Diario de Sesiones 125, de fecha 25/5/2022
Punto 10
10L/PL-0014 DICTAMEN DE COMISIÓN. DE LA COMISIÓN DE SANIDAD, SOBRE EL PROYECTO DE LEY POR LA QUE SE ESTABLECE EL RÉGIMEN JURÍDICO DE ALERTA SANITARIA Y LAS MEDIDAS PARA EL CONTROL Y GESTIÓN DE LA PANDEMIA DE COVID-19 EN CANARIAS (PROCEDENTE DEL DECRETO LEY 11/2021, DE 2 DE SEPTIEMBRE).
El señor PRESIDENTE: Y continuamos con el punto número 7, correspondiente al dictamen de comisión.
En este caso, de la PL-14, por la que se establece el régimen jurídico de alerta sanitaria y las medidas para el control y gestión de la pandemia del COVID-19 en Canarias, procedente del Decreto Ley 11/2021, de 2 de septiembre.
Un segundo, señorías, por favor. (Pausa).
Bien. Vamos con los turnos de intervención, señorías. En primer lugar, intervienen los grupos parlamentarios que mantienen enmiendas para el pleno, con un turno de diez minutos cada uno.
Comenzamos con el Grupo Parlamentario Popular. Señora Reverón, tiene la palabra.
(Rumores en la sala).
Silencio, señorías, por favor. Señora Reverón, tiene la palabra.
La señora REVERÓN GONZÁLEZ: Gracias, presidente.
Señorías, quiero que mis primeras palabras sean para expresar mi más sentido recuerdo a las víctimas de la COVID y a sus familias y también mi agradecimiento a todos los profesionales y servidores públicos, que han hecho sin duda un trabajo excepcional.
Empiezo recordando lo que dijo el Gobierno para convalidar el decreto ley del que hoy se deriva este proyecto de ley. El Gobierno afirmaba el 9 de septiembre del año pasado que este decreto ley era una norma para dar respuesta a todo tipo de crisis sanitarias, y eso, señorías, no es cierto, porque invito a sus señorías, sobre todo a las que apoyan al Gobierno, a que se lean el artículo 1 de este decreto ley, ahora proyecto de ley, porque dice claramente que solamente se aplicará a la crisis sanitaria de la COVID, no lo que ustedes afirmaban. O es que yo también me planteo: ¿es que ahora este proyecto de ley que ustedes van a aprobar hoy va a dar respuesta a una posible pandemia del virus del mono?
Asimismo, como les decía, el Gobierno dijo lo siguiente -abro comillas-: La legislación actual sanitaria a nivel nacional -a nivel nacional- no está concebida para una pandemia que lleva con nosotros dieciocho meses; y, por tanto, nos pedía altura de miras. Señorías del Gobierno, se afirmó en esta sede parlamentaria que la legislación sanitaria a nivel nacional no estaba concebida para dar respuesta a esta pandemia; por tanto, ante esta afirmación, yo solamente les voy a hacer la siguiente pregunta: ¿ustedes de qué se están riendo? Y digo esto porque les tendré que recordar que el PSOE a nivel nacional y el Gobierno de España se han negado a la solicitud de mi formación política de aprobar una ley de pandemias para que fuese un instrumento legal en materia de salud pública que ayude a luchar contra la pandemia o cualquier clase de crisis sanitarias y ustedes se han negado porque entienden que no era necesario, ya que la actual normativa contemplaba todo tipo de medidas para luchar contra la pandemia; y, por contra, ustedes en Canarias nos decían, como yo decía, el año pasado, nos decían que la legislación nacional no respondía a esta pandemia. Por tanto, ¿en qué quedamos, señorías?
Pero, miren, fíjense, el colmo del disparate, y es que, teniendo en cuenta esta premisa, en la comisión bilateral Estado-comunidad autónoma, en relación con algunos artículos que están viciados de inconstitucionalidad -no dicho por mí, sino por la Audiencia de... el Consejo Consultivo, pero iba a decir la Audiencia de Cuentas, el Consejo Consultivo-, se recuerda y se acuerda que las medidas que se puedan adoptar por las autoridades sanitarias canarias se hacen en el marco de la legislación nacional, esa que según ustedes no daba respuesta a la pandemia de la COVID-19. Por tanto, señorías, seguimos con este sinsentido.
Pero, mire, voy a continuar. En esa comisión se acordó, como no podía ser de otra manera, que las medidas que adoptara el Gobierno de Canarias no podían desarrollar ni limitar derechos fundamentales, porque estas son materias, como todos sabemos, reservadas a ley orgánica.
Pues bien, una vez que nos hemos leído el acuerdo, solamente me lleva a dos conclusiones: o bien no se han leído el decreto ley que hoy se pretende aprobar como proyecto de ley o bien alguien se está riendo a carcajadas de todos nosotros.
Porque, miren, les voy a leer lo que dice el artículo 12 de este proyecto de ley que ustedes pretenden hoy aprobar. Habla del aislamiento y la cuarentena y se refiere a que, en virtud de las resoluciones que pudiera adoptar la autoridad sanitaria, las personas afectadas tendrán la siguiente obligación personal, aislamiento o cuarentena, y dice que tiene que ser durante el plazo establecido por la autoridad sanitaria, sin posibilidades de desplazarse ni de relacionarse presencialmente con otras personas. Es decir, ustedes pretenden limitar un derecho fundamental, eso sí, con una ley ordinaria. Por tanto, lo que pretenden es un arresto domiciliario, pero, eso sí, ojo, sin autorización judicial. Señorías, ¿saben a qué responde este tipo de normativa? A los sistemas que son propios totalitarios. ¿O es que a alguien de este salón de plenos todavía no le ha quedado claro que el Tribunal Constitucional declaró inconstitucionales los dos estados de alarma y los confinamientos que eso conllevó? Miren, esto parece que a ustedes les da igual, ustedes se creen que están por encima de la legalidad vigente y por eso ustedes pretenden limitar derechos fundamentales. ¿Por eso nos pedían altura de miras?, ya les digo yo que al Partido Popular ahí no nos van a encontrar.
Señorías, hoy debatimos un proyecto de ley de medidas para el control y la gestión de la pandemia que deriva, como he dicho, de un decreto ley en el que mi formación política votó en contra de su convalidación porque se trataba de una norma que, según el Consejo Consultivo, contenía muchos vicios de inconstitucionalidad y prueba de ello es que esta norma, si se mira en su expediente, no viene avalada por ningún letrado de la comunidad autónoma. Por algo será. Y como se está tramitando como un proyecto de ley los grupos que apoyan al Gobierno tuvieron la oportunidad de presentar enmiendas para solventar todos esos reparos de inconstitucionalidad o bien aceptar las enmiendas que presentamos los grupos de la oposición, pero nada más lejos de la realidad, señorías: ustedes no hicieron sus deberes y, una vez más, hicieron gala de esa frase del presidente del Gobierno de España del no es no.
Y quiero que quede claro, pero que muy claro, que desde el Partido Popular no nos oponemos al establecimiento de las medidas necesarias para paliar esta crisis sanitaria. Desde el Partido Popular hemos trabajado con responsabilidad, solicitando medidas para controlar el virus, tendiendo la mano a este Gobierno; sin embargo, la respuesta que siempre o casi siempre hemos recibido es el no por el no.
Miren, nadie está libre de cometer errores en una crisis como esta, pero hemos echado en falta la escucha activa y la autocrítica por parte de los grupos que apoyan al Gobierno, que solo parecen escuchar a los que son de una ideología política afín y critican despiadadamente a los que consideran sus adversarios, es decir, a nosotros. Por tanto, la mano tendida de mi partido siempre, y lo digo en mayúsculas, y la respuesta de ustedes también siempre ha sido la misma, que es no porque viene de la mano del Partido Popular.
Estamos en contra de este proyecto de ley porque, además, como he dicho, de que limita derechos fundamentales, porque está viciado de inconstitucionalidad, por lo siguiente.
Miren, primero por la forma. El Gobierno ha hecho un uso torticero de la potestad legislativa con una única finalidad, y es saltarse los controles de los tribunales, porque no olvidemos que lo que ha hecho este decreto ley, que ahora es un proyecto de ley, lo que ha hecho ha sido aglutinar todos aquellos acuerdos adoptados por el Gobierno de Canarias y que fueron tumbados por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias.
En segundo lugar, estamos en contra de este proyecto de ley porque las medidas que se contemplan se adoptaron en un momento en el que España se encontraba en una situación de estado de alarma que, como ya he dicho, el Tribunal Constitucional lo tumbó. Aunque eso, está claro que a ustedes lo que diga el Tribunal Constitucional y lo que diga el Consejo Consultivo, a ustedes eso les importa bien poco.
En tercer lugar, vamos a votar en contra porque es una norma anacrónica. Las medidas actualmente en vigor han demostrado que no son ni suficientes ni las necesarias, y a los datos me remito, señorías, porque hemos sido la peor comunidad autónoma en la gestión de la COVID-1. Porque no debemos olvidar que, aunque el virus es igual para todos, hay diferentes criterios dependiendo de la comunidad autónoma en la que vivas. ¿De qué han servido los niveles -eso sí, además de los chistes que hay en la calle entre los vecinos de Canarias-? No han servido prácticamente para nada. Mire, los canarios ya no saben lo que implican los niveles, ni el 1 ni el 2 ni el 3 ni el reforzado. ¿Ustedes se acuerdan de cuando una isla estaba en nivel 3 pero se le aplicaban las del nivel 4 y viceversa?, ¿recuerdan cuando nos limitaban el número de personas en reuniones, primero seis, después ocho, bajamos a cuatro? Y así hemos estado dos años.
Señorías, la pandemia se ha intentado combatir, tanto por el Estado como por las comunidades autónomas, a golpe de normas que limitaban los derechos fundamentales, y esto no lo digo yo, lo dice el Tribunal Constitucional.
Señorías, necesitamos -y lo volvemos a decir- un ordenamiento jurídico, una ley de pandemias, que dé respuesta a la ciudadanía en general y, sobre todo, que proteja sus derechos, sus libertades y otorgue capacidad, tanto al Estado como a las comunidades autónomas, de velar por salud, pero resulta que ahora nos encontramos con lo siguiente: no tenemos una ley de pandemias, el Estado ha dado por finiquitadas todas las medidas necesarias para controlar el virus, el Gobierno de Canarias va a aprobar hoy una ley que, además de tener visos de inconstitucionalidad porque limita, como he dicho, derechos fundamentales, no va a dar respuesta al control de esta pandemia, control, por cierto, que según el Estado ya no es necesario, y, por cierto, una ley que solo será de aplicación a la crisis sanitaria derivada de la COVID.
Por tanto, señorías, en definitiva, termino diciendo que desde mi grupo parlamentario no vamos a apoyar este dislate, porque esta norma es un despropósito, y no vamos a ser colaboradores necesarios en el blanqueo de sus inconstitucionalidades.
Muchísimas gracias.
El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Reverón .
Turno para el Grupo Parlamentario Nacionalista. Señora Beato.
Adelante.
La señora BEATO CASTELLANO: Gracias, señor presidente. Señorías. Señores del Gobierno -no están-.
Hoy, lamentablemente, se va a consumar un disparate. Un disparate por la cerrazón del Gobierno en aprobar esta ley a toda costa, desoyendo a la oposición, que hemos tendido la mano con responsabilidad, desoyendo al Consejo Consultivo, que advirtió de inconstitucionalidad en más de una veintena de disposiciones, haciendo caso omiso de los pronunciamientos del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, desoyendo al Tribunal Supremo, que les tumbó el toque de queda con medidas similares, y, finalmente, saltándose incluso los acuerdos que ustedes han adoptado en la Comisión Bilateral Canarias-Estado, con discrepancias en cuatro artículos de los que solo se traducen en enmiendas dos.
Esta ley es un corta y pega de todas las medidas que adoptó el Gobierno al amparo de los dos estados de alarma, ambos declarados inconstitucionales por el Tribunal Constitucional, y no hay que ser muy avispado ni experto en derecho para concluir que todo lo que se sustentaba en el paraguas de los dos estados de alarma decae por inconstitucional. Pero ustedes erre que erre pese a las advertencias judiciales y del Consejo Consultivo, dando palos de ciego, defendiendo lo indefendible y defendiendo una norma que vulnera derechos fundamentales -a la intimidad, a la protección de datos personales, a la reunión, a la circulación- y que además entra en conflicto con competencias exclusivas del Estado, y todo porque este Gobierno renunció a reclamar al Estado una norma básica adaptada a la crisis del COVID.
Este proyecto de ley trae causa en el único decreto ley que el Grupo Nacionalista no ha convalidado. Hemos sido responsables y hemos arrimado el hombro, pero no podíamos ser cómplices de este despropósito.
Queremos dejar claro y ser contundentes en que creemos en la necesidad de regular las medidas aplicables para la prevención y la lucha contra el COVID, en defensa de la vida, en defensa de la salud y en defensa del interés general. El virus sigue estando entre nosotros, no sabemos cómo se va a comportar en el futuro, no sabemos si tendremos que enfrentar y luchar contra nuevas cepas. La incertidumbre sigue estando presente, por eso propusimos en nuestras enmiendas al Gobierno traer un nuevo decreto ley adaptado a la nueva realidad, acorde con los pronunciamientos del Tribunal Superior de Justicia y del Tribunal Constitucional, y sobre todo adaptado a la Constitución y al Estatuto de Autonomía, que no vulnerara los derechos fundamentales de los canarios. Y si fuera necesario por el interés general afectar algún derecho fundamental, que la intervención fuera atendiendo a los principios de motivación, de proporcionalidad y de igualdad, y sobre todo, sobre todo, que contara con la necesaria ratificación judicial. Protección a la salud, interés general por encima de todo, pero por supuesto también, por encima de todo, la seguridad jurídica y la mínima afectación a los derechos fundamentales.
La mayoría del Gobierno les hace confiar en que son infalibles, que tienen la verdad y que son intocables. ¿Que el Tribunal Superior de Justicia no ratificaba sus medidas?, no importa, tenemos una idea, aprobamos un decreto ley. Un decreto ley para burlar la ley de la jurisdicción contencioso-administrativa y evitar la ratificación judicial de sus restricciones. Y esto, señorías, es fraude de ley, porque fraude de ley es utilizar un subterfugio para vulnerar y sortear la ley, y eso lo hace esta ley en el artículo 19, cuando sigue manteniendo que no será necesaria la ratificación judicial de las medidas aplicables por mandato de esta ley.
Ahora que estamos recuperando la normalidad esta norma más que nunca se revela como extemporánea y anacrónica, absolutamente alejada de la realidad, y nos preocupa que las decisiones se tomen no por decisiones técnicas, no hay ninguna firma consignada de un técnico jurídico en este, en el decreto ley del que trae causa esta ley, sino que las decisiones se tomen por razones políticas, y no técnicas, sanitarias. Como la modificación de la Ley de Ordenación Sanitaria de Canarias para despojar a los inspectores de salud pública de su condición de autoridad sanitaria, un error por el que se ha perdido inmediatez en las decisiones que tienen que ver con la protección de la salud de los canarios. Cuestiones como el control de las aguas o el consumo, las aguas de las playas o las de consumo, o los controles fitosanitarios se están ralentizando por haber despojado de esta condición a los inspectores sanitarios. Por eso pedíamos una enmienda para que la recuperáramos.
Además mantenemos vivas enmiendas, todas las enmiendas en que el Consejo Consultivo ha advertido de inconstitucionalidad, bien por vulnerar derechos fundamentales o bien por invadir competencias estatales. Mantenemos también enmiendas al anexo III, en relación con los puntos 21, letra i), y el punto 39, ambos, como digo, del anexo III. Hemos llegado a un acuerdo, que los grupos que apoyan al Gobierno nos plantearán una enmienda transaccional. Por lo tanto, si es así, retiraríamos nuestras enmiendas 47 y 48 en la redacción que traen de las enmiendas in voce en el dictamen de comisión.
Y no quiero terminar sin hacer referencia al acuerdo de la comisión bilateral, porque tiene tela. Tiene tela, señorías. El acuerdo es un apaño sonrojante para enmendarles la plana sin que parezca que se les enmienda la plana. Son las cosas de compartir siglas aquí y allá. El acuerdo tiene un punto, una redacción antológica, dice: Las autoridades sanitarias de la Comunidad Autónoma de Canarias aplicarán las medidas recogidas en los artículos 9, 14, 15 y 19 al amparo de lo que al respecto disponga en todo momento la legislación orgánica de invocación y la jurisprudencia establecida sobre la interpretación de la misma y con respecto a las competencias estatales sobre las bases y la coordinación general de la sanidad, así como a los principios de proporcionalidad y demás previstos en la ley de sanidad y al principio de voluntariedad en la ley de salud pública y, cuando corresponda, en la ley de la jurisdicción contencioso-administrativa.
¿Esto qué significa, señorías? Significa que vamos a obligar a todos los canarios a estudiar derecho. A estudiar derecho porque para cumplir esta ley al mismo tiempo van a tener que conocer la ley, pero van a tener que echar mano de la legislación estatal básica, de tres leyes estatales básicas, de la jurisprudencia, de los principios generales del derecho, van a tener que saber cuáles son las competencias estatales y delimitar cuáles son las canarias, y además de la ley de la jurisdicción contencioso-administrativa. Díganme ustedes, señorías, qué ciudadano medio, no nosotros, no nosotros, qué ciudadano medio va a poder cumplir esta ley... porque va a conocer todas estas disposiciones. Porque la interpretación que hace es, tal como recalca el informe del letrado, es una interpretación aditiva. Para que sea plenamente constitucional, esta ley tendrá que aplicarse e interpretarse con respecto a toda esta retahíla de leyes, principios generales del derecho y competencias que yo les he leído en el acuerdo de la comisión bilateral. Esto es sonrojante. Es un apaño vergonzoso que lo único que hace es aumentar la desconfianza y el hastío de la ciudadanía.
Y no me digan que la ley o el decreto ley no ha sido recurrido, porque hay sobrada jurisprudencia del Tribunal Constitucional, que, aunque no haya sido objeto de reproche, no supone que lo que regulen se ajuste a los parámetros de constitucionalidad. Lo ha dicho el Constitucional, como digo, muchas veces, cuando desautoriza cualquier alegato sustentado sobre la idea de aquiescencia por no haberse planteado en tiempo y forma un conflicto de recurso. Señorías, por tanto, el que ustedes argumenten que esto no ha sido recurrido no le da carta de naturaleza para convertirlo en constitucional. Ya veremos en el futuro cuáles son los pronunciamientos del Tribunal Constitucional.
Aquí antes hablábamos de falta de transparencia en materia del COVID. Este es un ejemplo claro de falta de transparencia, de inseguridad jurídica y de cerrazón de este Gobierno.
Por tanto, no podemos apoyar un proyecto de ley que va en contra de la seguridad jurídica, en contra de las competencias de Canarias y en contra de la Constitución.
Muchas gracias.
El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Beato.
Hemos concluido los turnos de los grupos que mantenían enmiendas para el pleno.
Seguimos con el Grupo Mixto. Tiene la palabra la señora Espino... Perdón. De acuerdo, don Ricardo.
¿Lo dividen? (Asentimiento). Vale.
El señor FDEZ. DE LA PUENTE ARMAS: Gracias, señor presidente.
Hoy se debate un proyecto de ley consecuencia de un decreto ley del que voté en contra de su convalidación por una cuestión de peso y que los grupos que conforman el Gobierno no han solventado, o, mejor, no han querido solventar, y me refiero a los dieciocho preceptos con vicio de inconstitucionalidad que el Consejo Consultivo de Canarias dictaminó y a los cuales se ha hecho caso omiso. Se tuvo una oportunidad de enmendar esos vicios, pero, en lugar de trabajar en ese sentido, se ha optado por cuestionar los dictámenes del Consejo Consultivo. Señorías que apoyan al Gobierno, este proyecto de ley contiene limitaciones a los derechos fundamentales, cuestión que ustedes saben bien que solo puede solventarse mediante una ley orgánica. Pero ustedes, tal y como han apuntado otros diputados que me han precedido en la palabra, han obviado al Tribunal Constitucional, que declaró inconstitucionales los estados de alarma, y que pretenden continuar con la aplicación de medidas para controlar el virus que se adoptaron en el momento en el que estábamos en esa situación. Por lo tanto, entenderán que, a partir de esta premisa sencilla y clara que todos podemos entender, todo lo demás decae.
A juicio de Ciudadanos, esta es una actitud irresponsable, en la que no podrán echar en cara a la oposición que no haya presentado y haya trabajado para controlar la propagación del virus. Siempre con un resultado, el mismo: no. Y, cuando así lo han aceptado, lamentablemente se ha quedado guardado en alguna gaveta de algún despacho.
Los indicadores apuntan que somos la peor comunidad autónoma en la gestión de la COVID. Esta última ola nos ha puesto al final de la cola y, por si fuera todo esto poco, también estamos al final de las cifras de vacunados, pero algunos siguen sacando pecho y hablando de un milagro.
Por ser muy breves, hablemos de los niveles. Yo creo que no me equivocaría si afirmara que ninguno de los setenta diputados que estamos aquí hoy sabe exactamente en qué consisten, cómo han quedado conformados esos niveles, porque se han ido cambiando, adaptando diferentes niveles a diferentes islas con criterios más bien políticos que científicos. Y también debemos recordar que prácticamente todas las medidas que el Gobierno de Canarias adoptó fueron derogadas por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias y, para burlar a la justicia, hay que decirlo así, se plasmaron mediante decreto ley. Un decreto ley que, por cierto, ahora se encuentra en el Tribunal Constitucional.
Un decreto ley, como ha mencionado también la señora Reverón en su intervención, en cuyo expediente no consta ningún informe jurídico, por lo tanto, no se encuentra avalado -y si lo hay ustedes me lo van a decir- por los servicios jurídicos del Gobierno de Canarias, y en eso tendrá que decir algo, yo creo.
En definitiva, señorías, votaré nuevamente en contra de este proyecto de ley por la responsabilidad de mi partido, Ciudadanos, y por la irresponsabilidad de quienes, consciente o inconscientemente, están vulnerando derechos fundamentales y, por tanto, vulnerando la legalidad vigente, y esto no lo dice este diputado, lo afirman rotunda y tajantemente tanto el Tribunal Constitucional como el Consejo Consultivo de Canarias. Ustedes sabrán.
Gracias.
El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.
Señora Espino.
La señora ESPINO RAMÍREZ: Gracias, presidente.
Vamos a votar a continuación una ley que, recordemos, procede de un decreto aprobado por el Gobierno de Canarias el verano pasado para tratar de evitar que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias siguiera tumbando medidas que tomaba para intentar contener el COVID y que el tribunal consideraba que eran medidas en muchas ocasiones que no estaban justificadas o que eran desproporcionadas.
Tenemos, por tanto, una ley, además, que visto como ha evolucionado la pandemia ha quedado desfasada en algunos aspectos. Pero eso no es lo más preocupante, lo más preocupante es que durante todo el proceso de tramitación los grupos que apoyan al Gobierno se han negado, han seguido empecinados y se han negado a aceptar las enmiendas presentadas por Coalición Canaria y por el Partido Popular que venían a corregir los catorce artículos que el Consejo Consultivo señaló como inconstitucionales por invadir competencias del Estado. Artículos que hacían, por ejemplo, obligatorios los cribados en los puestos de trabajo o que incluso hacían que la vacunación fuera obligatoria en Canarias, obligatoria en toda España solo para los canarios. Eso es lo que pretendían ustedes con esta ley, señorías, y de hecho presumió de ello incluso el presidente del Gobierno en los medios de comunicación, que aquí, en Canarias, sí que iba a haber esa posibilidad de hacer obligatoria la vacunación.
Bueno, ustedes no aceptaron las enmiendas de la oposición, siguieron empecinados en lo mismo y, hombre, el Estado sí que les dio un pequeño tirón de orejas y en una comisión bilateral con el Gobierno de España, tras esa reunión, presentan ahora una serie de enmiendas in voce que solo vienen a ser un parche y que vienen a matizar algunos de esos artículos, solamente cinco de los catorce que el Consultivo considera inconstitucionales.
Yo no voy a apoyar esta ley, como no apoyé tampoco el decreto ley. Ustedes además, como digo, no han querido aceptar ni tratar ni debatir las propuestas presentadas por Coalición Canaria y el Partido Popular que venían a corregir eso, que luego el Gobierno de España también les dijo que tenían que corregir. Han seguido ustedes en sus trece y, miren, al final, quien va a tener la última palabra en todo esto para preservar los derechos fundamentales de los canarios va a ser el Tribunal Constitucional, porque, si esto no está recurrido, a buen seguro que se va a recurrir y será el Constitucional el que tenga la última palabra y les deje a todos ustedes en evidencia.
Gracias.
El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Espino.
Turno para el Grupo Parlamentario Agrupación Socialista Gomera.
El señor RAMOS CHINEA: Gracias, señor presidente. Señorías.
Aprobamos hoy el proyecto de ley para que se establezca el régimen jurídico de alerta sanitaria y las medidas para el control y gestión de la pandemia de COVID-19 en Canarias. Una norma muy importante porque dejará un marco jurídico claro y estable para atender la urgencia sanitaria de la COVID-19 ante cualquier repunte en el que, por desgracia, debamos activar nuevas medidas restrictivas a las actividades económicas, lúdicas y deportivas en nuestras islas, de forma que sean menos gravosas para nuestra economía y a la vez cumplan con los objetivos de seguridad sanitaria.
Es cierto que a estas alturas la pandemia parece ya vencida y muchos podrían pensar que la norma es extemporánea, pero no nos equivoquemos: una cosa es la actual evolución positiva de la pandemia y otra cosa es que la COVID-19 haya desaparecido, que no lo ha hecho, y que todavía una nueva ola podría tensionar los servicios sanitarios. Por lo que yo les pregunto: ¿no es mejor tener una normativa y estar preparados ante cualquier repunte? Al menos desde nuestro grupo tenemos las ideas claras y preferimos tener esta norma.
Siempre hemos coincidido en que hubiera sido precisa una ley orgánica a nivel nacional que hubiera fijado estos criterios y las distintas medidas en función de los niveles de alerta sanitaria que tuviéramos, porque la experiencia ha demostrado que cada una de las comunidades autónomas ha tenido distintas resoluciones de los tribunales superiores de justicia de cada una de estas regiones. Y, por lo tanto, esta ley nos servirá para actuar con un marco jurídico que no sea cuestionado continuamente por las autoridades judiciales.
Esto ha supuesto una enorme dificultad para este Gobierno de Canarias a la hora de mantener las medidas, que han sido buenas durante toda la pandemia, para controlar los picos de contagios y volver a niveles aceptables. Por eso hoy desde el Parlamento de Canarias, aprobando esta ley, estamos contribuyendo de forma decisiva a tener un marco normativo claro. Y es que la ciudadanía lo que siempre se ha merecido es algo de certidumbre a la hora de saber qué medidas de restricción operaban en cada uno de los niveles de alerta que teníamos, algo que por desgracia hemos tenido que cambiar en un sinfín de ocasiones, porque algunas veces nos lo aprobaban, otras veces no, lo que ha generado también dudas sobre la efectividad de las mismas. Esta ley contribuye a clarificar las medidas y las fija por fin en una norma de rango legal. Y esto, señorías, es un paso importante para nuestra comunidad autónoma.
Es cierto que se han puesto encima de la mesa dudas sobre la constitucionalidad de algunas de las medidas. Desde nuestro grupo parlamentario estamos tranquilos porque estamos en conversaciones con el Estado y se ha llegado a acuerdos, y si se plantea alguna cuestión o recurso de inconstitucionalidad esperaremos y acataremos lo que resuelva el Tribunal Constitucional al respecto.
Nosotros comprendemos que una norma de estas características no es nada fácil de configurarla. Ha sido necesario modificar bastantes cuestiones que nos venían del decreto ley que había aprobado el Gobierno y además hay que sumar que en estos meses de tramitación, desde que se nos presentó el primer texto, han pasado muchas cosas en la pandemia y se han tomado muchas decisiones nacionales e internacionales con respecto a la lucha contra la COVID-19 que pueden haber afectado el texto sensiblemente, hasta el punto de que hoy mismo presentamos numerosas enmiendas in voce en respuesta a un acuerdo de la comisión bilateral.
Estos cambios han retrasado la tramitación parlamentaria, porque teníamos que tener un texto lo más adecuado a las necesidades sanitarias. Y por este ingente trabajo termino la intervención agradeciendo al letrado de la comisión y a los servicios jurídicos de la Cámara, y por supuesto también agradecer el talante constructivo y de debate que hemos tenido en la ponencia a la hora de conseguir acuerdos y conformar esta nueva ley.
Muchas gracias.
El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Ramos Chinea.
Turno para el Grupo Parlamentario Sí Podemos Canarias. Señora Del Río.
Adelante, adelante.
La señora DEL RÍO SÁNCHEZ: Gracias, señor presidente. Bueno, buenas tardes casi a todas y a todos.
Estamos ante un tema en el que es verdad que sí que resulta que aprobar la ley que necesitábamos durante la pandemia en el momento en que estamos, terminando la pandemia, pues, como un poquito anacrónico sí que resulta. Y yo voy a compartir con alguno de los grupos que me han precedido, y en este caso también con el Grupo Popular, que quizá, y deberíamos tenerlo de cara al futuro, nos vendría bien tener una ley orgánica para prevenir este tipo de situaciones y que no nos pille el toro. Yo entiendo que esto se ha hecho con la mejor voluntad, había que dar respuestas urgentes y rápidas... Yo entendía, y entendemos desde nuestro grupo, la urgencia de los decretos porque había que reaccionar y después esto tiene sus complicaciones jurídicas para atarlo. Algunas de ellas y algunos de los recursos y de la posible inconstitucionalidad -que se podrá arreglar o no, ya veremos- es verdad que se podrían haber solucionado con una ley orgánica. Lo cierto es que tampoco daba tiempo de hacerla, yo creo que esto nos lo tenemos que plantear ahora, porque el mundo de las epidemias y de las infecciones no ha terminado, vemos que hay amenazas y seguirá habiendo continuamente, con lo cual estaría bien, con sosiego, prevenir, mejor que curar, y hacer un marco jurídico que nos permita subsanar estos posibles errores que podemos tener y que los hemos tenido.
Yo no creo que haya habido en ningún momento cuestión de mala voluntad a la hora de gestionar, de intentar gestionar de la mejor manera posible el virus, en ninguna comunidad autonómica. Sea del partido que sea, creo que todo el mundo ha intentando hacerlo de la mejor manera, otra cosa son los negocios que algunos después se han ido intentando aprovechar, pero no tiene nada que ver con las leyes. Las leyes se han intentado hacer de la mejor manera posible.
Y también, con esa mejor intención posible, se ha intentado sacar esta ley, que yo también creo que tenía que haber sido decreto y haberse aprobado como decreto, pero, bueno. Porque no hemos contribuido en nada, aquí tenemos las enmiendas, lo que se suponía que íbamos a mejorar en el proceso de hacerlo ley, bueno, un montón de enmiendas de supresión de los distintos grupos que al final están vivas, algunas de modificación y las tres últimas, las dos últimas de modificación, o sea, perdón, que son in voce, del Grupo Nacionalista Canario, y que sí que vamos a aprobar a través de una transaccional, que la voy a leer, por decir algo en términos positivos de acuerdo, que tiene que ver... La enmienda número -exactamente lo voy a decir porque tengo aquí mis chuletitas, que tampoco ha sido fácil, habla del anexo III-, la enmienda número 47 y número 48 del Grupo Nacionalista Canario, que se refieren, una... La propuesta de la transaccional es: No se permite fumar ni consumir otros productos del tabaco ni cigarrillos electrónicos en todo el recinto en el que se celebra el evento, exceptuando los espacios exteriores, en el nivel 1 de alerta sanitaria, siempre y cuando resulte posible garantizar el mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal de dos metros. Esa era la que tenía que ver con la enmienda número 47; y la número 48, que dice así: Se prohíbe fumar y el uso de dispositivos de inhalación de nicotina, pipas de agua, cachimbas, shishas o asimilados en el interior de los locales de entretenimiento, ocio, hostelería, restauración y en cualquier otro tipo de establecimiento abierto al público; en el caso de las terrazas, se permitirá fumar en el nivel 1 de alerta sanitaria cuando sea posible el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal de dos metros entre sillas de otras mesas.
Bien. Llegamos a esto, es poquito, me gustaría que las cosas fuesen de otra manera, me gustaría que hubiésemos llegado a otro tipo de acuerdo. Ahora, es lo que tenemos, tenemos ocho enmiendas in voce por nuestra parte, entre otras cosas, y asumiendo la situación, y voy a leer solamente la justificación de por qué las presentamos, que, bueno, pues, esto es lo que tiene que ver con la gestión sanitaria de una epidemia que ha durado dos años, que sigue durando, aunque estemos ya en otra coyuntura, y que, bueno, que ha sido continuamente cambiante, y para la que nadie estaba preparado y para la que muchas veces hemos tenido que ir modificando sobre la marcha cuestiones.
Justificación de nuestras enmiendas in voce:
La gestión sanitaria y jurídica de la pandemia por la COVID-19. Se suceden con gran rapidez los cambios científicos y jurídicos consecuencia de lo novedoso de este proceso mundial sin precedentes. Es por ello que los cambios científicos, producto de la evolución del conocimiento, y los cambios normativos para adaptarse a lo científico se producen con una velocidad inusitada, dejando obsoletas en poco tiempo muchas de las teorías iniciales y de los métodos de gestión de la actividad social y económica que abarca todos los aspectos de la vida de las personas.
Desde que se dictó el Decreto Ley 11/2021 y desde que se cerró el plazo de enmiendas al proyecto de ley existen cambios sustanciales derivados del avance en el proceso de vacunación, de la irrupción de la variante ómicron y de la sexta ola -decía este texto, yo diría: "y de la séptima ola que tenemos ahora mismo"-, sin precedentes en las anteriores, así como modificaciones legislativas a nivel nacional, pronunciamientos jurisprudenciales en los procesos de ratificación e impugnación de las medidas adoptadas por las diferentes comunidades autónomas y el acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, que determinan la necesidad de realizar ajustes en algunos artículos con la finalidad de que la ley resultante se encuentre lo más actualizada posible.
Bien. Lo vamos a dejar ahí. El texto intenta adaptarse a esto, por eso tenemos estas ocho enmiendas in voce, y, bueno, esperamos, sabiendo las dificultades y ya se han pronunciado los grupos de la oposición, creemos que en este tipo de situaciones deberíamos llegar a los máximos acuerdos posibles y, si no lo hemos conseguido en esta ocasión, esperamos que sea en otra.
Gracias.
El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Del Río.
Turno para el Grupo Parlamentario Nueva Canarias. Señor Campos.
El señor CAMPOS JIMÉNEZ: Gracias, señor presidente. Buenas tardes ya, señorías.
Bueno, desde Nueva Canarias, obviamente, vamos a apoyar este proyecto de ley, que efectivamente emana de un decreto ley, para regular el régimen jurídico de alerta sanitaria y las medidas para el control y gestión de la pandemia de la COVID-19. Un decreto ley que surge, además, ante la necesidad de regular con carácter de ley algunas decisiones, puesto que determinadas decisiones previas con anterioridad habían sido recurridas por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias. Recordar también que decisiones similares a las que se abordaron en esta tierra, que se plantearon para esta tierra otros tribunales superiores de justicia de otros territorios las dieron por válidas.
Ante esa indefinición, en la que quizás yo puedo llegar a compartir, de cara a futuras pandemias sería necesario consensuar a nivel del Estado, en el Congreso de los Diputados, una ley orgánica que amparara lo máximo posible, creo que eso estaría bien, pero la realidad es que todos los territorios, todos, hemos tenido que ir tomando decisiones ante una crisis sanitaria, ante una pandemia, ante un virus absolutamente desconocido a nivel de todo el planeta.
Muchas decisiones por supuesto fueron erróneas, también las de la Organización Mundial de la Salud en un primer momento. Algunos de los países que creíamos más avanzados a nivel mundial, ni les cuento algunas de las decisiones que tomaron. Hemos visto negacionistas, como Donald Trump o Bolsonaro durante mucho tiempo, presidentes de países que tienen cientos de millones de habitantes y que se les presupone también parte... Sobre todo Estados Unidos, de democracias muy avanzadas, de territorios donde la comunidad científica tiene unos niveles de desarrollo importantísimos y hemos visto cómo negaban durante mucho tiempo también esta crisis. Por tanto, cuando hoy, dos años después, escucho alguno de los discursos, en los que casi da la sensación de que si hubieran estado al principio de esta pandemia no hubieran cometido ni un solo error, no se hubieran apartado ni un solo milímetro de la verdad absoluta, a mí eso me sorprende. Escuchar hoy aquí que alguien haya dicho que Canarias ha sido quien peor ha gestionado la crisis del COVID a mí me produce, pues, no lo sé, no voy a decir lo que me produce. Porque yo no voy a decir que hemos sido los mejores en gestionarla, pero que lo plantee una representante de un partido político en el que la libertad de tomarse una caña estaba por encima de la salud de millones de habitantes en su territorio a mí eso sí me produce sonrojo. Gente que tomó determinadas decisiones, y no voy a decir en ningún caso intencionadas ni que fueran provocando ninguna otra cuestión... En el ámbito de las residencias, fueron terribles algunas decisiones, pero yo estoy absolutamente convencido de que esas decisiones estuvieron marcadas, no compartiéndolas, por que se vivía una situación absolutamente excepcional, superando por encima a todos los sistemas sanitarios, improvisando en muchas ocasiones.
En definitiva, al final todo eso ha ido encaminándose a través de determinados decretos, este es uno de ellos, que aunque dé la sensación de que ya no tendría sentido, porque algunos piensan que esto ya se ha acabado y no es así, nos va a seguir protegiendo en caso, esperemos que no, de verdad, de que la COVID en un momento determinado tuviera que obligarnos a tomar, tener ese amparo jurídico para la toma de determinadas decisiones.
Y no es verdad además que se haya pasado el rodillo absolutamente. Se aprobaron algunas enmiendas de la oposición tanto en la fase de ponencia, se aprobaron algunas enmiendas en la fase de comisión, ahora se van a aprobar también dos enmiendas concretamente, en las que hemos llegado a un consenso finalmente, y agradezco esa parte del consenso también de la oposición. Hubiera agradecido también al menos un mínimo reconocimiento y agradecimiento. No serían muchas pero, hombre, algunas enmiendas también fuimos capaces de aceptar en ese proceso.
Y, por último, también ocho enmiendas que en esa comisión mixta, precisamente ante el riesgo de inconstitucionalidad que se había planteado, Canarias se sienta con la Administración General del Estado y hemos sido capaces de consensuar varias enmiendas que creo que allanan y despejan bastante el camino desde el punto de vista jurídico.
No obstante, somos todos conscientes de que con esta ley o con cualquier otra, donde las decisiones son absolutamente controvertidas... Claro que a mí no me hubiera gustado... Yo no hubiera defendido nunca, probablemente nunca, algunas de las privaciones de libertad que como sociedad y a nivel individual hemos tenido en esta crisis, hasta que llegó el COVID, porque si planteamos eso en un escenario sin entender cuál era la alternativa a esa privación de libertad, quizás cogida con pinzas y que en algún caso desde el Constitucional se ha podido incluso plantear que se cometieron errores, ¡benditos errores, benditos errores!... Dicho eso, vamos a intentar no cometer esos errores nuevamente. Por eso creo que sí que es una buena idea esa ley orgánica de pandemias en un futuro. Creo que nos podrá prevenir porque mucho me meto, ojalá que no, que otras pandemias en el tiempo, ojalá que sea dentro de muchas décadas, pero que cuando lleguen nos cojan prevenidos, a los sistemas sanitarios en su conjunto, desde el punto de vista de respuesta, desde el punto de vista sanitario, pero también a los sistemas jurídicos, digamos, a la normativa jurídica, para poder responder de una forma, digamos, con muchas más certidumbres ante una crisis excepcional, absolutamente excepcional, como la que hemos vivido.
El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Campos.
(Rumores en la sala).
Tiene la palabra el Grupo Parlamentario Socialista. El señor Hernández Guillén.
Silencio, señorías.
El señor HERNÁNDEZ GUILLÉN: Gracias, presidente. Buenas tardes ya, señorías...
El señor PRESIDENTE: Sí. Un momento, señor Hernández.
Señorías, silencio. Gracias.
El señor HERNÁNDEZ GUILLÉN: Nada.
En primer lugar, yo quiero agradecer el trabajo de los grupos parlamentarios, tanto en la ponencia como en la comisión, sobre este proyecto de ley de régimen jurídico de alerta sanitaria y las medidas para controlar el COVID y la gestión de la pandemia de COVID-19 en Canarias, porque podría darse la sensación de que en ese trabajo en ponencia no se ha hecho un trabajo de intentar llegar a acuerdos, alcanzar acuerdos, me parece que manteniendo las legítimas diferencias. Pero yo no echaría por la borda el trabajo de la ponencia y creo que se hizo en un ambiente de verdad yo creo que muy proactivo por parte de todos. Dicho eso, cada uno mantiene sus posiciones.
También quiero agradecer por supuesto al señor letrado, al señor Méndez Lima, también que haya sido facilitador de este proceso.
Y quería establecer el contexto, porque, como bien decía el señor Campos, vamos a situarnos en lo real y en lo crudo de una pandemia que obliga a tomar medidas.
La COVID-19 ha desencadenado una grave emergencia de salud pública para la ciudadanía, la sociedad en su conjunto y economía a escala mundial. Elevada a pandemia internacional, pero no por este Gobierno de Canarias, sino por la OMS -la Organización Mundial de la Salud-, allá por el 11 de marzo del año 2020.
Recordaremos una evolución vertiginosa que obligó a establecer, desde luego, respuestas urgentes y de máxima eficacia y coordinación entre todos los niveles institucionales en nuestra comunidad autónoma. Ante una grave emergencia de salud pública, fue necesario y se requirieron respuestas también urgentes.
Canarias ha alcanzado unos niveles muy altos de vacunación, pero la virulencia y el comportamiento de este patógeno no permiten que bajemos la guardia, entre otras cuestiones por la falta de precedentes en esta pandemia, porque igual podemos cometer el error de pensar que está todo superado y, como muchas veces dice el señor Ponce, y lo mento aquí, dice "no, aún no"; y es cierto: aún no. Mientras la Organización Mundial de la Salud no establezca, digamos, definitoriamente el fin de la pandemia, lógicamente estamos en ella.
En este contexto se sitúa este proyecto de ley, que viene efectivamente de un decreto ley del Gobierno. Y de la misma forma que la gestión de la crisis sanitaria ha correspondido a las comunidades autónomas con base en sus competencias, también corresponde a esta comunidad autónoma, conforme a sus competencias, concretar el alcance de las medidas. Eso es lo que estamos hoy elevando a pleno y a votación en este momento, señorías. ¿Y cómo lo hacemos? Pues lo vamos a hacer a través del desarrollo legislativo y de ejecución de legislación estatal.
Desde luego que uno de los objetivos de esta ley, lo que pretende es dar la máxima seguridad jurídica, que no dé lugar, como he escuchado en reiteradas ocasiones, a que se conculque ningún derecho fundamental e individual. Las posibles controversias que en su momento se pudieron expresar quedaron totalmente despejadas a través de la Comisión Bilateral general de Canarias-Estado con la Comunidad Autónoma de Canarias. Que de verdad he escuchado a algún portavoz que ha intentado poner en entredicho los acuerdos. Permítanme que les diga que poca creencia con respecto a los acuerdos que se alcanzan entre distintas administraciones públicas.
¿Qué establecía? Mira, establecía que los preceptos se fundan en las competencias autonómicas en materia de sanidad interior, por lo que regula la materia, sobre lo que proyecta los derechos involucrados, pero en ningún caso se entiende que efectúe un desarrollo de los derechos fundamentales y libertades públicas involucradas ni que establezca en sus límites materias reservadas constitucionalmente a una ley orgánica.
Y también aclara de forma diáfana -yo creo que hay que decirlo todo-, aclara que las autoridades sanitarias de la Comunidad Autónoma de Canarias aplicarán las medidas regidas en los artículos 9, 14, 15 y 19 al amparo de lo que al respecto disponga en todo momento la legislación orgánica de invocación y la jurisprudencia establecida sobre la interpretación de las mismas. Claro que sí, señora Beato, es que es claro lo que plantea. Y a este respecto a las competencias estatales sobre las bases y la coordinación general de la sanidad. Es que no puede ser, el campo de juego tiene que ser un basamento que tenga sostén jurídico. ¡Claro!, son las reglas, las normas, las leyes que nos hemos dado todos a lo largo del tiempo y que las hemos mejorado, lógicamente, en los ámbitos parlamentarios.
Esos artículos a los que hago referencia tienen que ver con el uso de la mascarilla, tienen que ver con la realización de las pruebas diagnósticas y la vacunación, con la realización de cribados o con la autorización o la ratificación judicial. Artículos estos que se regirán por la Ley 14/86, de 25 de abril, General de Sanidad, y por la Ley General de Salud Pública. Queda claro, señora Beato.
En definitiva, este acuerdo alcanzado por la Comisión Bilateral Estado-Comunidad Autónoma de Canarias otorga la seguridad jurídica necesaria, la certeza y la previsibilidad a esta propia norma, a esta propia ley.
Es verdad que hemos planteado, las últimas enmiendas nosotros las mantenemos vivas, efectivamente, porque son acordes a los acuerdos de la bilateral, para eliminar cualquier suspicacia y duda jurídica al respecto, y hemos alcanzado una transaccional, que no voy a repetir, dentro del punto 21 del anexo III y en la enmienda también transada del punto 39 del anexo III, de las medidas preventivas en establecimientos, actividades y espacios específicos.
Y quiero cerrar con un deseo. Alguien hablaba de anacrónico, que tiene una norma anacrónica. Ojalá cuanto antes sea anacrónica, antes, será un indicador perfecto de que esta tierra vuelve a generar y a tener una salud pública de hierro. Querrá decir con ello que hemos superado estas estrecheces, que no han sido fáciles ni para quien ha estado al frente de las decisiones ni desde luego al frente de los profesionales, al frente de los sistemas sanitarios.
Pero yo creo, señora Reverón, que efectivamente yo creo que sí ha estado a la altura este Gobierno, ¡ha estado a la altura! Y esto no han sido decisiones de Gobierno, han sido decisiones técnicas. No podemos confundir a la gente con este tipo de cuestiones. El único interés del Gobierno, efectivamente, es otorgar la salud, que llegue cuanto antes y, por tanto, pasar, en todo esto pasar página.
Pero quiero acabar con una cosa. Hablan, ha invocado mucha gente aquí hoy, no sin razón, porque cada uno tiene derecho a expresarlo como quiera, cuestiones netamente constitucionales, pero les voy a decir lo que dice la Constitución, y dice algo así, bueno, no dice algo así, refiero literalmente: el derecho a la vida y el derecho a la integridad física y moral son los derechos más más básicos y primarios de todos los reconocidos en el texto constitucional. Este Gobierno no ha hecho otra cosa más que eso, y eso significa salvar vidas desde luego, desde el punto de vista de la responsabilidad de la gestión pública.
Muchas gracias.
El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.
Señorías, hemos finalizado los turnos de intervención. Por favor, llamo a votación. (La Presidencia hace sonar el timbre de llamada a la votación. Pausa).
Señorías, ocupen sus escaños. Vamos a comenzar la votación, señorías. Como saben, hemos dividido la votación en cuatro bloques, iré diciendo en cada uno de los cuales a qué corresponden. En caso de alguna duda por parte de sus señorías, por favor, nos lo hacen saber a efectos de aclarar la votación.
Vamos a comenzar, señorías, con el primer bloque, bloque 1, que sería la votación de las enmiendas in voce número 9 y número 10, de los grupos parlamentarios Socialista Canario, Nueva Canarias, Sí Podemos Canarias y Agrupación Socialista Gomera. Votamos, señorías. (Pausa).
Gracias, señorías.
63 votos emitidos: ningún voto en contra, ninguna abstención y 63 votos a favor.
Queda aprobado por unanimidad.
Señorías, votamos el bloque 2, correspondiente a las enmiendas de los grupos parlamentarios Nacionalista Canario y Grupo Parlamentario Popular. Votamos, señorías. (Pausa).
63 votos emitidos: 29 votos a favor, 34 votos en contra y ninguna abstención.
Queda rechazado.
Votamos el bloque 3, señorías, las enmiendas in voce números 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8, de los grupos parlamentarios Socialista Canario, Nueva Canarias, Sí Podemos Canarias y Agrupación Socialista Gomera, y los artículos 14, 19, 22, 24, 28, el anexo III y la exposición de motivos, afectados por las enmiendas in voce. Votamos, señorías. (Pausa).
Señorías, 63 votos emitidos: 34 votos a favor y 29 votos en contra.
Queda aprobado.
Votamos, en último lugar, el bloque 4. (Pausa).
Gracias, señorías.
63 votos emitidos: 34 votos a favor y 29 votos en contra.
Queda aprobado.
También solicito, bueno, simplemente que quede constancia de que la Cámara también autoriza a los servicios jurídicos de la Cámara a efectos de las mejoras y correcciones técnicas que sean precisas.
Bien. Hemos finalizado y concluido el orden del día, señorías. Muchísimas gracias, muchísimas gracias, señorías. Se levanta la sesión.
(Se levanta la sesión a las trece horas y cuarenta y siete minutos).