El Parlamento pide apoyo para los comercios afectados por la finalización de los arrendamientos de renta antigua

El Parlamento de Canarias aprobó hoy una proposición no de ley en relación con la Ley de Arrendamientos Urbanos con el objeto de establecer "medidas de apoyo a la actividad de los locales de negocio de renta antigua", de cara a la finalización, en enero de 2015, de la moratoria impuesta a este tipo de arrendamientos, y de aplicar, al mismo tiempo, medidas de compensación para los arrendatarios afectados.

26/nov/2014

De esta manera, y según se recoge en la exposición de motivos, se “procura que la inevitable transición desde un modelo proteccionista hacia un modelo de mercado se produzca en las condiciones más favorables para la supervivencia del tejido empresarial y especialmente del comercio de proximidad”.

La propuesta fue defendida por el diputado socialista Ignacio Álvaro Lavandera. En el debate intervinieron además los diputados Román Rodríguez (Grupo Mixto), Nuria Herrera (Grupo Nacionalista Canario) y Fernando Figuereo (Grupo Popular).

En concreto, la proposición no de ley “insta al Gobierno de Canarias para que a su vez inste al Gobierno de España a modificar la disposición transitoria tercera de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos Contratos de arrendamiento de local de negocio, celebrados antes del 9 de mayo de 1985”, de manera que “los arrendamientos cuyo arrendatario fuera una persona física se extinguirán por su jubilación o fallecimiento, salvo que se subrogue su cónyuge y continúe la misma actividad desarrollada en el local, el cual, en este caso, continuará disfrutando del derecho hasta su jubilación o fallecimiento".

Apuesta, además, por establecer que “los contratos a los que les sea de aplicación el plazo máximo de treinta años, con fecha 1/1/95 podrán sufrir una actualización de la renta por la diferencia entre, por un lado, el incremento de los últimos veinte años del IPC de arrendamientos urbanos a 31/12/2014 y, por otro, el incremento del IPC general ya aplicado. A partir de esa fecha, y hasta los diez años restantes, se utilizará como índice corrector el referido IPC de arrendamientos urbanos anual corriente”.

Por lo que respecta a los arrendatarios, la Cámara legislativa propone modificar el apartado 10, de la letra E) de la disposición transitoria tercera de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos urbanos, de manera que “el arrendatario tendrá derecho, con carácter irrenunciable, a una indemnización de una cuantía igual a dieciocho mensualidades de la renta del nuevo contrato cuando antes del transcurso de un año desde la extinción del mismo, cualquier persona comience a ejercer en el local la misma actividad o una actividad afín a la que aquel ejercitaba. Se considerarán afines las actividades típicamente aptas para beneficiarse, aunque sólo sea en parte, de la clientela captada por la actividad que ejerció el arrendatario”.

En esta línea, pide “al Gobierno de España que establezca beneficios fiscales a través del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para los arrendadores de los locales afectos por las disposiciones planteadas en los párrafos anteriores, con el objeto de obtener una compensación por su colaboración al mantenimiento de las pymes, al comercio de proximidad y a la economía en general”.

Por otra parte, la proposición no de ley insta a que el Consejo de Ministros de instrucciones al Instituto de Crédito Oficial (lCO), de acuerdo con lo previsto en el artículo dos, 2 a) del Real Decreto-Ley 12/1995, de 28 de diciembre, para que abra una línea de crédito para el traslado, reforma y adaptación de locales para empresas afectadas por la finalización de la moratoria, durante la prórroga de la misma, en atención a la situación de grave crisis económica, asociada a los efectos del fin de la moratoria contemplada en la presente ley.

Propone también que el Gobierno del Estado, en colaboración con las comunidades autónomas, la Federación Española de Municipios y Provincias, el Consejo Superior de Cámaras, la Sociedad Estatal Mercados Centrales de Abastecimiento S.A., y las principales organizaciones empresariales, sindicales y asociaciones profesionales de trabajadores autónomos, “elabore en el plazo de seis meses un plan de protección integral del patrimonio comercial histórico proponiendo, con respeto a las competencias autonómica y locales en la materia, las medidas que se consideren adecuadas a fin de preservar la identidad del paisaje comercial urbano de nuestras ciudades”.