Sesiones extraordinarias


Son aquellas que se celebran fuera de los períodos ordinarios de sesiones o de los meses habilitados por la Mesa con este fin. Puede solicitar una sesión extraordinaria el Gobierno, la Diputación Permanente, una cuarta parte de los miembros de la Cámara o dos grupos parlamentarios, haciendo constar el orden del día que proponen (artículo 70.2).