Diario de Sesiones 118, de fecha 5/4/2022
Punto 15

10L/PO/P-2371 PREGUNTA DEL SEÑOR DIPUTADO DON MARCOS FRANCISCO HERNÁNDEZ GUILLÉN, DEL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA CANARIO, SOBRE ARTICULACIÓN DE LA MEDIDA DE DERIVACIÓN A PLAZAS SOCIOSANITARIAS DE TRÁNSITO A PERSONAS CON ALTA MÉDICA QUE OCUPAN CAMAS HOSPITALARIAS, DIRIGIDA AL SEÑOR CONSEJERO DE SANIDAD.

La señora VICEPRESIDENTA SEGUNDA (Dávila Mamely): Turno para el diputado don Marcos Francisco Hernández Guillén, del Grupo Socialista, sobre la articulación de la medida de derivación a plazas sociosanitarias de tránsito a personas con alta médica, dirigida..., que ocupan camas hospitalarias, dirigida al consejero de Sanidad.

Adelante, señor Hernández.

El señor HERNÁNDEZ GUILLÉN (desde su escaño): Gracias, presidenta. Buenos días, señorías. Buenos días, señor consejero.

El 8 de abril del año 2014 el entonces presidente del Gobierno de Canarias, el señor don Paulino Rivero, anunciaba en el pleno que se iba a publicar una orden que regularía el régimen de derivación de personas que ocupaban plazas hospitalarias con alta médica. En ese momento la cartera de Sanidad la ostentaba la señora consejera doña Brígida Mendoza. Decía Paulino Rivero, y entrecomillo, que era un problema serio que no ha tenido solución en ninguna comunidad autónoma, y no le faltaba razón al entonces presidente del Gobierno al hacer esa afirmación.

Esa orden salió publicada poco tiempo después, pero nunca llegó a hacerse efectiva, y es cierto que no estaba exento de dificultades, estoy convencido de que el empeño político era loable por parte de quien lo ejercía.

Transcurridos ocho años, aunque el problema viene dándose -y no nos engañemos, señorías- con anterioridad al año 2014, la coordinación entre la Consejería de Sanidad y la Consejería de Derechos Sociales vislumbra una respuesta adecuada a un problema que tensiona, en cierta medida, el propio sistema sanitario.

No voy a entrar en los motivos de tipo social, familiar, personal o funcional que hayan impedido que un paciente con alta médica tenga dificultades para regresar a su entorno más inmediato, pero lo que sí es cierto es que esa circunstancia, anómala, incorpora una dificultad a la gerencia hospitalaria, que puede verse necesitada de esas camas. Tan anómalo que ni siquiera podemos decir, técnicamente, señor consejero, que esas personas sean pacientes una vez recibida el alta médica, en todo caso tendrían la condición de usuarios.

Para ese objetivo esas personas deben tener la atención apropiada, un centro adecuado a sus necesidades, que no ocupen una cama hospitalaria que puede precisar otro paciente y evitar retornar, en determinados casos, a un domicilio donde estén desatendidos o en condiciones de insalubridad.

A principios de marzo, señor consejero, tanto su Consejería de Sanidad como la Consejería de Derechos Sociales -y aquí hay que reconocer también a la señora Santana el esfuerzo ímprobo de coordinación entre ambas-, han planteado que esas personas con alta médica e imposibilidad del retorno al domicilio habitual se tratasen a través de esa orden.

Partiendo de la buena noticia que supone, señor consejero, me gustaría -a mi grupo parlamentario, al Grupo Parlamentario Socialista- conocer desde el señor consejero cómo se van a implementar o se van a articular esas derivaciones a plazas sociosanitarias.

Muchas gracias.

La señora VICEPRESIDENTA SEGUNDA (Dávila Mamely): Gracias, señor Hernández.

Turno para el consejero.

Adelante.

El señor CONSEJERO DE SANIDAD (Trujillo Oramas) (desde su escaño): Presidenta, gracias. Señorías.

Bueno, como usted ha comentado, desde el 5 de marzo tenemos esta orden conjunta entre las dos consejerías que lo que pretende es derivar a centros de tránsito sociosanitario a las personas que tienen alta médica y que han cumplido ya, ya no necesitan la asistencia precisa en nuestros centros y, evidentemente, lo que necesitan es una atención sociosanitaria.

Esta nueva orden deroga la que venía de 2014 y lo que va a hacer es simplificar el procedimiento administrativo y posibilita la puesta en marcha efectiva de este sistema de traslado. Y, evidentemente, al alojar a estas personas en esos recursos residenciales ajustados a sus necesidades liberamos camas hospitalarias, que es un elemento muy importante como consecuencia de todo este proceso. En estos momentos tenemos unas doscientas noventa personas que ocupan esta..., que están en esta situación, de las cuales doscientas cincuenta están en los cuatro complejos universitarios.

Las medidas que recoge la orden, evidentemente, es identificar a los usuarios, preparar la documentación, contratar las plazas de tránsito, elaborar el circuito de coordinación con Dependencia y continuar con las familias para que no se pierda el apoyo familiar en la medida de lo posible en su domicilio.

La derivación, evidentemente, requiere en todo caso la comprobación de la incapacidad de retornar al domicilio con garantías y la necesidad de recibir en un centro residencial sociosanitario la atención. El traslado, obviamente, se realiza bajo todas las normas de control y rigor, y, evidentemente, previo consentimiento o bien de la persona o bien de quien sea su representante.

La financiación de todo este sistema, pues, corre a cargo de la Consejería de Sanidad hasta que el paciente haya visto reconocida la situación de dependencia. En este momento, y siempre que se haya reconocido el servicio de atención residencial, se cofinanciará la plaza con la Consejería de Derechos Sociales. Si la persona usuaria no obtiene el reconocimiento de grado 2 o 3 de dependencia, la financiación de la plaza corresponderá íntegramente al Servicio Canario de la Salud.

La señora VICEPRESIDENTA SEGUNDA (Dávila Mamely): Gracias, señor consejero.