Diario de Sesiones 30, de fecha 12/4/2016
Punto 28

9L/C-0421 COMPARECENCIA DEL GOBIERNO -CONSEJERO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E IGUALDAD-, INSTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA CANARIO, SOBRE EL ESTATUTO DE ALTOS CARGOS.

El señor VICEPRESIDENTE PRIMERO (De la Hoz Fernández): Damos paso a la siguiente comparecencia, instada por el Grupo Socialista, al consejero de Presidencia, Justicia e Igualdad, sobre el estatuto de altos cargos.

Señor Lavandera.

El señor ÁLVARO LAVANDERA: Buenas tardes, señorías. Señor consejero.

Todos los partidos que hemos acudido a procesos electorales recientemente lo hemos hecho marcándonos un objetivo claro: recuperar la confianza de la ciudadanía en sus instituciones. Se ha dicho utilizando muchos formatos, unos más populistas que otros, y de manera más o menos coherente con lo que se estaba predicando, pero lo cierto es que parece que es unánime la convicción de que había y hay que adoptar medidas para que la ciudadanía deje de ver la política como un problema y la vea como una solución.

Las medidas que se han propuesto son de distinto calado y afectan a distintos ámbitos normativos -leyes, reglamentos, acciones ejecutivas-, e incluso los estatutos de los propios partidos políticos han sido modificados en los últimos tiempos.

No es el objeto de esta comparecencia abrir un debate sobre todo lo que se podría hacer, sobre su incidencia real en el objetivo que entre todos nos hemos marcado por mandato ciudadano y sobre la capacidad del Gobierno y de este Parlamento de impulsar estas medidas dentro de nuestro ámbito competencial, pero creo que es bueno recordar que ya desde el germen del actual Ejecutivo, en el acuerdo programático que sustenta este acuerdo de gobierno, por el que gobiernan el Partido Socialista y Coalición Canaria en esta comunidad autónoma, se incluía toda una batería de medidas para lograr este objetivo. En ese acuerdo decíamos que las políticas de gobierno y la acción de la Administración deben partir de la ciudadanía como eje de la decisión pública. Por ello resulta necesario recuperar la confianza de los ciudadanos y ciudadanas profundizando en la regulación de los principios, valores y reglas de actuación de los servidores públicos, así como en la transparencia y evaluación como medios más eficaces de la lucha contra la corrupción.

Si en la pasada legislatura la Ley de Transparencia supuso un hito en el acceso de los ciudadanos y ciudadanas a la información pública, que está permitiendo un mayor control directo de la acción política de toda la democracia, el mayor control directo que ha habido en toda la democracia, estamos seguros de que el estatuto, el futuro estatuto de los altos cargos y buen gobierno, marcará un camino sin vuelta atrás en la clarificación del interés general como objetivo a alcanzar por los y las dirigentes políticos de esta comunidad autónoma.

Señor consejero, hace un mes comparecía en esta Cámara para explicar el desarrollo de la Ley de Transparencia y en especial el nuevo Portal de Transparencia. Cuando aún no se lleva ni un año de pleno despliegue de la Ley de Transparencia regional, Canarias -leía hace poco en un medio de comunicación regional- está considerada como una avanzadilla en este camino sin retorno, y es que, en su primer mes de funcionamiento, el renovado Portal de Transparencia de la Administración autonómica ha registrado un crecimiento del 114 % en la media diaria de visitas y el número de páginas vistas se multiplica por diez.

Estos son hechos, no palabras.

Y, siguiendo con los hechos, este Gobierno ha iniciado la tramitación de una iniciativa legislativa ambiciosa, que ya está siguiendo su curso en el seno del Gobierno y que a lo largo de la legislatura podremos tramitar en esta sede parlamentaria.

Una vez más, solicitamos su comparecencia, señor consejero, para debatir sobre la regeneración de un marco democrático sólido y fundamentado en los valores del gobierno abierto. En este caso uno de los proyectos de mayor alcance para esta legislatura y en el que se viene trabajando desde el Gobierno canario desde el año pasado: la aprobación de una ambiciosa ley, el estatuto de los altos cargos y buen gobierno, cuyo primer borrador está tramitándose como anteproyecto en el marco de las actuaciones contra la corrupción incluidas en el pacto de gobierno y que he podido leer, junto con los informes que ya tiene incorporados, en el Portal de Transparencia antes mencionado.

En definitiva, señor consejero, nos gustaría que en su intervención nos aclarara los objetivos concretos que busca el Gobierno, los destinatarios y destinatarias del mismo, así como las exigencias que va a incorporar el Gobierno en su propuesta a los dirigentes públicos y también personal de confianza.

Muchas gracias.

El señor VICEPRESIDENTE PRIMERO (De la Hoz Fernández): Muchas gracias, señor Lavandera.

Para su primera intervención, el consejero de Presidencia, Justicia e Igualdad, señor Afonso.

El señor CONSEJERO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E IGUALDAD (Afonso González): Gracias, presidente. Señor Álvaro. Buenas tardes, señorías.

Como usted decía al inicio de su intervención, uno de los ejes programáticos contenidos en el acuerdo para la gobernabilidad de Canarias es el referido al buen gobierno, la transparencia, la simplificación administrativa y la lucha contra la corrupción. Que estos temas, todos dependientes de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, se aborden de forma conjunta en este documento no es casual, sino la expresión de la firme voluntad de las fuerzas que conforman este Gobierno para mejorar el desempeño de la Administración canaria, en sintonía con lo que demanda nuestra sociedad y convertirla así en el motor que impulse los cambios indispensables para mejorar la calidad democrática del archipiélago.

En este contexto, el pasado 18 de diciembre llevé al Consejo de Gobierno la propuesta elaborada por mi consejería del anteproyecto de Ley de Estatuto de los Altos Cargos y Buen Gobierno, norma que establecerá el régimen jurídico de los altos cargos del Ejecutivo autonómico, de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de las demás entidades que integran el sector público autonómico.

Las consejerías están estudiando el texto y están formulando sus observaciones, y ya se están incorporando algunas mejoras en relación con el texto original, de las que les hablaré a continuación.

Pero antes les recuerdo que la sociedad canaria nos demanda como Gobierno, y también como clase dirigente, que clarifiquemos el régimen jurídico de los servidores públicos en general y de forma concreta de los que están al frente de las administraciones, de forma que quienes desempeñen los cargos públicos reúnan las condiciones suficientes de formación y experiencia, así como que se precisen sus derechos y obligaciones y su régimen de incompatibilidades, de modo que asegure el óptimo ejercicio de sus funciones, bajo los principios de eficacia, eficiencia y prevalencia de los intereses generales.

¿Quiénes son los altos cargos que regula esta norma? En el anteproyecto de ley tienen dicha condición quienes ostenten los máximos cargos de la Presidencia del Gobierno, la Vicepresidencia, las consejerías, las viceconsejerías, las secretarías generales técnicas, las direcciones generales y los órganos asimilados de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, además de los máximos responsables de los organismos autónomos y demás entidades de derecho público de la Administración autonómica y los cargos cuyo nombramiento se realice por decreto del Gobierno o que tengan esa consideración por ley. También lo son quienes ejercen la dirección y los cargos ejecutivos en las empresas y fundaciones públicas del sector público autonómico y quienes tengan un contrato de alta dirección en las mismas.

En cuanto al personal eventual o de confianza que realice funciones de asesoramiento especial, se prevé establecer un régimen específico, excluyendo a los que realicen tareas auxiliares de secretaría y de apoyo material.

Para ocupar esos cargos las personas deben ser idóneas. Por tanto, deberán reunir los requisitos de honorabilidad y debida formación y experiencia en la materia cuyo cargo vaya a desempeñar, aparte de los que puedan establecerse en la legislación específica.

El ejercicio de las funciones se desarrollará en régimen de dedicación plena y excluyente, en los términos que establezca la futura ley.

La honorabilidad a la que me referí antes implica que la persona no haya sido condenada por sentencia -aunque no sea firme- a pena privativa de libertad hasta que se haya cumplido la condena. Pero vamos más allá: en determinados supuestos, como las sentencias que se derivan de delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico, la Administración de justicia o la Administración pública, entre otros, proponemos que ni siquiera sean designables para altos cargos hasta que los antecedentes penales hayan sido cancelados.

La formación se valorará en función de los conocimientos académicos adquiridos, mientras que en la experiencia se tendrá en cuenta la naturaleza, complejidad y nivel de responsabilidad de los puestos desempeñados que guarden relación con el contenido y funciones del puesto para el que se les nombra.

En cuanto al cese, se producirá cuando el alto cargo haya dejado de reunir los requisitos de idoneidad, por incompatibilidad sobrevenida, por sanción administrativa, a petición propia, por fallecimiento o por incapacidad declarada judicialmente.

Los cargos están sujetos al régimen de retribución única, sin perjuicio de las compatibilidades que la propia ley pueda contemplar, como la docencia universitaria, y tendrán a su vez prohibido percibir pensiones de derechos pasivos o de cualquier régimen de Seguridad Social, público y obligatorio.

De igual forma, se prevé para los contratos de alta dirección que cualquier retribución superior a la establecida por la ley presupuestaria será nula de pleno derecho y, por tanto, se considerará como no existente.

En los casos en que exista un conflicto de intereses en un asunto en el que deban participar los altos cargos, los mismos deben abstenerse de intervenir, en los términos que fijará la propia norma, y si no se abstienen, la persona titular del departamento de quien dependan o del órgano que efectuó el nombramiento deberá ordenarle que se inhiban.

Las incompatibilidades incluyen tanto ejercer como alto cargo como los puestos o empleos en activo de la Administración, organismos o entidades del sector público, así como el ejercicio directo o por persona interpuesta de funciones de dirección, representación o asesoramiento de toda clase en empresas, consorcios o fundaciones, incluso si no tienen relación contractual con la Administración, así como tampoco con la dirección o asesoramiento en cámaras, colegios profesionales, sindicatos y organizaciones empresariales.

Asimismo, se establece un régimen de incompatibilidades durante los dos años posteriores al cese, para impedir las llamadas puertas giratorias.

Por otra parte, con carácter general, no podrán percibir o recibir regalos ni donaciones provenientes de personas relacionadas por cualquier causa con sus funciones y, si no les es posible devolverlos, tendrán que remitirlos al órgano competente para la gestión patrimonial de la comunidad autónoma.

Además estarán obligados a efectuar una declaración sobre las actividades de naturaleza mercantil, laboral, económica o profesional, públicas o privadas, retribuidas o no, que se relacionen con la actividad que desempeñaban al momento de iniciar su relación de servicios, así como las que hubieran ejercido los dos años anteriores al servicio como cargo público.

Tendrán que presentar también una declaración en los dos años siguientes al cese, donde se describan las actividades que pretenden realizar, que identifiquen la empresa o entidad donde pretendan hacerlo y una declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las limitaciones de la ley.

También tendrán que hacer una declaración de bienes, derechos y obligaciones patrimoniales, que comprenderá al menos los bienes, valores, activos financieros y participaciones societarias que posean, así como las sociedades en las que tenga intereses el propio alto cargo y su cónyuge, pareja de hecho e hijos o hijas dependientes.

La declaración de actividades e intereses se hará pública en el Portal de Transparencia y la relación de bienes y derechos patrimoniales, contenida en la propia declaración de bienes y derechos patrimoniales, se hará pública tanto en el Boletín Oficial de Canarias como en el propio Portal de Transparencia.

Al término del mandato, la oficia de intereses de altos cargos verificará, entre otras cosas, si hay indicios de enriquecimiento injustificado a partir de los ingresos percibidos a lo largo del mandato y la evolución de su situación patrimonial.

En definitiva, se trata de ampliar y reforzar las actuaciones de la Administración en el marco de los intereses generales bajo los principios de jerarquía, descentralización, desconcentración, coordinación, máxima proximidad a la ciudadanía y atención al hecho insular.

En este sentido, la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad considera que es imprescindible contar con unos servidores públicos que reúnan las condiciones de capacidad y aptitud necesarias, especialmente cuando se trata de altos cargos, en cuanto que deben adoptar las decisiones vinculadas a la acción de gobierno, y que ejerzan sus funciones con plena transparencia.

Confío en que la norma servirá para incrementar la confianza de la ciudadanía en sus instituciones y en la actuación transparente y responsable de quienes desempeñan cargos relevantes en las mismas, así como para cumplir y desarrollar los mandatos de la Constitución española y del Estatuto de Autonomía de Canarias, que asegure la independencia de las actuaciones de los altos cargos.

Muchas gracias.

El señor VICEPRESIDENTE PRIMERO (De la Hoz Fernández): Gracias, señor consejero.

Por los grupos no solicitantes, Grupo Mixto, señora Mendoza.

La señora MENDOZA RODRÍGUEZ: Gracias, presidente. Señor consejero. Señorías.

Estamos ante un proyecto de ley muy demandado por la ciudadanía. Una iniciativa que, en consecuencia, debe ponerse en marcha lo antes posible y que la Agrupación Socialista Gomera espera que tenga la utilidad que corresponde, es decir, el efectivo control de nombramientos y patrimonio de los altos cargos del Gobierno. Ya era hora de que se respondiera a la creciente y legítima reivindicación ciudadana.

Hablamos del derecho de los ciudadanos a acceder a la información, de la igualdad de oportunidades y de la obligación de las administraciones de ser transparentes y facilitar la fiscalización de la actividad pública. Un derecho en el que, desgraciadamente, aún estamos en pañales y en el que el estatuto de altos cargos supondrá un pasito más.

Sea bienvenido, por tanto, el anteproyecto que nos ocupa y que debe consagrarse como un instrumento para la evaluación de la eficacia y eficiencia que deben guiar la actuación pública.

Agrupación Socialista Gomera quiere poner el acento en la importancia de que no solo se recojan los criterios de honorabilidad y actitudes de idoneidad que deben tener los altos cargos sino que también se establezca el proceso para la elección, las funciones que deben desempeñar y las pautas que debe seguir la actuación de un alto cargo público.

Y no menos importante es el régimen de incompatibilidades y el control patrimonial, el régimen de responsabilidades y las posibles causas de un cese, así como los mecanismos para evitar aquello de que quien hace la ley hace la trampa. Aportemos todos, señorías, para formular una norma completa y rigurosa.

Agrupación Socialista Gomera apuesta por reforzar los mecanismos que impidan utilizar las llamadas puertas giratorias, además de fijar un régimen sancionador para quienes incumplan con sus deberes y obligaciones. Los ciudadanos no entienden la impunidad de la que muchas veces disfrutan algunos, mientras que en otros casos se imponen castigos durísimos.

Esperamos en este punto que la oficina de intereses de altos cargos, que será la que ejerza el control una vez reconvertida la unidad administrativa actual, sea realmente autónoma y que su actuación suponga un verdadero plus de transparencia y control.

Aprovecho, por último, para llamar la atención sobre el nombre de "intereses de altos cargos", que nos parece muy acertado para un órgano que deberá velar por el interés general y controlar que se cumpla la normativa vigente. En consecuencia, le proponemos, señor consejero, que adopte el nombre de "oficina de gestión de régimen de altos cargos", aunque sea solo para evitar posibles suspicacias.

Agrupación Socialista Gomera quiere subrayar que estamos ante un anteproyecto ambicioso y una clara apuesta por el buen servicio y la defensa del interés general.

Es bueno que Canarias tenga una normativa que regule un proceso al que antes no se le daba la trascendencia adecuada. Demandamos, por tanto, el comienzo de la tramitación correspondiente para que todos los grupos con representación parlamentaria podamos enriquecer el documento o enmendarlo si hace falta.

Muchas gracias.

El señor VICEPRESIDENTE PRIMERO (De la Hoz Fernández): Gracias, señora Mendoza.

Por el Grupo Nueva Canarias, señora González.

La señora GONZÁLEZ GONZÁLEZ (doña María Esther): Gracias, señor presidente. Señorías, señor consejero.

Desde Nueva Canarias, para empezar, queríamos decirle que nos parece oportuno que Canarias cuente con una norma que conforme el régimen jurídico de los altos cargos del Gobierno de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de las demás entidades del sector público autonómico; que además compartimos el planteamiento de que los altos cargos deben reunir las condiciones de capacitad y aptitud necesarias en cuanto que participan y deben adoptar las decisiones vinculadas a la acción del Gobierno; y además también que compartimos que el ejercicio de las funciones públicas que tienen encomendadas los altos cargos se realice con plena transparencia, de forma que sea susceptible de control por parte de la ciudadanía.

Pero, una vez dicho esto, entendemos que por principio de precaución hay que legislar con serenidad, teniendo en cuenta todas las realidades, y valorar las implicaciones, los pros y los contras de las normas que se aprueben.

Y lo que realmente nos da la impresión en este anteproyecto de ley es que lo que hace es aplicar la tercera ley de Newton, es decir, el principio de acción-reacción, de manera que frente a situaciones de corruptela se reaccione legislativamente con iniciativas preventivas, y en estos casos puede ser que sea peor el remedio que la enfermedad. Y esto entendemos que no es del todo bueno o por lo menos no es lo más adecuado. El texto en algunos casos es tan restrictivo que da la impresión de que en última instancia Canarias solo va a contar con altos cargos que sean trabajadores públicos o sean desempleados. Y, señor consejero, en el ámbito privado existen muchos canarios y canarias con una alta cualificación y una dilatada experiencia que, con sus capacidades y sus conocimientos, pueden aportar a nuestra sociedad innumerables beneficios. Pueden contribuir en la consecución de un gobierno eficaz y eficiente que responda adecuadamente a las necesidades de los canarios. Y este proyecto de ley de alguna manera impide que nos gobiernen, que gestionen nuestros intereses los mejores perfiles de los que disponemos en Canarias, porque son tantas las trabas que te ponen previa, durante y pos que parece difícil que alguien que no sea un trabajador público o no sea un desempleado esté dispuesto a aceptarlo. Yo me estoy refiriendo en este caso al artículo 33, de las limitaciones a las participaciones societarias; en el 34, de la limitación en concurrencia a procesos selectivos; y a las limitaciones posteriores al cese, del artículo 36.

Entonces, por todo, nosotros lo que sí entendemos es que lo que realmente es efectivo y que sí puede disuadir a aquellos altos cargos que en algún momento pudieran tener alguna debilidad es la existencia de mucha transparencia, mucha fiscalización, pero para esto parece que no es necesario expulsar del mercado, del ámbito de los cargos públicos a todos esos canarios que pueden ser valiosísimos y que no son trabajadores públicos. Lo que es necesario es mucho control y mucha transparencia.

Muchas gracias.

El señor VICEPRESIDENTE PRIMERO (De la Hoz Fernández): Muchas gracias, señora González.

Por el Grupo Podemos, señora Monzón.

La señora MONZÓN NAVARRO: Buenas tardes a todas y a todos.

Señor consejero, este anteproyecto de ley es un anteproyecto necesario. Es evidente que los altos cargos, y no solamente los altos cargos sino los cargos directivos, como también ha mencionado en su intervención, tienen que tener un control. Ya la portavoz del grupo socialista gomero hablaba del hastío de los ciudadanos ante la impunidad de actos de nuestros altos cargos, que no llevan ese gobierno a lo que sería el interés general de los ciudadanos, a ser más eficaces y eficientes, sino a lo mejor a intereses particulares o partidistas. La regeneración democrática es necesaria aunque en algunos casos algunos partidos la defiendan aquí y después no sean capaces de ponerle freno en sus propias filas a nivel de partido.

Hay varias situaciones que entendemos que este estatuto debe recoger y queremos hacer mención, en el poco tiempo que tenemos, que supongo que tendremos muchas ocasiones, y de esta manera me brindo para que nuestro grupo parlamentario, cuando el anteproyecto se presente de forma oficial, podamos hacer todas las aportaciones que entendamos que puedan enriquecer y que mejoremos... Y, por tanto, le emplazamos a que, si quiere reunirse con este grupo para hablar de este anteproyecto, estamos dispuestos a ello. Pero en alguna de las cosas, cuando usted habla de los requisitos de idoneidad, habla de que los altos cargos tienen que tener las condiciones de formación y experiencia necesarias, entendemos que esto se determine a priori y no a posteriori, como sucedió en la Agencia Tributaria Canaria, cuando en la Ley de Presupuestos, en este mismo pleno, ustedes modificaban las condiciones de acceso de un alto cargo precisamente para permitir el que ya habían nombrado y que incumplía la norma que en ese momento estaba en vigor.

Por tanto, queremos que esto no sea un brindis al sol y que si realmente hay voluntad política para hacer las cosas bien y que realmente los ciudadanos puedan de nuevo tener confianza no solamente en los cargos políticos que acuden a las elecciones y que, por tanto, durante el voto pueden castigar sino en esos altos cargos que evidentemente no están sometidos a unas elecciones ni a los votos de los ciudadanos y que se eligen mediante decretos y nombramientos por parte del Gobierno.

La honorabilidad de que usted habla no solamente entendemos que debe referirse a que se actúe bajo derecho, o sea, que se cumplan las normas, sino también a que se cumplan códigos éticos, éticos sobre todo, y nos referimos a las responsabilidades patrimoniales que sus decisiones pudieran ocasionar; nos referimos a situaciones de conflictos de intereses, no solo las puertas giratorias, de adónde van, sino de dónde vienen. El hecho de que en este Gobierno muchas de las veces veamos como muchos altos cargos van pasando de consejería en consejería y distintos cargos que no tienen nada que ver con otros, y nosotros muchas veces pensamos que deben ser personas excelentemente preparadas en múltiples facetas porque no entendemos que esa capacidad y esa formación esté determinada para todo.

Bueno, seguiremos hablando de este proyecto, este anteproyecto, de muchas otras más cosas, como el control de gastos, del uso de los medios públicos, de los regalos -usted ya comentaba- y de su situación patrimonial, y por supuesto transparencia para evitar...

El señor VICEPRESIDENTE PRIMERO (De la Hoz Fernández): Muchas gracias, señora Monzón.

Por el Grupo Popular, el señor Moreno.

El señor MORENO BRAVO: Muchas gracias, señor presidente. Señorías, señor consejero.

La iniciativa legislativa que pretende llevar a cabo el Gobierno de Canarias sobre altos cargos y buen gobierno llega como siempre tarde, en esa querencia hacia la lentitud que suele predicar la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad cuando es presidida por un socialista. Aunque, eso sí, tampoco le hago responsable de todo el retraso. Pero ya no es la primera vez que lo hemos dicho, y lo volvemos a repetir.

Desde el Grupo Parlamentario Popular siempre hemos pensado que la regulación sobre el buen gobierno debía haber sido una realidad en la pasada legislatura cuando terminamos la Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública. Y ello a semejanza, como ocurrió a nivel nacional, de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, la Ley 19/2013, que, les recuerdo, es la primera que se aprueba en la historia de España y que ustedes, el Partido Socialista Obrero Español, votaron en contra. Algo ya habríamos avanzado, sinceramente. Y además este ha sido el ejemplo que se ha seguido en otras comunidades autónomas, como por ejemplo en Valencia, con la Ley 2/2015, llamada de Transparencia, Buen Gobierno y Participación Ciudadana; o en La Rioja, la Ley 3/2014, llamada de Transparencia y Buen Gobierno; o en Cataluña, la Ley 19/2014, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.

Y más cuando detecto, además, que en este anteproyecto de ley empieza el posible fenómeno de la lex repetita, o más sencillamente el corta y pego legislativo. Y le pongo ejemplos. El artículo 64.10 del anteproyecto calca el artículo 26.2 de la Ley 19/2013, la de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, nacional, en lo que se refiere a la no aceptación por los altos cargos de regalos que superen los usos habituales de cortesía; o como, por ejemplo, la identidad casi mimética cuando estamos hablando de los principios de actuación y conducta de los altos cargos canarios, del anteproyecto, como son idénticos a los previstos en la Ley 19/2013. Lo mismo en el régimen de sanciones.

Y además lo cierto y verdad es que este anteproyecto parece adaptarse de manera calcada -y lo digo entrecomillado- a las prescripciones de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, Reguladora del ejercicio del alto cargo en la Administración General del Estado, donde además el Partido Socialista Obrero Español votó en contra en el Senado, se abstuvo en el Congreso y dijo que esto era una faena de aliño, y ahora resulta que no hay ningún inconveniente para copiar y traer lo que decía la Ley nacional 3/2015, que aprobó el Partido Popular, traerla aquí para regular los altos cargos en la Administración canaria. Da la sensación de que el Partido Socialista Obrero Español dice una cosa allá, en Madrid, y otra cosa aquí. Pero, bueno, parece que esto ha sido el tono de la pasada legislatura y creo que no les ha rentado mucho a nivel nacional.

No hay disparidad alguna, fíjense, en los temas atinentes a la idoneidad de altos cargos, honorabilidad, formación, experiencia, acceso, conflictos, intereses y un largo, etcétera.

Acabo, porque me queda muy poquito tiempo. Me ha extrañado además que en el anteproyecto se esté cercenando la intervención de la participación ciudadana. Solo quiero recordar el artículo 21 de la Ley Canaria de Fomento a la Participación Ciudadana, que deseo que se la lea...

El señor VICEPRESIDENTE PRIMERO (De la Hoz Fernández): Muchas gracias, señor Moreno.

Por el Grupo Nacionalista Canario, la señora Beato.

La señora BEATO CASTELLANO: Gracias, señor presidente. Señorías, señor consejero, buenas tardes.

El presidente, en el discurso de investidura, se comprometió a fomentar una cultura política transparente en la que destaque la honradez, el espíritu de diálogo y el fomento de la participación. Un compromiso plasmado en el pacto para la gobernabilidad y que se concreta en el anteproyecto de ley que usted hoy nos presenta. Una norma para impulsar el buen gobierno y recuperar la confianza de la ciudadanía en sus instituciones, reforzando las reglas para detectar y evitar los conflictos de intereses, incrementar la transparencia en las declaraciones de actividades, intereses y patrimonio, mejorando las incompatibilidades y la limitación de actividades durante y después del cese.

Una ley necesaria dada la desafección y el descrédito en los que se encuentra inmersa la clase política y las instituciones. Lamentablemente, actitudes poco transparentes y corruptas de algunos han hecho que las exigencias de transparencia sean ahora mayores. Pero no queremos poner el foco exclusivamente en los corruptos. No creemos que todo sea corrupción en ninguno de los grupos de esta Cámara. No vamos a contribuir a que la duda se cierna sobre toda la clase política, porque la mayoría somos personas trabajadoras, honestas y decentes. La generalidad se levanta cada día con la voluntad de mejorar la vida de sus vecinos pero solo son noticia los casos de corrupción. Perseguir a los defraudadores, sí; establecer mecanismos de alerta temprana para detectar actitudes poco honestas, sí; dar explicaciones, siempre; y también fomentar valores que logren recuperar la reputación y el prestigio imprescindible para merecer la confianza y la credibilidad de la ciudadanía. Pero, señorías, con propuestas coherentes. No es creíble que el Partido Popular pida aquí las mismas medidas de regeneración política que rechaza en las Cortes Generales.

Y deben saber ustedes que a propuesta de los Grupos Socialista y el Nacionalista se eliminaron los aforamientos a los diputados en la reforma del Estatuto de Autonomía remitida al Congreso de los Diputados, artículo 38.

Tampoco es serio que partidos de reciente creación se erijan en adalides de la transparencia y, lo que es peor, de la austeridad, por hablar más alto de quienes hacemos de manera discreta y efectiva desde hace muchos años esa austeridad.

Contribuiremos a la mejor ley para Canarias en materia de transparencia, para recuperar esa confianza basada en el compromiso con el servicio público.

Muchas gracias.

El señor VICEPRESIDENTE PRIMERO (De la Hoz Fernández): Muchas gracias, señora Beato.

Por el grupo solicitante, señor Lavandera.

El señor ÁLVARO LAVANDERA: Buenas tardes, señorías, de nuevo.

Señor consejero, bueno, desde Nueva Canarias se ha dado a entender que se ha pasado usted de frenada; desde Podemos, que no se lo creen, le parece tan bonito que no se lo cree, y desde el Partido Popular, que llega tarde. Vamos a ver si entre todos hacemos una mezcolanza y sacamos un buen anteproyecto de ley.

A Nueva Canarias le diremos que intentaremos buscar ese equilibrio, ese necesario equilibrio entre el interés de cualquier persona, pueda participar en política, se pueda contar con las mejores personas que estén interesadas en participar en política y que las normas que aprobemos no sean desde luego una traba para ello, pero también que estén las necesarias medidas preventivas en el proyecto de ley que acaba... en la ley que acabe finalmente aprobada en este Parlamento.

En cuanto a Podemos, con que no se lo cree, bueno, hacerlo desde el Gobierno, presentar una iniciativa de este calado desde el Gobierno entendemos que es un valor escaso hoy en la política, hoy en día, pero sí creemos que clarificar, normalizar y tener las mismas reglas para gobiernos futuros va a ser algo positivo para Canarias.

Y al Partido Popular, que llega tarde, bueno, más vale tarde que nunca, más vale tarde que nunca, lo digo por la tramitación de esta ley o por que se publiquen papeles del año 95. No pasa nada. Más vale tarde que nunca, ¿no?

Señor consejero, ninguna normativa que aprobemos y apliquemos podrá garantizar evidentemente al cien por cien que determinados elementos indeseables de la sociedad, pues, utilicen la política en beneficio propio. Esta premisa que deberíamos asumir cuanto antes no es obstáculo para que se lo pongamos muy difícil y para que estemos continuamente actualizando nuestro marco normativo para adaptarlo a las nuevas realidades y necesidades que surgen en este orden de cosas.

Hasta hace bien poco creíamos que, al margen de la normativa penal, era suficiente con un estricto régimen de incompatibilidades de los cargos públicos y de las figuras jurídicas de la abstención y la recusación cuando la imparcialidad de los responsables de una tramitación administrativa podría ponerse en duda, pero el paso del tiempo, pero sobre todo la creciente demanda de la sociedad de mecanismos de transparencia nos han convencido de lo contrario. Ya no basta con que se fije un procedimiento y unos responsables de su tramitación para determinar si un responsable político tiene interés en un asunto, mejor dicho, intereses. Ahora la sociedad demanda poder conocer toda la información para poder hacerse su propio juicio de valor.

Les voy a poner un ejemplo muy gráfico, ¿no? Supongamos que un ministro adopta una serie de decisiones y defiende otras tantas en el Consejo de Ministros que suponen, pues, por ejemplo, un freno al desarrollo de las energías renovables en España, el allanamiento a la práctica del fracking para la obtención de combustibles fósiles y también la autorización a una multinacional del petróleo para que haga prospecciones petrolíferas en aguas, por ejemplo, de Canarias, ¿no? Supongamos además que esa multinacional manda hacer las prospecciones a un buque con bandera en un paraíso fiscal, como las islas Marshall, y ante el temor de que unos corsarios ecologistas los embistan a bordo de una zodiac el Gobierno de España, en el que está sentado ese ministro, pues, decide mandar para protegerlos al ejército, cuyos medios pagamos con los impuestos de los que no tenemos dinero en paraísos fiscales. Supongamos ahora que todas estas hipótesis son posibles, incluso algunos las aplauden. Al menos la ciudadanía tiene toda esa información y se puede hacer una idea de quién gobierna y cómo gobierna, porque son hechos públicos y notorios.

A lo que no podría responder es a los hechos que desconoce, porque entre otras cuestiones no es obligado hacerlos públicos y los responsables, por lo que sea, no han decidido hacerlos públicos. Supongamos que ahora ese mismo ministro, que hizo todo lo que dije antes, pues, tiene un hermano, un hermano que una semana después de aprobarse el proyecto de ley que autoriza el fracking y un mes antes de autorizarse las prospecciones en Canarias, pues, constituye y administra en Londres una sociedad dedicada al comercio de hidrocarburos. Eso también puede pasar, lo que pasa es que no ha entrado en el juicio de valor que haría la sociedad y algunos creemos que debería de haberse conocido desde ese primer momento.

Este anteproyecto de ley que regula el estatuto de altos cargos, cuya tramitación ha iniciado el Gobierno de Canarias, va en esa senda, en la de evitar a toda costa los posibles y potenciales conflictos de intereses como este y a dar mayor transparencia a la gestión para que la ciudadanía pueda sacar sus propias conclusiones.

Por primera vez se regulan unos requisitos de honorabilidad, formación y experiencia para poder desempeñar un cargo público. En este sentido se exige, por ejemplo, estar al corriente de las obligaciones tributarias ante la comunidad autónoma, que antes, pues, ni siquiera se pedía, ¿no?, podías deber dinero a la hacienda pública y acceder a un alto cargo. No pueden ser designadas, además, personas sobre las que pese condena, aunque no sea firme, hasta que la misma se cumpla, o en los casos de corrupción hasta que se cancelen los antecedentes penales. Salvo contadísimas excepciones como la docencia universitaria o los planes de pensiones, solo podrán cobrar su sueldo de la Administración. Y se endurece el régimen de incompatibilidades y se recrudece la prohibición de recibir ningún tipo de dádivas o regalos. El que quiera un traje o un bolso, que se lo pague de su bolsillo. No podrán pertenecer a más de dos órganos directivos de consejos de administración en nombre de la comunidad autónoma, salvo excepciones autorizadas por el Consejo de Gobierno, y en ningún caso podrán cobrar remuneración alguna por estas excepciones. Además se declaran nulas de pleno derecho las retribuciones de cualquier alto cargo que sean superiores al límite fijado en la Ley de Presupuestos, al que usted se refería antes en su intervención.

Cuando esta ley esté aprobada, no se podrán dar casos como los que se dieron en la Comunidad de Navarra, donde en poco más de un año una decena de políticos se repartieron más de 450 000 euros en dietas haciendo reuniones dos y tres al día de la Caja de Navarra. Tenemos que aprender de los errores que se han cometido en política.

Señorías, lo decía antes y lo repito ahora, hay que facilitar a la ciudadanía el control de los asuntos públicos. Por eso nos parece una buena noticia que este anteproyecto exija una declaración a los responsables públicos de sus actividades privadas en los dos años anteriores a ser elegidos, para el momento en el que son elegidos, y otra de lo hecho en los dos años siguientes a que cesan como altos cargos. Declaraciones que no solo evaluará la oficina de intereses de altos cargos, que usted también mencionaba antes, para determinar si ha existido enriquecimiento ilícito o injustificado, sino que se harán públicas en un boletín y a golpe de clic cualquier ciudadano o ciudadana de Canarias lo podrá consultar.

Algo que también nos parece importantísimo: por primera vez se introduce la posibilidad de realizar denuncia de forma anónima a través de la web mediante formulario. También está establecido en el anteproyecto de ley.

Por último, nos parece muy importante que se fijen principios de buen gobierno y principios de actuación y conducta. Se desarrolla así el imperativo de todos los poderes públicos de buscar el interés general frente al interés particular. Y además se trata de reforzar su cumplimiento mediante elaboración y debate parlamentario de un informe anual de cumplimiento, por lo que todos los años tendremos la oportunidad en este Parlamento de evaluar el cumplimiento de estos principios de buena conducta.

Señorías, creo que todas estas cuestiones que ya han arrancado su tramitación en el seno del Gobierno de Canarias merecen el calificativo de medidas de regeneración democrática. Merecen que no sean ignoradas por quienes acusan al Gobierno de no querer apostar por la transparencia, merecen una apuesta decidida de esta Cámara para enriquecerlas, para discutirlas, desde la voluntad de mejorarlas. Les aseguro que el Grupo Socialista se las toma muy en serio. No vamos a entrar en el debate de la ley en el "y tú más", porque en ese camino no se conduce a ningún sitio, pero tenemos la firme convicción de que debemos hacer un ejercicio serio y responsable.

Es responsabilidad de todos los grupos tomar nota de las demandas que nos ha trasladado la ciudadanía en estos últimos años. Estamos en crisis pero no solo una crisis económica, también una crisis política. No podemos mirar hacia otro lado y decir que es el FMI, los mercados, la troika o un elemento ajeno a nuestra responsabilidad el que pueda decir que nos podamos dotar de las herramientas suficientes, de los instrumentos suficientes, para acabar con esta crisis política. Y en ese aspecto es en el que espero que podamos llegar al máximo de los consensos posibles.

Muchas gracias.

El señor VICEPRESIDENTE PRIMERO (De la Hoz Fernández): Gracias, señor Lavandera.

Para finalizar, su segundo turno, el señor consejero de Presidencia, Justicia e Igualdad, el señor Afonso.

El señor CONSEJERO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E IGUALDAD (Afonso González): Gracias, presidente. Señorías.

Como decía al inicio de mi intervención, estamos hablando de un anteproyecto de ley que ha sido tomado en consideración por el Gobierno el pasado 18 de diciembre. Por tanto, estamos en un momento donde es oportuno traerlo al debate de esta Cámara en una primera aproximación de lo que es el texto tomado en consideración por el Consejo de Gobierno y reconociendo que es una propuesta efectuada por mi consejería de máximos. Es una propuesta de máximos y evidentemente estamos observando y teniendo en consideración las aportaciones que se están efectuando por todos los departamentos del Gobierno de Canarias para adaptar el texto a la petición correspondiente del informe de la Viceconsejería de los Servicios Jurídicos. Saben que posteriormente será tomada en consideración nuevamente por el Gobierno antes de remitirla al Consejo Consultivo de Canarias y posteriormente a su informe será traído, previa aprobación del proyecto de ley por el Consejo de Gobierno, a esta Cámara.

Creo que con la intervención que se ha efectuado por todos los grupos parlamentarios, sin perjuicio de las objeciones que se han puesto por cada uno de los portavoces, incluso del portavoz del Grupo Parlamentario Popular, que creo que porque no tuvo tiempo, también tienden la mano para poder consensuar un texto que podemos convenir entre todos que es absolutamente necesario para no solo dar pasos hacia una transparencia clara que quiere llevar a cabo el Ejecutivo canario sino para ir recuperando la confianza que la ciudadanía tiene que tener con sus instituciones, confianza que por muchas causas se ha venido perdiendo con el paso de los años.

¿Es un texto restrictivo, señora González? Bueno, es un texto, como decía al principio, un texto de máximos. El objetivo principal que tiene con este documento el Ejecutivo autonómico es poder dotar a la Administración autonómica y a los cargos que al final asumen la acción del Gobierno de la profesionalidad necesaria para poder llevarlos con la solvencia que requieren los intereses generales y, por tanto, la que nos demanda la ciudadanía. El perfil que al final busca la Administración autonómica es contar con aquellos profesionales que sean los más adecuados para desempeñar estas tareas. ¿Que con las limitaciones actuales desde Nueva Canarias se entiende que únicamente podrían optar a los mismos desempleados o funcionarios públicos? Yo creo que, y además comparto la reflexión que efectuaba la señora Beato también en su intervención, la exigencia que hoy por hoy nos requiere la ciudadanía a los dirigentes públicos es superior a la que hace unos años podía existir en la ciudadanía, y también en la ciudadanía canaria, y tenemos que estar a la altura de esas circunstancias. Veremos en la tramitación parlamentaria, finalmente, y en la tramitación que todavía queda en el ámbito gubernamental cómo queda el texto, pero sí es verdad que vamos a tener que exigir unos requisitos donde quede claramente determinado y con antelación, los ciudadanos y las ciudadanas canarios puedan saber quiénes pueden optar a esos cargos, qué limitaciones tienen, cuáles son sus responsabilidades, cuáles son sus deberes, cuál es el régimen de incompatibilidades, cómo se regulan sus conflictos de intereses y, por supuesto, cómo queda determinado el código de conducta y, por tanto, cuáles deben ser los principios de actuación que debe regir su labor al frente de las distintas áreas del Gobierno de Canarias.

Respecto a la propuesta que se efectuaba por la señora Mendoza, estamos abiertos a la propuesta. Decía que desde su grupo parlamentario no les gustaba la denominación actual de la oficina de intereses de altos cargos. Estamos perfectamente abiertos a hablar de la denominación. Si ven el artículo, hablamos de "órgano de gestión y control" y, por tanto, la propuesta como la que ha lanzado evidentemente estamos dispuestos a hablarla. Es más, en base a ese principio de transparencia, saben que el texto que se está tramitando actualmente por el Gobierno está disponible ya en el Portal de Transparencia, accesible para todos, y que, por tanto, pueden efectuarse, incluso desde ya, las aportaciones que correspondan a través de los grupos parlamentarios. Es más, la señora Monzón lanzaba la invitación de poder sentarnos con carácter previo con los grupos parlamentarios para que pudieran trasladarnos la visión que tienen del texto. Recojo el guante y, por tanto, abriremos esa ronda de contactos para poder conocer con antelación qué opinan los grupos parlamentarios al respecto y poder introducir algunas de esas modificaciones ya en la tramitación que está efectuando el Gobierno de Canarias.

Yo no termino de entender la afirmación que realizaba, señor Moreno, en relación con que la ley cercena la participación ciudadana. Dentro del propio texto, no solo de los distintos capítulos que regulan el mismo, está recogido el código de buen gobierno. Sabe que dentro de los principios de actuación y conducta por los que deben velar los cargos, dentro de esos principios de actuación está evidentemente fomentar la participación ciudadana. Seguramente se refería a algún aspecto que no tuvo tiempo de desarrollar para saber con exactitud a qué se refería.

Y respecto a los términos que se han venido aprobando, evidentemente, por otras comunidades autónomas, incluso por la Administración General del Estado, un texto que regule el conflicto de intereses para el desempeño de cargos en las distintas administraciones públicas, incluida la Administración General del Estado, desde el Gobierno nunca nos dolerán prendas para aquellos aspectos que se recogen en otras normas en el derecho comparado que debemos traer a las autonómicas, lo haremos, lo haremos. Hay aspectos de la Ley 3/2015, que regula este régimen para la Administración General del Estado, que evidentemente han resultado de interés y que están plasmados en el texto autonómico que estamos tramitando por el Gobierno de Canarias, pero el texto que estamos impulsando desde la consejería es bastante más ambicioso que el que inicialmente se ha aprobado y está vigente en la Administración General del Estado.

Sin más, desde el Gobierno de Canarias en este caso yo creo que era oportuno traer este debate para conocer, evidentemente, en primera persona el alcance de este texto. Solo hemos podido, evidentemente, tratar de manera somera algunos aspectos que regula el actual anteproyecto de ley que se está tramitando en el ámbito gubernamental y, como decía, evidentemente a total disposición del Gobierno, de los grupos parlamentarios, para recibir sus propuestas e iniciar, como planteaba la señora Monzón, una ronda de contactos para poder aportar aquellas cuestiones que ustedes estimen pertinentes y que permitan mejorar el texto que estamos tramitando en el Gobierno.

Muchas gracias.

El señor VICEPRESIDENTE PRIMERO (De la Hoz Fernández): Muchas gracias, señor consejero.