Diario de Sesiones 12, de fecha 27/10/2015
Punto 11
9L/PO/P-0209 PREGUNTA DE LA SEÑORA DIPUTADA DOÑA NAYRA ALEMÁN OJEDA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA CANARIO, SOBRE AFECCIÓN A LOS CONSUMIDORES CANARIOS DEL REAL DECRETO 738/2015, DE 1 DE AGOSTO, DIRIGIDA AL SEÑOR CONSEJERO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA, COMERCIO Y CONOCIMIENTO.
La señora PRESIDENTA: Continuamos. La diputada doña Nayra Alemán Ojeda, del Grupo Parlamentario Socialista Canario, sobre afección a los consumidores canarios del Real Decreto 738/2015, dirigida al consejero, también, de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento.
La señora ALEMÁN OJEDA (Desde su escaño): Gracias, señora presidenta. Buenos días, señorías.
Señor Ortega, ¿cómo va a afectar a los consumidores canarios el Real Decreto 738/2015, de 1 de agosto?
La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señora Alemán.
El señor CONSEJERO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA, COMERCIO Y CONOCIMIENTO (Ortega Rodríguez) (Desde su escaño): Señora Alemán, el Real Decreto 738/2015, como usted sabe, regula lo que sería la generación y el despacho en los sistemas eléctricos extrapeninsulares de la energía eléctrica. Esta normativa lo que pretende es reducir los costes de generación y aumentar la competencia.
En lo que afecta a los consumidores canarios con respecto a lo que sería un consumidor... Al resto de los consumidores del Estado no les tiene por qué afectar en nada, dado que el artículo 17 de la Ley 24/2013, del Sector Eléctrico, establece que todas las comercializadoras deberán establecer un precio máximo único en toda España para el suministro eléctrico.
Gracias.
La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor consejero.
Señora Alemán.
La señora ALEMÁN OJEDA (Desde su escaño): Gracias.
Sabemos que las leyes del sector eléctrico siempre han establecido mecanismos de compatibilidad para los territorios que no somos peninsulares. De este modo lo que se ha intentado es evitar la discriminación entre consumidores y comercializadores.
Con este Real Decreto, el 738/2015, se pretende regular, efectivamente, la actividad de producción de energía eléctrica y el procedimiento de despacho. Este real decreto, que es complicadísimo de interpretar hasta por los propios técnicos, viene a decir que una persona en Canarias no va a pagar el mismo precio de la luz que una persona, por ejemplo, de Zaragoza. Pero, lo que es peor aún, viene a decir que una persona de La Gomera va a pagar más cara la luz que una persona de Tenerife, porque cuanto más pequeña es la isla más caro es el precio de despacho. Esto resulta grave, no solo porque rompe con el principio de cohesión territorial que siempre ha existido en España, que todos paguemos la luz al mismo precio, sino que es que además se está cargando la tendencia a la eficiencia. Este real decreto esboza que hay un apuntamiento por islas, diferente para cada isla. Este apuntamiento va a depender de un precio medio peninsular a una hora concreta del año en vigor y se va a multiplicar por el precio de apuntamiento que está publicado en Red Eléctrica pero a toro pasado. Es decir, que una persona en Teruel puede saber el precio que va a pagar de la luz y puede buscar su eficiencia, pero, en cambio, nosotros en Canarias no lo vamos a conocer. Por lo tanto, puedo hacer una estimación, pero no va a dejar de ser eso, es que es una simple estimación.
El índice de apuntamiento, además, va a depender de los precios de despacho de cada una de las islas, que se van a publicar en el Esios, que es el programa que tiene Red Eléctrica y que te dice lo que ha costado la energía convencional en el año anterior.
Haciendo una media, podemos concretar que el precio de despacho es más caro por las noches que por el día; que un canario paga menos luz de día que de noche, pero que al final, como tenemos la luz encendida o algún electrodoméstico, pues, compensa.
Pero me surge la duda de los consumidores nocturnos, de los llamados consumidores nocturnos, y me vienen a la mente los alumbrados públicos, los alumbrados públicos de ayuntamientos, cabildos y el Gobierno de Canarias, que, con este real decreto, esos alumbrados públicos van a salir más caros, porque solo se encienden en horas nocturnas.
Las personas que buscamos la eficiencia, no solo la eficiencia energética o la económica, sino la eficiencia del sistema, aquellos que buscan...
La señora PRESIDENTA: Señora Alemán, se le ha acabado el tiempo.
Señor consejero.
El señor CONSEJERO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA, COMERCIO Y CONOCIMIENTO (Ortega Rodríguez) (Desde su escaño): Señora Alemán, estoy de acuerdo con usted en lo confuso del real decreto. Es muy confuso. Pero, bueno, siendo confuso, el interés que se persigue en este es el de dirigir el consumo hacia las horas de menor demanda con el fin de estabilizarlo. Se trata de que los consumidores, en base al diferente pago horario, adapten su consumo cuando menos les cuesta. Y en ese sentido, pues, es lo que hay.
En cuanto al pago diferente de una isla a otra, el coste puede ser diferente. Lo es. Lo que pasa es que ya, como le decía antes, la Ley 24 del 2013, en el artículo 17, garantiza que el máximo es igual para todos.
No obstante, en el caso del consumo nocturno, el de los ayuntamientos, es evidente que habrá que adoptar medidas de eficiencia energética y de ahorro, pero creo que esto es lo que toca en este momento, tanto por sostenibilidad como por coste económico.
En cualquier caso, en lo que se ciñe al ámbito competencial de esta consejería y de este Gobierno lo que estamos haciendo, y está claro, es intentar que en el REF quede anclado que el coste de la electricidad para los canarios debe ser el equivalente al del coste de cualquier ciudadano que esté en el continente.
De la misma forma que también estamos intentando configurar que nuestro sistema eléctrico aparte de sostenible desde el punto de vista ambiental también lo sea económicamente, y estamos impulsando para ello las energías renovables, que esperamos que con eso las demandas energéticas se reduzcan y además se reduzca la factura energética.
Muchas gracias.
La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor consejero.