar un plazo ampliado en dos años y medio para su adaptación, tiempo que nos parece razonable.
Muchísimas gracias.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Hernández.
Ya hemos terminado, hemos concluido la ronda. Vamos a votar, señorías. (La señora presidenta hace sonar el timbre de llamada a la votación).
Señorías, votamos. (Pausa).
Señorías, votos emitidos, 50: 50 síes, ningún no y ninguna abstención.
Por tanto, queda aprobada por unanimidad de los presentes esta iniciativa.