Diario de Sesiones 31, de fecha 13/4/2016
Punto 10
9L/PNL-0164 PROPOSICIÓN NO DE LEY DEL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR, SOBRE DEPÓSITOS FISCALES A EFECTOS DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE DETERMINADOS COMBUSTIBLES DERIVADOS DEL PETRÓLEO (CONTINUACIÓN).
La señora PRESIDENTA: Vamos a la última de las proposiciones no de ley. (Rumores en la sala). ¡Señorías, por favor! Del Grupo Parlamentario Popular -ahora sí, señor Díaz-, sobre los depósitos fiscales.
Cuando usted quiera, señor Díaz, y las señorías lo... Señorías, en este tema les comunico que hay, al parecer, acuerdo, un texto que nos va a hacer llegar el señor Díaz, que para eso fue a la carrera a... Y parece ser que hay acuerdo. Ruego que nos lo hagan llegar. Y si en vez de cinco son tres, la intervención de los demás grupos, de los enmendantes, pues, bien y, si no... Venga, vamos.
El señor DÍAZ GUERRA: Gracias, presidenta, por su inmensa generosidad y comprensión con este torpe diputado.
No sé si le han hecho llegar la enmienda in voce de Coalición Canaria. Yo se la doy tal y como la he recibido, enmienda in voce, y el texto definitivo que pretendemos aprobar.
Gracias, presidenta.
La autonomía financiera de las comunidades autónomas nos otorga potestad tributaria derivada y la posibilidad de disponer de una parte de los ingresos públicos estatales mediante la atribución de tributos cedidos, participación en los no cedidos y exacción de tasas de servicios transferidos y recargos sobre los mismos.
En el marco del régimen especial fiscal de Canarias y del Estatuto de Autonomía, Canarias tiene la capacidad de establecer un tributo indirecto sobre consumos. Los combustibles son un buen ejemplo de ello. Este es el marco en el que en el año 96 la comunidad autónoma se dio la norma reguladora del impuesto especial de la comunidad autónoma sobre combustibles derivados del petróleo. La propia norma establece, en su redacción del artículo 10, una serie de exenciones al impuesto y determina también en su desarrollo cómo acogerse a estas exenciones.
Los poderes públicos estamos obligados a remover los obstáculos para el ejercicio de la actividad económica y la pesca en Canarias, aunque cada vez menos, es una actividad económica cada día más debilitada. Tiene una excelente e histórica tradición y arraigo en el sector primario del archipiélago, pero, les decía, está tremendamente debilitada. Lejos quedan las épocas doradas en que los barcos canarios faenaban en los bancos pesqueros alejados o cercanos al archipiélago.
Tenemos hoy un censo de barcos pesqueros que, además de haber sido reducido en los últimos años hasta en un 30 %, es el más antiguo de todo el territorio español. Y, señorías, tenemos que ayudarles más. Una forma de ayudar a los pescadores canarios es permitirles que dispongan de mayor liquidez económica, y para que tengan mayor liquidez tenemos que evitar que paguen impuestos de los cuales podrían estar exentos.
Cuando un barco pesquero carga gasoil no debería pagar impuestos, pero desgraciadamente muchas cofradías, muchos barcos, se ven obligados todavía hoy a hacerlo, pese a que la ley ponga los medios para que no tengan que pagar. Lo único que tenemos que hacer, lo único que tenemos que conseguir, es que el combustible, antes de ser dispensado a un barco, haya sido depositado en un depósito fiscal. Y muchos pescadores todavía esto no lo saben y otros, aunque lo saben, se pierden en la maraña que la Administración autonómica ha tejido para tramitar la autorización de ese depósito.
Y este es el motivo por el que traemos esta proposición no de ley, para solicitar al Gobierno de Canarias que acelere la tramitación de los depósitos fiscales de combustibles y para que inicie una campaña de información y colaboración con las cofradías para informarlas y facilitarles esta posibilidad, para que no paguen ese impuesto.
Por ello este Grupo Popular agradece, en nombre del sector primario y en el nuestro propio, su apoyo a esta iniciativa y todas aquellas propuestas y aportaciones que quieran enriquecerla.
Señorías, una cosa es lo que diga la ley y otra cosa es que estemos haciendo verdaderamente todo lo posible para ayudar al sector primario.
Muchas gracias.
La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Díaz.
Los grupos enmendantes, Grupo Nacionalista. Señor Cabrera.
El señor CABRERA DE LEÓN: Gracias, presidenta.
Antes de comenzar, y aprovechando que una vez más hablamos de los pescadores, queríamos felicitar a todos los pescadores canarios, que ayer tuvieron su proceso de votación y de elección de representantes, de presidente de la Federación Canaria de Cofradías; y me alegro doblemente porque ha sido un herreño el próximo presidente de la Federación Canaria de Cofradías.
Se ha presentado por parte del Partido Popular en este caso, pues, esta proposición no de ley y hemos consensuado un texto de algo tan relevante, como ya ha planteado el portavoz del Partido Popular, que afecta a los pescadores y aproximadamente a 1200 familias canarias.
Podemos, pues, plantear diferentes asuntos a este respecto, teniendo claro que no existe un gasóleo pesquero ni un gasóleo a precio específico para los profesionales de la pesca. Lo que sí existe es una exención fiscal del impuesto sobre combustibles para el gasóleo suministrado a los buques afectos a la pesca costera al asimilarlos legalmente a una exportación. Esta exención puede operar a través de dos modalidades: directamente, en aquellos casos en que el obligado tributario, el mayorista, entregue directamente el producto a dichos buques pesqueros; o indirectamente, en aquellos casos en los que el obligado tributario, el mayorista, no entregue directamente el producto a dichos buques, sino que lo entregue a otro operador, ya sea otro comerciante mayorista, ya sea un distribuidor al menor o ya sea una cofradía, que a su vez sea quien se la entregue al buque afecto de la pesca costera. Aquí tenemos que tener en cuenta también que hay pescadores que no están, no están en ninguna de las cofradías y de forma individual se ven afectados por esta problemática. En este segundo caso, indirectamente existe un procedimiento, una vía legal, para mantener una suspensión al devengo del impuesto, de tal forma que sea un depósito fiscal autorizado por la Agencia Tributaria Canaria si se cumplen las condiciones para ello.
Se plantea en la PNL que en un plazo de seis meses se resuelvan estos depósitos fiscales por parte del Gobierno de Canarias a través de la Consejería de Hacienda. Ayer mismo, en una reunión a diferentes partes, se comunicaba que se ha llegado a un acuerdo para que los pescadores canarios ahorraran unos 222 euros por cada 1000 litros de gasóleo y de esta manera se puede reducir, no a tres meses sino incluso a un mes, el plazo de tiempo para dar estos depósitos fiscales que tanto demandan los pescadores canarios.
Aprovechando esta intervención, pues, también queremos poner de manifiesto una problemática que tienen los pescadores de las islas menores y concretamente los pescadores de El Hierro, de los que más conocimiento tenemos. Es la diferencia en el precio del combustible, porque no tienen acceso a un combustible de cabotaje, únicamente trabajan con un combustible de automoción y pagan, mientras que cualquier otro pescador canario, pues, paga 0,34 euros/litro por el combustible, un pescador herreño tiene que pagar 0,84 euros/litro por combustible. Si hacemos una comparación de aproximadamente 500 litros semanales que pueden plantear en unas jornadas, en unas semanas intensas, un pescador herreño, pues, paga al mes 1000 euros de diferencia respecto a otro pescador del resto de las islas Canarias.
Como decimos, estamos de acuerdo con la PNL que se ha presentado por parte del Partido Popular. Hemos hecho, pues, una adición que se ha planteado en este texto único y por parte de nuestro grupo parlamentario va a ser apoyado.
Gracias.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Cabrera.
El grupo enmendante, Nueva Canarias, señora González.
La señora GONZÁLEZ GONZÁLEZ (doña María Esther): Gracias, señora presidenta.
La Ley 5/86, del 28 de julio, del impuesto especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre combustibles derivados del petróleo, determina en su artículo 10 que está exenta de este impuesto la entrega de combustibles, sujeta al impuesto, cuando dichos bienes se destinen directamente a la exportación. Y en su artículo 11 dice o determina que tiene el carácter de exportación, entre otros, el suministro de bienes con destino a los buques afectos a la pesca costera, así como el avituallamiento de los buques que realicen navegación marítima internacional y pesca de altura.
Efectivamente, nosotros estamos de acuerdo en que no parece razonable que los pescadores de las islas se vean obligados a abonar el impuesto especial de combustibles suministrado a sus embarcaciones sin conseguir acceder a las exenciones recogidas en la ley de este impuesto. No obstante, decir, en cualquier caso, que el estar exento, o sea, el que lo tenga que pagar al estar exento no significa que no pueda solicitar la devolución de los pagos indebidos, tal como recoge el artículo 12 de la ley, al igual que ocurre con los sectores beneficiarios del combustible profesional. Pero, dado que no se puede obligar a los intermediarios a tener depósitos específicos para sujetos exentos del impuesto, la normativa da la posibilidad de gestionar los depósitos fiscales. Pero lo que sí es cierto es que, dado que el plazo de resolución de las solicitudes de autorización del establecimiento de depósitos fiscales a efectos del impuesto sobre combustibles, es de seis meses, tal y como determina, en la sede del gobcan, la página destinada a este tema, y que además el silencio administrativo es desestimatorio, Nueva Canarias apoya la propuesta, el punto número 1 de la proposición no de ley, pero queremos ir un poco más allá y, para no dejar exclusivamente el tema a la buena voluntad de quién lo tramite, presentamos una enmienda de sustitución en la que planteamos la disminución del plazo actual, que es de seis meses, a un plazo de tres.
Además de lo que ya dije, y en referencia al apartado 3 del documento original del texto que vamos a debatir, se dice que el Gobierno de Canarias permita a los comerciantes mayoristas intervinientes en estas operaciones el suministro en régimen suspensivo de este impuesto, siempre y cuando el destino final del combustible sea un depósito fiscal. Decir que nosotros solicitamos una supresión de este punto, porque esto ya viene recogido en la ley. Ya la ley, en el artículo 11, prevé que haya transferencias de combustibles entre depósitos fiscales, para lo cual solo es necesario que por parte de los mayoristas presentar el DUA de exportación y por parte de las cofradías la presentación del DUA de importación.
No obstante, visto el documento completo que va a ser objeto de aprobación, nosotros, con el punto 3, seguimos sin estar del todo de acuerdo, porque, partiendo de la base de que ya existe una figura, que es el depósito fiscal, que además es el depósito fiscal genérico, no solo para las cofradías de pescadores sino para todo aquel que... o sea, para todos aquellos sectores que deban suministrar combustible, lo que no me parece...; bueno, parece razonable crear o hasta estudiar, analizar, otra figura, o sea, cambiar la ley para analizar otra figura. Que además en esta proposición no de ley se está haciendo excluyendo, o sea, se está limitando exclusivamente a las cofradías y no, tal como están los depósitos fiscales, a todos los sectores. Pues, vamos, no acabamos de ver qué beneficio tiene eso, si la figura existe y una vez agilizada o planteada la agilización en el procedimiento de resolución de la autorización, parece que crear otra más no es lo... vamos, no tiene ninguna eficacia. Por eso lo que sí pediríamos es la posibilidad de que los puntos de la PNL se pudieran votar por separado.
Muchas gracias.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señora González.
El Grupo Mixto, también enmendante, señora Mendoza.
La señora MENDOZA RODRÍGUEZ: Gracias, presidenta. Señorías.
Bueno, nos ha llegado la transaccional y ya le anunciamos que estamos de acuerdo, pero aun así vamos a fundamentar por qué habíamos enmendado el texto.
Los puntos 1 y 3 creíamos que, por descuido, no especificaban a quiénes estaban dirigidas estas medidas. La redacción propuesta podría hacer pensar que se apuesta por agilizar los trámites de la creación de cualquiera de los depósitos fiscales que se tramiten y que los comerciantes mayoristas podían suspender la aplicación del impuesto si el suministro se destina a cualquiera de los depósitos fiscales que existan. Agrupación Socialista Gomera entiende que es necesario especificar en qué casos se agilizará o se suspenderá la aplicación del impuesto, sobre todo porque la parte dispositiva es la que realmente se vota.
Ya que se ha concretado a quiénes van destinadas estas medidas, esa era la finalidad que nuestras enmiendas, que en nada cambian el sentido de la proposición y sí reforzaban el apoyo de los pescadores, era lo que pretendían. Nos alegramos de que hayan sido aceptadas, demostrando así que el colectivo de pescadores es el auténtico protagonista de la medida y no los comerciantes mayoristas de hidrocarburos.
Entrando a valorar el segundo apartado, que no hemos enmendado, y la totalidad de la proposición no de ley, entendemos que el segundo apartado les deja las puestas abiertas a las cofradías a aceptar estas vías o no, y para eso es cierto que se necesita información. Tenga en cuenta que crear un depósito fiscal requiere no solo los trámites sino la creación de una instalación técnica, con bastantes requisitos, en un local independiente, tal como recoge el artículo 18 de la Ley 5/1986, de 28 de julio, de este impuesto especial de la Comunidad Autónoma de Canarias, sobre combustibles derivados del petróleo. Esta medida podría significar un coste significativo y deberá ser valorado por los interesados una vez tengan la información.
En cuanto a la propia agilización de los trámites de depósitos fiscales, somos un poco renuentes, debido a que por razones obvias de seguridad se tiene que hacer la instalación de forma adecuada y buscar un lugar que cumpla con la normativa, además de reunir las condiciones técnicas necesarias, pero es cierto que puede estar produciéndose un perjuicio a los pescadores, y de ahí que admitimos la proposición no de ley.
ASG defiende que se debe apoyar al sector primario y, dentro de ese sector, a los pescadores, tal y como hemos pedido en nuestras intervenciones ante el pleno e incluso en enmiendas presentadas a los presupuestos regionales. Si el objeto de su proposición es asegurar este apoyo, cuente con nosotros.
Muchas gracias.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señora Mendoza.
Señor Díaz, entiendo que es para fijar posición. ¿Es el propio texto enmendado o no...? Fíjeme posición, por favor.
El señor DÍAZ GUERRA (Desde su escaño): Gracias, presidenta.
Y apelando una vez más a su comprensión, ha solicitado... Primero agradecer los textos que han aportado los diferentes grupos políticos en las enmiendas.
La representante de Nueva Canarias ha solicitado una votación separada. Yo, de verdad, lo que quiero es simplificar las cosas, señoría, y si el enmendante in voce admite que su texto, que está en el párrafo 3, que lo he repartido a todos los portavoces, finalice en la palabra "existentes"...
La señora PRESIDENTA: Señor Díaz, disculpe, disculpe, ¿va a haber una in voce posterior a usted?
El señor DÍAZ GUERRA (Desde su escaño): ¿Perdón?
La señora PRESIDENTA: ¿Va a haber una in voce posterior?
El señor DÍAZ GUERRA (Desde su escaño): No, la in voce la ha hecho el representante del Grupo Nacionalista.
La señora PRESIDENTA: Ah, pues, estupendo. Perdone.
El señor DÍAZ GUERRA (Desde su escaño): El texto in voce del Nacionalista se ha incorporado al texto con el punto número 3, dado que se pidió una votación separada porque esa propuesta únicamente restringía a las cofradías de pescadores y quería el Grupo de Nueva Canarias extenderla a otras actividades económicas, y en el ánimo de que esta iniciativa se apruebe por unanimidad, tan solo le proponía que el texto 3 finalizara en la palabra "existentes". De forma que el texto quedaría: "Estudiar la posibilidad de acometer una modificación de la Ley del impuesto especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre combustibles derivados del petróleo para lograr nuevas fórmulas de exención, además de las existentes", punto.
La señora PRESIDENTA: Señor Cabrera, ¿bien? Perfecto. Sí, ¿la acepta? Perfecto.
Pues muy bien. Muchas gracias.
El señor DÍAZ GUERRA (Desde su escaño): Gracias, presidenta.
La señora PRESIDENTA: Sí, que la acepta hasta "existentes". Vale. Gracias.
Continuamos. Grupo Podemos, señora Monzón.
La señora MONZÓN NAVARRO (Desde su escaño): Buenas tardes a todas y a todos.
De aquí unirnos, igual que hacía el portavoz del Grupo de Coalición Canaria, nuestras felicitaciones a todos los pescadores y pescadoras de Canarias, que ayer democráticamente eligieron a su representante de la federación canaria de todos los cofrades y que esperemos que tenga una andadura fructífera en la mejora del sector, para todos y todas.
Dicho esto, con respecto a esta PNL, yo quiero felicitar al Partido Popular, porque antes de que se haya presentado ya está aprobada y el Gobierno la ha hecho suya. De hecho ya anunciaba el portavoz de Coalición Canaria, que ayer mismo, por la noche, en el portal de noticias está la noticia de que se va a reducir a un mes. Con lo cual el punto 1 no tiene mucho sentido que lo votáramos, porque se va a reducir a un mes, cosa de la que además nos alegramos, porque además se reduce aún más ese procedimiento
En el caso del punto 2, de los depósitos, pues, también, el hecho de que se agilice, de que se informe. No solo se va a informar sino que la Agencia Tributaria Canaria se ha comprometido con la Dirección General de Pesca para tutelar, digamos, todo este procedimiento, poder asesorar a las cofradías que quieran hacer un depósito fiscal y, bueno, y todo el trámite. Con lo cual, pues, la vamos a apoyar pero, en fin, que ya está en trámite. No tiene mucho sentido. Bueno.
En el caso del tercer punto, que se estudien nuevas fórmulas de exención, nos parece estupendo. Pero nosotros queríamos añadir dos cuestiones que nos preocupan, que es con respecto a los depósitos fiscales. Tal como viene en la ley, cuando se habla de que va a afectar...; precisamente están exentos aquellos que ya se ha explicado aquí, con toda la normativa, en este caso los de pesca costera, y se excluye a los recreativos. El tema del depósito fiscal, con la complejidad que pueda tener, tenemos dudas de que las cofradías de pescadores y sobre todo aquellas que son más pequeñas y que tienen menos medios puedan tener ese depósito fiscal. Eso nos preocupa en el sentido de tener un depósito habilitado y autorizado específicamente para aquellos combustibles que están exentos y que si se distribuye también a barcos recreativos en algunos puertos, no sé los inconvenientes que pueda tener el hecho de la infraestructura de esos depósitos fiscales. Dicho esto también entendiendo que, además, en las islas menores es donde puede estar el mayor problema. Pues, bueno, no sabemos muy bien cómo se va a articular esto. Evidentemente también es un problema que sean los mayoristas los que tengan esos depósitos fiscales, no entendiéndolo por cofradías, sino con mayoristas me refiero incluso a empresas de distribución de estos combustibles, que al final tengan un precio determinado y, por tanto, para que el pescador no tenga que pagar el impuesto al final tenga que estar sujeto a un precio que le fije el propio mayorista.
Con lo cual, dichos todos estos problemas, apoyándolo, porque evidentemente entendemos que el sector pesquero necesita no tener que pagar esa exención y esperar a que después se le devuelva, sí entendemos que, bueno...; como decía, lo apoyamos pero hay que buscar otras fórmulas para que, efectivamente, esto sea una realidad y que el pescador no tenga que hacer este pago previamente.
Muchas gracias.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señora Monzón.
Por el Grupo Parlamentario Socialista, el señor Pérez Hernández.
El señor PÉREZ HERNÁNDEZ (Desde su escaño): Gracias, presidenta.
Nuestro grupo va a apoyar esta proposición no de ley, porque además entendemos que ciertamente existe un problema que hay que abordar en beneficio de un sector como el pesquero que ha sido fuertemente castigado por la crisis económica y por determinadas decisiones que se han adoptado en otros ámbitos políticos.
Como único matiz, creo que hay que recordar que el problema no viene motivado por retrasos en la gestión del impuesto, que es la normal y que soporta también el sector primario, sin perjuicio de que se puedan adoptar, como se propone aquí, medidas para agilizarla. Y tampoco por la normativa vigente, que sí establece mecanismos para evitar los depósitos, a pesar de que existe margen para mejorarla, como expondré a continuación.
El problema está motivado, a nuestro entender, más bien porque la demanda de gasóleo para este tipo de embarcaciones en las islas pequeñas no alcanza en ocasiones para que los mayoristas se posicionen directamente y, por tanto, puedan acogerse a la exención sin necesidad de articular el depósito. Un mal que padecemos, hoy hemos hablado ya en esta mañana en varias ocasiones, un mal que padecemos en las islas no capitalinas en múltiples situaciones y por lo que insistimos siempre en la necesidad de articular políticas para disminuir los efectos de la doble insularidad.
Desde el Grupo Socialista compartimos el objeto y el contenido de la PNL, creemos, como decía, que hay margen de mejora en la normativa, concretamente en la ley de impuestos, y lógicamente, pues, estamos de acuerdo con las enmiendas que se han presentado, que mejoran sustancialmente el texto inicial.
Gracias, presidenta.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Pérez Hernández.
Señorías, vamos a votar en los términos que ha expresado el proponente, con las transaccionales que han llegado.
(La señora presidenta hace sonar el timbre de llamada a la votación).
Señorías, comienza la votación. (Pausa).
Señorías, 47 votos emitidos: 47 síes, ningún no y ninguna abstención.
Por tanto, por unanimidad, como ha sido con las tres proposiciones no de ley de la mañana de hoy.
Muchas gracias.