Diario de Sesiones 37, de fecha 21/5/2024
Punto 9
11L/PO/P-0791 PREGUNTA DE LA SEÑORA DIPUTADA DOÑA LUZ REVERÓN GONZÁLEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR, SOBRE LA SITUACIÓN EN QUE SE ENCUENTRA EL EXPEDIENTE DE REINTEGRO DE LOS 4 MILLONES DE EUROS ABONADOS A LA EMPRESA RR7, DIRIGIDA A LA SEÑORA CONSEJERA DE HACIENDA Y RELACIONES CON LA UNIÓN EUROPEA
La señora PRESIDENTA: Siguiente pregunta de la señora diputada doña Luz Reverón González, del Grupo Parlamentario Popular, sobre la situación en que se encuentra el expediente de reintegro de los 4 millones de euros abonados a la empresa RR7, dirigida a la señora consejera de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea
Formaliza la pregunta el señor Enseñat Bueno, tiene la palabra.
El señor ENSEÑAT BUENO (desde su escaño): Gracias, señora presidenta. Buenos días, señora consejera.
Señora Asián, como usted sabe, en el día de ayer se constituyó en este Parlamento una comisión de investigación que intentará poner luz a lo ocurrido con la compra de material sanitario durante el Gobierno del señor Ángel Víctor Torres. Y uno de los asuntos principales que se va a investigar es el caso Mascarillas, un escándalo que saltó la legislatura pasada porque el Gobierno del pacto de las flores pagó 4 millones de euros a una empresa de venta de vehículos por un millón de mascarillas que nunca llegaron. Un caso Mascarillas que el pacto de las flores le dijo a todos los canarios que era un hecho aislado, sin embargo hoy sabemos que alrededor de cuarenta y cinco millones de euros, casi el cincuenta por ciento del dinero que se gastó en la compra de material sanitario durante la legislatura pasada, está bajo algún tipo de investigación o de sospecha judicial. El caso Mascarillas en el que se adjudicó un contrato de 4 millones de euros en mayo del 2020 sin exigirle a la empresa ni solvencia técnica ni económica para cumplirla y, claro, no lo cumplió.
En octubre y en noviembre del 2020 se abonaron la totalidad de los 4 millones de euros sin pedirles garantías y sin entregar una sola mascarilla a la empresa cuando lo habitual o por lo menos lo que marca el real decreto ley de medidas urgentes era adelantar un 50 % y cuando llegara el material pagar el otro 50 %, aquí se pagó el 100 % del dinero a cambio de nada. En marzo del 2021, cuando llegan las mascarillas resultan que son falsas y se destruyen. Y en mayo del 2021 se inicia un procedimiento resolución del contrato y reintegro del dinero por el Servicio Canario de la Salud y parece ser que se suspende para darle una segunda oportunidad a la empresa que tampoco cumplió.
Señora consejera, sabemos que la comunidad autónoma está intentando recuperar esos 4 millones de euros y aunque sé que no es tarea fácil, aunque las cosas se hicieron de aquella manera, aunque se pagó todo el dinero a cambio de nada, nos gustaría saber, en la medida de lo posible, en la medida de lo que usted nos pueda decir, cómo está el procedimiento en la actualidad, más aún cuando el señor Torres en febrero del 2024 ha declarado a un medio de comunicación que algo del dinero o parte del dinero se ha recuperado.
Señora consejera, en la medida de lo posible, nos podría aclarar cómo está la situación de la recuperación del dinero y qué pasos se están dando.
Gracias.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Enseñat.
Señora consejera, tiene la palabra.
La señora CONSEJERA DE HACIENDA Y RELACIONES CON LA UNIÓN EUROPEA (Asián González) (desde su escaño): ... diputado.
Efectivamente, como es sabido y desafortunadamente porque hay muchos datos en prensa respecto al procedimiento que se está siguiendo para recuperar el dinero de la entidad a la que se refiere la pregunta, debo de decirle que efectivamente la Administración tributaria canaria está ejecutando la gestión del cobro de las cantidades impagadas al Servicio Canario de la Salud. ¿Y por qué lo hace la Administración tributaria canaria?, lo hace porque se firmó un convenio en febrero de 2021 y se le atribuyeron a la Administración tributaria canaria estas competencias.
¿Qué ha hecho la Administración tributaria canaria una vez que le llega la deuda pendiente no cobrada para proceder a su cobro en ejecutivo?, pues ha hecho las facultades que le atribuye el reglamento general de recaudación, esto es dictar providencia de apremio, proceder al embargo de los bienes, desde los más líquidos a los más ilíquidos, y derivación de responsabilidad.
El procedimiento de recaudación no está finalizado.
En este momento no puedo comentarle más allá datos concretos porque, como es sabido también, los datos con trascendencia tributaria. En el ejercicio de estas funciones se han puesto de manifiesto datos, informes y antecedentes que tienen trascendencia tributaria, tienen el carácter reservado. Y estos datos, cuando se refieren a un obligado tributario concreto, datos con trascendencia tributaria obtenidos por la Administración tributaria en el ejercicio de sus funciones, no pueden ser cedidos a terceros salvo en los supuestos contemplados en la ley. ¿Y dónde se contemplan estos supuestos?, en el artículo 95 de la Ley General Tributaria, y excluye, exceptúa exclusivamente a la, entre otros en lo que respecta a la actividad parlamentaria, la colaboración en las comisiones de investigación, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente, es decir, es en la comisión de investigación recientemente creada donde se podrán dar detalles siempre con los límites establecidos en la normativa. Y a este respecto también se refiere nuestro Estatuto de Autonomía, que también lleva a la aportación o la colaboración por parte de la Administración tributaria con el Parlamento a las comisiones de investigación.
Es todo cuanto le puedo informar.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señora Asián.
Tiene la palabra, para la réplica, señor Enseñat. (El señor diputado no interviene). Renuncia.