Diario de Sesiones 100, de fecha 12/12/2017
Punto 27

9L/C-1422 COMPARECENCIA DEL GOBIERNO -VICEPRESIDENTE DEL GOBIERNO Y CONSEJERO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES-, INSTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA CANARIO, SOBRE LA IMPLANTACIÓN DE LAS CLÁUSULAS SOCIALES.

La señora PRESIDENTA: Turno ahora para la comparecencia 1422, 1422, a instancias del Grupo Parlamentario Socialista Canario, sobre la implantación de las cláusulas sociales.

Para la defensa de la misma, la señora Hernández.

La señora HERNÁNDEZ GUTIÉRREZ: Gracias, señora presidenta. Buenas tardes, señorías. Buenas tardes, señor vicepresidente.

Los pliegos de contrataciones han ido evolucionando y humanizándose o racionalizándose con el paso del tiempo. En un principio se excluyó a quien no pagaba la Seguridad Social, luego las cláusulas con cargos objetivos en el trabajo, la obligación de subrogar en su caso a las plantillas en el caso de que esa empresa dejara de prestar el servicio, la obligación de la accesibilidad en las obras, la no discriminación en la contratación... Digamos que el precio fue siempre lo fácil y es hoy también el precio lo fácil. No lo barato, lo barato no es, porque decía la Universidad de La Laguna, en un estudio que se le dio, contrató el Comisionado de Inclusión Social en el año 2016, que bajaban las ayudas sociales, las prestaciones sociales si se incluían cláusulas sociales en los contratos de la Administración pública. Por lo tanto, barato, no. No solo por razones de justicia sino también por razones económicas se hace imprescindible poner cláusulas sociales en los contratos, evitar que se saque ventaja a costa de la precariedad de los trabajadores y las trabajadoras, contaminando -cláusulas medioambientales-, aprovechándose de la desigualdad de las mujeres a la hora de acceder a un puesto de trabajo... En fin, para evitar todas estas cosas, pues, se hacía imprescindible, en el ámbito internacional, en el ámbito nacional y en el ámbito de Canarias, poner las cláusulas sociales.

Miren, el acuerdo de gobernabilidad, roto por Coalición Canaria, 2015-2019 y que hizo presidente al señor Clavijo hablaba de poner acciones de cláusulas sociales en los contratos públicos. De hecho, el discurso de investidura del señor Clavijo, aquel que incumplió en su mayor parte, tenía también incluidas las cláusulas sociales.

Mire, nosotros, cuando estábamos en el Gobierno, usted sabe bien, y seguramente me lo recordará en su intervención, hicimos jornadas técnicas de formación, de sensibilización de los trabajadores públicos que luego tendrían que sacar los pliegos y el 19 de septiembre de 2016, hace ya más de un año, aprobamos en el Gobierno un decreto de cláusulas sociales que, según las empresas de inserción de Euskadi, eran las más avanzadas de todo el país, y vinieron aquí a decirlo y a contarlo. ¿Y por qué digo lo de Euskadi? Porque al señor presidente le encanta hablar de Euskadi. Y fíjese usted que éramos referentes para Euskadi, en las empresas de inserción, en nuestras cláusulas sociales.

Y ahora le pregunto, señor vicepresidente, qué hemos hecho, porque el instrumento está. ¿Qué hemos hecho? ¿Cuántos concursos públicos se han sacado con esas cláusulas sociales? Señor vicepresidente, el decreto manda, manda que, en el caso de que no se saquen cláusulas sociales por alguna justificación, se argumente, es decir, no es que no se saque y ya está; no, no, no, se tiene que argumentar por qué razón no se están sacando las cláusulas sociales. Igual que se deben evitar las bajas temerarias, igual que cumplir la legalidad en todos los aspectos, no solo en la materia de contratación sino también en no discriminación de sexo a un puesto de trabajo, bueno, pues, en este caso se pusieron cláusulas sociales para al 15 % premiar que paguen mejor salario, que contraten más, que tengan medidas de conciliación, de igualdad entre hombres y mujeres, que fomenten la igualdad, una reserva para empresas de inserción... Decía este estudio de la Universidad de La Laguna que la licitación pública responsable reduce el gasto en prestaciones.

Perfil del contratante, de la comunidad autónoma. Contrato de obras del Centro de Salud de Costa Teguise: ¿tiene cláusulas sociales?, no; Centro de Atención de Usuarios de la Consejería de Educación y Universidades, así como el suministro de instalación de dispositivos para la adecuación de infraestructuras TIC en los centros educativos: no; suministro con instalación de un sistema de angiografía digital biplano con destino al hospital universitario de Gran Canaria: no; suministro de materiales necesarios para la realización con medios propios de la obra de clausura, sellado y restauración del vertedero de Lomo Alto, Fuencaliente, La Palma: no; ejecución de las obras contenidas en el proyecto Adecuación de la fachada y accesibilidad del edificio ubicado en calle Alicante, Las Palmas de Gran Canaria, Instituto Canario de Seguridad Laboral: ¿tiene cláusulas sociales?, no. Es decir, no se trata solo de dar ejemplo sino se trata...

La señora PRESIDENTA: Señora Hernández, un minuto más y concluya, por favor. ¿No?

Muchas gracias, señora Hernández.

Señor vicepresidente, su turno.

El señor VICEPRESIDENTE DEL GOBIERNO Y CONSEJERO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES (Rodríguez Valido): Muchas gracias, presidenta. Buenas tardes, señorías, buenas tardes, señora Hernández.

Como usted ya sabe, desde el año 2006 el Gobierno de Canarias ha incluido cláusulas administrativas en los pliegos de contratación tipo para fomentar la integración laboral de colectivos con especiales dificultades de inserción laboral. En el año 2012, tras el Decreto 57 de ese año, se actualizaron esos pliegos tipo para contemplar cláusulas sociales, como las de utilizar, en caso de empate en la puntuación final de las ofertas, el criterio preferencial para las empresas con trabajadores fijos con personas con alguna discapacidad. A partir de la Ley de Presupuestos Generales de esta comunidad autónoma para el año 2015 y 2016 se contempló la obligación, que también se ha añadido a los pliegos tipo, de que los contratistas contraten a personas que, reuniendo determinadas condiciones, estuvieran inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Canario de Empleo. Y también, como sabe, el 19 de septiembre de 2016, cuando usted todavía era vicepresidenta y consejera del Gobierno de Canarias, el Consejo de Gobierno aprobó primar en sus contrataciones públicas a aquellas empresas que ofrezcan mejoras laborales al cumplir con las llamadas cláusulas sociales, considerando la conveniencia de incorporar de forma transversal y preceptiva en los contratos públicos las denominadas cláusulas para introducir diversos aspectos de política social y medioambiental en diferentes fases del procedimiento de licitación de los contratos públicos, a través de los contratos reservados, los criterios de adjudicación, los criterios de preferencia o las condiciones especiales de ejecución de los contratos públicos.

Asimismo, el Gobierno de Canarias, a través del impulso del Comisionado de Inclusión Social y Lucha Contra la Pobreza, trabaja en el borrador de la ley de cláusulas sociales, medioambientales y la reserva de mercados en la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Canarias. Una iniciativa fundamental a través de la cual se pretende reforzar la labor que realizan las empresas de inserción y los centros especiales de empleo, tanto desde un punto de vista social, con la inserción laboral de colectivos en riesgo de exclusión, y la generación de capital social, medioambiental, con la introducción de criterios de producción ecológica y económicos, con su contribución no solo en forma de impuestos sino también ayudando al establecimiento de actividades difícilmente deslocalizables y que generan beneficios en la comunidad donde se implantan, fortaleciendo así la inserción laboral.

Con fecha del 23 de junio de este año, se publicó en el Boletín Oficial de Canarias el anuncio mediante el cual se sometió a consulta previa el anteproyecto de esta ley de cláusulas sociales, medioambientales y la reserva de mercados en la contratación pública de la comunidad autónoma, con el fin de recabar la opinión de las personas y organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015. Una vez finalizado el plazo de quince días naturales, no se registraron aportaciones, por lo que por parte del Comisionado de Inclusión Social y Lucha contra la Pobreza se procedió a continuar con el procedimiento establecido para la elaboración de la ley de cláusulas sociales, medioambientales y la reserva de mercados en la contratación pública. Actualmente se trabaja ya en el borrador de la ley. Por tanto, se ha elaborado la memoria de consulta previa, se ha publicado en el BOC, se ha completado el informe valorativo y se está elaborando el borrador de la ley.

No quiere decir que actualmente el Gobierno de Canarias no introduzca, como ya lo hacía, cláusulas sociales en sus pliegos de contratación pública. Todo lo contrario. Desde los diversos centros directivos del Gobierno, como ya usted sabrá puesto que su grupo político nos ha hecho llegar varias preguntas por escrito solicitando información a este respecto, se incorporan cláusulas sociales en los diferentes procedimientos de contratación. Sin ir más lejos, en el propio departamento que dirijo, el de Obras Públicas y Transportes, en donde sus últimos contratos incorporan cláusulas sociales.

Asimismo, desde la propia Dirección General de Patrimonio y Contratación nos informan de que en los contratos que se han tramitado hasta la fecha, con aprobación de pliegos, se han introducido específicamente cláusulas sociales y medioambientales, aparte de las previstas en los pliegos tipo, de las que antes les hablaba, relativas al criterio preferencial de adjudicación para las empresas con trabajadores fijos con personas con alguna discapacidad y a la obligación del contratista de contratar a personas que, reuniendo determinadas condiciones, estén inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Canario de Empleo.

Por lo tanto, la respuesta al título de su comparecencia es sí: este Gobierno implanta cláusulas sociales en su contratación, de una parte y, de la otra, trabaja en la elaboración de una ley específica al respecto.

Muchas gracias.

La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor vicepresidente.

Turno ahora para la posición de los grupos.

Grupo Mixto, señor Ramos Chinea.

El señor RAMOS CHINEA: Gracias, señora presidenta. Buenas tardes, señorías. Buenas tardes, señor vicepresidente del Gobierno.

Señor vicepresidente, partamos de la base de que la contratación pública es una herramienta jurídica al servicio de los poderes públicos para el cumplimiento de sus políticas con arreglo a los principios constitucionales y legales; principios de economía, efectividad y eficiencia, pero también de transparencia, participación ciudadana y desarrollo sostenible, inteligente e integrador, tal y como marca la Estrategia 2020 de la Unión Europea. De este modo la contratación no solo puede ser sino que debe ser una técnica al servicio de la consecución de los objetivos sociales, medioambientales, de investigación, de pleno empleo y de erradicación de la pobreza.

La introducción de criterios sociales y medioambientales es admitida y fomentada por las instituciones comunitarias, entendiendo que en modo alguno restringen o limitan la libre competencia sino que suponen una adecuada regulación de una contratación pública más eficiente que contribuye a un correcto desarrollo económico y social de las distintas regiones; y lo que es más: guarda total coherencia con la definición propia que nuestro Estado refleja en la Constitución, como un Estado social y democrático de derecho.

Desde Canarias se ha avanzando aprobando por el Ejecutivo desde septiembre del 2016 el uso de cláusulas sociales en los contratos que licita el Gobierno. Sin embargo, estas cláusulas, a pesar de su utilidad social, no se han implementado para todos los tipos de contratos públicos. No se aplican ni en los contratos de adhesión ni en los sistemas externos de contratación ni en los contratos menores. Estos últimos son la mayoría de los contratos del sector público. También han dejado la potestad de salvar la obligación de estas cláusulas mediante un informe de motivación para que no operen.

Permítame decirle que nos sorprende que, en el caso de las licitaciones, si dos empresas concurren y ambas están capacitadas para realizar la tarea pero solo una de ellas cumple con los objetivos sociales de tener buenos salarios, fomentar la igualdad entre hombres y mujeres y contratar a personas de los colectivos con mayor dificultad de inserción laboral, nos parecería inaudito motivar que no operen estas cláusulas. Además está claro que la Administración pública debería, si está comprometida realmente con estas cláusulas, fomentar solo contratos de adhesión con quienes cumplan estos objetivos sociales. Quizás no sea operativo de momento por el tipo de contrato que es pero en el futuro debería procurarse este cambio.

Pero eso entra dentro de la voluntad del Gobierno. Nuestra tarea es demandarles que generalicen la aplicación de estas cláusulas a todos los contratos del sector público y que solo unos pocos, como los sistemas externos de contratación, sean una excepción. Tenemos que dar ejemplo. El sector público canario tiene un importante peso específico en sectores económicos como la construcción y el sector servicios.

Muchas gracias.

La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Ramos Chinea.

Turno ahora para Nueva Canarias. El señor Campos.

El señor CAMPOS JIMÉNEZ (Desde su escaño): Buenas tardes, señorías.

Es obvio que esta comparecencia tiene trampa. Que se la hayan planteado al vicepresidente por aquello de que en su momento el Comisionado estuviera adscrito a la Vicepresidencia, pues, tiene trampa. Pero le toca, se la han hecho a usted.Usted ha comentado algo al principio de su intervención que creo que resta todo el mérito posible que ha intentado hacer este Gobierno y el anterior. Si desde el año 2006 en muchos contratos de la Administración pública en el ámbito de Canarias están incluyendo cláusulas sociales, la realidad es que el fracaso es absoluto, ¡absoluto! Primero porque probablemente en muy pocas consejerías están llevando a cabo esto, dentro de cada una de las consejerías, de las pocas que llevan, muy pocos contratos realmente habrán tenido este elemento como guía a la hora de elaborar los distintos pliegos, pero lo más probable es que aquellos que finalmente han sido capaces y han tenido la sensibilidad de hacerlo el seguimiento, el seguimiento de los contratos, es prácticamente nulo. Y a la realidad me remito. Pero si esto es en el Gobierno de Canarias imaginémonos lo que sucede en otras administraciones como pueden ser cabildos o ayuntamientos. Por tanto, lo que pone de relieve esto es la necesidad imperiosa de que exista una ley en Canarias ya, de manera urgente. Y digo esto porque vamos camino ya de más de dos años y medio de que este Gobierno empezó a andar, más de dos años y medio de la creación de la figura del comisionado de inclusión social y contra la pobreza y la realidad es que dos años y medio después, o un año después del nuevo comisionado, todavía estamos en fase de borrador de una ley que es esencial. Por tanto, fracaso absoluto, poca sensibilidad, poca capacidad ejecutiva en cuestiones que son trascendentales, porque para las que les ha interesado se ha removido cielo y tierra, se han cambiado todas las leyes necesarias, y yo creo que el ejemplo más claro ha sido la Ley del Suelo, pero esta, con su perfil social y absolutamente necesaria, vemos que todavía, dos años y medio después, está en la fase de borrador.

Y el impacto ha sido brutal, siempre ha habido incumplimientos en el ámbito de los contratos de la Administración pública, pero en los últimos años, sobre todo a partir del 2010, cuando la crisis impacta de manera brutal, ha sido terrible, absolutamente terrible, en unos casos porque las empresas quebraban, porque la subrogación o la subcontratación ha sido la tónica dominante y si ya no cumplía el primero, el segundo ni le cuento y, en algunos casos, del tercero ni le hablo. Y, por otro lado, por la reforma laboral, que ha posibilitado que se apliquen estos convenios.

Han aparecido en una de las enmiendas al articulado en el presupuesto, que a nosotros nos parece interesante, enmiendas, cláusulas sociales en forma de ley que pueden ser interesantes, no sé de su legalidad, pero que pueden ser interesantes y nosotros apoyaremos.

La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Campos.

Turno ahora para el Grupo Podemos. El señor Marrero.

El señor MARRERO MORALES: Buenas tardes.

Desde Podemos nos parece oportuna la petición de esta comparecencia del señor vicepresidente del Gobierno y consejero de Obras Públicas, porque entre otras cosas a veces se hacen leyes que se convierten en papel mojado porque no se llevan a la práctica.

Se ha citado aquí por parte del último compareciente y por usted el decreto del año 2006, el Decreto 84, que prácticamente hacía una referencia, que ha sido citado en otras comunidades autónomas porque hacía una referencia a que superaba la ley estatal en cuanto a contrataciones por discapacidad. Pero es que la introducción que se hizo en el año 2016 hacía una referencia mucho más amplia que a la discapacidad, es decir, hacía referencias sociales, medioambientales, etcétera.

Por tanto, para aquella gente que, desde el Grupo Podemos y otra gente, no solo hemos luchado en las calles sino también en las instituciones contra las reformas laborales iniciadas por Zapatero en su primer momento y luego continuadas por el señor Rajoy, reformas laborales que yo creo que se han comportado de manera inmisericorde con una parte de la clase trabajadora, de alguna manera este tipo de cláusulas significan un referente ético, significan una conquista ciudadana, el que se incluyan en las contrataciones públicas cláusulas sociales, laborales, medioambientales que mejoren las condiciones de la gente.

Afortunadamente aquellos argumentos que antes se daban por parte de sectores más de la derecha y del neoliberalismo dentro del empresariado, como que por ejemplo la contratación pública es una cosa y las políticas sociales son otra, que no tiene nada que ver una cosa con la otra, que las cláusulas sociales encarecen la adjudicación, etcétera, etcétera, una serie de argumentos que salieron en otros momentos, yo creo que afortunadamente eso ya parece, que ese debate, en este Parlamento por lo menos, parece superado a partir de la última ocasión.

Pero nos gustaría saber si esas cláusulas que usted dice que sí ha incluido, esos contratos que sí ha hecho, atendiendo yo supongo que al Decreto 84, más que a lo demás porque está sin desarrollar, pues, son de obligado cumplimiento para las empresas y si se ha hecho vigilancia expresa de que se cumplan, porque, claro, si una empresa no cumple habría que, de alguna manera, recurrir esa contratación.

Nos reafirmamos, y aquí en este Parlamento, en que esas cláusulas sociales extensibles, de carácter medioambiental, laboral, etcétera, son completamente legales, la contratación pública y responsable es más barata y eficiente; y, por tanto, consideramos que se debe apostar por ellas.

Y finalmente defendemos las contrataciones públicas socialmente responsables. Por tanto, le animamos a que empiece ya a hacer todas las contrataciones con esos criterios.

La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Marrero.

Turno ahora para el Grupo Popular. El señor Estalella.

(La señora presidenta abandona su lugar en la Mesa. Ocupa la Presidencia el señor vicepresidente primero, De la Hoz Fernández).

El señor ESTALELLA LIMIÑANA: Buenas tardes, señora presidenta. Señorías, señor vicepresidente.

Nos encontramos ante una nueva etapa de la contratación pública. Hasta hace unos años nos era suficiente la acreditación de algunos rasgos de carácter mercantil o de relación con la Administración en distintos ámbitos, el laboral, el fiscal, para acceder a licitaciones y resultar adjudicatario de un contrato de obra o de servicio con la Administración. El Partido Popular ha entendido también que este modo de operaciones ya no responde a la nueva manera de relacionarse de la Administración con los administrados y lo demuestra el apoyo a la Ley de Contratos del Sector Público aprobada en el Congreso de los Diputados el pasado noviembre, la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, que será de obligado cumplimiento a partir del 8 de marzo de 2018. Esta ley incorpora a nuestro ordenamiento jurídico la legislación comunitaria adoptada en los últimos años y lo que pretende es permitir incrementar la eficiencia del gasto público y facilitar en particular la participación de las pequeñas y medianas empresas en la contratación pública, así como permitir a los poderes públicos que empleen la contratación en apoyo de objetivos sociales comunes.

La ley aprobada pretende lograr una mayor transparencia en la contratación pública y conseguir una mejor relación calidad/precio, aspecto novedoso este que supera el tradicional mejor precio por el que se adjudicaban los contratos públicos.

Otro de sus objetivos es la simplificación de los trámites y con ello imponer una menor burocracia para licitadores y también la mejora del acceso para las pymes. El proceso de licitación debe resultar más simple, con la idea de reducir las cargas administrativas de todos los operadores económicos intervinientes, tanto los licitadores, como decía, como los órganos de contratación. Esta ley trata de diseñar un sistema de contratación pública que asegure la eficiencia en el gasto público y el respeto a los principios de igualdad de trato, no discriminación, transparencia, proporcionalidad e integridad, mediante el cual se consiga un mejor cumplimiento de los objetivos públicos.

Se aplicará también a todos los contratos de obras, concesiones, servicios, suministros, contratos mixtos por parte de todos los sujetos pertenecientes al sector público, entre ellos la Administración autonómica. Como le decía, a partir del 8 de marzo será de obligado cumplimiento. Es cierto que el Gobierno no ha sido diligente en aplicar las cláusulas que había pactado en el acuerdo de gobernabilidad y de investidura con el Partido Socialista; a partir del 8 de marzo será obligatorio. No solo eso sino que además incluso, en el proceso de enmiendas, hemos pactado, hemos fijado posición y no cabe duda de que para nosotros es una obligación mejorar las condiciones de las administraciones con los ciudadanos. Queda demostrado también, como les digo, por los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Canarias, que por falta de tiempo solo les apuntaré una cosa, que no es otra que establecer como condición especial de ejecución del contrato de carácter social el favorecer el cumplimiento de los convenios...

El señor VICEPRESIDENTE PRIMERO (De la Hoz Fernández): Gracias, señor Estalella.

Turno del Grupo Nacionalista Canario. La señora Beato.

La señora BEATO CASTELLANO: Gracias, señor presidente. Señorías, señor consejero.

Es verdad lo que decía la proponente: se ha abusado y se ha primado el precio por encima de todo, sobre todo en los años de la crisis. Los licitadores ajustaban las ofertas y esto era un efecto multiplicador y derivaba en los trabajadores, en algunas empresas incluso conculcando de manera flagrante los derechos de los trabajadores.

El balance de las directrices de contratación aprobadas por el Gobierno en septiembre del 2016 no está dando, no está dando los resultados esperados, quizás porque adolecen de algunas lagunas que ha puesto de manifiesto el Tribunal Administrativo de Contratos canario. Usted citaba la directriz decimocatorce, que establece como criterio de valoración, entre un 5 y un 15 %, el cumplimiento del convenio colectivo del sector, pero el Tribunal Administrativo de Contratos canario ha dicho, y se pronuncia de forma clara y contundente, que la introducción como criterio de valoración de esta condición no se ajusta a la Ley de Contratos ni tampoco a la Directiva 24/14, haciéndose eco de la doctrina del tribunal administrativo central de contratos, de los tribunales administrativos de otras comunidades autónomas como Navarra y Andalucía y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Por lo tanto, la finalidad no se está cumpliendo y se están anulando algunos pliegos por ese mismo motivo. Eso a nuestro grupo le ha preocupado y por eso hemos promovido la enmienda a los presupuestos de la comunidad autónoma, adelantándonos al proyecto de ley que está preparando el Gobierno, suscrita por el Partido Popular y el Grupo Mixto y apoyada por el resto de los grupos en la ponencia. En ella introducimos como condiciones especiales de ejecución de los contratos, no como criterios de adjudicación sino condiciones especiales de ejecución, que sí es una potestad de la adjudicadora, avalada por el artículo 118 de la actual ley y por el 202 de la ley que entrará en vigor próximamente, que no es obligatoria, que es potestativa. Nosotros estamos hablando de una obligación, de una obligación, de una norma, rango de ley y fuerza de obligar, no solo para la comunidad autónoma sino para el resto de las administraciones públicas canarias, cabildos y ayuntamientos. Por eso lo hemos introducido en la Ley de Presupuestos. No serán directrices, serán ley. Y las calificamos además como obligaciones contractuales esenciales, dándoles el mayor rango de cara a las posibles penalizaciones y de cara también a la posibilidad de rescisión de los contratos en caso de incumplimiento. Son condiciones laborales mínimas que se obligarán a los licitadores: la obligación de cumplir con el convenio colectivo del sector o de empresa que lo mejore, el mantenimiento de la plantilla, la garantía de un salario ajustado al convenio y la obligación de estar al corriente del pago de las...

El señor VICEPRESIDENTE PRIMERO (De la Hoz Fernández): Gracias, señora Beato, se ha agotado su tiempo.

Turno del grupo proponente, del Grupo Socialista. La señora Hernández.

La señora HERNÁNDEZ GUTIÉRREZ: Muchas gracias, señor presidente.

Señor vicepresidente, sin trampa ninguna -el portavoz de Nueva Canarias ha dicho lo de la trampa-. Se la hacemos a usted porque es su labor como vicepresidente. Señor Campos, la del vicepresidente es coordinar al Gobierno. Es así y está... Si no les gusta, pueden cambiarlo. No al vicepresidente, las normas que lo rigen. Lo pueden traer al Parlamento.

Y yo esperaba que me dijera más que las respuestas escritas. Las he estado revisando ahora. Señor vicepresidente, es que hay un problema, es que en las respuestas que nos dan no habla de un decreto, del Decreto 19/2016, sino habla de la Ley de Presupuestos, del decreto al que usted aludía del 2006... No están hablando de un decreto aprobado por el Gobierno, que...; decía: no es de obligado cumplimiento porque no es ley. Vamos a ver, si ya los departamentos del Gobierno no aprueban, no llevan a cabo lo que les manda el Consejo de Gobierno, sus propios consejeros, oye, mal vamos, ¿eh? Que yo pensaba que los decretos del Gobierno los tenían que cumplir no solo los ciudadanos sino también el Gobierno, ya si eso. Pero a la vista está que por lo menos no han podido acreditarlo.

Y yo voy a hacerle preguntas concretas, señor vicepresidente.

Mire, se creaba la comisión de cláusulas sociales y medioambientales, una comisión que debía presidir la consejera de Empleo y Políticas Sociales: ¿se ha creado?, ¿cuántas veces se ha reunido?, ¿cuántas veces se han valorado las decisiones que se toman? Porque el decreto, en su disposición decimoséptima, hablaba de la creación de esta comisión. Es verdad que lo elevaba como vicepresidenta, en ese caso es verdad que coincidía. Pero el decreto dice claramente que en esa comisión de cláusulas sociales y medioambientales, que debía revisar el funcionamiento y si se estaban llevando a cabo estas cláusulas, había una persona de cada departamento y presidía o debía presidir o debe presidir la consejera de Empleo. ¿Esta comisión existe?, ¿se está revisando?, ¿se está aplicando?

Y luego yo estoy muy de acuerdo con la intervención del portavoz de Podemos. Es que esto no es papel mojado, no es literatura, aplicar cláusulas sociales o hablar de otras leyes; no, es que se habla de reserva de contratos a entidades de carácter social, del tercer sector, de criterios sociales o medioambientales de adjudicación, de un 15 %, de más cantidad de empleo, más sueldo, también de la reserva para el acceso al mercado laboral de personas con dificultades de inserción laboral, de la subcontratación con centros especiales de empleo, del comercio justo, de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, de la calidad y responsabilidad social de la propuesta, la calidad y responsabilidad medioambiental, de la regulación de las condiciones especiales de ejecución... Esto llevó un trabajo de coordinación con todos los departamentos del Gobierno, que efectivamente coordinó el comisionado y que elevé yo misma y la consejera de Hacienda, pero ese fue un decreto que se debería estar aplicando. Insisto, el decreto dice que, en el caso de que saquen concursos en que no se puedan aplicar las cláusulas sociales, tiene que estar debidamente justificado y en las respuestas que le dan a mi grupo parlamentario, al diputado Manuel Marcos Pérez, aluden a otro decreto que no es este, aluden a otras normas que no son estas, en la mayoría de los casos. Mi pregunta es, ¿saben los consejeros de Gobierno que esto existe? Igual no.

Ahora le pregunto yo por la comisión de cláusulas sociales: ¿existe? Si existe, queremos saber cuántas veces se ha reunido, qué seguimiento está haciendo de estas cláusulas sociales. Porque está muy bien hablar del "haremos", está muy bien hablar de modificaciones legislativas, pero tiene usted instrumentos, tiene usted instrumentos. Y, claro, nosotros aquí hablaremos luego de una PNL del Grupo Parlamentario Podemos para exigir que se suban los sueldos y para que el Gobierno de Canarias exija que suban los sueldos, a los empresarios del sector turístico. Y, claro, ¿con qué cara, compadre? -perdón-, ¿con qué cara?, ¿con qué cara cuando ustedes contratan a la baja y después eso repercute en peores sueldos para los trabajadores que trabajan de forma indirecta para la Administración pública? Es decir, no es solo una cuestión de la potencia de contratación que tiene la Administración pública canaria, sea comunidad autónoma, cabildos o ayuntamientos, es una cuestión también de dar ejemplo. Es una cuestión de justicia social pero también es una cuestión cuantitativa: cuánto nos cuesta, cuánto nos cuesta económicamente que luego, después, la gente que está trabajando en obras de la comunidad autónoma pueda ir a los servicios sociales de nuestros ayuntamientos, y que los tenemos así. ¿Y es que usted no ha visto -seguro que ha visto, ¿verdad?- la cantidad de trabajadores de seguridad de nuestras instituciones y edificios públicos que están sin cobrar? Bien. Pues le pregunto a usted: ¿el concurso que se ha vuelto a sacar de los servicios de seguridad de justicia tiene la cláusula social para evitar esto?, ¿sí o no? ¿Tiene cláusulas sociales para evitar, con este decreto, que es que está aprobado, para evitar que se presenten empresas pirata que paguen una miseria a sus trabajadores?, ¿las tiene, sí o no?

Y no es que se vaya a poner en la Ley de Presupuestos, que el pliego ya salió y ustedes tenían el instrumento, y yo lo que estoy leyendo es que no han utilizado un instrumento para proteger a los canarios y a las canarias. Por cierto, se llenan la boca hablando de empresas canarias, se llenan la boca hablando de proteger a los nuestros y a las nuestras, y, sin embargo, no utilizan un instrumento que protegería el tejido empresarial canario, protegiendo a su vez a sus trabajadores y a sus trabajadoras, protegería el tejido empresarial canario. Que luego, por cierto, lo subcontratan empresas que vienen de fuera a la baja.

Y había consenso. Esto no era solo una cuestión del anterior Gobierno, que no de este -cuando dice él "este", no, el anterior Gobierno-, sino que estaban los grupos parlamentarios de acuerdo. De hecho, en el decreto figuran los acuerdos de este Parlamento por unanimidad, que instaba al Gobierno a sacar las cláusulas sociales.

Nosotros registramos esta iniciativa ante una pregunta que le hicimos al señor Clavijo en la sesión de control en la que le aludimos a concursos, a pliegos determinados, y él sí decía que se habían aplicado las cláusulas sociales. Nuestra impresión era que no. Lo revisamos con calma: no estaban. Probablemente es porque se refieran a leyes anteriores, a eso que ha dicho usted, bueno, pues, de incluir a las personas con dificultades de inserción y no al pliego específico. Lo que pasa es que yo le puedo reconocer desconocimiento de la norma a cualquier persona con la que coincidamos en la calle, pero al presidente del Gobierno y en sede parlamentaria, no, y más cuando la pregunta estaba hecha en este caso para eso.

Y en este caso es lo mismo, señor vicepresidente. El enunciado esta vez no me puede usted decir que era trampa y que yo he venido aquí a pillarle. El enunciado estaba claro, y yo quiero saber qué contratos se están haciendo, si se están aplicando, qué condiciones, porque le he dicho... La información que nosotros tenemos en este caso no solo nos viene de las preguntas que hacemos y a las que usted se ha referido, sino también del Perfil del Contratante. Afortunadamente, en este siglo XXI nuestro, casi todo se publica y podemos revisarlo. Todos, la página 1, la 2, la 3, la 4 y la 5 del Perfil del Contratante, de contratos de la Administración pública canaria, no tiene ninguno. No seguimos para atrás, podíamos haber seguido, porque lo hacemos de vez en cuando. Ninguno tenía ninguna cláusula social. Pregunto: ¿esos concursos, ese procedimiento tiene la justificación de que no se estaba aplicando esa cláusula social? Me gustaría también que me lo dijera. Es decir, en cada concurso tendrían que sacar o las cláusulas sociales o la justificación de por qué no se saca esa cláusula social. Eso dice el decreto. Ahora, si lo sacan con rango de ley, que también estábamos trabajando y también en el borrador del tercer sector, que, como bien sabe, fue sacado por el anterior comisionado, el señor Néstor Hernández, está muy bien que se lleve a rango de ley y que avancemos. Pero el problema es que, si usted no me demuestra lo contrario, llevamos más de un año en el que no se ha aplicado ninguna cláusula social. Ninguna cláusula social de ese decreto, porque es que si llamamos cláusula social ya a todo, pues, perfecto, pero es que tenemos un decreto definiendo cuáles son, lo que llamamos nosotros cláusulas sociales y a quién se refieren. Sobre este decreto le estoy preguntando, no sobre lo que usted ha dicho de reserva para los desempleados que están en el Servicio Canario de Empleo, que efectivamente marca la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma, que vuelve a aprobarse en este articulado. Que, por cierto, es bastante cuestionado, pero que históricamente, en los últimos años ha estado en la Ley de Presupuestos. Pero de eso no estoy hablando, estoy hablando del decreto de cláusulas sociales y de las cláusulas sociales, medioambientales, de igualdad y de empresas de inserción.

Nada más, señor vicepresidente. Nos reservamos, por supuesto, cualquier tipo de iniciativa y cualquier otra acción de control, pero nos gustaría que usted hoy nos despejara las dudas y no tuviéramos que traer nada más.

Muchas gracias.

El señor VICEPRESIDENTE PRIMERO (De la Hoz Fernández): Muchas gracias, señora Hernández.

Señor vicepresidente.

El señor VICEPRESIDENTE DEL GOBIERNO Y CONSEJERO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES (Rodríguez Valido): Gracias, presidente.

Voy a tratar de aclarar determinadas cosas y dar respuesta a la señora Hernández, como me ha exigido.

En primer lugar, decir que, con respecto a la intervención del portavoz del Grupo Mixto, de la Agrupación Socialista Gomera, decir que, efectivamente, la mayor garantía, la mayor garantía de que estas cláusulas sociales estén incorporadas a todos los contratos del sector público es que estén o que exista una ley. Es decir, esa es la mayor garantía. Por eso, como haré después, les invitaré a todos a participar y aprobar esta ley de cláusulas sociales que se está tramitando, del comisionado, y que sí reconozco, desde el primer momento, como decía el señor Campos, que ojalá hubiese llegado antes, ojalá hubiésemos acortado los plazos, pero efectivamente es a mitad de este año cuando ha salido a exposición pública y confío en que en el menor tiempo posible el comisionado tenga listo y preparado ese borrador.

Yo no he dicho, yo no he dicho que las cláusulas sociales se estén incorporando desde el año 2006. Yo lo que dije claramente, conté o relaté todos los antecedentes a las cláusulas sociales. Desde el año 2006 se incorporaban cláusulas administrativas dentro de los contratos públicos para incorporar a personas con difícil inserción laboral. Eso es lo que dejé claro. Pero que evidentemente en el 2006 hubo ese decreto, luego hubo, en los Presupuestos del 2015 y 2016, pues, se incorporó también una cláusula para incorporar a personas desempleadas en el Servicio Canario de Empleo y, efectivamente, a finales del 2016 -y no le quito valor, lo he puesto en valor-, pues, se aprueba el decreto por parte del Consejo de Gobierno, a propuesta de la anterior vicepresidenta, para incorporar estas cláusulas a la comunidad autónoma.

Dicho esto, sí es cierto lo que ha dicho la señora Beato, que el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos, de Canarias, pues, ha cuestionado determinados preceptos incorporados a ese decreto, que es un decreto que no genera la obligación que sí genera la ley, y por eso entendemos y celebramos la enmienda presentada por el Grupo Nacionalista Canario, por el Grupo Mixto, la Agrupación Socialista Gomera, y por el Grupo Popular, y -tengo que reconocer también- aprobada y apoyada por todos los grupos parlamentarios en la ponencia de los presupuestos y espero que finalmente también en el pleno de los presupuestos. Porque, efectivamente, esa enmienda sí va a generar una obligación en todo el sector público canario, es decir, no solo en la comunidad autónoma sino en todo el sector público canario, y esa obligación entendemos que es tremendamente positiva.

Señora Hernández, con respecto a la defensa, a la defensa, de la necesidad -y también se lo añado al señor portavoz del Grupo Podemos-, con respecto a la defensa de las cláusulas sociales, ya por suerte no hay discusión; es decir, todos los grupos están de acuerdo en la necesidad de incorporar en el sector público, en la contratación del sector público, cláusulas sociales. Que desde luego no encarecen, no encarecen los contratos, sino les dan un valor a los contratos mucho más importante y mucho más definitorio. Yo creo que en la época de crisis, cuando en muchos concursos públicos, y pongo algunos ejemplos relativos a planes de cooperación en determinados cabildos, solo se primaba y te obligaban a primar en la contratación pública el precio, aquello que llamaban "contratos por subasta", pues, perdíamos absolutamente todos, la Administración y los ciudadanos, dado que el servicio que se prestaba o la infraestructura con la que se dotaba era de una calidad y una deficiencia mayúsculas.

Y termino, señora Hernández, contándole, tratando de relatarle contrataciones de este último año en donde se han incorporado cláusulas sociales. Para poner al menos algunos ejemplos, no están todas, evidentemente, pero le voy a hablar de algunas consejerías.

Educación y Universidades. Desde la Dirección General de Centros e Infraestructura Educativa se ha tramitado, sin ir más lejos, el expediente para la contratación del servicio de limpieza de los centros docentes y dependencias administrativas de la Consejería de Educación y Universidades, cuyos pliegos incorporan cláusulas sociales y medioambientales.

La Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad se ciñe, según la contratación de que se trate, a incorporar las cláusulas de tipo social, así como las relacionadas con la integración, que esas sí que no están, son relativas a ese decreto del 2012, de trabajadores, personas con alguna discapacidad, que figuran en los pliegos tipo aprobados, insisto, en ese Decreto 57/2012.

En la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes se han tramitado varios expedientes que disponen de condiciones especiales de tipo social, cláusulas sociales.

En la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento, sin ir más lejos, el ITC -el Instituto Tecnológico de Canarias-, empresa pública, como todos saben, adscrita a este centro directivo, ha realizado un gran esfuerzo por incorporar cláusulas sociales y medioambientales, por ejemplo en las contrataciones en las que se ha previsto como posible la contratación de nuevo personal para la realización del objeto de contrato, que se ha introducido en cláusulas para favorecer la contratación de personal desempleado.

En la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, en la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Transparencia, dependiente de la misma, su grado de implantación de las cláusulas sociales y medioambientales es del 100 %.

Como ya les dije anteriormente, en la consejería que nos toca dirigir, la de Obras Públicas y Transportes, se han incluido en los pliegos de contratación las cláusulas sociales en el caso, por ejemplo, de la nueva contratación, complementario, de la IV fase de la circunvalación de Las Palmas de Gran Canaria, el complementario número 2, licitado este año; y también, por ejemplo, en la actualización del proyecto constructivo del tramo El Tanque-Santiago del Teide, el conocido como cierre del anillo insular.

También en empresas, como el caso de Gestur, dependiente de Hacienda, en los pliegos de cláusulas administrativas particulares utilizadas para las contrataciones que lleva a cabo esta sociedad, se encuentran incluidas las cláusulas sociales; o, como ya indiqué anteriormente, la Dirección General de Patrimonio y Contratación trabaja en la elaboración de unos nuevos pliegos técnicos tipo, con el fin de adaptarlos, aunque en sus pliegos de contratación ya contempla estas cláusulas.

Más ejemplos. En los pliegos -y este me lo ha mencionado- para la contratación del servicio de vigilancia y seguridad de las edificaciones de las dependencias administrativas de la comunidad autónoma, sin ir más lejos, se contempla el acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno el pasado 19 de septiembre de 2016, que en su cláusula decimoquinta establece que, sobre los efectos del incumplimiento de las cláusulas sociales y medioambientales, el órgano de contratación, en caso de incumplimiento y en función de la gravedad, puede elegir entre resolver el contrato por incumplimiento culpable, lo que podría conllevar la inhabilitación para licitar durante el plazo de dos años, o continuar la ejecución del contrato con la imposición de una sanción gradual de hasta el diez por ciento del precio global del contrato. Y así se ha previsto en los pliegos de la referida contratación al disponer que el incumplimiento de tal obligación pueda dar lugar a la resolución del contrato, con incautación de las garantías definitivas depositadas al contratista. También, como criterio de adjudicación, se ha incluido la implantación de un plan de formación continua para todos los vigilantes de seguridad que prestan servicios en los edificios incluidos en el contrato.

Y continuo, y en la misma línea, en los pliegos que informan la contratación del servicio de mantenimiento y conservación de los ascensores de los edificios destinados a dependencias administrativas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias también se contempla establecer como criterio de adjudicación la implantación de un plan de formación continua para los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato, otra vez según lo previsto en la cláusula decimosegunda del citado acuerdo del pasado año.

En definitiva, estamos incorporándolo a la gran mayoría de los contratos. Efectivamente hay contratos en que, por causas justificadas o bien por lagunas que el tribunal de contrato público ha determinado, no se han incorporado, pero yo creo que -y en este sentido pido el acuerdo de todos, el apoyo de todos-, por un lado la enmienda presentada por los grupos anteriormente citados a los presupuestos generales de la comunidad autónoma para el año 2018 creo que es un avance importante y desde luego aprobar una ley específica de cláusulas sociales para Canarias que implique a todo el sector público canario sería un paso adelante muy significativo, muy importante, para el conjunto de Canarias.

Muchas gracias.

El señor VICEPRESIDENTE PRIMERO (De la Hoz Fernández): Muchas gracias, señor vicepresidente.