Diario de Sesiones 83, de fecha 24/6/2025
Punto 12
11L/PO/P-1424 PREGUNTA DEL SEÑOR DIPUTADO DON FRANCISCO LINARES GARCÍA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO NACIONALISTA CANARIO (CCA), SOBRE DESTINO DEL IMPUESTO ADICIONAL DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS QUE COBRARÁN POR IMPERATIVO LEGAL LOS AYUNTAMIENTOS DE CANARIAS, DIRIGIDA AL GOBIERNO
El señor VICEPRESIDENTE SEGUNDO (Matos Expósito): Pasamos a la siguiente pregunta, que formula el diputado don Francisco Linares García, del Grupo Parlamentario Nacionalista Canario, sobre el destino del impuesto adicional de recogida de residuos sólidos que cobrarán por imperativo legal los ayuntamientos de Canarias, dirigida al Gobierno.
Tiene la palabra, señor Linares. Adelante.
El señor LINARES GARCÍA (desde su escaño): Muchas gracias. Buenos días a todos, a todas.
Esta mañana he escuchado en esta Cámara dos o tres veces la frase "la realidad de la calle". Les voy a plantear una realidad de la calle. A partir de abril de este año la ciudadanía de Canarias va a tener que pagar la tasa de la basura el doble, o en ocasiones el triple, fruto de una directiva europea, que, bueno, se ha estado con una financiación de los cabildos a lo largo de estos últimos años, pero a partir de este año y el año próximo va a ser el único servicio esencial que el ciudadano va a tener que pagar a precio real. Ejemplo: si el ciudadano de un municipio equis está pagando 90 euros, el próximo año o este año va a tener que pagar 180.
Hay otra cosa importante también: la tasa de la basura a partir de ahora la paga el inquilino. Quiere decir que, aparte de que estamos pagando alquileres de 700-800 euros, al inquilino le incrementarán el pago de otros 40-50 euros mensuales, porque por ley lo tiene que pagar el que está alquilado en la casa que sea. Esto va a suponer un incremento presupuestario para la clase media de Canarias importantísimo.
Francamente, la consejera de Hacienda en esto me va a contestar poco, yo pensaba que era el de Transición Ecológica quien iba a hacerlo, porque todo esto sale fruto del reciclaje. Cada uno va a tener que pagar los kilos que va a reciclar en casa. Supone, como antes dije, un incremento presupuestario importante. Un comercio medio que paga 1000 euros de basura al año puede pasar a pagar 2000 o 3000 euros, o 4000 incluso.
Yo no sé si va a haber alguna medida compensatoria, no sé si va a haber algo que la ciudadanía vea que está pagando el doble y va a ver algo nuevo, porque hasta la fecha va a pagar el doble y no va a ver absolutamente nada. (Se reincorpora a su lugar en la Mesa la señora presidenta).
Como alcalde, y en nombre de muchos alcaldes, nos inquieta mucho, porque va a ser un duro golpe para el ciudadano canario.
Muchas gracias.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Linares.
Señora consejera de Hacienda, tiene usted la palabra.
La señora CONSEJERA DE HACIENDA Y RELACIONES CON LA UNIÓN EUROPEA (Asián González) (desde su escaño): Gracias, señora presidenta. Gracias, señor diputado.
Efectivamente, la ley de residuos y suelos contaminados introduce una verdadera revolución en los aspectos tributarios de las corporaciones locales, y ello es porque establece la obligatoriedad de una tasa, y esto también supone algo extraordinario en los tributos locales porque esta tasa es obligatoria. Hasta ahora la tasa de recogida de basura era potestativa de los ayuntamientos y se efectuaba en los ayuntamientos de menos de 5000 habitantes, ahora va a ser obligatoria. Y además de ser obligatoria tiene que ser diferenciada y, como usted bien ha dicho, no deficitaria. Esa tasa, el ayuntamiento tiene que exigirle al usuario, al generador de los residuos, la totalidad de los costes de gestión que se generan.
Este cambio de paradigma tan importante ha sido objeto de mucha controversia, de manera tal que la dirección general del Ministerio de Hacienda, la Dirección General de Tributos, ha publicado un documento que se denomina Cuestiones relevantes en la aplicación de la tasa municipal para la gestión de residuos. Este documento ha sido elaborado por el Ministerio de Hacienda, y así lo ha publicado, pero ha colaborado también el Ministerio de Transición Ecológica, porque el sistema diseñado es bastante complejo; es decir, el ayuntamiento a partir de ahora tendrá que exigir -como usted bien ha dicho- al generador de residuos, persona física o entidad, el importe exacto de la gestión de los residuos. Es decir, la ley establece, exige que se imponga un sistema en que se pueda exigir el pago por generación, y además bajo el principio general establecido en el artículo 11 de la ley de residuos de 2022 en el cual se dice que el que contamina paga.
Esta fórmula incluye en el coste de gestión que ustedes tienen que exigir al usuario... -en el esquema establecido en la ley, no lo ha establecido el Gobierno de Canarias, evidentemente, sino la ley de residuos-, establece que además el importe del impuesto que ustedes tienen que pagar por la ley de los residuos forma parte también de la cuota que tienen que exigirle al usuario. Es decir, se trata de un mecanismo ciertamente complejo, que ha exigido la publicación de estas consideraciones por la dificultad que usted ha señalado...
La señora PRESIDENTA: Gracias, señora consejera.
